VigenteCategoria: Penal
Decreto No. 002-2021 | 1 de febrero de 2021 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,503

Acuerdo Ejecutivo No. 002-2021 — Nombramiento de Subdirector General de la Policía Nacional

Considerandos

  1. 1.Que conforme lo establece el Artículo 245 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la administración general del Estado, siendo una de sus atribuciones la de nombrar y separar libremente a los Secretarios y Subsecretarios de Estado y a los demás funcionarios y empleados cuyo nombramiento no esté atribuido a otras autoridades.
  2. 2.Que el Artículo 7 numeral 9) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras dispone: “FUNCIONES DEL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD. Además de las consignadas en otras leyes, corresponde al titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad: 9) “Proponer al Presidente de la República el nombramiento o remoción del Director General de la Policía Nacional y Subdirector General, conforme a la Ley”.
  3. 3.Que el Artículo 45 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras, dice: “DIRECCIÓN Y SUB- DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL. La Dirección General de la Policía Nacional es el órgano superior jerárquico de la Policía Nacional, quien ejerce su dirección y correcta administración. Tiene la obligación de ejecutar las políticas, planes, programas, proyectos y directrices emanadas del Presidente de la República e impartidas por el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad, debiendo procurar su efectivo cumplimiento. La Dirección General de la Policía Nacional es ejercida por un oficial de la categoría de oficiales superiores u oficiales generales de la policía, hondureño por nacimiento, en situación de activo, con grado académico policial universitario y hoja de vida intachable, quien es acompañado por un Subdirector -- 293 of 620 -- General de la misma Categoría Policial; ambos funcionarios son de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República. Para tal efecto el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad le enviará la nómina de los policías que reúnen los requisitos legales”. El Director y Subdirector General de la Policía Nacional son seleccionados tomando en consideración la antigüedad en el grado, tiempo de servicio y los méritos profesionales, que son calificados en base a las competencias demostrables y pueden desempeñarse en el cargo hasta tres (3) años”.
  4. 4.Que el Artículo 63 del Reglamento General de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras señala: “NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR GENERAL Y SUBDIRECTOR GENERAL. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica, para el nombramiento del Director General y Subdirector de LA POLICÍA, el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad debe enviar al Presidente de la República la nómina de los candidatos que reúnen los requisitos legales para ocupar ambos cargos. Dichos candidatos deben ser seleccionados para su postulación, tomando en consideración la antigüedad en el grado, tiempo de servicio, los méritos profesionales calificados en base a competencia demostrables, haber aprobado satisfactoriamente las pruebas de evaluación de confianza y demás requisitos descritos en la Ley de la Carrera Policial”.
  5. 5.Que el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad, de conformidad a lo anterior, envió al Presidente de la República la nómina de los candidatos que reúnen los requisitos legales para ocupar el cargo de Subdirector General de la Policía Nacional, encontrándose entre ellos, el Comisionado General ORLIN JAVIER CERRATO CRUZ, quien se desempeña en el cargo de Inspector General de la Policía Nacional de Honduras, desde el quince de enero del 2018.

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