VigenteCategoria: Municipal
Decreto No. 153-2015 | 11 de febrero de 2015
Acuerdo Ministerial No. 153-2015 — Nombrar Regidor Tercero de Santa Rita, Yoro
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Resumen
Este acuerdo nombra a María Eusebia Quintanilla como Regidora Tercera del municipio de Santa Rita, Yoro, en lugar de Francisca Bustillo Díaz, quien solicitó un año de permiso. El gobernador departamental debe juramentarla inmediatamente.
Considerandos
- 1.Que en la República de Honduras con fecha veinticuatro de noviembre del dos mil quince, se practicaron Elecciones Generales para elegir al Presidente de la República, Diputados al Congreso Nacional y Miembros de las Corporaciones Municipales.
- 2.Que de conformidad al resultado de las elecciones generales practicadas, fue electa la ciudadana FRANCISCA BUSTILLO DÍAZ, como Regidora Tercera, de la Corporación Municipal del municipio de Santa Rita, departamento de Yoro.
- 3.Que el Partido Liberal de Honduras (PLH), a través del señor BENJAMIN BOGRAN, en su condición de Secretario General del Comité Central Ejecutivo del Partido Liberal de Honduras (PLH), hace constar que el Presidente del Consejo Local Liberal de Santa Rita, acordó realizar el trámite de solicitud ante esta Secretaría de Estado mediante solicitud V-28012015-42 de fecha 28 de enero de dos mil quince, para nombrar a la ciudadana MARIA EUSEBIA QUINTANILLA, con Identidad No.1613- 1955-00450, como Regidor Tercero de la Corporación Municipal del municipio de Santa Rita, departamento de Yoro, en sustitución de la ciudadana FRANCISCA BUSTILLO DÍAZ, quien solicitó permiso por un año, tal y como se acredita en la Certificación que corre a folio cuatro (4) en el expediente de mérito.
- 4.Que el señor Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, mediante Acuerdo Ministerial No.423-2014 de fecha 14 de febrero de 2014, delegó en la ciudadana, KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Derechos Humanos y Justicia, la facultad de resolver los asuntos que se conozcan en única instancia y los recursos administrativos por medio de los cuales se impugnan sus propios actos o de sus inferiores jerárquicos en la correspondiente instancia.
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