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15 de enero de 2021Vigente

Acuerdo Ministerial No. 041-2021 — Delegar funcionalmente la Subgerencia de Recursos Humanos a Licenciada Isis Paola Rodriguez Betancourth

Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico

  • Decreto: 041-2021
  • Publicación: 15 de enero de 2021
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
  • Gaceta: 35,488

Considerandos

Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la -Ley es nulo e implica responsabilidad”.

Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo. CONSIDERANDO: El superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forma parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para éste en materia procedimental.

Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la -Ley es nulo e implica responsabilidad”.

Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado el ejercicio de atribuciones específicas.

Que con el objeto de agilizar la administración Pública los Secretarios de Estado, podrán delegar en sus Subsecretarios de Estado el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos.

Que la ley General de la Administración Pública establece que los Subsecretarios de Estado por un acto de delegación del señor Secretario de Estado del rarno podrán conocer y resolver sobre asuntos determinados o específicos.

Que mediante Acuerdo No. 126- 2019 del 18 de noviembre del año 2019, el Presidente Constitucional de la República en uso de sus facultades de que se encuentra investido nombró al Ciudadano DAVID ANTONIO ALVARADO HERNÁNDEZ, como Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior.

Articulos

Articulo 1.-

Delegar funcionalmente como encargada de la Subgerencia de Recursos Humanos a la Licenciada ISIS PAOLA RODRIGUEZ BETANCOURTH, dicha delegación comprende la firma de todo lo relacionado con el desempeño de su cargo.

Articulo 2.-

Dejar sin valor y efecto el Acuerdo No. 099- 2020, en el que se nombró funcionalmente al Licenciado EDWYN ROLANDO LAINEZ, en el puesto de encargado de la Subgerencia de Recursos Humanos.

Articulo 3.-

El presente Acuerdo es efectivo a partir del 12 de enero del año 2021 y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los 11 días del mes de enero del año 2021. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARIA ANTONIA RIVERA Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaría General Secretaría de Desarrollo Económico ACUERDO MINISTERIAL No. 042-2021 LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO CONSIDERANDO: Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la -Ley es nulo e implica responsabilidad”. CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que con el objeto de agilizar la administración Pública los Secretarios de Estado, podrán delegar en sus Subsecretarios de Estado el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos. CONSIDERANDO:Que la ley General de la Administración Pública establece que los Subsecretarios de Estado por un acto de delegación del señor Secretario de Estado del rarno podrán conocer y resolver sobre asuntos determinados o específicos. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 126- 2019 del 18 de noviembre del año 2019, el Presidente Constitucional de la República en uso de sus facultades de que se encuentra investido nombró al Ciudadano DAVID ANTONIO ALVARADO HERNÁNDEZ, como Subsecretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior. POR TANTO. En uso de las facultades que está investido y de conformidad al Artículo 321 de la Constitución de la República, Artículo 7, 36 numerales 8 y 19, 116, 118 y 122 de la Ley General de Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 17, 24, 26 numeral 2 y 29 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo. ACUERDA: