VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 117-2025 | 16 de mayo de 2025 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,839
Acuerdo Ejecutivo No. 117-2025 — Nombramiento de miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP)
Considerandos
- 1.Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 11 establece que la Presidencia de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada.
- 2.Que en el artículo 57, de la misma ley, dispone que cuando la ley prevea representantes del sector privado en las Juntas Directivas de los organismos autónomos, éstos serán nombrados por la Presidencia de la República.
- 3.Que la Ley del Instituto Nacional de Formación Profesional establece en su artículo 6 que la Dirección Superior del Instituto estará a cargo de un Consejo Directivo integrado en la forma siguiente: Cuatro (4) representantes del Estado, dos (2) representantes de la empresa privada y dos (2) representantes de los trabajadores. Cada uno de los integrantes del Consejo tendrá un suplente.
- 4.Que en el artículo 36, del mismo cuerpo normativo, establece lo relacionado a la integración del Consejo Directivo la Secretaría de Trabajo y Previsión Social excitará al Consejo Hondureño de la Empresa Privada y a la Confederación de Trabajadores de Honduras, para que procedan al nombramiento de sus representantes ante aquel órgano.
- 5.Que los miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP), a excepción de los representantes del Poder Ejecutivo durarán en sus funciones tres (3) años.
- 6.Que de los ocho miembros propietarios que integran dicho Consejo Directivo, cuatro corresponderán al sector gubernamental: Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, Secretaría de Estado en el Despacho de Educación y Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería; dos corresponderán al sector obrero representando a la Confederación de Trabajadores de Honduras (CTH) y a la Central General de Trabajadores (CGT) y dos corresponderán al sector empleador en representación del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), los cuales tendrán sus respectivos suplentes. -- 117 of 328 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
- 7.Que mediante nota de fecha 19 de marzo de 2025, suscrita por el Secretario General y Secretario de Actas de la Confederación de Trabajadores de Honduras (CTH), enviada a esta Secretaría de Estado, se notificó la delegación de los ciudadanos JOSÉ HILARIO ESPINOZA HERRERA como titular y ALFREDO PONCE en su carácter de suplente ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP). De igual forma, mediante nota de fecha 24 de marzo de 2025, suscrita por el Secretario General de la Central General de Trabajadores (CGT), también enviada a esa Secretaría de Estado, se notificó la delegación de los ciudadanos JOSÉ OBDULIO MARCIA FLORES como titular y JOSÉ HUMBERTO LARA ENAMORADO en su carácter de suplente ante el referido Consejo Directivo.
- 8.Que mediante nota de fecha 26 de marzo de 2025, suscrita por la Presidente del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), enviada a esta Secretaría de Estado, se notificó la delegación de los ciudadanos GABRIEL ALBERTO MOLINA DELGADO y KARLA JACQUELINE RUÍZ BETANCOURT como titulares y de los ciudadanos JOSÉ ABELINO CHACÓN CÁLIX y EYBY CAROLINA AGUIRRE LAÍNEZ en su carácter de suplentes ante el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP), como representantes del sector empleador.
Leyes relacionadas
Acuerdo — Arancel del Profesional de Enfermería de Honduras
Decreto | 2025
20260608 - 37162
Decreto 92-2026 | 2026
20260516 - 37143
Decreto 69-2026 | 2026
20260525 - 37150
Decreto 38-2011 | 2026
Acuerdo Ejecutivo No. 248-2025 — Orden a instituciones de administración pública de poner vehículos a disposición del CNE para procesos electorales
Esta orden obliga a todas las instituciones públicas de Honduras a poner sus vehículos a disposición del Consejo Nacional Electoral (CNE) durante 72 horas antes y después de las elecciones del 30 de noviembre de 2025. Las instituciones pueden solicitar permiso para usar sus vehículos durante este período si es necesario, coordinando con el CNE y la Presidencia.
Decreto 248-2025 | 2025