Acuerdo Ministerial No. 511-A-2019 — Delegación de funciones a Subdirectora General de Control de Franquicias Aduaneras
Poder Ejecutivo
- Decreto: 511-A-2019
- Publicación: 20 de septiembre de 2019
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 35,054
- Categoria: Financiero y Tributario
Resumen
Este acuerdo delega las funciones del Director General de Control de Franquicias Aduaneras a la Subdirectora Bessy Dinora Salvador Pagoaga durante la licencia del titular (5 de septiembre de 2019 al 30 de enero de 2020). Le permite firmar resoluciones de exoneraciones, notas de créditos, devoluciones y órdenes de compra exentas, asumiendo responsabilidad por estas acciones administrativas.
Considerandos
Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo.
Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-017-2011 del 22 de marzo de 2011, se creó la Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, responsable de conocer y registrar los asuntos relacionados con todas las exenciones y exoneraciones fiscales que se deban otorgar conforme los convenios, tratados internacionales y las demás leyes vigentes, sin perjuicio de las atribuciones que por ley corresponde a cada Secretaría de Estado; y está adscrita a la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto.
Que el Código Tributario contenido en el Decreto No.170-2016 de fecha 15 de diciembre de 2016, en su Artículo 21 que se refiere a la Tramitación de las Exoneraciones, Devoluciones y Notas de Créditos, en su numeral 10, señala entre otros aspectos que la SEFIN puede continuar utilizando el Sistema de Compras Manual o electrónica.
Que el abogado Juan José Vides Mejía en su condición de Director General de Control de Franquicias Aduaneras, mediante nota de fecha 26 de agosto de 2019, solicitó Licencia No Remunerada a partir del 29 de agosto de 2019 al 30 de enero de 2020.
Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que en ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor definitiva, resulte una simplificación de los procesos que se lleven a cabo en la Administración Pública.
Que la ciudadana Bessy Dinora Salvador Pagoaga, fue nombrada como Subdirectora General de Control de Franquicias Aduaneras, según Acuerdo Número 510-2019 de fecha 04 de septiembre de 2019.
Que a través del memorando No. DM-083-2019 de fecha 05 de septiembre de 2019, la Licenciada Rocío Izabel Tábora Morales, en su condición de Secretaria de Estado, solicitó a esta Secretaría General, Acuerdo de Delegación a favor de la abogada Bessy Dinora Salvador Pagoaga, en su condición de Subdirectora General de Control de Franquicias Aduaneras de esta Secretaría de Estado, para ejercer las responsabilidades inherentes al cargo de DIRECTOR GENERAL y cualquier otra acción administrativa dentro del marco de sus atribuciones, en ausencia del titular de la Dirección durante el periodo comprendido del 05 de septiembre de 2019 al 30 de enero de 2020.
Que en fecha 27 de junio de 2019, el Abogado JOSE MANUEL CHIRINOS RODAS, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No. 16109, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.), presentó solicitud de CANCELACIÓN de Licencia de Representante No. 1304-005 tomo VI y Licencia de Distribuidor No. 2614- 2011 tomo XI, de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.), con la empresa concedente ASOFARMA, S. A.
Que según informe emitido por la Dirección General de Sectores Productivos, de fecha 09 de julio de 2019, que obra en el folio 37 del expediente de mérito, se constató en los Libros de Licencias de Representantes y Distribuidor y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, que al efecto lleva, que existen los siguientes registros con la empresa concedente ASOFARMA, S. A., de nacionalidad guatemalteca; con jurisdicción en todo el territorio de la República de Honduras; en forma No exclusiva; por tiempo indefinido; de Licencias de Representante No. 1304-2005, tomo VI y Licencia de Distribuidor No. 2614- 2011 tomo XI y la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.).
Que mediante Acta de Conciliación con Acuerdo Total de fecha 25 de junio del año 2019 que obra a folios 27 al 31 del expediente de mérito, de notificación formal de terminación de la concesión de Representación y Distribución de Licenciada No Exclusiva por tiempo indefinido de Representación con No. 1304-2005, tomo VI y Licencia de Distribuidor No. 2614-2011 tomo XI, de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.), con la empresa concedente ASOFARMA, S. A., inscrita en Guatemala, ambas empresas han finalizado su relación comercial tal como lo establece el Acta de Conciliación con Acuerdo Total del expediente supra mencionado.
Que el artículo 11 del Reglamento de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, establece: “La licencia y el registro se cancelarán cuando lo solicite el concesionario, el concedente o un tercero o un tercero siempre que acredite la terminación del contrato, o la no prestación del servicio, representación, distribución y agencia por parte de la persona a favor de la cual esté concedida la licencia y el registro de conformidad con lo que prescribe la Ley”.
Que el artículo 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo establece lo siguiente: “La resolución podrá fin al procedimiento y en su parte dispositiva se decidirán todas las cuestiones planteadas por los interesados y cuantas del expediente resulten, hayan sido o no promovidas por aquellas”.
Articulos
DELEGAR en la abogada Bessy Dinora Salvador Pagoaga, en su condición de Subdirectora General de Control de Franquicias Aduaneras de esta Secretaría de Estado, las responsabilidades inherentes al cargo de DIRECTOR GENERAL a fin de que pueda firmar las Resoluciones de Exoneraciones aprobadas. También se le delega firmar Notas de Créditos y Devoluciones aprobadas derivadas de las mismas. Así mismo se delega la facultad para firmar las órdenes de compras Exentas (OCE) correspondiente a la oficina de Tegucigalpa. Y cualquier otra acción administrativa dentro del marco de sus atribuciones, en ausencia del titular de la Dirección, durante el periodo comprendido del 05 de septiembre de 2019 al 30 de enero de 2020.
La Delegada es responsable del ejercicio de las funciones encomendadas.
Hacer las Transcripciones de Ley.
El presente Acuerdo es de Ejecución inmediata y deberá publicarse en el SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: RESOLUCIÓN No. 398- 2019 SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, ONCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. VISTO: Para resolver el expediente No. 2019-SE-1465, contentivo de la solicitud de CANCELACION DE LICENCIA DE REPRESENTACIÓN No. 1304-2005 Y LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN No. 2614-2011 POR MUTUO CONSENTIMIENTO CELEBRADO ENTRE LAS PERSONAS JURIDICAS: ASOFARMA, S. A., COMO EMPRESA CONCEDENTE Y DROGUERÍA PREPARADOS ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V., (DROGUERÍA PAYSEN) COMO EMPRESA CONCESIONARIA. SE ADJUNTA ACUERDO DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO, presentado por el Abogado JOSE MANUEL CHIRINOS RODAS, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No. 16109, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.). CONSIDERANDO: Que en fecha 27 de junio de 2019, el Abogado JOSE MANUEL CHIRINOS RODAS, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No. 16109, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.), presentó solicitud de CANCELACIÓN de Licencia de Representante No. 1304-005 tomo VI y Licencia de Distribuidor No. 2614- 2011 tomo XI, de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.), con la empresa concedente ASOFARMA, S. A. CONSIDERANDO: Que según informe emitido por la Dirección General de Sectores Productivos, de fecha 09 de julio de 2019, que obra en el folio 37 del expediente de mérito, se constató en los Libros de Licencias de Representantes y Distribuidor y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, que al efecto lleva, que existen los siguientes registros con la empresa concedente ASOFARMA, S. A., de nacionalidad guatemalteca; con jurisdicción en todo el territorio de la República de Honduras; en forma No exclusiva; por tiempo indefinido; de Licencias de Representante No. 1304-2005, tomo VI y Licencia de Distribuidor No. 2614- 2011 tomo XI y la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.). CONSIDERANDO: Que mediante Acta de Conciliación con Acuerdo Total de fecha 25 de junio del año 2019 que obra a folios 27 al 31 del expediente de mérito, de notificación formal de terminación de la concesión de Representación y Distribución de Licenciada No Exclusiva por tiempo indefinido de Representación con No. 1304-2005, tomo VI y Licencia de Distribuidor No. 2614-2011 tomo XI, de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.), con la empresa concedente ASOFARMA, S. A., inscrita en Guatemala, ambas empresas han finalizado su relación comercial tal como lo establece el Acta de Conciliación con Acuerdo Total del expediente supra mencionado. CONSIDERANDO: Que el artículo 11 del Reglamento de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, establece: “La licencia y el registro se cancelarán cuando lo solicite el concesionario, el concedente o un tercero o un tercero siempre que acredite la terminación del contrato, o la no prestación del servicio, representación, distribución y agencia por parte de la persona a favor de la cual esté concedida la licencia y el registro de conformidad con lo que prescribe la Ley”. CONSIDERANDO: Que el artículo 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo establece lo siguiente: “La resolución podrá fin al procedimiento y en su parte dispositiva se decidirán todas las cuestiones planteadas por los interesados y cuantas del expediente resulten, hayan sido o no promovidas por aquellas”. POR TANTO: LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, en aplicación de los artículos: 1, 7, 116, 120, de la Ley General de la Administración Pública; 1, 19, 25, 60 literal b), 72, 83 y 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3, 4 y 10 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras 8 y 11 de su Reglamento. RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR, la solicitud de CANCELACIÓN DE LICENCIA DE REPRESENTACIÓN No. 1304-2005 Y LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN No. 2614-2011 POR MUTUO CONSENTIMIENTO CELEBRADO ENTRE LAS PERSONAS JURÍDICAS: ASOFARMA, S. A., COMO EMPRESA CONCEDENTE Y DROGUERÍA PREPARADOS ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V., (DROGUERÍA PAYSEN) COMO EMPRESA CONCESIONARIA. SE ADJUNTA ACUERDO DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO, presentado por el Abogado JOSE MANUEL CHIRINOS RODAS, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No. 16109, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.), en virtud que mediante Acta de Conciliación con Acuerdo Total de fecha 25 de junio del año 2019, emitida en la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa Centro de Conciliación y Arbitraje, ambas empresas acordaron la terminación de la relación de Representación y Distribución en la Cláusula Tercera (3) que establece: ASOFARMA. S. A., y DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.), por este medio en este acto, conjuntamente acuerdan la terminación de la relación de representación y distribución derivada del Contrato por mutuo consentimiento, sin controversia, ni responsabilidad, ni sanciones para ninguna de las partes contratantes, efectivo a partir de este misma fecha 25 de junio del 2019, por lo que a partir de este momento cualquiera de las partes o ambas podrán, conforme lo establece el Artículo 11 del Reglamento de La Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras (Acuerdo No. 669-79), solicitar y obtener la cancelación de la Licencia de Representante No. 1304-2005 y la Licencia de Distribuidor No. 2614-2011, para todos los fines legales correspondientes. SEGUNDO: CANCELAR los registros de Licencia de Representante No. 1304-2005, tomo VI y Licencia de Distribuidor No. 2614- 2011 tomo XI, de la Sociedad Mercantil DROGUERÍA PREPARADOS Y ANALIZADOS Y SERVICIOS ETICOS NACIONALES, S. A. DE C. V. (PAYSEN, S. A. DE C. V.), con la empresa concedente ASOFARMA, S. A., de nacionalidad guatemalteca; con jurisdicción en todo el territorio de la República de Honduras; en forma No exclusiva; por tiempo indefinido. TERCERO: Instruir a la Dirección General de Sectores Productivos para que en el marco de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras proceda conforme a Derecho. CUARTO: La presente Resolución no agota la vía administrativa, procede contra la misma el Recurso de Reposición mismo que deberá ser interpuesto dentro del término de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación. NOTIFÍQUESE. ARNALDO CASTILLO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil diecinueve. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 20 S. 2019 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) Unidad de Desarrollo y Ejecución de Infraestructura Pública (UDEIP) LICITACION PÚBLICA NACIONAL LPN-UDEIP-INSEP-001-2019 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), a través de la Unidad de Desarrollo y Ejecución de Infraestructura Pública (UDEIP), y en aplicación de los artículos No.38, 41, 43, 46 y 64 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Categoría ¨A1¨, por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), a presentar ofertas para el Diseño y Construcción del Proyecto: PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO EN TRAMO SANTA MARÍA A BRASS HILL, MUNICIPIO DE ROATÁN, DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA. Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública, todas las empresas precalificadas en Categoría ¨A1¨ por la Dirección General de Carreteras (DGC) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado de Honduras. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los Documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día jueves 19 de septiembre de 2019, la fecha máxima para descargar los documentos de la página WEB será el día viernes 27 de septiembre de 2019. La fecha de visita al proyecto será el día lunes 30 de septiembre de 2019 a las 10:30 A.M., en el Aeropuerto Juan Manuel Gálvez del municipio de Roatán, departamento de las Islas de la Bahía. La Propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Juntas de la UDEIP de la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Desarrollo y Ejecución de Infraestructura Pública (UDEIP), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado el día martes 15 de octubre de 2019 a las 10:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., en donde se realizará la apertura pública de las ofertas por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los oferentes o representantes que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Unidad de Desarrollo y Ejecución de Infraestructura Pública (UDEIP), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., jueves 19 de septiembre de 2019 LIC. ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRIGUEZ Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos ABOG. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ Presidente de la República 20 S. 2019. Aviso de Licitanción Pública República de Honduras Comisión Nacional de Bancos y Seguros "CONTRATACÓN DE SERVICIO DE INTERNET Y SERVICIO DE ENLACES DE DATOS DEDICADOS PARA LA COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS, PERÍODO AÑOS 2020 Y 2021 " No. LPN-CNBS-04-2019 1. La Comisión Nacional de Bancos y Seguros invita a las Sociedades interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-CNBS-04-2019, a presentar ofertas selladas para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE INTERNET Y SERVICIO DE ENLACES DE DATOS DEDICADOS PARA LA COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS, PERÍODO AÑOS 2020 Y 2021”. Lote 1: Servicio de internet primario para la oficina principal de la CNBS. Lote 2: Servicio de internet secundario para la oficina principal de la CNBS. Lote 3: Servicio de enlaces de datos dedicados multipunto a multipunto. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa, teléfono 22904500, ext. 270 en la dirección indicada al final de este Llamado de 9:00 A.M. a 5:00 P.M. Previo pago de la cantidad no reembolsable de L.200.00, mediante cheque de caja emitido a favor de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa ubicada en el primer piso del Edificio Santa Fe, colonia el Castaño Sur, Paseo Virgilio Zelaya Rubí, a más tardar a las 2:00 P.M., del día martes 29 de octubre del 2019. Las ofertas que se reciban fuera Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (12) de junio del año dos mil diecinueve (2019), se personó ante este Juzgado el Abogado CARLOS ANTONIO FERNÁNDEZ PINEDA, actuando en su condición de Apoderado legal de la Sociedad Mercantil SERVICIOS, PRODUCTOS Y NEGOCIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (SERPRONSA), en la demanda contencioso administrativa en materia ordinaria, con orden de ingreso número 0801-2019- 00233; contra el Estado de Honduras a través de la ALCALDÍA MUNICIPAL DE DANLÍ, DEPARTAMENTO DE EL PARAÍSO, para que se declare no conforme a derecho y se anule parcialmente un acto administrativo de carácter general contenido en el plan de arbitrios del año 2019 de la municipalidad de Danlí, departamento de El Paraíso, específicamente en contra de lo establecido en el artículo 48 capítulo VIII “Tasas Administrativas y Derechos”, de dicho plan de arbitrios y el acuerdo municipal número 11-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha nueve (09) de enero del año dos mil diecinueve (2019), que corresponde a la sesión extraordinaria celebrado por la Honorable Cooperación municipal de Danlí, departamento de El Paraíso, por haberse dictado infringiendo la Constitución de la República, infringiendo el ordenamiento jurídico vigente y cometiendo exceso de poder.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para su restablecimiento.- RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 20 S. 2019. de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 P.M., del día martes 29 de octubre del 2019. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 18 de septiembre del 2019. ETHEL DERAS ENAMORADO Presidenta 20 S. 2019. _________ PODER JUDICIAL HONDURAS JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de Familia del departamento de Francisco Morazán, en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 176 del Código de Familia reformado por Decreto Legislativo No. 137- 87, para los efectos legales, al público en general, HACE SABER: Que ante este Juzgado se han presentado los señores CHRISTIAM JOSUÉ GARCIA PEÑA y VIRNA JACKELINE CHIRINOS ROBLES, mayores de edad, casados, de nacionalidad hondureña, solicitando autorización Judicial para adoptar al menor MIGUEL ALEJANDRO QUINTANILLA.- Se hace del conocimiento al público en general para el efecto de que cualquier persona con interés contrario a la presente adopción, pueda comparecer ante este Juzgado antes de dictarse sentencia, exponiendo las razones de su inconformidad. Tegucigalpa, once de septiembre del año dos mil diecinueve. ILDA XIOMARA ZUNIGA SECRETARIA ADJUNTA 20 S. 2019.
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