VigenteCategoria: Administrativo
20 de diciembre de 2018 | Poder Judicial

Reglamento — Reforma de los Artículos 25, 26 y 27 del Reglamento de Viáticos y Gastos de Viaje para Servidores Públicos de la UNAH

Considerandos

  1. 1.Que el Consejo Universitario es el órgano máximo de dirección superior, responsable de concertar y generar las políticas y estrategias de la gestión universitaria.
  2. 2.Que es atribución del Consejo Universitario ejercer la potestad reglamentaria.
  3. 3.Que el Consejo Universitario según Acuerdo No. CU-O-042-04-2018, nombró una comisión especial para que dictaminara sobre el contenido de la solicitud presentada por la Junta de Dirección Universitaria en seguimiento a las instrucciones emanadas del Tribunal Superior de Cuentas (TSC) que demandó ajustar la Unidad de Auditoría Interna al marco rector de la Auditoría del Sector Público referente a la reforma de los Artículos 25, 26 y 27 del Reglamento de Viáticos y Gastos de Viaje para Servidores Públicos de la UNAH, integrada por el LIC. CARLOS HUMBERTO LORENZANA, Director del Centro Regional Universitario Nororiental, CURNO-UNAH; DRA. DORIS MIRTALA CHINCHILLA, Decana de la Facultad de Química y Farmacia; y, el MSC. FRANCISCO RICARDO VALDEZ, Representante Propietario del Claustro de Profesores de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables.
  4. 4.Que, en la Sesión Ordinaria del 26 de octubre de 2018, el pleno del Consejo Universitario conoció el dictamen presentado por la Comisión nombrada para dictaminar en relación a la solicitud de modificar los Artículos 26 y 27 del Reglamento de Viáticos y Gastos de Viaje para Servidores Públicos de la UNAH.
  5. 5.Que la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, UNAH, en su Ley Orgánica y sus reglamentos en su artículo 2, inciso 2, se especifica que la gestión administrativa de la UNAH se hará con transparencia y rendición de cuentas ante los entes contralores del Estado y la sociedad en general.
  6. 6.Que la Secretaría Ejecutiva de Administración y Finanzas (SEAF), cuenta con el personal técnico para asumir con propiedad y eficiencia las funciones que se le trasladan para un mejor desempeño institucional en la administración y control de los fondos asignados a las unidades académicas y administrativas de la UNAH, y ejecutados mediante el Reglamento de Viáticos y Gastos de Viaje para Servidores Públicos de la UNAH.

Articulos

Articulo 24

” “ARTÍCULO 26.- Se prohíbe el fraccionamiento de los períodos de las misiones con el propósito de eludir la correcta aplicación de la Tabla de Viáticos y Gastos de Viaje cuando su objeto sea favorecer a los viajeros. Probando lo anterior, la Auditoría Interna formulará el reparo respectivo en el que se señalarán los ajustes correspondientes y será considerada como una falta grave.” “ARTÍCULO 27.- A ninguna persona se le autorizará un nuevo anticipo de viáticos y gastos de viaje, si tuviese pendientes la liquidación del viaje anterior que haya efectuado. La Auditoría Interna bajo su responsabilidad velará por el fiel cumplimiento de esta disposición.” TERCERO: La presente Reforma entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. CUARTO: Se instruye a la Secretaría General de la UNAH, gestionar y promover su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE. (F Y S) OSCAR ARQUIMEDES ZELAYA, SECRETARIO CONSEJO UNIVERSITARIO. cc: Msc. Aleyda Romero, Directora-Presidenta Junta de Dirección Universitaria. cc: Miembros de la Comisión. cc: Abog. Emma Virginia Rivera Mejía, Secretaria General UNAH. cc: Auditoría Interna. cc: Archivo.” Y para los fines legales consiguientes, se extiende la presente en la Ciudad Universitaria “José Trinidad Reyes”, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil dieciocho. (F Y S) OSCAR ARQUÍMEDES ZELAYA, SECRETARIO”. Y para su publicación en el Diario Oficial “LA GACETA”, se extiende la presente CERTIFICACIÓN en Tegucigalpa M.D.C., Ciudad Universitaria “José Trinidad Reyes”, cuatro de febrero de dos mil diecinueve. EMMA VIRGINIA RIVERA MEJÍA SECRETARIA GENERAL -- 59 of 60 -- (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. 1) ACUERDA: PRIMERO: APROBAR EL SIGUIENTE REGLAMENTO DE ASCENSOS DE LA POLICÍA NACIONAL que literalmente contiene: TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Civico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”. Teléfono: 25-52-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: -- 60 of 60 --

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