VigenteCategoria: LaboralTipo: Acuerdo
Decreto No. 262-2011 | 11 de septiembre de 2021 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,715

Acuerdo ministerial para la creación del comité de profesionalización y vinculación en la Secretaría de Educación (Decreto 262-2011)

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este acuerdo crea el Comité de Profesionalización y Vinculación (CPV) para actualizar los programas de educación técnica profesional de Honduras, conectando lo que enseñan las escuelas con lo que necesitan las empresas. El CPV coordina a representantes del gobierno, empleadores y sectores productivos para diseñar carreras técnicas que preparen mejor a los jóvenes para conseguir empleo.

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República establece que la educación en todos los niveles del sistema educativo formal, excepto el nivel superior, será autorizada, organizada, dirigida y supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.
  2. 2.Que la Ley Fundamental de Educación, aprobada y publicada mediante Decreto No. 262-2011, de fecha el 22 de febrero del 2012, describe en el Artículo 9 “De la Universalidad de la Educación”, que es obligación del Estado, ofrecer a todas las personas en edad escolar o no, la posibilidad de acceso al Sistema Nacional de Educación.
  3. 3.Que, según lo establecido en el Reglamento de Educación Media, en su Artículo 12 referente a la Modalidad Técnico Profesional, se conceden facultades para desarrollar diferentes especialidades con el propósito de que los educandos adquieran las competencias necesarias para acceder al mundo laboral o continuar con estudios superiores.
  4. 4.Que el Plan Visión de País y Plan Estratégico del Sector Educación 2018-2030, establecen que la oferta formativa se definirá conforme a las demandas regionales de desarrollo socioeconómico, considerando entre otros aspectos, las cadenas productivas de valor y prioridades de Gobierno.
  5. 5.Que es necesario desarrollar procesos de Educación Técnica Profesional pertinentes en correspondencia con las demandas del sector productivo y empleador, fortaleciendo las competencias laborales de los egresados, que conlleve a mejores oportunidades de empleo de los jóvenes egresados de los centros educativos del nivel de Educación Media.
  6. 6.Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación con el propósito de asegurar una educación de calidad que satisfaga las necesidades del sector -- 1 of 6 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL empresarial y productivo, con la oferta de capital humano formado con las competencias laborales pertinentes, requiere de la creación de un comité para la profesionalización y vinculación, insertado en la estructura organizativa de la Secretaría de Educación.

Leyes relacionadas

Acuerdo Ministerial No. 252-2015 — Delegación de funciones en Abogado Jesús Eduardo Bendaña Láinez
Este acuerdo autoriza al abogado Jesús Eduardo Bendaña Láinez a asumir temporalmente todas las funciones del Secretario General de la Secretaría de Finanzas del 24 al 29 de mayo de 2015, mientras el titular viaja a Brasil. El delegado es responsable de todos los actos administrativos durante su ausencia.
Decreto 252-2015 | 2015
Acuerdo Ministerial No. DE-DCHA-044-2022 — Declaratoria Zona de Protección Forestal Microcuenca La Quebradona – Las Minas Obraje
Este acuerdo protege legalmente la Microcuenca La Quebradona en Danlí para garantizar agua limpia a cinco comunidades. Prohíbe actividades que dañen la zona y obliga al municipio y juntas de agua a conservarla permanentemente. Busca asegurar el abastecimiento de agua potable a la población de forma sostenible.
Decreto DE-DCHA-044-2022 | 2022
Acuerdo Ministerial No. 1358-U-2014 — Traslado de MARTA LASTENIA GARCIA GARCIA
Este acuerdo traslada a Marta Lastenia García García de su puesto de Subgerente de Recursos Humanos en la Secretaría de Justicia al mismo puesto en la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. El cambio es efectivo desde el 1 de mayo de 2014 y mantiene su misma categoría y funciones en la nueva institución.
Decreto 1358-U-2014 | 2015
Acuerdo Ministerial No. DE-DCHA-012-2022 — Declaratoria Zona de Protección Forestal Microcuenca La Chorreea
Este acuerdo protege oficialmente la Microcuenca La Chorrera en Jesús de Otoro, Intibucá, para garantizar agua a cuatro comunidades. Prohíbe actividades que dañen el área y ordena al municipio y a la junta de agua vigilar su conservación permanente. Aplica a propietarios y usuarios del terreno, quienes deben respetar las restricciones establecidas.
Decreto DE-DCHA-012-2022 | 2022
Acuerdo Ministerial No. DE-DCHA-041-2022 — Declaratoria Zona de Protección Forestal Microcuenca El Cedral y Las Gravileas
Esta declaratoria protege oficialmente la microcuenca El Cedral y Las Gravileas (19.8 hectáreas en Yamaranguila, Intibucá) como zona forestal protegida. Beneficia a cuatro comunidades que dependen de esta agua y prohíbe actividades que degraden el área. La municipalidad y las juntas de agua son responsables de su conservación permanente.
Decreto DE-DCHA-041-2022 | 2022