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Decreto No. 2323-2017 | 23 de enero de 2014 | Poder Ejecutivo

Resolución No. 2323-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Comunidad de Río Grande

Considerandos

  1. 1.Que la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE RIO GRANDE”, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes.
  2. 2.Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.
  3. 3.Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 116, 119, 120 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, Artículos.

Articulos

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será: “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE RÍO GRANDE”, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de Río Grande, municipio de Gracias, departamento de Lempira.

Articulo 2

El domicilio de la Junta de Agua y Saneamiento, será en la comunidad de Río Grande, Municipio de Gracias, departamento de Lempira y tendrá operación en dicha comunidad, proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.-Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento. j.- Establecer, en aplicación de Acuerdo Ejecutivo No. 021- 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 15 de abril del 2016, un mecanismo de compensación por servicios ecosistémicos definiendo bajo reglamento Interno el esquema de administración y financiamiento, el diseño y suscripción de contratos, convenios, formas de cobro y pago, entre otras actividades.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. i.- Suscribir contratos, acuerdos voluntarios y convenios de conservación y protección de la microcuenca. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.- Activos. -- 5 of 32 -- La G aceta Sección B Avisos Legales Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el Acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros: a.- Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 11

La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Articulo 12

Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 13

Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem; para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.-Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos Vocales.

Articulo 14

La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 15

Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.

Articulo 16

Son atribuciones del VICEPRESIDENTE: a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.

Articulo 17

Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 18

Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Articulo 19

Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Articulo 20

Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico. c.- Los Vocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Articulo 21

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a. Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 22

La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.

Articulo 23

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus Funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO

Articulo 24

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. -- 6 of 32 -- La G aceta Sección B Avisos Legales CONVOCATORIA CASA COMERCIAL MATHEWS, S.A. de C.V., (CEMCOL), convoca a sus accionistas a la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas que se celebrará en su sede social situada en Calpules, Carretera a La Lima, Kilómetro 5, San Pedro Sula, a las 10:00 A.M. del miércoles 30 miércoles 30 miércoles 30 miércoles 30 miércoles 30 día miércoles 30 de mayo de 2018. ORDEN DEL DÍA 1. Apertura de la Asamblea y verificación de quórum. 2. Discutir, aprobar o modificar el balance, después de oído el informe del comisario y tomas las medidas que se juzguen oportunas. 3. Nombrar a los administradores y a los comisarios de la sociedad y determinar los emolumentos correspondientes a ellos. 4. Disposición de las utilidades y ganancia no distribuidas 5. Emisión de Obligaciones o bonos 6. Clausura de la Asamblea. En caso de no reunirse el quórum requerido a la hora y fecha señalada, la Asamblea se celebrará en el mismo lugar y a la misma hora, el viernes 01 de junio de 2018, con los accionistas que concurran. 9 M. 2018. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 26

Causas de Disolución: a.- Por Sentencia Judicial. b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.- Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de Disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 27

El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 28

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE RIO GRANDE”, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. TERCERO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE RIO GRANDE”, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. CUARTO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE RIO GRANDE”, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la “JUNTA ADMINIS- TRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE RIO GRANDE”, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE RIO GRANDE”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los veintitrés días del mes de febrero de dos mil dieciocho. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 9 M. 2018. ______ -- 7 of 32 -- La G aceta Sección B Avisos Legales Marcas de Fábrica 1/ Solicitud: 50205-2017 2/ Fecha de presentación: 5-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: METRONIA, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle Lanzarote, 8, 28703 San Sebastián de los Reyes (MADRID), ESPAÑA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BINGO TOP ¡GRATIS! Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reclama exclusividad de la palabra “GRATIS” que aparece en la denominación y el ejemplar. Se reivindican los colores Amarillo, Negro, Azul, Gris, Gris degradado, Blanco, Naranja, Rojo que aparecen en el ejemplar. 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Cartones de bingo, juegos de mesa, bolas de juego y juguetes, juegos automáticos de previo pago, máquinas tragaperras; máquinas de juegos de salas recreativas, incluyendo salas de juegos de azar y apuestas; máquinas recreativas accionadas por monedas, por fichas o por cualquier otro medio de prepago; máquinas recreativas automáticas; máquinas de videojuegos; equipos de juegos electrónicos portátiles; equipos de juego para casinos, salas de bingo y otras salas de juegos de azar. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-04-2018. 12/ Reservas: No se da exclusividad de uso de “BINGO”. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. ____ 1/ Solicitud: 50203-2017 2/ Fecha de presentación: 05-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: METRONIA, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle Lanzarote, 8, 28703 San Sebastián de los Reyes (MADRID), ESPAÑA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BINGO IMPERIUM Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reinvindican los colores Verde, Dorado, Marrón, Negro, Gris, Beige que aparecen en el ejemplar. 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Cartones de bingo, juegos de mesa, bolas de juego y juguetes, juegos automáticos de previo pago, máquinas tragaperras; máquinas de juegos de salas recreativas, incluyendo salas de juegos de azar y apuestas; máquinas recreativas accionadas por monedas, por fichas o por cualquier otro medio de prepago; máquinas recreativas automáticas; máquinas de videojuegos; equipos de juegos electrónicos portátiles; equipos de juego para casinos, salas de bingo y otras salas de juegos de azar. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-04-2018. 12/ Reservas: No se da exclusividad de uso de “BINGO”. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. 1/ Solicitud: 50211-2017 2/ Fecha de presentación: 5-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: METRONIA, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle Lanzarote, 8, 28703 San Sebastián de los Reyes (MADRID), ESPAÑA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AVE CAESAR ¡GRATIS! Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reclama exclusividad de la palabra “GRATIS” que aparece en la denominación y el ejemplar. Se reivindican los colores Verde, Amarrillo, Negro, Marrón, Dorado, Blanco, Negro, Rosa que aparecen en el ejemplar. 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Cartones de bingo, juegos de mesa, bolas de juego y juguetes, juegos automáticos de previo pago, máquinas tragaperras; máquinas de juegos de salas recreativas, incluyendo salas de juegos de azar y apuestas; máquinas recreativas accionadas por monedas, por fichas o por cualquier otro medio de prepago; máquinas recreativas automáticas; máquinas de videojuegos; equipos de juegos electrónicos portátiles; equipos de juego para casinos, salas de bingo y otras salas de juegos de azar. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-04-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. ____ 1/ Solicitud: 50209-2017 2/ Fecha de presentación: 05-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: METRONIA, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle Lanzarote, 8, 28703 San Sebastián de los Reyes (MADRID), ESPAÑA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: XII CAESARES Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reinvindican los colores Verde, Amarillo, Negro y Marrón que aparecen en el ejemplar. 7/ Clase Internacional: 28 8/ Protege y distingue: Cartones de bingo, juegos de mesa, bolas de juego y juguetes, juegos automáticos de previo pago, máquinas tragaperras; máquinas de juegos de salas recreativas, incluyendo salas de juegos de azar y apuestas; máquinas recreativas accionadas por monedas, por fichas o por cualquier otro medio de prepago; máquinas recreativas automáticas; máquinas de videojuegos; equipos de juegos electrónicos portátiles; equipos de juego para casinos, salas de bingo y otras salas de juegos de azar. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-04-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. -- 8 of 32 -- La G aceta Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 2018-6068 2/ Fecha de presentación: 07-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: American Airlines, Inc. 4.1/ Domicilio: 4333 Amon Carter Blvd. Fort Worth, Texas 76155, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FLAGSHIP 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios para la provisión de alimentación y bebidas; alojamiento temporal; provisión de instalaciones de salón; prestación de servicios de reserva de alojamiento; servicios de bar; servicios de bistro; servicios de cafetería, banquetería (catering); servicios de cafés (establecimientos); provisión de instalaciones para eventos y oficinas temporales y salas de reuniones; servicios de restaurante; servicios de barra de bocadillos; servicios de club para el suministro de alimentos y bebidas; provisión de salas de conferencias; facilitación de instalaciones para conferencias; alquiler de salas de conferencias; servicios de club privado de bebidas y de cenas para miembros; servicios de agencias de viajes para reservar restaurantes y hoteles; servicios de club de clientes con fines comerciales, promocionales y/o publicitarios; servicios de hotel; servicios de restauración de alimentos y bebidas; provisión de instalaciones de salas de conferencias; prestación de servicios de reserva y de coordinación de hoteles para terceros; servicios hoteleros. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. ____ FLAGSHIP 1/ Solicitud: 3067-18 2/ Fecha de presentación: 19-01-2018 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO PROMERICA, S.A. 4.1/ Domicilio: Edif. PALIC, Ave. República de Chile, col. Palmira, Tegucigalpa, M.D.C., HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Produbanco Grupo Promerica | Crea tu Futuro 6.2/ Reivindicaciones: Para utilizarse con el Reg. 24234 de la marca BANCO PROMERICA Y DISEÑO en clase 38. 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones; agencias de prensa / agencias de noticias / agencias de información [noticias]; servicios de buzón de voz; provisión de canales de telecomunicación para servicios de televenta; servicios de comunicación por telefonía móvil; comunicaciones telegráficas; comunicaciones telefónicas; comunicaciones por terminales de ordenador / comunicaciones por terminales de computadora; comunicaciones por redes de fibra óptica; servicios de conexión telemática a una red informática mundial; correo electrónico; servicios de difusión inalámbrica; alquiler de aparatos para el envío de mensajes; servicios de encaminamiento y enlace para telecomunicaciones; envío de mensajes; facilitación de acceso a bases de datos; alquiler de aparatos de fax; provisión de foros de discusión [chats] en internet; provisión de foros en línea; información sobre telecomunicaciones; alquiler de módems; servicios de proveedores de acceso a usuario a redes informáticas mundiales; radiocomunicación / comunicaciones radiofónicas; radiodifusión; servicios de radiomensajería [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica] / servicios de radiobúsqueda [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica]; servicios de tablones de anuncios electrónicos [telecomunicaciones]; alquiler de aparatos de telecomunicación; Produbanco Grupo Promerica|Crea tu Futuro servicios de teleconferencia; teledifusión; teledifusión por cable; servicios telefónicos; alquiler de teléfonos; servicios telegráficos; servicios de télex; alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales; transmisión de telegramas; transmisión de mensajes e imágenes asistida, por ordenador / transmisión de mensajes e imágenes asistida por computadora; transmisión de faxes; transmisión por satélite transmisión de tarjetas de felicitación en línea; transmisión de archivos digitales/transmisión de archivos informáticos; transmisión de flujo continuo de datos [streaming]; servicios de videoconferencias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. ____ 1/ Solicitud: 3058-18 2/ Fecha de presentación: 19-01-2018 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO PROMERICA, S.A. 4.1/ Domicilio: Edif. PALIC, Ave. República de Chile, col. Palmira, Tegucigalpa, M.D.C., HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Banco Promerica | Crea tu Futuro Banco Promerica|Crea tu Futuro 6.2/ Reivindicaciones: Para utilizarse con el Reg. 24234 de la marca BANCO PROMERICA Y DISEÑO en la clase 38. 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Telecomunicaciones; agencias de prensa / agencias de noticias / agencias de información [noticias]; servicios de buzón de voz; provisión de canales de telecomunicación para servicios de televenta; servicios de comunicación por telefonía móvil; comunicaciones telegráficas; comunicaciones telefónicas; comunicaciones por terminales de ordenador / comunicaciones por terminales de computadora; comunicaciones por redes de fibra óptica; servicios de conexión telemática a una red informática mundial; correo electrónico; servicios de difusión inalámbrica; alquiler de aparatos para el envío de mensajes; servicios de encaminamiento y enlace para telecomunicaciones; envío de mensajes; facilitación de acceso a bases de datos; alquiler de aparatos de fax; provisión de foros de discusión [chats] en internet; provisión de foros en línea; información sobre telecomunicaciones; alquiler de módems; servicios de proveedores de acceso a usuario a redes informáticas mundiales; radiocomunicación / comunicaciones radiofónicas; radiodifusión; servicios de radiomensajería [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica] / servicios de radiobúsqueda [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica]; servicios de tablones de anuncios electrónicos [telecomunicaciones]; alquiler de aparatos de telecomunicación; servicios de teleconferencia; teledifusión; teledifusión por cable; servicios telefónicos; alquiler de teléfonos; servicios telegráficos; servicios de télex; alquiler de tiempo de acceso a redes informáticas mundiales; transmisión de telegramas; transmisión de mensajes e imágenes asistida, por ordenador / transmisión de mensajes e imágenes asistida por computadora; transmisión de faxes; transmisión por satélite transmisión de tarjetas de felicitación en línea; transmisión de archivos digitales/transmisión de archivos informáticos; transmisión de flujo continuo de datos [streaming]; servicios de videoconferencias. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. -- 9 of 32 -- La G aceta Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 3994-18 2/ Fecha de presentación: 24-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: “DR. MARTENS” INTERNATIONAL TRADING GmbH “DR. MAERTENS” MARKETING GmbH 4.1/ Domicilio: Ahornstr. 8a, 82166 Graefelfing, ALEMANIA An der Ach 3, 82402, Seeshaupt, ALEMANIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Dr. Martens 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Preparaciones para limpiar calzado y para pulir calzado, jabón; crema y pulido para botas; cremas para el cuero, pulido para cuero; pulido para el calzado, restauradores, tratamientos para limpieza y protectores de empeines (partes superiores) tejidos; tratamientos para la limpieza y protectores de cuero. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. ____ Dr. Martens 1/ Solicitud: 50212-2017 2/ Fecha de presentación: 05-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: BINGOS Y COMPLEMENTOS ELECTRÓNICOS, S.L. 4.1/ Domicilio: Calle de Loeches, 1-3,28008 Madrid (MADRID), ESPAÑA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 77777 MULTI CLASSIC Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los colores, Rojo, Blanco, Verde Claro, Verde Oscuro, Negro, Azul Claro, Azul Oscuro, Dorado, Morado. 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Equipos electrónicos para instalaciones de salas de bingo, equipos de vídeo y de sonido, aparatos ópticos de medida de señalización, de control (inspección), aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes, tarjetas magnéticas, tarjetas de memoria, tarjetas con chip. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. ____ 1/ Solicitud: 50206-2017 2/ Fecha de presentación: 05-Dic.-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: METRONIA, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle Lanzarote, 8, 28703 San Sebastián de los Reyes (MADRID), ESPAÑA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TOP TNT TEN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se reinvidican los colores Amarillo, Negro, Marrón, Blanco, Rojo, Azul, Dorado, Morado que aparecen en el ejemplar. 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Equipos electrónicos para instalaciones de salas de bingo, equipos de vídeo y de sonido, aparatos ópticos de medida de señalización, de control (inspección), aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes, tarjetas magnéticas, tarjetas de memoria, tarjetas con chip. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta no por separado. Abogado Camilo Zaglul Bendeck Pérez Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. ____ 1/ Solicitud: 41975-2017 2/ Fecha de presentación: 09-10-2017 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: DERIVADOS DE LOS LACTEOS, S.A. DE C.V. (DELASA) 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DELASA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 0 8/ Protege y distingue: La sociedad tendrá como finalidad, principal: fabricación, importación, comercialización y exportación de productos derivados de los lácteos en general cualquier otra actividad lícita tenga o no tenga relación directa con la naturaleza de las operaciones anteriormente indicadas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. ____ DELASA 1/ Solicitud: 4184-18 2/ Fecha de presentación: 25-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO H, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OIL DEPOT y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindica la palabra “OIL”. Se protege la marca en su conjunto. 7/ Clase Internacional: 4 8/ Protege y distingue: Aceites lubricantes, aceites combustibles, aceites industriales, aceites de motor, aceites no químicos para carburantes/ aditivos no químicos para combustibles de motor, alcohol (combustible), grasas industriales, grasas lubricantes, lubricantes/ lubricantes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 9, 24 M. y 8 J. 2018. -- 10 of 32 -- La G aceta Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 2017-19391 2/ Fecha de presentación: 03-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Koss Corporation 4.1/ Domicilio: 4129 North Port Washington Avenue, Milwaukee, Wisconsin 53212, United States 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KOSS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Auriculares, auriculares para recibir datos de audio de forma inalámbrica, accesorios para auriculares; hardware de audio digital que incorpora un receptor y transmisor; hardware de vídeo digital que incorpora un receptor y transmisor; dispositivos de transmisión de contenido digital; dispositivos de comunicación inalámbricos; accesorios para hardware de audio digital; cables para equipos de audio digital; estaciones de acoplamiento para hardware de audio digital; accesorios de hardware de vídeo digital; cables para hardware de vídeo digital; estaciones de acoplamiento para hardware de vídeo digital; auriculares de teléfono; dispositivos de audio personales; software para computadora; sistemas de audio CD´s; auriculares protectores de seguridad auditiva; altavoces. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Fanny Rodríguez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-06-17. 12/ Reservas: Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. ____ KOSS 1/ Solicitud: 2018-1981 2/ Fecha de presentación: 15-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Clarke, Modet y Cía. S.L. 4.1/ Domicilio: Calle Suero de Quiñones, 34-36, 28002 MADRID 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLARKE, MODET & CO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios jurídicos; administración jurídica de licencias; aplicación de derechos de propiedad intelectual; apoyo asistido por ordenador en materia de litigios; asesoramiento en litigios; asesoramiento jurídico; asesoramiento jurídico en materia de franquicias; asistencia jurídica para la redacción de contratos; autorización de sistemas de comunicación inalámbrica; certificación de documentos jurídicos; concesión de licencias a terceros para la utilización de derechos de propiedad industrial y derechos de autor; concesión de licencias de derechos de propiedad industrial; concesión de licencias de propiedad intelectual; concesión de licencias de tecnología; concesión de licencias de conceptos de franquicia [servicios jurídicos]; concesión de licencias de derechos de propiedad industrial y derechos de autor [servicio jurídicos]; consulta en materia de gestión de derechos de autor; consultoría de expertos en cuestiones jurídicas; consultoría en concesión de licencias de marcas; consultoría en concesión de licencias de patentes; consultoría en concesión de licencias de software informático; consultoría en cuestiones jurídicas personales; consultoría en propiedad industrial; consultoría en propiedad intelectual; consultoría jurídica en el ámbito fiscal; consultoría jurídica profesional en materia de franquicias; consultoría sobre litigios; derechos de autor (servicios de asesoría profesionales relacionados con -); derechos de autor (servicios profesionales de asesoramiento relacionados con el incumplimiento de -); dibujos y modelos (registro y licencia de -); ejecución de derechos de marcas; explotación de derechos de propiedad industrial y derechos de autor mediante la concesión de licencias [servicios jurídicos]; examen de normas y prácticas para garantizar el cumplimiento de leyes y reglamentos; gestión de la propiedad intelectual; gestión de derechos de propiedad industrial; investigaciones judiciales; información, asesoramiento y consultoría en cuestiones jurídicas; investigaciones sobre asuntos legales; mediación en trámites jurídicos; preparación para la prestación de servicios legales. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. CLARKE, MODET & CO [1] Solicitud: 2016-050084 [2] Fecha de presentación: 16/12/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: VETO GLOBAL SOURCING INC. [4.1] Domicilio: AKARA BUILDING 24 DE CASTRO STREET, WICKAMS BAY 1, ROAD TOWN, BRITISH VIRGIN ISLANDS, ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VETO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de junio del año 2017. 12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “VETO y DISEÑO”, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. ______ 1/ Solicitud: 2018-1979 2/ Fecha de presentación: 15-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Clarke, Modet y Cía. S.L. 4.1/ Domicilio: Calle Suero de Quiñones, 34-36, 28002 MADRID 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLARKE, MODET & CO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Organización y dirección de simposios, conferencias, coloquios, seminarios, talleres de formación y congresos; enseñanza; servicios de traducción; organización de exposiciones con fines culturales y educativos; publicación de textos no publicitarios, publicación de libros, publicación electrónica de libros y periódicos en línea, suministro de publicaciones electrónicas en línea no descargables. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. ____ CLARKE, MODET & CO 1/ Solicitud: 2018-1978 2/ Fecha de presentación: 15-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Clarke, Modet y Cía. S.L. 4.1/ Domicilio: Calle Suero de Quiñones, 34-36, 28002 MADRID 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLARKE, MODET & CO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Servicios de seguros; suscripción de seguros, peritaciones y tasaciones destinadas a seguros; servicios de garantía; servicios fiscales; consultoría, asesoramiento e información en materia financiera; servicios de informes financieros y calificaciones crediticias; servicios de valoración y tasación; servicios de patrocinio y recaudación de fondos; servicios de valoración. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. _______ CLARKE, MODET & CO -- 11 of 32 -- La G aceta Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 2018-1977 2/ Fecha de presentación: 15-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Clarke, Modet y Cía. S.L. 4.1/ Domicilio: Calle Suero de Quiñones, 34-36, 28002 MADRID 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLARKE, MODET & CO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Consultoría en organización y dirección de negocios, consultoría profesional en negocios, investigación de negocios y de mercados; planificación estratégica de negocios organización de ferias y exposiciones con fines comerciales y publicitarios estudio de mercados; servicios de asesoramiento, elaboración, cumplimentación y presentación de declaraciones físcales. Gestión de ficheros informáticos, búsqueda de informaciones en ficheros informáticos (para terceros). Servicios de creación, estrategia, evaluación y posicionamiento de marcas. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. ____ CLARKE, MODET & CO 1/ Solicitud: 2017-46682 2/ Fecha de presentación: 08-11-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Procter & Gamble Company 4.1/ Domicilio: One Procter & Gamble Plaza Cincinnati Ohio 45202, United States of America 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIO:RENEW 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Jabones; perfumería; aceites esenciales; cosméticos; lociones para el cabello; preparaciones para la limpieza, cuidado y embellecimiento de la piel, cuero cabelludo y cabello; productos para estilizar el cabello; tintes para el cabello, preparaciones decolorantes, tinturas y preparaciones colorantes. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-12-2017. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. ____ BIO:RENEW 1/ Solicitud: 2017-21624 2/ Fecha de presentación: 17-05-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Hasgal, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: San Salvador, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HASGAL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de venta al detalle de telas, ropa y artículos para el hogar. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Gissel Zalavarría E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Sonia Urbina USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-07-2017. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. ____ 1/ Solicitud: 50085-2017 2/ Fecha de presentación: 16-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: VETO GLOBAL SOURCING INC. 4.1/ Domicilio: AKARA BUILDING 24 DE CASTRO STREET, WICKAMS BAY I, ROAD TOWN, BRITISH VIRGIN ISLANDS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Islas Vírgenes (Británicas) B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VETO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindica el uso exclusivo de las palabras INNOVAMOS PARA TI, sin embargo, se solicita que la marca sea registrada de forma íntegra conforme el diseño presentado. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/6/17. 12/ Reservas: No se reivindica INNOVAMOS PARA TI”. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. ____ 1/ Solicitud: 47502-2017 2/ Fecha de presentación: 14-11-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Krewel Meuselbach GmbH 4.1/ Domicilio: Krewelstraβe 2, DE-53783 Eitorf, Germany 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Hedecton 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Medicamentos para uso humano; productos médicos farmacéuticos, todos incluidos en la clase 5. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Sonia Urbina E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-12-2017. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. Hedecton -- 12 of 32 -- La G aceta Sección B Avisos Legales [1] Solicitud: 2017-006913 [2] Fecha de presentación: 09/02/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SUMINISTROS INTERNACIONALES, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: NOR-ESTE BARRIO BARANDILLAS DE LA CIUDAD DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Electrodos para soldar. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PABLO YOVANNI VALLADARES RAMÍREZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de junio del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018 _______ AMERICAN SUGAR [1] Solicitud: 2017-006914 [2] Fecha de presentación: 09/02/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SUMINISTROS INTERNACIONALES, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: NOR-ESTE BARRIO BARANDILLAS DE LA CIUDAD DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Electrodos para soldar. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PABLO YOVANNI VALLADARES RAMÍREZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de junio del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018 AMERICAN HARD PLUS [1] Solicitud: 2018-010821 [2] Fecha de presentación: 08/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SUMINISTROS INTERNACIONALES, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: NOR-ESTE BARRIO BARANDILLAS DE LA CIUDAD DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: WASHINGTON ALLOY Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Electrodos para soldar metales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PABLO YOVANNI VALLADARES RAMÍREZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de abril del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018 _______ [1] Solicitud: 2018-011906 [2] Fecha de presentación: 14/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SUMINISTROS INTERNACIONALES, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: NOR-ESTE BARRIO BARANDILLAS DE LA CIUDAD DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AMERICAN ALLOY Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Electrodos para soldar metales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: PABLO YOVANNI VALLADARES RAMÍREZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de abril del año 2018. 12] Reservas: No se protege welding electrodes que aparece en etiqueta. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 20 A., 9 y 24 M. 2018. -- 13 of 32 -- La G aceta Sección B Avisos Legales 1/ No. Solicitud: 52423-2017 2/ Fecha de presentación: 19-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Chocolates Mi Reyna 4.1/ Domicilio: Barrio Las Brisas, municipio de San Juan, departamento de Intibucá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Mi Reyna y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: No se reivindican las palabras “cada mañana junto a ti”. 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, chocolate y horchata. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: José Eduardo Pinto Chinchilla. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 29-01-2018. 12/ Reservas: Se protege sólo el producto indicado. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. _______ 1/ No. Solicitud: 52424-2017 2/ Fecha de presentación: 19-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Empresa Asociativa Campesina de Producción “Flor del Café”. 4.1/ Domicilio: Aldea San Juan, municipio de La Labor, departamento de Ocotepeque. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FLOR DEL CAFE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: María José Pinto Chinchilla. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 29-01-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. _______ 1/ No. Solicitud: 1295-2018 2/ Fecha de presentación: 12-01-2018 3/ Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR 4/ Solicitante: FORMUNICA HONDURAS, S.A. 4.1/ Domicilio: Ajuterique, Comayagua. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FORMUNICA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 00 8/ Protege y distingue: Finalidad: Importación y distribución de productos agroquímicos. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. 11/ Fecha de emisión: 21-02-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. _______ FORMUNICA [1] Solicitud: 2017-049719 [2] Fecha de presentación: 29/11/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CAFETALEROS DE HONDURAS, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: Santa Rosa de Copán, departamento de Copán, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CDH Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café, sucedáneos del café. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de marzo del año 2018. 12] Reservas: Con reivindicación de los colores Azul, Amarillo, Café y Blanco, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 23 A., 9 y 24 M. 2018. _______ [1] Solicitud: 2018-005222 [2] Fecha de presentación: 31/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: AGROINDUSTRIAS EL COYOL [4.1] Domicilio: Barrio El Centro, esquina opuesta a Pulpería González,

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