Resolución No. JD-004/21-01-2020 — Aprobación del plazo máximo de 20 años para Préstamos Hipotecarios
Considerandos
- 1.Que de conformidad con la norma jurídica contenida en los artículos 49, 51, 52 y 54 de la Ley General de la Administración Pública; Artículo 59 del Decreto Nº. 209-2004 publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.30, 621 de fecha 12 de febrero de 2005, el Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH) es un ente público del sector descentralizado.
- 2.Que el artículo 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública, el cual establece que los actos de la administración pública adquirirán la forma de decretos, resolución, acuerdos.
- 3.Que de conformidad al artículo 18 numerales 1) y 2) del Reglamento General del INPREUNAH, la Junta Directiva se encontrará legitimada para emitir todas las disposiciones necesarias para la eficiente realización de los fines del Instituto.
- 4.Que de conformidad al artículo 18 numeral 7) del Reglamento General del INPREUNAH, la Junta Directiva se encontrará legitimada para evacuar todos los asuntos que a su consideración interponga la Dirección Especialista.
- 5.Que el Artículo 66 del Reglamento de Préstamos del Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, establece que las tasas de interés, niveles de endeudamiento y plazos de amortización para los préstamos de consumo y de vivienda son aplicados conforme a las tablas vigentes y que corresponde a la Junta Directiva del INPREUNAH ajustarlas si las condiciones económicas lo ameritan.
Articulos
Articulo 18
numerales 1) 2) y 7) del Reglamento General del INPREUNAH, RESUELVE: 1. Aprobar el plazo máximo de 20 años para los Préstamos Hipotecarios que otorga el Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, a sus participantes. 2. Instruir a la administración hacer las gestiones necesarias para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para efectos de ley. Dada en el Salón de Retratos de la Rectoría de la UNAH en Ciudad Universitaria, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil veinte. Firma y Sello. DR. FRANCISCO J. HERRERA A., Rector de la UNAH, Presidente de Junta Directiva. Firma. ING. JORGE GALLO NAVARRO, Representante de AJUPEUNAH, Vicepresidente Junta Directiva. Firma y Sello. MAE. RAÚL EDGARDO ESTRADA, Director Especialista, Secretario Junta Directiva a.i, INPREUNAH. Firma. ING. NORBERTO ANTONIO MENDOZA MOLINA, Representante de ADUNAH. Firma. MSc. EFRAÍN ANIBAL DÍAZ ARRIVILLAGA, Representante Propietario Junta de Dirección Universitaria. Firma. MSC. FRANCISCO RICARDO VALDEZ OSORIO, Representante Suplente Consejo Universitario. Firma. LICDA. INGRID MARIBEL FLORIAN CANO, Suplente SITRAUNAH. Y para los fines correspondientes se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los treinta días del mes de enero del año dos mil veinte. RAUL EDGARDO ESTRADA GOUGH SECRETARIO JUNTA DIRECTIVA INPREUNAH a.i. 3 M. 2020. -- 7 of 8 -- Sección B Avisos Legales Sección “B” JUNTA DIRECTIVA CERTIFICACIÓN El Suscrito, Secretario a.i. de la Junta Directiva del Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH), CERTIFICA: El Punto No. 8. Aprobación Tasa de Interés Préstamos Hipotecarios, según consta en el Acta No. 010 de la sesión extraordinaria celebrada el 19 de diciembre de 2019 y después de las deliberaciones del caso resolvió: “