Resolución No. 298-7/2018 — Reforma a la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas
- Decreto: 298-7/2018
- Publicación: 25 de julio de 2018
- Categoria: Financiero y Tributario
Considerandos
Que según lo dispuesto en la Constitución de la República y en la Ley del Banco Central de Honduras (BCH), corresponde a esta institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
Que mediante el Acuerdo No.01/2018 del 24 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 8 de febrero de 2018, se aprobó el nuevo Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas y por medio de la Resolución No.20-1/2018 del 24 de enero de 2018, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 8 de febrero de 2018, se emitió la Normativa Complementaria de dicho Reglamento, a fin de facilitar su cumplimiento y aplicación.
Que resulta necesario habilitar una opción a los participantes del mercado interbancario de divisas con el fin de identificar un mecanismo que permita la atención de divisas por conversión de recursos en moneda local provenientes del servicio de deuda interna entidad por la Secretaría de Finanzas (Sefin) y colocada a inversionistas no residentes.
Que conforme con la opinión de las subgerencias Técnica y de Estudios Económicos y los departamentos de Análisis Macroeconómico, Internacional y Jurídico, el Comité de Divisas, en reunión del 5 de julio de 2018, estimó necesario conveniente remitir para su discusión a la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA) la incorporación de un inciso a numeral 4.1 de la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, acorde al desempeño del MID.
Que conforme con la propuesta presentada, la COMA, en reunión del 16 de julio de 2018, ha estimado necesario someter a la consideración de este órgano colegido la aprobación de una reforma a la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, acorde al desempeño del MID.
Texto completo
BANCO CENTRAL DE HONDURAS
RESOLUCIÓN No. 298-7/2018.- Sesión No. 3737 del 19 de julio de 2018. El DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS
CONSIDERANDO: Que según lo dispuesto en la Constitución de la República y en la Ley del Banco Central de Honduras (BCH), corresponde a esta institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo No.01/2018 del 24 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 8 de febrero de 2018, se aprobó el nuevo Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas y por medio de la Resolución No.20-1/2018 del 24 de enero de 2018, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 8 de febrero de 2018, se emitió la Normativa Complementaria de dicho Reglamento, a fin de facilitar su cumplimiento y aplicación.
CONSIDERANDO: Que resulta necesario habilitar una opción a los participantes del mercado interbancario de divisas con el fin de identificar un mecanismo que permita la atención de divisas por conversión de recursos en moneda local provenientes del servicio de deuda interna entidad por la Secretaría de Finanzas (Sefin) y colocada a inversionistas no residentes.
CONSIDERANDO: Que conforme con la opinión de las subgerencias Técnica y de Estudios Económicos y los departamentos de Análisis Macroeconómico, Internacional y Jurídico, el Comité de Divisas, en reunión del 5 de julio de 2018, estimó necesario conveniente remitir para su discusión a la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA) la incorporación de un inciso a numeral 4.1 de la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, acorde al desempeño del MID.
CONSIDERANDO: Que conforme con la propuesta presentada, la COMA, en reunión del 16 de julio de 2018, ha estimado necesario someter a la consideración de este órgano colegido la aprobación de una reforma a la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas, acorde al desempeño del MID.
POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de la República, 54 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 2, 6, 16, 29
II. Instruir a la Secretaría del Directorio para que comunique esta resolución a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, a los agentes cambiarios, a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y a la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (Ahiba) para los fines pertinentes.
III. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
HUGO DANIEL HERRERA C. Secretario
25 J. 2018.
B. 5
Derechos Reservados ENAG
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