Acuerdo Ejecutivo No. 749-14 — Autorización al Procurador General de la República para ejercer facultades en demanda laboral de Ramón Antonio López Martínez
Poder Ejecutivo
- Decreto: 749-14
- Publicación: 20 de febrero de 2015
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Categoria: Laboral
Resumen
Este acuerdo autoriza al Procurador General de la República a representar al Estado de Honduras en un juicio laboral iniciado por Ramón Antonio López Martínez, quien reclama indemnización por despido ilegal de la Secretaría de Agricultura. Le permite al Procurador negociar, renunciar a recursos legales o desistir del caso en nombre del Estado.
Considerandos
Que con fecha 12 de junio de 2013, el señor RAMÓN ANTONIO LÓPEZ MARTÍNEZ, presentó ante el Juzgado de Letras del Trabajo del departamento de Francisco Morazán, con sede en Tegucigalpa, M. D. C., demanda ordinaria en contra del Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, solicitando EMPLAZAMIENTO PARA QUE EL PATRONO PRUEBE LA JUSTA CAUSA DE SU DESPIDO, CASO CONTRARIO SE LE PAGUE LAS PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES LABORALES QUE LE CORRESPONDEN EN VIRTUD DE DESPIDO DIRECTO, ILEGAL E INJUSTO, SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR A TITULO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, juicio registrado en esa judicatura bajo Expediente No. 733-13, Juez No. 1.
Que el Demandante señor RAMÓN ANTONIO LÓPEZ MARTÍNEZ, laboró en la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, efectivo a partir del 3 de septiembre del 2007, y fue separado del cargo mediante nota de despido el 8 de marzo del 2013, sin seguirse todo el procedimiento establecido en la Ley de Servicio Civil y su Reglamento.
Que el Procurador General de la República representa legalmente al Estado de Honduras y defiende sus intereses, asimismo que de conformidad al Artículo 19 atribución primera reformado de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, debe promover, representar y sostener los derechos del Estado en todos los juicios en que éste fuere parte, para este efecto actúa con las facultades de un Apoderado General y requiere la autorización expresa del Poder Ejecutivo extendida Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO No. 749-14 mediante Acuerdo, en cada caso, para ejercer las facultades consignadas en el Artículo 57 párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo que literalmente dice: “No se consideran concedidas al apoderado, sin expresa mención, las facultades de desistir de peticiones y a los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios y percibir; 81 numeral 2) y 82 numeral 2) del Código Procesal Civil.
Articulos
Autorizar al señor Procurador General de la República, para que en nombre del Estado de Honduras ejercite las facultades de expresa mención, consignadas en los Artículos 81 Numeral 2) y 82 numeral 2) del Procesal Civil, como ser transigir, renunciar de los recursos o términos legales o a desistir de los recursos, en la Demanda promovida contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, por el señor RAMÓN ANTONIO LÓPEZ MARTÍNEZ, registrada en el Juzgado de Letras del Trabajo del departamento de Francisco Morazán, con sede en Tegucigalpa, M. D. C., bajo el No. 733-13 Juez No. 1.
El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE: JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE AGRICULTURAY GANADERÍA
Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería ACUERDO No. 864-14
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