Certificación No. 2023-590 — Registro de Marca de Servicio NISSAN (Clase 36)
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2023-590
- Publicación: 31 de mayo de 2023
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 36,242
- Categoria: Mercantil
Texto completo
Número de Solicitud: 2023-590 Fecha de presentación: 2023-01-30 Fecha de emisión: 11 de marzo de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
- A)
TITULAR Solicitante: Nissan Jidosha Kabushiki Kaisha (también comercializando como Nissan Motor Co., Ltd.) Domicilio: No. 2, Takara-cho, Kanagawa-ku, Yokohama-shi, Kanagawa-ken, Japón.
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
- D)
APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY
- E)
CLASE INTERNACIONAL (36)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones:
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Suscripción de seguros de accidentes; servicios de tarjetas de crédito y efectivo; suministro de información financiera; servicios financieros; emisión de tarjetas de crédito; tasación de automóviles usados; servicios de seguros relacionados con vehículos terrestres; prestación de servicios de garantía completos para vehículos terrestres, piezas estructurales y accesorios para los mismos; servicios de seguros de garantía extendida; préstamos [financiamiento]; financiación de arrendamiento de automóviles; arrendamiento financiero de compra de vehículos; servicios de pago de monedero electrónico; proporcionar información de seguros, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 31 M., 15 y 30 J. 2023 NISSAN
Leyes relacionadas
- Decreto No. 66-2022 mediante el cual se derogan artículos contenidos en Decretos Legislativos relativos a la creación de contratos de fideicomisos — Este decreto elimina las leyes que permitían crear fideicomisos con fondos públicos. También exige que los administradores de fideicomisos existentes contraten auditores independientes categorizados por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para revisar cómo se usan esos fondos públicos. (Decreto 66-2022, 2023)
- Resolución No. GEE-473/13-07-2023 — Normas para el Fortalecimiento de la Educación Financiera en las Instituciones Supervisadas (Decreto GEE-473/13-07-2023, 2023)
- Resolución GEE No.473/13-07-2023 mediante la cual se aprueban las Normas para el Fortalecimiento de la Educación Financiera en las Instituciones Supervisadas — Esta resolución obliga a los bancos, seguros y otras instituciones financieras supervisadas a crear y ejecutar programas permanentes de educación financiera para sus clientes actuales y potenciales. Los programas deben enseñar sobre productos financieros, derechos del usuario, ahorro, crédito y toma de decisiones informadas, con aprobación anual de la autoridad supervisora.
- Resolución GEE No.473/13-07-2023 mediante la cual se aprueban las reformas a las Normas para el Fortalecimiento de la Educación Financiera en las Instituciones Supervisadas — Esta resolución obliga a los bancos y seguros supervisados en Honduras a crear y ejecutar programas permanentes de educación financiera para enseñar a sus clientes sobre productos, riesgos y derechos financieros. Los programas deben ser transparentes, llegar a todas las poblaciones, evaluarse anualmente y reportarse a la autoridad reguladora, con sanciones por incumplimiento.
- Decreto Legislativo No. 107-2022 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto 107-2022, 2023)