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3 de julio de 2026Vigente

Acuerdo — Adenda Modificatoria a la Contrata de Aprovechamiento de Aguas Nacionales para Generación de Energía Eléctrica del Proyecto Hidroeléctrico Río Frío Fase I, II y III

Poder Judicial

  • Publicación: 3 de julio de 2026
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 37,184
  • Categoria: Administrativo

Texto completo

ADENDA MODIFICATORIA A LA CONTRATA DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS NACIONALES PARA LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO RÍO FRÍO FASE I, II Y III ENTRE LA SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Y LA SOCIEDAD MERCANTIL SESECAPA ENERGY COMPANY, S.A. DE C.V. Nosotros, JOSE ANTONIO GALDAMES FUENTES, mayor de edad, casado, hondureño, Ingeniero Forestal, de este domicilio, con Tarjeta de Identidad Numero 0101-1971-01238, actuando en carácter de Secretario de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, según Acuerdo de Nombramiento No.025-2014 de fecha 29 de enero del año dos mil catorce y en adelante identificado como "LA SECRETARÍA" y ANTONIO NATIVIDAD COLINDRES ROSALES, mayor de edad, casado, hondureño, Doctor en Negocios, con domicilio en la Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en tránsito por esta Ciudad, interviniendo en nombre y representación de la Sociedad SESECAPA ENERGY COMPANY, S.A. DE C.V., Sociedad inscrita bajo el número 42, del Tomo 615 del Registro Mercantil Francisco Morazán, Centro Asociado I.P., Libro de Comerciantes Sociales, en calidad de Gerente General y en lo sucesivo denominado "EL CONTRATISTA", quienes encontrándose en el goce de sus derechos civiles y en el uso de sus atribuciones y por haberlo así convenido, celebran la "ADENDA MODIFICATORIA A LA CONTRATA DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS NACIONALES PARA LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO RÍO FRÍO FASE I, II y III.", suscrito entre las partes en fecha 18 de julio del 2014, aprobado mediante Decreto Legislativo No.134-2009. Antecedentes:

  • 1)

    LA SECRETARÍA Y EL CONTRATISTA, reconocen que en fecha doce de diciembre del año dos mil siete, celebraron una CONTRATA DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS NACIONALES PARA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MEDIANTE EL PROYECTO HIDROELÉCTRICO RÍO FRÍO, de la cual LA SECRETARÍA autorizó a El CONTRATISTA, a aprovechar una parte de las aguas que discurren por el cauce

    natural del Río Frío, con el fin de generar Energía Eléctrica a través del Proyecto Denominado HIDROELÉCTRICO RÍO FRÍO FASE I, II y III, ubicado en el Municipio de Santa Fe, Departamento de Ocotepeque; con capacidad para Generar en la Fase I una capacidad instalada de 644 KW de potencia con una producción anual estimada de dos millones novecientos cuarenta y siete mil novecientos cuarenta y cuatro kilovatios-hora (2,947.944 (kwh); en la Fase II tendrá una capacidad instalada de 1,207 kw y una producción anual promedio de cinco millones quinientos noventa y ocho mil setecientos noventa y siete kilovatios-hora (5,598.797 kwh); la Fase III, tendrá una capacidad instalada de 1,552 kwh y una producción anual promedio de siete millones diez mil cincuenta kilovatios-hora (7,010.050 kwh).

  • 2)

    El seis de Octubre del año dos mil diez, EL CONTRATISTA, presentó a LA SECRETARIA, la solicitud de Ampliación de Plazo de Vigencia de la Contrata de Aprovechamiento de Aguas Nacionales para Generación de Energía Eléctrica, la cual fue trasladada a la Dirección General de Recursos Hídricos mediante providencia de fecha once de Noviembre del año dos mil diez.

  • 3)

    En fecha ocho de Diciembre del año dos mil diez, la Dirección General de Recursos Hídricos emitió Dictamen Técnico recomendando: 1. "Conceder Dictamen Técnico Favorable a la Sociedad SESECAPA ENERGY COMPANY, S. A. DE C. V", ES DECIR FACTIBLE QUE PROCEDA LA Solicitud de Ampliación de Plazo de vigencia de Contrata de Aprovechamiento de Aguas Nacionales para Producción de Energía, del Proyecto HIDROELÉCTRICO RÍO FRÍO FASE I, II Y III. 4. En Resolución No.0610-2015 de fecha diez de Julio del año dos mil quince, se declaró CON LUGAR, la solicitud de Ampliación de Plazo de Vigencia de la Contrata de Aprovechamiento de Aguas Nacionales para Generación de Energía Eléctrica de quince (15) años a Veinticinco (25) años. CLÁUSULA PRIMERA: Las partes acuerdan modificar la CONTRATA DE APROVECHAMIENTO DE

    AGUAS NACIONALES PARA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA MEDIANTE EL PROYECTO "HIDROELÉCTRICO RÍO FRÍO, FASE I, II Y III, ubicado en el Municipio de Santa Fe, Departamento de Ocotepeque, en la CLAUSULA NOVENA que a partir de la fecha efectiva de esta Adenda Modificatoria, se leerá de la siguiente manera: • NOVENA: Declara LA SECRETARÍA que el proyecto Hidroeléctrico Río Frío, tendrá una capacidad instalada de 644 Kw de potencia con una producción anual estimada de dos millones novecientos cuarenta y siete mil novecientos cuarenta y cuatro Kilovatios-hora (2,947,944 kwh), en la Fase II tendrá una capacidad instalada de 1,207 kw y una producción anual promedio de cinco millones quinientos noventa y ocho mil setecientos noventa y siete kilovatios-hora (5,598,797 kwh). La Fase III tendrá una capacidad instalada de 1,552kw y una producción anual promedio de siete millones diez mil cincuenta kilovatios-hora (7,010,050 kwh). Esta Contrata tendrá una vigencia de Veinticinco (25) Años, prorrogables a voluntad de las partes". CLÁUSULA SEGUNDA: Las partes acuerdan que todas las demás Cláusulas establecidas en el Contrato Original permanecerán inalterables, siendo válidas y vigentes, aceptando las partes que la Contrata de Agua, solo se ve modificada en cuanto a lo específicamente contenido en esta Adenda Modificatoria. CLÁUSULA TERCERA: La presente enmienda entrará en vigencia una vez publicada en el Diario Oficial La Gaceta. En fe de lo cual las partes firmamos la presente modificación del contrato por triplicado en la Ciudad de Tegucigalpa Municipio del Distrito Central, a los quince días del mes de julio del año dos mil diecinueve. JOSE ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ANTONIO NATIVIDAD COLINDRES GERENTE GENERAL SOCIEDAD MERCANTIL SESECAPA ENERGY COMPANY, S.A. DE C.V.

    (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur,

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    , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:

    Sección “B” PODER JUDICIAL AVISO DE TÍTULO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Juticalpa, departamento de Olancho, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que, en fecha quince de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó a este despacho la abogada BRADY ESTHEFANY ESTRADA ECHEVERRÍA, en su condición de Apoderada Legal de la señora ELSA MARGARITA RODRÍGUEZ PAGUADA, solicitando TÍTULO SUPLETORIO sobre un bien inmueble ubicado en la colonia Los Zorzales, de esta ciudad de Juticalpa, Departamento de Olancho, que se describe a continuación: INMUEBLE CON UNA EXTENSIÓN SUPERFICIAL DE CIENTO SETENTA METROS CUADRADOS (170.00 Mts), el cual tiene como límites y colindancias actuales las siguientes: AL NORTE, mide diecisiete metros (17.00 Mts) y colinda con propiedad de Maritza Ruiz; AL SUR, mide diecisiete metros (17.00 Mts) y colinda con propiedad de Elsa Rodríguez; AL ESTE, mide diez metros (10.00 Mts), colinda con propiedad de Wendy Juárez, calle de por medio; y, AL OESTE, mide diez metros (10.00 Mts) y colinda con propiedad de los herederos del Ingeniero Manuel Israel Calix Mejía. Ubicado en el Lote No. 7 del Bloque “B”, tiene las siguientes mejoras: una casa de habitación de construcción de bloques de cemento, reforzada con columnas y soleras de hierro; artesón de madera aserrada de pino; techo de aluzinc; piso de ladrillo cerámica; consta de una sala comedor, tres dormitorios, una cocina con su respectivo mueble forrado con cerámica y su correspondiente lavatrastos, un porche al frente de la casa con verja y muro de cemento, espacio para garaje, dos servicios sanitarios y baños, una para captación de agua potable y su respectivo lavandero, con siete puertas, las principales de madera de color y el resto de tambor y cinco ventanas con celosías de aluminio y vidrio, y sus correspondientes balcones de hierro. Toda la construcción debidamente repellada, pulida y pintada; tapial de bloques de cemento de 2.80 Mts de alto, instalaciones de agua potable, energía eléctrica y alcantarillado sanitario. Inmueble que lo ha tenido en posesión quieta, pacífica e ininterrumpida por más de veinte años. Se ofrece información testifical de los señores HÉCTOR MANUEL GONZALES MEZA, OLGA MARINA HERNÁNDEZ MATUTE Y HÉCTOR MANUEL GONZALES HERNÁNDEZ. LA REPRESENTA LA ABOGADA BRADY ESTHEFANY ESTRADA ECHEVERRÍA. Juticalpa, 11 de junio del año 2026. MARIA CRISTINA GONZALEZ SECRETARIA POR LEY 3 J., 3 A y 3 S. 2026

Notas

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