Acuerdo Ministerial No. 003-SG-2023 — Cambio de categoría de visa para nacionales de Costa Rica
Poder Ejecutivo
- Decreto: 003-SG-2023
- Publicación: 24 de octubre de 2023
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este acuerdo permite que los ciudadanos de Costa Rica entren a Honduras sin visa (categoría "A"). Los costarricenses con pasaporte ordinario deben presentar un certificado de antecedentes penales al llegar. Los diplomáticos, funcionarios y transportistas tienen requisitos especiales o están exentos de este certificado.
Considerandos
Que en aras de contribuir a mantener el espíritu unionista y el avance de los procesos de integración y seguridad centroamericana, representantes de las Repúblicas de Honduras y Costa Rica se reunieron este día en la Ciudad de San José, República de Costa Rica, donde firmaron el Acuerdo Binacional de Suspensión de Visas.
Que los Gobiernos de Honduras y Costa Rica reiteraron su compromiso de seguir trabajando de manera articulada con el fin de reforzar sus lazos de hermandad, como naciones centroamericanas con desafíos comunes.
Que corresponde a la Presidenta de la República dirigir la política exterior y las relaciones internacionales.
Que es atribución de los Secretarios de Estado emitir los Decretos y Acuerdos en los asuntos de su competencia.
Que corresponde a la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional formular, coordinar, ejecutar y evaluar la política exterior de Honduras y las relaciones con otros Estados.
Modificaciones
- Modifica a: Acuerdo-002-SG-2023 (Derogación) — artículos Artículo 1
Articulos
Dejar sin valor ni efecto el Acuerdo N.002- SG-2023, de fecha diez de octubre de dos mil veintitrés, relativo al cambio de categoría de visa a los nacionales costarricenses.
Los nacionales de la República de Costa Rica pasan a categoría “A”, exento de visa, sin excepción.
Los nacionales de la República de Costa Rica, titulares de pasaportes ordinarios, deberán presentar adicionalmente a su documento oficial de viaje el Certificado de Antecedentes Penales, en la delegación migratoria por la cual realicen su ingreso a la República de Honduras.
Los titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio, así como los titulares de pasaportes ordinarios que viajen en tránsito, están exentos de presentar dicho certificado.
Los transportistas titulares de pasaportes costarricenses, adicionalmente a su documento oficial de viaje, deberán presentar la licencia centroamericana de transportista.
Leyes relacionadas
- Acuerdo Ministerial No. 003-SG-2023 — Acuerdo Binacional de Suspensión de Visas entre Honduras y Costa Rica (Decreto 003-SG-2023, 2023)
- Acuerdo Ministerial No. 003-SG-2026 — Exención de requisito de Certificado de Antecedentes Penales para ciudadanos costarricenses (Decreto 003-SG-2026, 2026)
- Acuerdo Ministerial No. 384-2023 — Normas para el Cierre Contable del Ejercicio Fiscal 2023 — Este acuerdo establece las normas y fechas límite que todas las instituciones públicas hondureñas deben cumplir para cerrar contablemente el año fiscal 2023. Define cuándo se deben registrar gastos, pagos, ingresos y bienes; cuándo vencen las solicitudes de préstamos y modificaciones presupuestarias; y qué información debe enviarse a la Contaduría General de la República antes del 31 de enero de 2024. (Decreto 384-2023, 2023)
- Decreto Ejecutivo PCM 18-2024 mediante el cual se prorroga la declaratoria del estado de emergencia en el sistema penitenciario nacional, así como la vigencia del Decreto Ejecutivo Número PCM 28-2023 hasta el 31 de diciembre de 2024 — Este decreto extiende la situación de emergencia en las cárceles de Honduras hasta diciembre de 2024, permitiendo que las Fuerzas Armadas (PMOP) sigan a cargo de la administración penitenciaria y puedan comprar directamente bienes y servicios sin licitación pública para enfrentar la crisis carcelaria. (Decreto 28-2023, 2023)
- Acuerdo Ministerial No. 011-2023 — Autorizar pago mensual de Gastos de Representación en el Exterior al Representante de la OMC en Ginebra, Suiza — Este acuerdo autoriza el pago mensual de $11,000 para cubrir gastos de representación y funcionamiento de la oficina de Honduras ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) en Ginebra, Suiza. El dinero cubre gastos operativos como alquiler de la sede y otros costos necesarios para que el representante permanente pueda cumplir sus funciones diplomáticas comerciales. (Decreto 011-2023, 2023)