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Decreto No. 305-2015 | 25 de febrero de 2014 | Poder Ejecutivo

Resolución No. 305-2015 — Rectificación de Resolución 171-2014 y aprobación de Estatutos del Ministerio Misionero y Profético Casa de Mi Padre (MPCP)

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Resumen

Esta resolución corrige un error de dirección en el documento legal de la organización religiosa cristiana Ministerio Misionero y Profético Casa de Mi Padre (MPCP), que opera sin fines de lucro en La Abisinia, Tocoa, Colón. El gobierno aprueba sus estatutos que establecen cómo funciona la organización, quiénes pueden ser miembros, cómo se toman decisiones y cómo se administran sus recursos financieros.

Considerandos

  1. 1.Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, concedió la Personalidad Jurídica, a favor del MINISTERIO MISIONERO Y PROFÉTICO CASA DE MI PADRE (MPCP), extremo que se acredita con la fotocopia de la indicada Certificación de la Resolución, las cuales se adjuntan a los folios números cuatro al diez (4 al 10) del expediente de mérito.
  2. 2.Que en la Resolución No. 171-2014 de fecha 25 de febrero del 2014, emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, donde contempla el domicilio de la Asociación se le consignó de más “Colonia La Unidad, Sector López Arellano”, siendo el domicilio únicamente LA ALDEA DE LA ABISINIA, MUNICIPIO DE TOCOA, DEPARTAMENTO DE COLÓN, en vista de lo anteriormente expuesto, por el error involuntario en el domicilio consignado en la resolución; por ende los interesados procedieron a solicitar la rectificación de la Personalidad Jurídica, la cual no fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta, por lo que es procedente rectificar la Resolución No. 171-2014 de fecha 25 de febrero del 2014, emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentra- lización.
  3. 3.Que la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado, emitió Dictamen No. U.S.L. 293-2015, de fecha tres de marzo de dos mil quince, ordenando la rectificación solicitada.
  4. 4.Que la Ley de Procedimiento Administrativo en su Artículo 128, establece que la rectificación de los actos administrativos consiste en la enmienda de los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que con ello no se altere lo sustancial del acto o decisión y puede llevarse a cabo en cualquier momento.
  5. 5.Que el mediante Acuerdo Ejecutivo No. 003-A-2014, de fecha veinticuatro de enero del dos mil catorce, el Presidente de la República, nombró al Abogado y Notario RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.

Articulos

Articulo 1

Constitúyase el MINISTERIO MISIO- NERO Y PROFÉTICO CASA DE MI PADRE (MPCP), ubicado en la aldea de La Abisinia, municipio de Tocoa, departamento de Colón, como una asociación de carácter cristiana, sin fines de lucro, la que se regirá por los presentes estatutos, por tiempo indefinido mientras subsistan sus fines.

Articulo 2

El Ministerio tendrá como domicilio principal la aldea de La Abisinia, municipio de Tocoa, departamento de Colón, República de Honduras, pudiendo crear filiales en cualquier lugar del país y fuera de el si así la ley se lo permitiera. CAPÍTULO II DE LOS FINES Y OBJETIVOS

Articulo 3

El Ministerio tendrá la finalidad de difundir y predicar la doctrina cristiana a través de las normas de la vida espiritual, moral, cívica e intelectual de las personas, evidenciando ese cambio en el orden social, familiar y personal, así también: a) Constituirse en una organización civil orientada a coadyuvar de manera oportuna el fortalecimiento de una sociedad honorable, digna, culta y fortalecida en el amor al prójimo y a los principios de la moralidad, la fe y a las buenas costumbres en general, para realizar todas las actividades necesarias que conduzcan al objetivo principal de este Ministerio; y, b) Apoyar moral y espiritual a todas aquellas personas que se dedican a expandir el evangelio cristiano.

Articulo 4

Son objetivos principales del Ministerio: a) Alcanzar la mayor población posible para el Reino de Dios. b) Enseñar la buena mayordomía a los miembros. c) Mejorar el nivel espiritual de los miembros que asistan al ministerio. d) Facilitar acceso a capacitaciones bíblicas a los miembros.e) Fomentar la solidaridad, el respeto y la piedad entre los miembros. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 34 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales CAPÍTULO III DE SUS MIEMBROS

Articulo 5

El Ministerio estará constituido por personas naturales o jurídicas legalmente constituidas nacionales o extranjeras debidamente inscritos y que cumplan con los objetivos para lo que fue creado, llamados: a) Miembros Fundadores, son las personas naturales que subscriben el acta de constitución. b) Miembros Activos, son las personas naturales, hondureñas o extranjeras con residencia legal en el país, como también organizaciones nacionales e internacionales legalmente constituidas que contribuyan voluntariamente en aportaciones económicas o en especies con el Ministerio, teniendo el derecho de voz y voto en reunión de Asamblea General; y, c) Miembros Honorarios, serán aquéllos quienes la Asamblea General acepte por alguna razón especial, los cuales sólo tienen derecho a voz y no al voto en reunión de Asamblea General.

Articulo 6

Son obligaciones de los miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a reuniones Ordinarias y Extraordinarias. b) Desempeñar cargos que le delegue la Asamblea General. c) Cumplir con todos los Reglamentos y Estatutos; y, d) Cumplir con las disposiciones estatutarias que el Ministerio emita.

Articulo 7

Son prohibiciones a los miembros Fundadores y Activos: a) Hacer campañas y propagandas políticas dentro del Ministerio a favor de determinada corriente o ideología. b) Comprometer o inducir al Ministerio en asuntos de índole penal, inmoral, administrativos y que vayan en contra de los principios y fines para lo que fue creado. c) Cometer hechos que involucren al Ministerio que constituyan delitos o faltas graves sancionadas por la ley.

Articulo 8

Son Derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Participar en reuniones de Asamblea General con voz y voto. b) Presentar mociones de cambio a la Asamblea General sean éstas de índole privado o colectivo. c) Solicitar informes de la administración de los recursos y actividades del Ministerio y obtener respuesta de la misma. d) Retiro voluntario; y, e) Elegir y ser electo para cargos directivos. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS DEL MINISTERIO

Articulo 9

La dirección y administración del Ministerio estará a cargo de los órganos siguientes: a) Asamblea General. b) Junta Directiva; y, c) Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA GENERAL

Articulo 10

Las reuniones de la Asamblea General podrán ser Ordinarias y Extraordinarias, según sean los asuntos a tratar.

Articulo 11

La Asamblea General legalmente convocada y reunida es la máxima autoridad del Ministerio y expresa la voluntad colectiva de la misma.

Articulo 12

La Asamblea General estará constituida por todos los miembros del Ministerio debidamente registrados.

Articulo 13

La Asamblea General se convocará oficialmente y se reunirá en forma Ordinaria mediante comunicados públicos emitidos por la Junta Directiva con quince días de anticipación, en el mes de diciembre de cada año.

Articulo 14

La Asamblea General se convocará con diez días de anticipación y se reunirá en forma Extraordinaria en cualquier tiempo, cuando la Junta Directiva lo estime necesario y urgente o a petición de las dos terceras partes de los miembros del Ministerio.

Articulo 15

El número de miembros que deberán asistir para celebrar una reunión Ordinaria será la mitad más uno en la primera convocatoria y en segunda convocatoria se hará la sesión con los miembros que asistan y sus decisiones se tomarán por el voto favorable de la mayoría simple de los mismos es decir la mitad más uno de los presentes.

Articulo 16

El número de miembros que deberán asistir para celebrar una reunión Extraordinaria será las dos terceras partes de los miembros inscritos, y en caso de no existir quórum se hará una nueva convocatoria hasta reunir el número necesario, quedando las decisiones que se tomen por el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros presentes.

Articulo 17

Son atribuciones de la Asamblea General para reunirse en forma Ordinaria, para tratar uno o más asuntos como los siguientes: a) Elegir o destituir a los miembros que conforman la Junta Directiva. b) Aprobar o improbar las solicitudes de ingreso, retiro y expulsión de miembros del Ministerio. c) Autorizar o desaprobar la inversión de los recursos de acuerdo a los fines y objetivos del Ministerio. d) Discutir y aprobar el presupuesto y planes de trabajo del Ministerio; y, e) Conocer los informes de la Junta Directiva, Comités de Apoyo y Auditoría.

Articulo 18

Son atribuciones de la Asamblea General para reunirse en forma Extraordinaria, para tratar uno o más asuntos como los siguientes: a) Discutir y aprobar la disolución y liquidación del Ministerio. b) Discutir y aprobar las reformas o modificar los presentes estatutos para someterlos a la aprobación del Poder Ejecutivo. c) Pedir cuentas a la Junta Directiva de su gestión; y, d) Cualquier otra causa calificada como urgente determinada por la Asamblea General. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 19

La administración, dirección y representación del Ministerio estará a cargo de la Junta Directiva, la que estará integrada por ocho (8) miembros así: Presidente(a), Vicepre- sidente(a), Secretario(a), Tesorero(a), Fiscal y tres (3) Vocales. Quienes deberán ser hondureños o extranjeros residentes en el país.

Articulo 20

Los miembros de la Junta Directiva una vez electos tomarán posesión de sus cargos y durarán en el cargo dos (2) años consecutivos y podrán ser reelectos por sólo un período más.

Articulo 21

La elección de la Junta Directiva se hará por mayoría simple, es decir la mitad más uno de los votos de los miembros presentes en la reunión Ordinaria de Asamblea General.

Articulo 22

La Junta Directiva del Ministerio será electa en el mes de diciembre del año que corresponda la elección en la reunión Ordinaria de Asamblea General y tomará posesión el mismo día de su elección.

Articulo 23

Son atribuciones de la Junta Directiva del Ministerio: a) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y reglamentos del Ministerio. b) Elaborar y ejecutar planes de trabajo y presupuesto Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 35 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales para ser presentados al pleno de la Asamblea General. c) Proporcionar informes y avances técnicos, espirituales, financieros y de todas las actividades a la Asamblea General. d) Organizar y convocar todas las reuniones Ordinarias y Extraordinarias. e) Dictaminar la aceptación, el ingreso o retiro de miembros del Ministerio a través de la Asamblea General. f) Gestionar recursos económicos. g) Crear Comités de Apoyo de acuerdo a la expansión, al trabajo y a la necesidad del Ministerio. h) Formular el presupuesto general anual, para ser sometido a discusión y aprobación por la Asamblea General. i) Organizar pautas contables y financieras para la realización de auditorías y controles de fondos e inversiones. j) Otras actividades que correspondan, asignadas por la Asamblea General.

Articulo 24

Son atribuciones del Presidente(a) de la Junta Directiva: a) Presidir todas las reuniones Ordinarias y Extraordinarias, tanto de la Asamblea General como de la Junta Directiva del Ministerio. b) Elaborar y discutir las agendas con el Secretario(a) antes de cada reunión. c) Ejercer la representación legal del Ministerio. d) Autorizar con su firma en los libros de la Secretaría, la Tesorería y en cualquier otra área necesaria. e) Firmar las actas, correspondencia oficial y credenciales de los miembros que representen el Ministerio, junto con el Secretario(a). f) Hacer valer su voto de calidad doble en una elección si los resultados se dicen en un empate, por su condición de Presidente de la Junta Directiva y de la Asamblea General. g) Firmar juntamente con el Tesorero(a) en forma mancomunada el retiro de fondos de instituciones financieras. h) Cualquier otra actividad que corresponda, asignada por la Asamblea General.

Articulo 25

Son atribuciones del Vicepresidente(a) de la Junta Directiva: a) Sustituir al Presidente(a) en su ausencia en forma temporal o definitiva. b) Cooperar y apoyar en forma incondicional todas las iniciativas en bien de los miembros y del Ministerio. c) Cumplir y hacer cumplir los estatutos y reglamentos. d) Cualquier otra actividad que corresponda, asignada por la Asamblea General o el Presidente(a).

Articulo 26

Son atribuciones del Secretario(a) de la Junta Directiva: a) Llevar en orden y secuencia los cuadernos de Actas de la Junta Directiva y los cuadernos de Actas de las reuniones de la Asamblea General, como también otras actas, acuerdos, convenios y registros del Ministerio. b) Elaborar las actas de las reuniones Ordinarias y Extraordinarias de la Junta Directiva y de la Asamblea General. c) Enviar y recibir correspondencia. d) Firmar las actas juntamente con el Presidente(a) y elaborar las certificaciones debidamente firmadas. e) Conservar en su poder toda la documentación legal, escrita y digital, como ser escrituras públicas y documentos relacionados con el Ministerio. f) Convocar a reuniones de Asamblea General y de Junta Directiva con quince días de anticipación; y, g) Cualquier otra actividad que corresponda, asignada por la Asamblea General o el Presidente(a).

Articulo 27

Son atribuciones del Tesorero(a)de la Junta Directiva: a) Guardar cuidadosamente los fondos y recursos propios del Ministerio. b) Llevar en orden y secuencia los Cuadernos de Ingresos, de Caja, de Bancos, el de Egresos, el Diario, el Mayor y el de Balances e Inventarios del Ministerio. c) Elaborar y presentar informes financieros a la Junta Directiva y Asamblea General. d) Recibir y documentar los ingresos como también realizar y documentar los egresos. e) Elaborar estados financieros y presupuestarios y presentarlos a la Junta Directiva y a la Asamblea General. f) Abrir cuentas en instituciones financieras a favor del Ministerio, y firmar juntamente con el Presidente(a) en forma mancomunada para el retiro de los fondos. g) Conservar en su poder toda la documentación de soportes contables, escrita y digital, como ser facturas, recibos y comprobantes de pago y compra del Ministerio. h) Cualquier otra actividad que corresponda, asignada por la Asamblea General o el Presidente(a).

Articulo 28

Son atribuciones del(a) Fiscal de la Junta Directiva: a) Efectuar fiscalizaciones periódicas, cada seis meses, de los fondos que entran y salen de la Tesorería del Ministerio. b) Solicitar a la Tesorería del Ministerio informes financieros y contables para su análisis y evaluación. c) Auditar internamente los controles de fondos voluntarios y de cuotas fijas, como también de los egresos que realizan a diario. d) Reportar a la Asamblea General toda anomalía o suspicacia encontrada tanto en fondo como en forma. e) Cualquier otra actividad que corresponda, asignada por la Asamblea General o el Presidente(a).

Articulo 29

Son atribuciones de los Vocales de la Junta Directiva: a) Sustituir en su orden a cualquier miembro de la Junta Directiva en su ausencia en forma temporal o definitiva con excepción del Presidente(a). b) Cooperar y supervisar con las comisiones que se formen. c) Cualquier otra actividad que corresponda, asignada por la Asamblea General o el Presidente(a). DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 30

La Junta Directiva creará los Comités de Apoyo que sean necesarios, cada Comité de Apoyo será integrado por tres miembros del Ministerio así: Coordinador(a), Subcoordinador(a) y enlace quienes se encargarán de realizar actividades de carácter social, moral y espiritual sin fines de lucro. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO DEL MINISTERIO

Articulo 31

El patrimonio y los recursos económicos del Ministerio estarán constituidos por: a) Bienes muebles. b) Bienes inmuebles. c) Legados. d) Herencias. e) Donaciones a título legal. f) Contribuciones voluntarias; y, g) Cuotas acordadas en Asamblea General. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL MINISTERIO

Articulo 32

El Ministerio podrá disolverse en las causas siguientes: a) En forma voluntaria, con acuerdo de las dos terceras partes de los miembros. b) Por no cumplir con los objetivos para los cuales fue creado el Ministerio. c) Por tener un número menor a los diez (10) miembros. d) Por sentencia judicial. e) Por resolución del Poder Ejecutivo. f) Cualquier otra razón determinada por la ley.

Articulo 33

La disolución de este Ministerio, sólo podrá acordarse mediante aprobación de Asamblea General extraordinaria, aprobada y votada por las dos terceras partes de los miembros que asistan.

Articulo 34

La liquidación del Ministerio quedará a cargo de una comisión liquidadora por personas ajenas al Ministerio quienes serán nombradas por la Asamblea General, ésta a su vez preparará un informe final de la situación actual, el cual estará a disposición de cualquier miembro del Ministerio por un período de treinta días, para cualquier observación u objeción, de encontrar Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 36 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales errores se enmendarán para su corrección y será nuevamente sometido a discusión y aprobación por la Asamblea General.

Articulo 35

La comisión liquidadora tendrá la obligación de cancelar primeramente todos los compromisos contraídos y pendientes por el Ministerio anteriormente y si hubiese saldo positivo será entregado a una organización legalmente constituida con fines similares asignada por la Asamblea General.

Articulo 36

La comisión liquidadora tendrá un plazo de treinta días para poder publicar los resultados y las decisiones tomadas por la Asamblea General en un diario de circulación nacional, y una vez terminado este proceso tendrá la obligación de presentar por última vez toda la documentación utilizada de respaldo a la Asamblea General. CAPÍTULO VII DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 37

La Asamblea General faculta a la Junta Directiva para la creación, redacción y elaboración del Reglamento Interno del Ministerio.

Articulo 38

La Junta Directiva y los Comités de Apoyo recién nombrados quedarán en sus funciones a partir del día de la publicación de estos Estatutos en el Diario Oficial La Gaceta.

Articulo 39

Las funciones y actividades del Ministerio, en ningún caso podrán menoscabar las funciones de la Secretaría de Estado del Interior y Población y las funciones como tal de la República de Honduras.

Articulo 40

Este Ministerio se compromete a cumplir con las Leyes de la Constitución de la República y a no inducir a sus miembros a su incumplimiento.

Articulo 41

Las reuniones religiosas al aire libre estarán sujetas a las leyes y a los permisos estipulados en el plan de arbitrios por la Corporación Municipal.

Articulo 42

Las disposiciones no incluidas en estos estatutos del Ministerio se regirán por las resoluciones emanadas por la Asamblea General y por las leyes que se promulguen al respecto por el organismo rector, posteriormente. SEGUNDO: El MINISTERIO MISIONERO Y PROFÉ- TICO CASA DE MI PADRE (MPCP), se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los fines y objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: El MINISTERIO MISIONERO Y PROFÉ- TICO CASA DE MI PADRE (MPCP), presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: El MINISTERIO MISIONERO Y PROFÉ- TICO CASA DE MI PADRE (MPCP), se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación del MINISTERIO MISIONERO Y PROFÉTICO CASA DE MI PADRE (MPCP), se hará de conformidad a sus Estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SEPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad, de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada al interesado.- NOTIFÍQUESE. (f) RIGOBERTO CHANG CASTILLO, SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (f) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintisiete días del mes de mayo del dos mil quince. RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA SECRETARIO GENERAL 7 J. 2015 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 37 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales Marcas de Fábrica [1] Solicitud: 2015-010208 [2] Fecha de presentación: 10-03-2015 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL (INFOP). [4.1] Domicilio: BOULEVARD CENTROAMERICA, CONTIGUO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSITO, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FORMACIÓN PARA UNA VIDA MEJOR [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educación, formación, esparcimiento, actividades deportivas y culturales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: INGRID JOHANA MARTÍNEZ MALDONADO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de abril del año 2015. [12] Reservas: Se usará con la solicitud INFOP # 2015-10207. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. [1] Solicitud: 2015-010207 [2] Fecha de presentación: 10-03-2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL (INFOP). [4.1] Domicilio: BOULEVARD CENTROAMERICA, CONTIGUO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSITO, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: INFOP Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Educación, formación, esparcimiento, actividades deportivas y culturales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: INGRID JOHANA MARTÍNEZ MALDONADO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de abril del año 2015. [12] Reservas: Se reivindican los colores verde, azul oscuro, fucsia, anaranjado, amarillo y gris, tal como se muestra en la etiqueta que acompaña, no se protege la frase “ Formación para una vida mejor”. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ 1/ No. Solicitud: 26061-14 2/ Fecha de presentación: 23-07-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DROGUERÍA LABORATORIO Y DISTRIBUIDORA AMERICANA, S. de R.L. de C.V. 4.1/ Domicilio: Barrio San Felipe, No. 3002 atrás de la Iglesia Medalla Milagrosa. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B. REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VANBIOTIC 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos MEDICAMENTOS. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: ALEYDA SUYAPA BARAHONA B. E. SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-07-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J., 7 J. 2015. _______ VANBIOTIC 6.2| Reivindicaciones: 7| Clase Internacional: 32 8| Protege y distingue: Cerveza artesanal. 8.1| Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL 9| Nombre: JAVIER ANTONIO CANALES HENRÍQUEZ. E.- SUSTITUYE PODER 10| Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11| Fecha de emisión: 01-06-2015. 12| Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 7 J., 22 J. y 6 A. 2015 1| Solicitud: 18637-2015 2| Fecha de presentación: 12-05-2015 3| Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4| Solicitante: INVERSIONES ALPHA BRAVO, S.A. DE C.V. 4.1| Domicilio: La Ceiba, municipio del departamento de Atlántida, carretera principal al muelle de cabotaje, frente al restaurante Arrecifes, calle de por medio. 4.2| Organizada bajo las leyes de: Honduras. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5| Registro básico: 5.1| Fecha: 5.2| País de origen: Honduras. 5.3| Código país: HN C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6| Denominación y 6.1| Distintivo: DURNOFF Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 38 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales [1] Solicitud: 2015-014489 [2] Fecha de presentación: 14/04/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: PUERTO CORTÉS, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDU- RAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: IMCOIN Y LOGO [7] Clase Internacional: 7 [8] Protege y distingue: Máquinas y máquinas herramientas, motores (excepto motores para vehículos terrestres); acoplamientos y órganos de transmisión (excepto aquellos para vehículos terrestres), instrumentos agrícolas que no sean manuales, incubadoras de huevos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ANTONIO VARGAS FLORES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de abril del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ [1] Solicitud: 2015-014490 [2] Fecha de presentación: 14/04/2015 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: PUERTO CORTÉS, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDU- RAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SU ALIADO COMERCIAL [7] Clase Internacional: 7 [1] Solicitud: 2015-014491 [2] Fecha de presentación: 14/04/2015 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: PUERTO CORTÉS, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDU- RAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Importar, exportar, fabricar y comercializar equipos de bombeo, tratamiento de agua, motores diesel, eléctricos, gasolina o de cualquier otro tipo, plantas de energía eléctricas, y maquinaria en general; repuestos, implementos y equipos agrícolas de diferente capacidad, equipo industrial, comercial y residencial, ostentar representaciones y distribuciones de casas comerciales, nacionales o extranjeras de productos o servicios relacionadas con la actividad principal. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ANTONIO VARGAS FLORES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de abril del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. [8] Protege y distingue: Máquinas y máquinas herramientas, motores (excepto motores para vehículos terrestres); acoplamientos y órganos de transmisión (excepto aquellos para vehículos terrestres), instrumentos agrícolas que no sean manuales, incubadoras de huevos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ANTONIO VARGAS FLORES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de abril del año 2015. [12] Reservas: Se usará con el expediente # 2015-14489. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 39 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/ Solicitud: 15-8285 2/ Fecha de presentación: 24-02-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Laboratoios Medikem, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: San Salvador, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEDIKOT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Abog. Cristian R. Stefan. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05/03/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ 1/ Solicitud: 8283-2015 2/ Fecha de presentación: 24-Feb-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Laboratoios Medikem, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: San Salvador, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SUPLEFERR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Abog. Cristian R. Stefan. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06/05/15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ SUPLEFERR 1/ Solicitud: 8280-15 2/ Fecha de presentación: 24-Feb-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Laboratoios Medikem, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: San Salvador, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HISTAKEM 6.2/ Reivindicaciones: HISTAKEM 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales, emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Abog. Cristian R. Stefan. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06/05/15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ 1/ Solicitud: 14889-2015 2/ Fecha de presentación: 16-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TECNICA EN NUTRICIÓN ANIMAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: TALNIQUE, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DOGFLAKES Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases, animales vivos, frutas y legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos para los animales, malta. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CRISTIAN R. STEFAN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-04-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ 1/ Solicitud: 14890-2015 2/ Fecha de presentación: 16-04-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TECNICA EN NUTRICIÓN ANIMAL, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: TALNIQUE, EL SALVADOR 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FIRULAYS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases, animales vivos, frutas y legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos para los animales, malta. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CRISTIAN R. STEFAN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento públ-ico para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-04-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 40 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _ _ _ _ _ _ _ CT3 CT3 CT3 CT3 CT3 1/ Solicitud: 39757-14 2/ Fecha de presentación: 07-11-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC. 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 907830978 5.1/ Fecha: 12/06/2014 5.2/ País de origen: Brasil 5.3/ Código país: BR C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CT3 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _ _ _ _ _ _ _ CT4 CT4 CT4 CT4 CT4 1/ Solicitud: 39758-14 2/ Fecha de presentación: 07-11-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC. 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 907831028 5.1/ Fecha: 12/06/2014 5.2/ País de origen: Brasil 5.3/ Código país: BR C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CT4 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. CT7 CT7 CT7 CT7 CT7 1/ Solicitud: 39759-14 2/ Fecha de presentación: 07-11-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC. 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 907831060 5.1/ Fecha: 12/06/2014 5.2/ País de origen: Brasil 5.3/ Código país: BR C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CT7 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _ _ _ _ _ _ _ CT8 CT8 CT8 CT8 CT8 1/ Solicitud: 39760-14 2/ Fecha de presentación: 07-11-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC. 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 907831125 5.1/ Fecha: 12/06/2014 5.2/ País de origen: Brasil 5.3/ Código país: BR C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CT8 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _ _ _ _ _ _ _ XT3 XT3 XT3 XT3 XT3 1/ Solicitud: 40077-14 2/ Fecha de presentación: 10-11-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC. 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 907830455 5.1/ Fecha: 12/06/2014 5.2/ País de origen: Brasil 5.3/ Código país: BR C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: XT3 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. XT2 XT2 XT2 XT2 XT2 1/ Solicitud: 40076-14 2/ Fecha de presentación: 10-11-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC. 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 907830420 5.1/ Fecha: 12/06/2014 5.2/ País de origen: Brasil 5.3/ Código país: BR C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: XT2 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 41 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores terrestres, principalmente, automóviles, vehículos deportivos utilitarios, camiones, furgonetas, motores y partes estructurales para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-02-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _ _ _ _ _ _ _ 1/ Solicitud: 3562-14 2/ Fecha de presentación: 31-01-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/038915 5.1/ Fecha: 15/08/2013 5.2/ País de origen: Estados Unidos de América 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 16-06-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _ _ _ _ _ _ _ 1/ Solicitud: 20739-14 2/ Fecha de presentación: 12-06-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SPARK CLASSIC SPARK CLASSIC 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-06-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. 1/ Solicitud: 20900-14 2/ Fecha de presentación: 13-06-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZORA ZORA ZORA ZORA ZORA ZORA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-08-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _ _ _ _ _ _ _ CT6 CT6 CT6 CT6 CT6 1/ Solicitud: 27137-14 2/ Fecha de presentación: 01-08-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CT6 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-08-2014 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _ _ _ _ _ _ _ CT5 CT5 CT5 CT5 CT5 1/ Solicitud: 27138-14 2/ Fecha de presentación: 01-08-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CT5 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-11-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. CT2 CT2 CT2 CT2 CT2 1/ Solicitud: 39756-14 2/ Fecha de presentación: 07-11-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 907830870 5.1/ Fecha: 12/06/2014 5.2/ País de origen: Brasil 5.3/ Código país: BR C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CT2 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 42 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 10-07-13 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _______ 1/ Solicitud: 25011-13 2/ Fecha de presentación: 02-07-13 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y sus partes. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-07-13 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _______ 1/ Solicitud: 24403-13 2/ Fecha de presentación: 27-06-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 1/ Solicitud: 16782-13 2/ Fecha de presentación: 02-05-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios de mantenimiento, reparación y manutención de vehículos motores, motores para vehículos, motores y partes de vehículos motores. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-05-13 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _______ 1/ Solicitud: 16781-13 2/ Fecha de presentación: 02-05-2013 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos motores y partes para los mismos. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-05-13 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. _______ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 37 8/ Protege y distingue: Servicios de mantenimiento y reparación para vehículos motores. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN) E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-02-14 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 J., 7 y 22 J. 2015. 1/ Solicitud: 3561-2014 2/ Fecha de presentación: 31-01-2014 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENERAL MOTORS LLC 4.1/ Domicilio: 300 Renaissance Center, City of Detroit, State of Michigan 48265-3000 USA 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 86/039384 5.1/ Fecha: 15/08/2013 5.2/ País de origen: Estados Unidos de América 5.3/ Código país: US C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 43 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales [1] Solicitud: 2010-007273 [2] Fecha de presentación: 08/03/2010 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: MEDITERRANEAN SHIPPING, CO. HONDURAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MEDITERRANEAN SHIPPING [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Transporte, embalaje y almacenaje de mercancías, organización de viajes, relacionado con el ejercicio del transporte marítimo y actividades conexas con compañías de navegación aérea, marítima o fluvial, pudiendo dedicarse por cuenta propia o de terceros a la explotación de todo lo concerniente al transporte interno, externo o internacional de pasajeros y carga, negocios de armadores, agentes de buques, estibadores marítimos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: CARLOS H. MEDRANO IRIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de marzo del año 2014. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ MEDITERRANEAN SHIPPING [1] Solicitud: 2010-007272 [2] Fecha de presentación: 08/03/2010 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: MEDITERRANEAN SHIPPING, CO. HONDURAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MSC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Servicios relacionados con el ejercicio del transporte marítimo y actividades conexas con compañías de navegación aérea, marítima o fluvial, pudiendo dedicarse por cuenta propia o de terceros a la explotación de todo lo concerniente al transporte interno, externo o internacional de pasajeros y carga, negocios de armadores, agentes de buques, estibadores marítimos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: CARLOS H. MEDRANO IRIAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de mayo del año 2010. [12] Reservas: Se reivindica el color amarillo, tal como se presenta en el ejemplar que le acompaña. Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. [1] Solicitud: 2014-033306 [2] Fecha de presentación: 16/09/2014 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES CAMADA, S. DE R.L. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAXFITNESS [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Organización de eventos deportivos, servicios de gimnasio, comercialización de productos, maquinaria e implementos para deporte. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: CARLOS HUMBERTO MEDRANO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de abril del año 2015. [12] Reservas: Se protege la denominación únicamente en su conjunto. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. MAXFITNESS _______ [1] Solicitud: 2015-014879 [2] Fecha de presentación: 16/04/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: DISTRIBUIDORA FRANCO “DIFRA” [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BAMBI Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 10 [8] Protege y distingue: Tetina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: OLIBIA MARINA OSEGUERA ORTEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 29 de abril del año 2015. [12] Reservas: No se da exclusividad sobre la palabra “Tetina”. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 44 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales [1] Solicitud: 2015-003958 [2] Fecha de presentación: 27/01/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CONVOY OF HOPE, INC. [4.1] Domicilio: SPRINGFIELD, ESTADO DE MISSOURI, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de alimentación y restauración a personas con sufrimiento, pobres, en desventaja y víctimas de desastrres naturales proveyendo información en esta área de la clase 43. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: GILDA MARIELA HIDALGO OBANDO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de mayo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ [1] Solicitud: 2015-003964 [2] Fecha de presentación: 27/01/2015 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: CONVOY OF HOPE, INC. [4.1] Domicilio: SPRINGFIELD, ESTADO DE MISSOURI, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CONVOY OF HOPE [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de alimentación y restauración a personas con sufrimiento, pobres, en desventaja y víctimas de desastrres naturales proveyendo información en esta área de la clase 43. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: GILDA MARIELA HIDALGO OBANDO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de mayo del año 2015. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ 1/Solicitud: 15-8286 2/ Fecha de presentación: 24-02-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Laboratorios Medikem, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: San Salvador, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMCORD 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para perso- nas y animales, emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Abog. CRISTIAN R. STEFAN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-03-015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ 1/Solicitud: 15-8288 2/ Fecha de presentación: 24-02-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Laboratorios Medikem, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: San Salvador, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SARGIKEM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para perso- nas y animales, emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Abog. CRISTIAN R. STEFAN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03-03-015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. _______ 1/Solicitud: 15-8284 2/ Fecha de presentación: 24-02-15 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Laboratorios Medikem, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: San Salvador, El Salvador 4.2/ Organizada bajo las leyes de: El Salvador B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DIASTOVIT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias, preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico, alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para perso- nas y animales, emplastos, material para apósitos, material para empastes e improntas dentales, desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Abog. CRISTIAN R. STEFAN. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05/03/15 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 5, 22 J. y 7 J. 2015. CONVOY OF HOPE Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 45 of 52 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales 1/Solicitud: 2015-6501 2/ Fecha de presentación: 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Arabela, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Toluca, México. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BELISSIMA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ RAFAEL RIVERA FERRARI E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: REINA LEÓN GÓMEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-02-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Reg

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