Acuerdo Ministerial No. 106-2018 — Acreditación de firma para emisión de Licencias de Importación de Productos Lácteos
- Decreto: 106-2018
- Publicación: 24 de septiembre de 2009
Considerandos
Que el 24 de septiembre de 2009 se emiti6 el Acuerdo Ejecutivo No. A-024-2009 que contiene fas disposiciones para la importaci6n y comercializaci6n de productos lacteos y se crea el registro de Importadores y la Licencia de Importaci6n de Productos Lacteos y preparaciones alimenticias que contengan productos Lacteos. CONSIDHRANDO: Que el Articulo 3 del Acuerdo Ej6cutivo No. A-024-2009 del 24 de septiembre de 2009, reformado mediante Articulo 3 del Acuerdo Ejecutivo No. 41-2009 del dieciocho de noviembre de dos mil nueve, establece que para efectos de importaci6n de productos lacteos comprendidos en las posiciones arancelarias del 04.01 a 04.06 y 1901.10. I y 1901.90.20, 1901.90.90 y 2106.90.60, los importadores deberin contar con una Licencia de Importaci6n emitida por la Secretaria de Industria y Comercio por intemedio de la Direcci6n General de Integraci6n Econ6mica y Politica Comercial. Las solicitudes para la emisi6n de las Licencias deberin presentarse a la Direcci6n General de Integraci6n Econ6mica y Politica Comercial.
Que el Articulo 2 del Decreto No. 251 - 2013 del 07 de junio de 2013, establece que la Secretaria de StJMARIO Se`cci6n A Decretos y Acuerdos SECRETARiA DE DESARROLL0 ECON6MIC0
Texto completo
ACUERDO MINISTERIAL No. 106-2018 LA SECRETARIA DE ESTAI)O EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECON6MICO CONSIDERANDO: Que el 24 de septiembre de 2009 se emiti6 el Acuerdo Ejecutivo No. A-024-2009 que contiene fas disposiciones para la importaci6n y comercializaci6n de productos lacteos y se crea el registro de Importadores y la Licencia de Importaci6n de Productos Lacteos y preparaciones alimenticias que contengan productos Lacteos. CONSIDHRANDO: Que el Articulo 3 del Acuerdo Ej6cutivo No. A-024-2009 del 24 de septiembre de 2009, reformado mediante Articulo 3 del Acuerdo Ejecutivo No. 41-2009 del dieciocho de noviembre de dos mil nueve, establece que para efectos de importaci6n de productos lacteos comprendidos en las posiciones arancelarias del 04.01 a 04.06 y 1901.10. I y 1901.90.20, 1901.90.90 y 2106.90.60, los importadores deberin contar con una Licencia de Importaci6n emitida por la Secretaria de Industria y Comercio por intemedio de la Direcci6n General de Integraci6n Econ6mica y Politica Comercial. Las solicitudes para la emisi6n de las Licencias deberin presentarse a la Direcci6n General de Integraci6n Econ6mica y Politica Comercial. CONSIDERANDO: Que el Articulo 2 del Decreto No. 251 - 2013 del 07 de junio de 2013, establece que la Secretaria de StJMARIO Se`cci6n A Decretos y Acuerdos SECRETARiA DE DESARROLL0 ECON6MIC0
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