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17 de agosto de 2018Vigente

Acuerdo Ministerial No. 1402-2018 — Clasificación de Estudios Técnicos como Información Reservada en Trámites Ambientales

Poder Ejecutivo

  • Decreto: 1402-2018
  • Publicación: 17 de agosto de 2018
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 34,721
  • Categoria: Ambiental

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este acuerdo clasifica los estudios técnicos presentados en solicitudes de licencias ambientales como información reservada y protegida. Beneficia a empresas y particulares que presentan proyectos ante el Ministerio de Ambiente, garantizando que sus estudios técnicos y ubicación no sean divulgados públicamente, respetando sus derechos de propiedad intelectual.

Considerandos

Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.

Que la Secretaría de Estado, otorgará Licencias Ambientales así como otros trámites ambientales, de todo proyecto sometido a su consideración, previo a la verificación del cumplimiento de todos los requisitos técnicos y administrativos que tal solicitud amerite.

Que es atribución de la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, garantizar la protección, clasificación y seguridad de la información pública y el respeto a las restricciones de acceso en los casos tipificados por la ley.

Que el Artículo 108 de la Constitución de la República establece que: “Todo autor, inventor, productor o comerciante gozará de la propiedad exclusiva de su obra, invención, marca o nombre comercial con arreglo a ley”.

Que el Estado de Honduras es signatario de Convenios Internacionales que protegen los derechos de producción exclusivos del autor de la obra, entendiéndose claramente la confidencialidad con respecto a la divulgación de información referente a Estudios Técnicos.

Que conforme a las atribuciones legales establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y habiendo seguido los procesos administrativos establecidos por la Ley para la clasificación correspondiente.

Articulos

Articulo 1.-

Declarar como Información Reservada lo relativo a los Estudios de carácter Técnico contenida en las solicitudes de Licencias Ambientales, al igual que otros trámites ambientales presentadas ante esta Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (MI AMBIENTE), así como la ubicación de los mismos, garantizando la protección de la información técnica entregada por los particulares.

Articulo 2.-

Transcribir el presente Acuerdo al Instituto de Acceso a la Información Pública y a la Unidad de Transparencia de esta Secretaría de Estado, para los fines legales pertinentes.

Articulo 3.-

El presente Acuerdo de clasificación es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los ocho (08) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. COMUNIQUESE. JOSE ANTONIO GALDAMES FUENTES Secretario de Estado NARCISO E. MANZANARES R. Secretario General