Acuerdo Ejecutivo No. 346-2026 — Cancelación por renuncia de Allan Joel Flores Galo del cargo de Secretario General de la OABI
Presidencia de la República
- Decreto: 346-2026
- Publicación: 17 de agosto de 2026
- Órgano emisor: Presidencia de la República
- Gaceta: 37,222
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que la Constitución de la República en su artículo 245, numeral 5, atribuye al Presidente de la República, la facultad de nombrar y separar libremente a los Secretarios y Subsecretarios de Estado y a los demás funcionarios y empleados cuyo nombramiento no esté atribuido a otras autoridades.
Que conforme el párrafo segundo del artículo 25 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil, los “puestos de confianza podrá cambiárseles en cualquier época sus deberes y responsabilidades y por tanto cancelar sin más trámite al titular del puesto y nombrar en su lugar al empleado que en los diversos momentos se considere oportuno”.
Que mediante nota de renuncia suscrita por el ciudadano LUIS CARLOS CORTES CARDONA, notifica al Presidente Constitucional de la República, su decisión de renunciar al cargo de Subsecretario de Estado en el Despacho de la Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), concluyendo sus funciones hasta el once (11) de mayo de dos mil veintiséis (2026).
Articulos
del Reglamento de la Ley de Servicio Civil, los “puestos de confianza podrá cambiárseles en cualquier época sus deberes y responsabilidades y por tanto cancelar sin más trámite al titular del puesto y nombrar en su lugar al empleado que en los diversos momentos se considere oportuno”. CONSIDERANDO: Que mediante nota de renuncia suscrita por el ciudadano LUIS CARLOS CORTES CARDONA, notifica al Presidente Constitucional de la República, su decisión de renunciar al cargo de Subsecretario de Estado en el Despacho de la Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), concluyendo sus funciones hasta el once (11) de mayo de dos mil veintiséis (2026). POR TANTO: En el uso de sus atribuciones y en aplicación de los artículos 235 y 245 numerales 5 y 11 de la Constitución de la República, La Declaración Jurada deberá presentarse ante el Tribunal Superior de Cuentas dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha. La permanencia en el cargo está sujeta a la evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República, debiendo cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el combate directo contra la corrupción, durante el tiempo que dure su gestión. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los treinta (30) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026). NASRY JUAN ASFURA ZABLAH Presidente Constitucional de la República SULMY YAMILETH ORTÉZ MALDONADO Subsecretaria de Estado en el Despacho de Gobernación y Descentralización Poder Ejecutivo
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