Reglamento — Secretaría de Gestión de Relaciones Externas (SEGRE)
Universidad Nacional de Agricultura
- Publicación: 8 de febrero de 2020
- Órgano emisor: Universidad Nacional de Agricultura
Articulos
) La Secretaría de Gestión de Relaciones Externas es la dependencia responsable de dirigir y coordinar las actividades para promover y desarrollar los vínculos institucionales en el medio externo, con el objetivo de fortalecer las relaciones interinstitucionales, fortalecer la imagen corporativa de la Universidad, estimular el patrocinio a proyectos institucionales y procurar acciones tendientes a la autogestión y captación de recursos económicos, académicos, científicos y culturales. La Dirección de Gestión de Relaciones Externas está dirigida por un Profesional Especialista en forma permanente, seleccionado por concurso público de méritos, sujeto a la evaluación anual del desempeño. Sus funciones están definidas en el Artículo 162 del Estatuto Institucional y debe cumplir los siguientes requisitos:
- a)
Tener una edad mayor de 30 años;
- b)
Ostentar como mínimo el grado de Licenciatura en Relaciones Internacionales, Relaciones Públicas y Comunicaciones, y/o áreas afines;
- c)
Tener por lo menos tres (3) años de experiencia profesional;
- d)
Tener experiencia mínima de tres (3) años en la docencia universitaria.
- e)
Dominio del idioma Inglés de preferencia;
- f)
Habilidad para trabajar en equipos multidisciplinarios;
- g)
Ser de reconocida honorabilidad e Integridad h) Tener vínculos profesionales con los diferentes medios de comunicación regional, nacional e internacional; i) Ser seleccionado por concurso público de méritos por la Junta de Dirección Universitaria, de una Terna propuesta por el Rector. j) Estar debidamente colegiado y solvente con el Colegio Profesional Correspondiente; k) No haber sido sancionados por faltas graves o muy graves, o que hayan demandado a la institución por razones injustificadas o que hayan recibido sus prestaciones laborales. (De conformidad con los Arts. 244 y 284 del Estatuto.) l) No ser pariente de cualquier otra persona que ocupe cargos de autoridad en la Universidad Nacional de Agricultura, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, o quienes pertenezcan a una sociedad mercantil con la cual esta Institución tenga vínculos para la prestación de bienes y servicios; (Código de Ética de los Funcionarios Públicos) m) Estar solvente con la Institución, si es empleado o graduado de la UNAG. (Constancia de Administración actual) n) No haber sido sentenciado por delito doloso. o) Estar solvente en el ejercicio de sus derechos ciudadanos y no tener cuentas pendientes con el Estado. (Constancia de la Procuraduría General de la República).
Leyes relacionadas
- Ley Constitutiva de la Zona Libre de Puerto Cortés — Esta ley crea zonas libres comerciales e industriales en Honduras donde empresas nacionales y extranjeras pueden operar sin pagar impuestos de importación, exportación ni contribuciones municipales. Busca atraer inversión, generar empleos y aprovechar la posición geográfica del país para el comercio regional e internacional. (Decreto 356-1976, 1976)
- Acuerdo Ministerial No. 0263-2019 — Aprobación del Reglamento Disciplinario aplicable al personal de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y miembros de la Policía Nacional — Este reglamento establece las normas disciplinarias que rigen a policías y empleados de Seguridad en Honduras. Define qué conductas son faltas, quién investiga (la DIDADPOL), cómo se sanciona (desde amonestaciones hasta despido), y garantiza derechos como presunción de inocencia, defensa legal y debido proceso a todo investigado. (Decreto 0263-2019, 2019)
- Reglamento de la Ley Especial sobre VIH/SIDA y su Reforma en Aplicación del Decreto Legislativo Número 25-2015 — Este reglamento establece normas para proteger los derechos humanos de personas con VIH/SIDA en Honduras, garantizando acceso universal a atención integral de salud, confidencialidad y derechos sexuales y reproductivos. Beneficia a personas con VIH, poblaciones vulnerables y toda la ciudadanía, cumpliendo compromisos internacionales sobre derechos humanos y salud pública. (Decreto 25-2015, 2021)
- Acuerdo Ejecutivo No. 001-2021 — Reglamento de la Ley Especial sobre VIH/SIDA y su Reforma en aplicación del Decreto Legislativo Número 25-2015 — Este reglamento organiza la respuesta nacional contra el VIH/SIDA con enfoque de derechos humanos. Crea la estructura y funciones de CONASIDA (máximo órgano de decisión), establece cómo participan instituciones públicas, privadas y sociedad civil, y define políticas de prevención, educación y atención integral. Beneficia a todas las personas, especialmente a quienes viven con VIH y poblaciones vulnerables. (Decreto 001-2021, 2021)
- Acuerdo Ejecutivo sobre protección de derechos humanos en materia de VIH/SIDA (001-2021) — Este acuerdo aprueba el reglamento de la Ley sobre VIH/SIDA de Honduras. Establece cómo funcionará la CONASIDA (Comisión Nacional del SIDA), creando dos consejos que coordinarán entre instituciones públicas y organizaciones civiles para prevenir, atender y proteger los derechos de personas con VIH. El reglamento garantiza acceso universal a servicios de salud y protección contra discriminación, basándose en derechos humanos y equidad de género. (Decreto 001-2021, 2021)