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Decreto No. DEI-SG-47-2015 | 17 de marzo de 2015 | Poder Ejecutivo

Acuerdo Ministerial No. DEI-SG-47-2015 — Aprobación del Plan Estratégico de la Dirección Ejecutiva de Ingresos para los años 2014-2017

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Resumen

Este acuerdo aprueba el Plan Estratégico de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (2014-2017) para mejorar la recaudación de impuestos de manera eficiente y transparente. Busca combatir la evasión fiscal, aumentar contribuyentes y fortalecer la institución con mejor tecnología y personal, garantizando recursos al Estado para sus programas económicos y sociales.

Considerandos

  1. 1.Que el Artículo 329 de la Constitución de la República establece: “Que el Estado promueve el desarrollo económico y social que estará sujeto a una planificación adecuada...” En este sentido el Estado con visión a mediano y largo plazo diseñará concertadamente una planificación contentiva de los objetivos precisos utilizando los medios y mecanismos para alcanzarlos, dichos planes de desarrollo incluirán políticas y programas estratégicos que garanticen la continuidad de su ejecución desde su concepción y aprobación, hasta su conclusión.
  2. 2.Que mediante Decreto Legislativo 17-2010: en el Título IV Capítulo 1 Artículo No. 71, se creó la Dirección Ejecutiva de Ingresos como una Entidad Desconcentrada bajo un Régimen Laboral Especial, con Autonomía Funcional, Técnica, Financiera, Administrativa y de Seguridad Nacional, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, con Personalidad Jurídica propia, con autoridad y competencia a Nivel Nacional, cuyo domicilio es la capital de la República.
  3. 3.Que de conformidad con el Decreto Legislativo, antes mencionado, la Dirección Ejecutiva de Ingresos está a cargo de un Director de Ingresos, nombrado por el Presidente de la República, con rango ministerial quien será la máxima autoridad de la Dirección, ejercerá la representación legal de la Institución, y será responsable de definir y ejecutar las políticas, estrategias, planes, y programas administrativos y operativos de conformidad a la política económica, fiscal y tributaria del Estado, y cuya función primordial será la de administrar el Sistema tributario y Aduanero, de la República de Honduras.
  4. 4.Que mediante Decreto 286-2009, se aprobó la Ley para el establecimiento de una Visión de País para el período 2038 y el Plan de Nación para el 2022, ambos a largo plazo, mismos que contienen estrategias para erradicar la pobreza, aumento y mejora de la educación, salud y seguridad, reducción de la violencia, generación de empleo, mejora y eficiente utilización de los recursos naturales, así como la creación de un gobierno moderno, eficiente y transparente.
  5. 5.Que la Dirección Ejecutiva de Ingresos en consecuencia con el Plan de Nación y Visión de País, así como con su Misión de Recaudar eficientemente los tributos, fomentando la cultura tributaria, el cumplimiento voluntario, combatiendo las faltas y delitos tributarios, bajo los principios de legalidad, equidad y transparencia, a fin de proveer al gobierno de la República de los recursos necesarios para alcanzar sus metas económicas y sociales, establece la necesidad de crear un Plan Estratégico para los años 2014-2017.
  6. 6.Que la Planeación Estratégica en la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), es una responsabilidad a largo plazo la cual esta basada en tres (03) objetivos estratégicos 1.- Combatir la evasión fiscal a través del incremento de controles tributarios y aduaneros, la percepción del riesgo y la facilitación del cumplimiento voluntario. 2.- Incrementar la base de contribuyentes efectivos y fomentar la cultura tributaria en la ciudadanía, Dirección Ejecutiva de Ingresos ACUERDO No. DEI-SG-47-2015 mediante la socialización y generación de actitudes favorables hacia la tributación; y, 3.- fortalecer la gestión institucional de la Dirección Ejecutiva de Ingresos mediante la estandarización de procesos, modernización de la plataforma tecnológica, mejora de la infraestructura física y fortalecimiento del recurso humano, que le permitan el aumento de la recaudación de manera eficiente, voluntaria y transparente a fin de proveer al Gobierno Central de los Recursos Necesarios para la consecución de sus objetivos, como ser una vida mejor para todos.
  7. 7.Que de conformidad a los numeral 2) y 4) del Artículo 74 del Decreto 17-2010 que contiene la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público; son atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Ingresos “Emitir acuerdo de carácter particular y general, a efectos de aplicar de manera eficiente las disposiciones en materia Tributaria y Aduanera, así como establecer planes y programas de gestión administrativa acordes con los lineamientos de la política económica y metas de recaudación anuales acordadas”. Asimismo el numeral 9 del Artículo 79 del mismo Decreto establece que el Director Ejecutivo tendrá las atribuciones siguientes: Proponer las políticas institucionales así como las medidas y resoluciones que estime pertinentes para el mejor cumplimiento de la misión, objetivos políticas y funciones de la Dirección”.

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