Decreto Ejecutivo PCM-055-2016 mediante el cual se autoriza la Contratación Directa de equipo tecnológico para la Administración Tributaria
Resumen
Este decreto autoriza la compra directa de equipos tecnológicos para la Administración Tributaria, sin pasar por licitación pública. El gobierno declara esto como emergencia para mejorar la recaudación de impuestos y beneficia al Estado al dotar de infraestructura tecnológica moderna. Se autoriza transferir hasta 10 millones de lempiras para estas compras.
Considerandos
- 1.Que mediante Decreto Ejecutivo PCM No. 083-20 i 5, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" t i i O de febrero del dos mil dieciséis (2016), se suprimió y liquiiió 'a Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), creada mediante Dec reio Legislativo Número 17-2010 de fecha 28 de marzo de 201 li, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 22 de Abri i del 2010.
- 2.Que la Comisionada Presidencial de Administración Tributaria (CPAT) ftie nombrada mediúnto Acuerdo No. l l - C - 2 0 1 6 , tiene como finalidad principal desarrollar las fiinciones, asi como sustanciar hasta su Resolut lóii Detaiitiva las solicitudes y expedientes inherentes a las obligac!Olle^ tributaiias que se presenten, asi como aquellos que se encontraiMP. en trámite o en ejecución en la extinta Dirección Ejecutiva di: Ingresos ÍDEÍ).
- 3.Que en ia actualidad el país nece,siti. de manera urgente como parte de la estructuración de k: Administración Tributaria, mejorar la infiaestrucíura tecnológi ca. a fin de recaudar con efectividad los ingresos que el Estado requiere para cumplircon sus obligaciones financíelas, en particuiai las que tienen relación con la invasión social en salud, eduaicic «i, seguridad, vivienda e infraestructura; asi como para la modernización del Estado, por lo que se hace necesario decía; ai Emergencia la adquisición de equipo teaiológico que Ibmie paile de laAdministración Tributaria antes referida. C O N S I D E R A N D O : Que las tasas incorporadas a los patrimonios a u t ó n o m o s fideicometidos, favorecen a .¡stmciuj ición de un mecanismo de gai'antía y repago paia oroyectiü y traer a valor presente los ingresos generados por •lichas tí!> as: recmscs que el Estado de Honduras requiere para qecuta!-1^ oyetios de inversión pública a nivel cenual y municipal; y, por Obi • lado, estimular los estudios y planes para proyectos lie impac;) económico y social a nivel municipal y regicmal en el (lais. C O N S I D E R A N D O : Que el Presidente Constitucional de 11 Repúb! ca en Consejo de Secretarios de Estado a través del I )ecreto E ecutivo No. PCM 017-2015, instruyó a los miembros del Comité Técnico de los Fideicomisos mencionados en los considerandos anteriores, para apiobar, suscribir y ejecutar la creación de un fideicomiso, d cual tendrá como fin piincipal realizar invcfsione.. en generación de empleo y otros que el Pi^esidente de la Repúbl) t a en Consíjo de Ministros designe. En cumplimiento a l(. anterior, el Instituto ( k la Propiedad (IP), la Comisión Para la P¡ omociór de la Alianza Público-Privada (COALIANZ.4) y el Banco Nacional de Desanollo Agrícola ( B A N A D E S A ) , .siiscribiei o; i ctmtrato de Fideicomiso denominado de Inversiones > '\signaci( nes(FlNA). CONSíDERANDCh Que mediante Decreto Ejecutivo PCM (M6-2016 c nítido a ios veirttíocho (28)dias del mes de junio del año dos fii! í dieciséis (2016X en Consejo de Ministros se autorizó pr orizar el | iroceso de adquisición uigente de equipo de cómputo para suplir!: i demanda de servicios tecnológicos a fin de recaudar con efectivi lad los ir^esos que percibe el Estado de Hondm-as. CONSl OERANTX): Que según e! párrafo último del Artículo 63 de la Lcx de Contratación del Estado, para llevar acabo la Contratacióri Directa en los casos que anteceden se requerirá la autorizac i i n del Presidente de la Repiiblica cuando se ttate de contratos de la Administración Pública Centralizada, debiendo emitirse Acuerdo Expresando detalladamente sus motivos. Twm SecoooA AauuTlosyLQUS REPÚBLICA DE HONDURAS - Tf.GUClfiALPA. M. D. C , 25 DE JUI.ÍO D E L 2016 No. 34,094 La Gaceta P O R T A N T O : En ejercicio de las atribuciones que le concede la Coiisd tuc: ói i de la República, ven apücaciónalos-'^tículos: 245 numerales l i 2), 11), de la Constitución de la República; 5,11,116 y 117 dt la Ley General de la Administración Publica y su reforma median tr: Decreto Legislativo 266-2013; 3,10,11 y 13 del Regiaraeito de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poier Ejecutivo; Aitículo 9,63 último párrafo de la Ley de Contratación del Estado; .artículo 47 de! Decreto Legislativo No. 278-2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta, en fecha 30 de diciemnre de 2013; Decreto Legislativo 369-2013 del 20 de enero de 20 ¡ 4 y publicado en el Diaiio Oficial La Gaceta del 22 de marzo 2014: Decreto Ejecutivo PCM-OGl-2014; Decreto Ejecufivo No. 84- 2015 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 27 de febrero del año 2016; .aitículo 8 del Decreto Ejecutivo No.PC vi- 0I7-2015,pub!icadoenel Diario Oficial La Gaceta el I5dc mayo del 2015; P C M 046-2016, emitido veintiocho (28) d ü s del mes de junio del año dos mil dieciséis (2016); Decrtto Ejecutivo PCM No. 083-2015, publicado en el Diario Ofic •• al "La Gaceta" el 10 de febrero del dos mil dieciséis (2016). D E C R E T A : ARTÍCnüLO!.- Para cumplir con las obligacionesfinancie!.is en particular las que tienen relación con la invereión social en salud, educación, segurida4viviendaeinfta£Structura; así como para la modernización del Estado, se declara emergencia la adquisici m de equipo de infiaestmctora tecnológica, necesaiio para suplis i a demanda de servicios tecnológicos, con la finalidad de hac cr efectiva la recaudación tributaria. Dicha contratación se hará mediante el proceso de contratación directa, autorizando a la Comisionada Presidencia! de la Administración Tributarif a efectuar dicha compra. El Comité Técnico de! Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA) .se encuentra autorizado para transferá a la Comisionada Presidencia! de la Adnunistración Tiibutariaun monto de hasta DIRZ MILLONEA DE LEMPIRAS (L. 10,000,000.00) para efectu, restas adquisiciones. ARTÍC L ! L O 2.- Los cono-atos que ss suscnban al amparo del piesentf Decreto Ejecutivo requerirán de api obación posterior por Acuerdo del Presidente de la República por conducto de la Comisionada Presidencial de la.\dminkiiaci«i Tributaria (CPAT), debiendo reiiiitirse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al Acuerdo de aprobación, el contrato con sus antecedentes al Tribunal Superior de Cuentas (TSC); sin perjuicio de las demás obligacioni s que se deban ciunplir en aplicación de laLey de Conti alació 1 del Estado y su Reglamento. ARTÍC U L O 3.- El presente Decreto Ejecufivo entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Teguagalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún (21) días del mes de julio del año dos mil dieciséis (201 6)L COMLTVit.íUESE Y PUBLÍQL'ESE. J U A N O R L A N D O H E R N Á N D E Z A L V A R A D O PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. J O R i J E R A M Ó N HERNÁNT)EZ A l C E R R O SFCRFTAR10 DE COORDINACIÓN Gi N E R A L D E GOBIERNO R E I N A L D O ANTONIO S A N C H E Z SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA SícdóoA Atucrdos y i £ ) es REPÚBLICA DE HONDURAS - T E r . t C1GAL.PA, M. !>. C , 25 D E J I X I O D E L 2U16 No. 34,094 LftGaceta HÉCTOR L E O N E L A Y A L A SECRETARIO DE ESTADO E N LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN E D N A Y O L A N I B A T R E S SECRF-ARL'V DE ESTADO EN EL DESPAC^HODE SALUD M A R Í A D O L O R E S AGÜERO SECRETARLA DE ESTADO E N LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, POR L E Y R I C A R D O L E O N E L C A R D O N A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPAOTOSDE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL A R N . ^ D O C A S T I L L O SECRETARIO DE ESTADO EN EL D E S í ^ C H O DE DESARROLLO ECONÓMICO R O B E R T O A N T O N I O ORDOÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS J U L L \ P A C H E C O S E C R E T A R I O DE ESTADO EN EL DESPACHO D E SEGURIDAD SAMLTEL R E Y E S SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA M A R L O N O N I E L E S C O T O Y V L E R l í ) SECRF ARIO DE ESTADO EN ELDESPACHO D E EDUCACIÓN C A R L O S A L B E R T O M A D E R O E R . 4 Z O SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E T R A B A J O Y SEGURIDAD SOCIAL J A C O B O P A Z B O D D F . N SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E AGRIOJLTURAYGAN.ADERÍA JOSÉ A N T O N I O G A L D A M E S SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGi \ RECLlRSOSN.^TURALES,AMBIENTEY M I N A S W I L F R E D O C E R R A T O SECRl TA RIO DE ESTA DO EN ELDESPACHO DE FINANZAS
Articulos
Articulo 3
El presente Decreto Ejecufivo entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Teguagalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún (21) días del mes de julio del año dos mil dieciséis (201 6)L COMLTVit.íUESE Y PUBLÍQL'ESE. J U A N O R L A N D O H E R N Á N D E Z A L V A R A D O PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. J O R i J E R A M Ó N HERNÁNT)EZ A l C E R R O SFCRFTAR10 DE COORDINACIÓN Gi N E R A L D E GOBIERNO R E I N A L D O ANTONIO S A N C H E Z SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA SícdóoA Atucrdos y i £ ) es REPÚBLICA DE HONDURAS - T E r . t C1GAL.PA, M. !>. C , 25 D E J I X I O D E L 2U16 No. 34,094 LftGaceta HÉCTOR L E O N E L A Y A L A SECRETARIO DE ESTADO E N LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN E D N A Y O L A N I B A T R E S SECRF-ARL'V DE ESTADO EN EL DESPAC^HODE SALUD M A R Í A D O L O R E S AGÜERO SECRETARLA DE ESTADO E N LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, POR L E Y R I C A R D O L E O N E L C A R D O N A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPAOTOSDE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL A R N . ^ D O C A S T I L L O SECRETARIO DE ESTADO EN EL D E S í ^ C H O DE DESARROLLO ECONÓMICO R O B E R T O A N T O N I O ORDOÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS J U L L \ P A C H E C O S E C R E T A R I O DE ESTADO EN EL DESPACHO D E SEGURIDAD SAMLTEL R E Y E S SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA M A R L O N O N I E L E S C O T O Y V L E R l í ) SECRF ARIO DE ESTADO EN ELDESPACHO D E EDUCACIÓN C A R L O S A L B E R T O M A D E R O E R . 4 Z O SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E T R A B A J O Y SEGURIDAD SOCIAL J A C O B O P A Z B O D D F . N SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E AGRIOJLTURAYGAN.ADERÍA JOSÉ A N T O N I O G A L D A M E S SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGi \ RECLlRSOSN.^TURALES,AMBIENTEY M I N A S W I L F R E D O C E R R A T O SECRl TA RIO DE ESTA DO EN ELDESPACHO DE FINANZAS