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12 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Acuerdo No. SAG-334-2026 — Apertura de contingente de importación por desabasto de leche en polvo

Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG)

  • Decreto: SAG-334-2026
  • Publicación: 12 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG)
  • Gaceta: 37,218

Considerandos

Que es de interés público mantener el adecuado abastecimiento en el mercado nacional de productos de consumo básico, particularmente de leche en polvo, tomando en cuenta la necesidad de complementar la producción nacional mediante importaciones que contribuyan a atender la demanda interna y sostener la estabilidad de la cadena láctea.

Que son atribuciones y deberes de los Secretarios de Estado emitir acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia, así como en aquellos que les delegue el Presidente de la República, y cuidar de su ejecución.

Que mediante Acuerdo Número SAG-007-2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 20 de enero de 2022, se estableció el procedimiento para la aprobación de contingentes por desabasto de leche entera en polvo, leche en polvo descremada, grasa butírica y otros derivados de la leche, a fin de ordenar y regular la ABG. JUAN MANUEL GALVEZ ORDONEZ DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL ´ ͂ determinación y utilización de los volúmenes de importación por desabasto.

Que, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Número PCM-006-2026, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 11 de marzo de 2026, se crea la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE) como ente desconcentrado de la Presidencia de la República, responsable de la formulación y evaluación de la política de comercio exterior y de la administración general del régimen de comercio exterior, asumiendo todas las funciones de la Subsecretaría de Integración Económica y Comercio Exterior de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico (SDE).

Que en las fecha 08 de abril y 8 de mayo de 2026, la Asociación Hondureña de Procesadores de Leche (APROLECHE) presentó dos solicitudes para que se autorice un contingente por desabasto de leche en polvo descremada por cuatro mil toneladas métricas (4,000.00 TM) y de leche en polvo entera por mil trescientas cincuenta toneladas métricas (1,350.00 TM), debido a limitaciones en la producción nacional ocasionadas por condiciones climáticas adversas, dificultades logísticas y elevados costos de producción.

Que en fecha 16 de julio de 2026 se reunió la Comisión Nacional de la Leche y Productos Lácteos (CONALE), en la cual la SAG y la OPCE presentaron el análisis técnico de oferta, demanda y consumo aparente de leche en polvo entera y descremada para abastecer el período de julio a diciembre de 2026, determinándose la aprobación de la apertura de un contingente por desabasto de leche en polvo descremada por un volumen de cuatro mil toneladas métricas (4,000.00 TM), y de leche en polvo entera por un volumen de mil trescientas cincuenta toneladas métricas (1,350.00 TM).

Articulos

Articulo 1.-

De conformidad con el procedimiento establecido en el Acuerdo No. SAG-007-2022, se solicita a la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE) la apertura de un contingente de importación por desabasto de leche en polvo descremada, clasificada en la partida arancelaria ACUERDA: