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11 de noviembre de 2022Vigente

Acuerdo Ministerial No. 127-2022 — Régimen de Licencia de Exportación de Maíz

Poder Ejecutivo

  • Decreto: 127-2022
  • Publicación: 11 de noviembre de 2022
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 36,074
  • Categoria: Mercantil

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta norma requiere que los exportadores de maíz en Honduras obtengan una licencia previa ante la Secretaría de Desarrollo Económico. El objetivo es proteger el abastecimiento interno de este alimento básico, permitiendo solo las exportaciones que no afecten la disponibilidad local, según recomendación del Ministerio de Agricultura.

Considerandos

Que de conformidad con la Constitución de la República, el Estado reconoce, garantiza y fomenta las libertades de consumo y competencia; sin embargo, por razones de orden público e interés social, podrá dictar medidas para encauzar, estimular, supervisar, orientar y suplir la iniciativa privada, con fundamento en una política económica racional y planificada.

Que es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la formulación y ejecución de políticas relacionadas con los mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios y su racionalización, para asegurar condiciones adecuadas de abastecimiento, en coordinación con los demás organismos del Estado que correspondan.

Que es prioridad del Gobierno, velar por la seguridad alimentaria del pueblo hondureño por lo cual se ve en la necesidad de adoptar medidas que eviten la escasez del maíz, el cual constituye un alimento básico y esencial en la dieta alimenticia de la población.

Que el Estado de Honduras amparado en las excepciones establecidas en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT del 94) en el artículo 11 párrafo segundo literal a) y a efecto de salvaguardar los intereses de la población, se ve en la necesidad de adoptar medidas que eviten la escasez de bienes producidos en el país.

Articulos

Articulo 26.-

La Asamblea General convocará para el primero de octubre de cada cuatro años, Artículo 27.- La Asamblea General se celebrará cada cuatro años de conformidad con el artículo anterior previa convocatoria que girará la Junta Directiva Central.- Tegucigalpa, M.D.C., 21 de septiembre de 2022.- F.S. Abog. KRISTY ESTEFANY ORTIZ GUSMAN.- Directora General del Trabajo. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veintidós. ABG. ORIETTA MORENO SECRETARIA ADMINISTRATIVA 11 N. 2022. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN Y MODIFICACIÓN DE REGISTRO - GER DE PLAGUICIDAS Y SUSTAN- Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación y Modificación de registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Ing. Raúl Romero, actuando en representación de la empresa UPL COSTA RICA, S.A., tendiente a que autorice el registro del producto de nombre comercial: VONDOZEB 62 SC, compuesto por los elementos: 62% MANCOZEB Toxicidad: 5 Grupo al que pertenece: DITIOCARBAMATO Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADA(SC) Formulador y País de Origen: FORMULACIONES QUIMICAS, S.A. / COSTA RICA Tipo de Uso: FUNGICIDA EXPEDIENTE N. 2203-0692 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. ACTUALIZACIÓN DE ETIQUETA Y PANFLETO SEGÚN RTCA 65.05.67:18 BAJO RESOLUCIÓN (COMIECO-XCIII) No. 434-2020 VIGENTE A PARTIR DEL 10 DE AGOSTO - TEGUCIGALPA, M.D.C., 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. FREDY SAMUEL RAUDALES BARAHONA JEFE INTERINO DEL DEPTO. REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS 11 N. 2022.

Notas

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