VigenteCategoria: Tributario
16 de julio de 2025 | La Gaceta No. 36,891

Acuerdo Ejecutivo — Lineamientos de Política Presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2026

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Resumen

Este acuerdo establece las reglas para gastar el dinero público en Honduras durante 2026. Controla cómo el gobierno pide prestado dinero, invierte en proyectos y gasta recursos, buscando mantener las finanzas públicas ordenadas y transparentes. Afecta a todas las instituciones públicas, municipalidades y empresas estatales.

Articulos

Articulo 9

Financiamiento. a) El saldo de la deuda pública del Sector Público No Financiero (SPNF) con relación al PIB (2026) no superará el 55.0% en valor presente, excepto en los casos de emergencia calificados por la Presidencia de la República. b) La SEFIN deberá gestionar recursos de origen externo e interno, a través de los instrumentos tradicionales e innovadores dentro del marco de la normativa vigente (entre estos: Financiamiento climático), manteniendo la sostenibilidad de la deuda en el mediano plazo y un nivel de exposición al riesgo prudente. c) La Política de Endeudamiento Público (PEP) contendrá los techos de contratación de nuevo financiamiento externo para programas y proyectos de inversión pública que hayan sido clasificados con el mayor criterio de prioridad por parte de la Presidencia de la República. El financiamiento externo para convenir mediante contratos de préstamo deberá contener, en la medida de lo posible, términos concesionales y el endeudamiento interno. d) El financiamiento con fondos externos que se considere prioritario y para el cual no se encuentren fuentes financieras que permitan la concesionalidad requerida, se podrá contratar siempre y cuando la concesionalidad ponderada de toda la cartera de deuda pública externa se mantenga por encima del 20%. En caso de requerir un porcentaje menor al establecido, la Comisión de Crédito Público constituida en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Presupuesto (LOP) podrá modificar dicho porcentaje en la Política de Endeudamiento Público (PEP). e) El endeudamiento interno buscará el desarrollo del mercado doméstico, mediante la implementación de prácticas de mercado que promuevan un clima de confianza; en tal sentido, los bonos gubernamentales se emitirán bajo las características y límites establecidos en el Plan de Financiamiento, principalmente bajo características de estandarización regional (moneda nacional, cupón fijo, mediano y largo plazo) así como cupones variables y otros. f) Bajo el Programa de Inversión Pública (PIP) se establece un monto máximo a ejecutar para programas y proyectos -- 27 of 40 -- con financiamiento de crédito externo de USD759.7 millones para el año 2026, excepto en caso de Declaratoria de Emergencia efectuada por la Presidencia de la República.

Articulo 10

Administración Descentralizada. Las instituciones de la Administración Descentralizada que comprenden: Institutos autónomos, institutos de previsión y seguridad social, universidades, empresas públicas e instituciones financieras, deberán seguir los siguientes lineamientos para el año 2026: a) La previsión de ingresos corrientes que se formule debe ser lo más objetiva posible y estar en función de precios, tasas, tarifas, convenios de donación y planes de arbitrio autorizadas por la Ley (en el caso que aplique), así como por la revisión y/o actualización de los cobros por contraprestación de los servicios brindados, de lo cual se deberá remitir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a través de la Dirección General de Presupuesto, los documentos soporte que avalen la previsión de dichos recursos. b) Los Institutos de Previsión (INPREMA, INJUPEMP, IPM e INPREUNAH), en lo que respecta a la concesión total neta de préstamos, deberán garantizar la estabilización de los fondos sociales y asegurar los beneficios de sus afiliados. Los montos de los préstamos otorgados anualmente incluyendo los refinanciamientos, no podrán en ningún caso, superar los montos de las recuperaciones, lo que significa que el otorgamiento de préstamos previsto en el gasto para el año debe ser igual a la recuperación en los ingresos, de lo cual el equipo técnico de la Dirección General de Presupuesto de la SEFIN deberá asegurarse coordinando con las instituciones que correspondan y haciendo los ajustes pertinentes. c) Los Institutos de Previsión deberán formular todos los ingresos que perciban por sus inversiones financieras, esto incluye, intereses por depósitos, certificados de depósito, intereses por préstamos, intereses por bonos y dividendos o ingresos por acciones. Asimismo, deberán formular las inversiones financieras separando la inversión en títulos y valores que realiza con el Estado y la banca privada, e identificándolas en el objeto de gasto que corresponda. d) Las Instituciones que dependan de transferencias de la Administración Central formularán su presupuesto conforme al techo asignado, es decir con la asignación de fuente 11, debiendo ajustar su programación y recortar gastos hasta alcanzar el monto que le fue asignado con base a los techos y así poder atender todos los gastos previstos en su planificación, priorizando los mismos en función de las prioridades establecidas en el Plan de Gobierno. e) El Patronato Nacional de la Infancia (PANI) debe hacer una separación de los ingresos que percibe producto del convenio suscrito con el Gobierno de Canadá, del resto de ingresos generados por la actividad de la institución. f) Las instituciones que generan recursos propios (Fuente 12) y que con base en contratos colectivos o instrumentos legales internos formulen en su presupuesto ajustes salariales, deberán formular los mismos en el objeto de gastos adicionales 11400 en cumplimiento con lo establecido en el artículo 6.2. numeral 1) inciso g) de los presentes lineamientos. -- 28 of 40 --

Articulo 11

Sector Energía. - La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), en el marco de la “Ley Especial para garantizar el servicio de la energía eléctrica como un Bien Público de Seguridad Nacional y un Derecho Humano de Naturaleza Económica y Social” debe continuar realizando acciones en línea con lo siguiente: a) Seguimiento, continuidad y rendición de cuentas en el proceso de integración procesos operativos del sistema de distribución para mejorar la gobernanza de la ENEE con el propósito de fortalecer la gestión comercial, mantenimiento de la red y reducción de perdidas. b) Informar sobre la finalización del proceso de negociación de contratos de suministro de generación de energía que tienen costos superiores a los de la región centroamericana, así como la auditoría integral a los mismos. c) Mantener el subsidio a la electricidad para las familias más vulnerables con consumos de menos de 150kwh por mes. El 60% del financiamiento será cubierto por el Gobierno de la República a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y el 40% restante será cubierto de forma subsidiaria por los clientes calificados como altos consumidores no residenciales, focalizados. d) La ENEE debe enmarcar sus inversiones de emergencia, de mediano y largo plazo en generación, transmisión y distribución, en el marco del plan de expansión actualizado y de la política energética del país. La construcción de las líneas de transmisión son de alta prioridad dado que contribuyen a unir las plantas de generación existentes con la Red. e) Implementar nuevas políticas y medidas de alivio para reducir el costo de la energía para la población en general, es fundamental la diversificación energética dando prioridad a la energía renovable. f) Subsanar los estados financieros y establecer un plan de monitoreo y seguimiento al desempeño financiero y operacional y reperfilar la deuda alargando la vida promedio de la cartera total.

Articulo 12

Transparencia Presupuestaria y Rendición de Cuentas.- Con el objeto de lograr una mayor transparencia presupuestaria y rendición de cuentas, bajo el marco normativo del artículo 66 del Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República (Acuerdo No. 124-2025, 3 de marzo de 2025) en cumplimiento del artículo 308 del Decreto Legislativo No.4-2025, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, pondrá a disposición de la población en forma digital en el sitio Web institucional documentos presupuestarios clave que faciliten la participación ciudadana en el monitoreo, seguimiento y evaluación de los asuntos presupuestarios. Dichos documentos se preparan de acuerdo con el marco legal vigente y las buenas prácticas internacionales, por lo que, las diferentes instituciones del sector público que sean requeridas para proporcionar información deberán entregar oportunamente dichos insumos que servirán para la elaboración de los documentos presupuestarios clave que debe preparar la SEFIN. -- 29 of 40 -- A continuación, se enlistan dichos documentos y se enfatiza el contenido mínimo para cada uno: P á g i n a 1 | 12 DOCUMENTO CONTENIDO MÍNIMO Lineamientos de Polí�ca Presupuestaria Incluye los obje�vos, metas prioridades, orientaciones y es�maciones de la can�dad máxima de crédito asignable, en forma global. Techos Presupuestarios Ins�tucionales Créditos presupuestarios máximos asignables del sector público. Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo Debe incluir las proyecciones fiscales plurianuales de ingresos, gastos y financiamiento, con base a lo establecido en el ar�culo 5 de la Ley de Responsabilidad Fiscal. Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Incluye es�maciones detalladas de los ingresos, gastos y créditos o endeudamiento basados en el Marco Macro Fiscal, el Programa Financiero de Mediano Plazo y los presentes lineamientos de polí�ca presupuestaria. Explicación de las consecuencias presupuestarias de la introducción de nuevas inicia�vas de polí�ca pública o proyectos importantes de inversión pública. Se incluirá, además, como referencia el presupuesto del ejercicio corriente a nivel vigente o es�mado para el final del periodo. Acompañarán al proyecto de presupuesto los documentos de soporte indicados en el ar�culo 23 de la Ley Orgánica de Presupuesto, así como otros documentos que reflejan buenas prác�cas internacionales que aludan en detalle a los principales ingresos y egresos; desempeño no financiero; situación general de la deuda; entre otros. Exposición de Mo�vos Presentar las principales polí�cas y nuevas inicia�vas de ingresos, gastos, financiamiento y organización administra�va. En forma resumida y compara�va presentar el marco macroeconómico y fiscal vigente y propuesto destacando los supuestos relevantes. Presentar, con texto, gráficas y cuadros, lo destacado propuesto de los ingresos, gastos, endeudamiento y de organización en un contexto compara�vo de evolución. También se integrará lo destacado de los documentos de apoyo al Proyecto de Presupuesto, por ejemplo, respecto a inversión pública, deuda, género, cambio climá�co, entre otros. Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Aprobado Una vez publicado en La Gaceta el Presupuesto de cada Ejercicio Fiscal, se deben mostrar las asignaciones presupuestarias aprobadas de ingresos, egresos y financiamiento. -- 30 of 40 -- P á g i n a 2 | 12 DOCUMENTO CONTENIDO MÍNIMO Informe de Riesgos Fiscales Los resultados históricos y/o es�maciones obtenidas derivado del análisis de Riesgo e Impacto Fiscal de acuerdo con las metodologías de análisis desarrolladas, para los siguientes riesgos: a. Avales y garan�as del Estado b. Demandas Judiciales c. Empresas Públicas d. Municipalidades e. Contratos bajo modalidad de Alianzas Público Privada f. otros que la UCF incorpore dentro de su cartera de análisis. Informe de Gasto Tributario Incluyendo una cuan�ficación de los gastos tributarios por �po de impuesto y otros tributos para los cuatro (4) años en análisis y su proyección de los ingresos por vencimiento. Presupuesto Ciudadano Versión simplificada del Proyecto de Presupuesto y del Presupuesto Aprobado con cobertura del presupuesto por varias clasificaciones (económica, administra�va y funcional); perspec�vas económicas y obje�vos de polí�ca gubernamental; cuentas del gobierno y perspec�vas presupuestarias; nuevas medidas; entrega de servicios, entre otros. Informes Trimestrales de las Finanzas Publicas Ejecución del presupuesto; ingresos reales recaudados y gastos incurridos hasta la fecha, y comparación con lo es�mado; iden�ficación inicial de la desviación del presupuesto de la Administración Central y Descentralizada. Revisión de medio año Evaluación de desempeño a mitad del ejercicio fiscal; iden�ficación y explicación de las desviaciones del presupuesto; exploración de ajustes de polí�cas. De ser necesario la actualización de las proyecciones económicas y es�maciones actualizadas de gastos, ingresos y deuda. Declaración sobre el cumplimiento de responsabilidad Fiscal Evaluar los ingresos, los gastos, el resultado fiscal y su financiamiento y las demás metas macroeconómicas establecidas en el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo del año correspondiente. En el caso de exis�r desviaciones significa�vas entre lo aprobado en el MMFMP y los resultados del ejercicio, debe jus�ficar las diferencias y las medidas correc�vas adoptadas. Informe sobre el grado de avance en relación con las metas previstas en el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo Énfasis en el cumplimiento de las metas previstas en el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo y de las reglas plurianuales de desempeño fiscal. Cuando se presenten desviaciones, se debe brindar explicaciones y medidas correc�vas a ser adoptadas. Informes de Ejecución bajo el marcaje de polí�cas públicas en materia de Cambio Climá�co, e informe del desempeño de la ges�ón de las finanzas públicas con perspec�va de género. Análisis global de los resultados �sicos y financieros obtenidos y de los efectos producidos. Ejecución del presupuesto; ingresos reales recaudados y gastos incurridos hasta la fecha, y comparación con lo es�mado. -- 31 of 40 --

Articulo 13

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y debe ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro (24) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Constitucional de la República CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas P á g i n a 3 | 12 DOCUMENTO CONTENIDO MÍNIMO Presupuestos asignados con perspec�va de género distribuido por autonomías (autonomía económica, en la toma de decisiones, autonomía �sica y la interacción de las autonomías); realizado a través de una estrategia interins�tucional de implementación de todo el sector público con el liderazgo y acompañamiento de los tres entes rectores (SEFIN, SEMUJER y la SPE). Informe de Liquidación (Rendición de Cuentas sobre la Ges�ón de la Hacienda Pública). Liquidación del Presupuesto Balance General de la Administración Central del Gobierno, e Informe sobre Situación Financiera Consolidada del Sector Publico. Informe de los Resultados Físicos y Financieros Análisis global de los resultados �sicos y financieros obtenidos y de los efectos producidos. Lo rela�vo a la inversión pública, incluir recomendaciones.

Articulo 13

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y debe ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los vein�cuatro (24) días del mes de junio del año dos mil vein�cinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: XIOMARA CASTRO SARMIENTO Presidenta Cons�tucional de la República CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas -- 32 of 40 -- Anexos ANEXO A. Conceptualización de los Ingresos y Egresos 1. Ingresos: Corresponden a las diferentes categorías de rubros que dan origen al financiamiento del presupuesto, estos se clasifican en: Corrientes, de capital y fuentes financieras. a) Ingresos Corrientes: Ingresos tributarios (impuestos); ingresos no tributarios (tasas, derechos, cánones y regalías, multas); otros ingresos no tributarios; contribuciones a la seguridad social; ventas de bienes y servicios; ingresos de operación e ingresos de no operación y transferencias corrientes. b) Ingresos de Capital: Rentas de la propiedad (intereses por préstamos, por depósitos y por títulos y valores, otros derechos sobre propiedad); transferencias de capital. c) Fuentes de Financiamiento: Ventas de títulos y valores, recuperación de préstamos y obtención de préstamos. 2. Egresos: Constituyen las transacciones financieras que realizan las instituciones públicas para obtener los bienes y servicios que requiere la gestión pública, estos se clasifican en: Corrientes, de capital y aplicaciones financieras. a) Egresos Corrientes: Los servicios personales, bienes y servicios, trasferencias corrientes, el servicio de deuda (interés), otros gastos y asignaciones globales corrientes. b) Egresos de Capital: Se clasifican los bienes capitalizables, las transferencias de capital, otros gastos de capital y asignaciones globales de capital. c) Aplicaciones Financieras: Corresponden a los activos financieros (otorgamiento de préstamos, inversión en títulos y valores) y el servicio de la deuda (amortización). ANEXO B. Herramienta Informática del Sistema Nacional de Inversión Pública de Honduras (SNIPH). La herramienta informática del SNIPH está estructurada en módulos, de acuerdo con el ciclo de vida de los proyectos: A. Módulo de Pre-Inversión: La institución deberá solicitar a la SEFIN la creación de usuarios de acuerdo con los perfiles y roles establecidos, adjuntando los siguientes documentos: 1. Formularios debidamente firmados y autorizados (jefe inmediato), adjuntando la copia del documento nacional de identificación del usuario. 2. Oficio de las solicitudes firmado por la máxima autoridad de la institución solicitante. 3. Registrar y verificar la información referente a la formulación de los proyectos en el módulo de pre inversión, para obtener el Código BIP. 4. La Nota de Prioridad será solicitada a través del SNIPH y también en físico mediante oficio de solicitud dirigido a la máxima autoridad de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). -- 33 of 40 -- B. Módulo de Inversión: 1. La Institución realizará el registro, verificación y aprobación en el módulo de Inversión para proceder a la relación de BIP – Fuente -Específica. 2. El mapeo de la Inversión Pública se presenta en el portal Honduras Inversiones donde se visualizan diferentes vistas, incluyendo los entregables e intervenciones de los proyectos en el territorio nacional como insumo para la toma de decisiones, tomando como base a la información registrada en los sistemas SNIPH, SIAFI, así como los que administra la ONCAE. 3. Las instituciones ejecutoras de Proyectos de Inversión Pública deberán presentar a la Dirección General de Inversiones Públicas de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), independientemente de la fuente de financiamiento, lo siguiente: (i) Plan de Adquisiciones y Contrataciones (PACC); (ii) proyección de ejecución con actualización mensual física y financiera; (iii) detalle de la inversión pública por departamento y municipio con actualización semestral; y, (iv) cualquiera otra información de relevancia que se requiera. ANEXO C. Balance del Sector Público No Financiero (SPNF) y Cuenta Financiera Administración Central (AC) 2026-2029 -- 34 of 40 -- P á g i n a 6 | 12 ANEXO D. Flujos SIREP y ANSEC Flujos SIREP -- 35 of 40 -- Flujo ANSEC P á g i n a 7 | 12 kjh -- 36 of 40 -- ANEXO E. Definiciones y Aspectos Metodológicos para Registro de APP Términos y Definiciones: Activo no financiero: El activo correspondiente al proyecto APP deberá ser registrado en la contabilidad de la institución pública respectiva, reflejando el valor total de la inversión incurrida del Proyecto. Para efectos del registro contable de proyectos APP, las instituciones deberán reconocer como valor del activo el valor total de la inversión incurrida por el operador privado, y no únicamente el costo de la construcción física. El valor de la inversión deberá incluir todos los costos necesarios para poner el activo en condiciones de operación, tales como costos de construcción, gastos financieros capitalizables, seguros durante la construcción, licencias, costos de supervisión, estructuración técnica y financiera, y otros costos directos atribuibles. La determinación del valor de inversión deberá estar debidamente documentada y validada conforme a los términos contractuales y reportes financieros certificados del proyecto. Pasivo financiero: Se deberá registrar un pasivo financiero con base en el concepto de propiedad económica tomando los siguientes parámetros para cada uno de los siguientes proyectos: a. Corredor Logístico: se debe registrar una adquisición de un activo no financiero en el balance de la Administración Central a medida que la concesionaria va ejecutando la inversión. La contrapartida de este registro sería la imputación de un préstamo como pasivo de la Administración Central. El pago de peajes cobrado por la concesionaria debe ser imputado como un ingreso de la Administración Central, que se emplea en parte para reducir el préstamo imputado y en parte para cubrir el pago de intereses y el uso de bienes y servicios realizado por la concesionaria. b. Corredor Turístico: debe ser analizado en dos coordenadas: la de los saldos y la de los flujos. En los saldos, SEFIN debería registrar un aumento de la deuda pública en forma de préstamos por el monto total de 116 millones de dólares (la deuda que el Estado tiene hacia la concesionaria por la ejecución de la cláusula de terminación). En los flujos, parte de la inversión ha sido ya registrada en el estado de operaciones, por lo que habría que registrar solo la parte que aún no ha entrado en las cuentas. La diferencia entre la parte de la inversión (adquisición de activos no financieros) que queda por reflejar y el total de la deuda que se ha de reconocer debería registrarse como gasto en intereses, uso de bienes y servicios o inventarios en función de la naturaleza de los gastos. c. Corredor Lenca: La Administración Central debe registrar en su balance el activo no financiero e imputar un aumento de pasivos en forma de préstamos. Una parte del pago anual que la AC realiza a la concesionaria se deben registrar como una disminución del pasivo imputado y la parte restante como un gasto por intereses y por uso de bienes y servicios. d. SIGLO XXI: La Administración Central debe registrar en su balance la adquisición del activo no financiero con la contrapartida de la imputación de un -- 37 of 40 -- préstamo que aumentará la deuda. Los ingresos de la concesionaria se deben imputar como un ingreso de la Administración Central que se emplea en parte para reducir el préstamo imputado y en parte para cubrir el pago de intereses y el uso de bienes y servicios realizado por la concesionaria. e. Centro Cívico Gubernamental: La Administración Central debe registrar en su balance el activo no financiero e imputar un aumento de pasivos en forma de préstamos. Una parte del pago anual que la Administración Central realiza a la concesionaria se deben registrar como una disminución del pasivo imputado y la parte restante como un gasto en intereses y uso de bienes y servicios. f. La Lima: La Administración Central debe registrar en su balance el activo no financiero e imputar un aumento de pasivos en forma de préstamos. Una parte del pago anual que la Administración Central realiza a la concesionaria se deben registrar como una disminución del pasivo imputado y la parte restante como un gasto en intereses y uso de bienes y servicios. g. Aeropuerto Palmerola: En este caso hay que tener en cuenta que hay tres fuentes de financiamiento diferentes al proyecto. La parte que financia directamente la Administración Central debe registrarse como una adquisición de activos no financiero cuya contrapartida es la disminución de efectivo y depósitos. La parte financiada con alivio de la deuda se debe registrar como una adquisición de activos no financieros siendo su contrapartida un ingreso en forma de donaciones. En lo que respecta a la parte financiada por la concesionaria, se debe registrar como una adquisición de activos no financieros, teniendo como contrapartida la imputación de un préstamo que aumentará la deuda de la Administración Central. Las tarifas cobradas por la concesionaria deben ser imputadas como un ingreso de la Administración Central que se emplea en parte para reducir el préstamo imputado y en parte para cubrir el pago de intereses y el uso de bienes y servicios realizado por la concesionaria. h. Terminal de Contenedores y Carga General de Puerto Cortés: Las tarifas cobradas por la concesionaria deben ser imputadas como un ingreso de la Administración Central que se emplea en parte para reducir el préstamo imputado y en parte para cubrir el pago de intereses y el uso de bienes y servicios realizado por la concesionaria. i. Terminal de Graneles Sólidos de Puerto Cortés: Se registrará en el balance de la concesionaria, por lo que en el del sector público no deberá haber ningún registro. Por el contrario, en el momento de reversión del activo, el sector público deberá registrar la adquisición de un activo no financiero cuya contrapartida será un ingreso en forma de transferencia de capital realizado por la concesionaria, por el valor del activo revertido. Pasivo diferido por derecho de Uso: En el caso de los proyectos en los cuales la recuperación de la inversión se da principalmente a través del cobro directo a los usuarios del servicio (por ejemplo, tarifas, peajes o contribuciones), y no existan pagos directos por parte del Estado, pero el contrato otorgue al Estado la propiedad económica del activo o establezca cláusulas de reversión, control normativo o riesgo de terminación anticipada, la entidad concedente -- 38 of 40 -- deberá registrar contablemente el activo correspondiente y, simultáneamente, reconocer un pasivo diferido por derecho de uso. Este pasivo diferido deberá registrarse por el valor presente de los flujos de ingreso otorgados al operador privado conforme al contrato de concesión y se amortizará de forma sistemática durante el plazo del contrato, reflejando el devengo contable del derecho adquirido por el Estado. Esta obligación no representa un flujo de pago financiero para el Estado, pero sí una obligación contable implícita asociada al control económico del activo. La tasa de descuento utilizada para calcular el valor presente de los pasivos, ya sean financieros o diferidos, deberá corresponder a la Tasa Interna de Retorno (TIR) estimada del proyecto, en función del flujo de pagos o ingresos proyectados. Para los pasivos financieros, la TIR se calculará con base en los pagos futuros comprometidos por el Estado. Para los pasivos diferidos en proyectos autosostenibles, la TIR reflejará el valor económico del flujo de ingresos transferido al concesionario. El reconocimiento del activo y del pasivo deberá efectuarse desde el momento en que el Estado asuma el control económico efectivo sobre el activo, lo cual normalmente coincide con el inicio de la fase de construcción o de operación, según corresponda. Aspectos Metodológicos: Todos los compromisos firmes adquiridos, así como cualquier otra obligación derivada de procesos de renegociación, adenda, modificación o acuerdo asumido por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), Empresa Nacional Portuaria (ENP), Secretaría de Finanzas (SEFIN) y la Municipalidad de La Lima, en su condición de Concedentes de proyectos APP, deberán ser incorporados obligatoriamente por cada institución a su presupuesto de ingresos y egresos, conforme al programa de pagos, bajo las siguientes categorías: 1. Retribución de las inversiones incurridas por el privado: Incluye los pagos establecidos para remunerar las inversiones realizadas por el operador privado en el marco del contrato APP, tales como: Pagos por Contraprestación; Pagos por Disponibilidad; Ingreso Mínimo Anual Garantizado (IMAG); Pagos de Cofinanciamiento Inicial; Pagos por Unidad de Servicios; Otros mecanismos similares que compensen la inversión y prestación de servicios. Lo anterior conforme a la periodicidad establecida en el contrato de Concesión. 2. Retribución por obligaciones adquiridas derivadas de riesgos materializados en actividades operativas, de explotación, conservación y mantenimiento: Se refiere a los pagos extraordinarios que el Estado o el concedente deben realizar cuando se materializan riesgos contractuales que afectan las operaciones o el mantenimiento del activo. 3. Inversiones solicitadas por o a cargo del Estado para cada proyecto: Incluye todas las inversiones adicionales no previstas originalmente en el contrato APP, pero solicitadas o asumidas por el Estado o las entidades concedentes, tales como: Obras adicionales; Obras complementarias; Mejoras técnicas requeridas durante la operación; -- 39 of 40 -- Reubicaciones, readecuaciones o expansiones solicitadas por el concedente. Para efectos de registro y reporte: Todas las instituciones concedentes deberán seguir los lineamientos y formatos establecidos por la Unidad de Contingencias Fiscales (UCF). No se registrará como gasto presupuestario el valor total del proyecto APP al momento de la firma del contrato o durante su construcción. El impacto presupuestario deberá reflejarse conforme se efectúen los pagos contractuales efectivamente devengados durante la vida del contrato. Los flujos de pagos derivados de los contratos APP deberán ser clasificados contablemente en: Amortización del pasivo financiero; Intereses devengados sobre el pasivo; Gasto operativo por servicios recibidos. Al finalizar el contrato, si el activo ya ha sido reconocido previamente en la contabilidad del Sector Público No Financiero, no corresponderá un nuevo registro de adquisición o traspaso de activos. Las instituciones deberán realizar revisiones anuales de los activos y pasivos relacionados a proyectos APP, actualizando sus registros contables conforme a la evolución física y financiera de los mismos. La responsabilidad del cumplimiento de este lineamiento recae en las unidades administrativas y contables de cada institución concedente, así como en los órganos de control interno; el no cumplimiento de lo aquí establecido será considerado como una falta grave en materia de administración financiera y podrá ser objeto de las acciones correctivas correspondientes. Las instituciones concedentes deberán realizar una revisión anual de los compromisos y obligaciones derivados de proyectos APP, la cual deberá efectuarse a más tardar en el primer trimestre previo al inicio de la formulación presupuestaria. Esta revisión deberá realizarse en coordinación con: La unidad de Contaduría de cada institución; La unidad de Presupuesto institucional; La Unidad de Contingencias Fiscales (UCF). La Unidad de Concesión a cargo del proyecto. Cualquier riesgo identificado en el análisis de proyectos APP que, según la metodología de valoración establecida por la UCF, obtenga una probabilidad de ocurrencia media, alta o muy alta deberá ser reportado obligatoriamente a la UCF para su registro, monitoreo y evaluación. El cumplimiento de estos lineamientos es obligatorio para todas las instituciones concedentes involucradas en proyectos APP. Su inobservancia constituirá una falta grave en materia de administración financiera pública y podrá ser objeto de las acciones correctivas correspondientes. En el caso de proyectos en procesos de terminación por cumplimiento de contrato o de forma anticipada, se deberá practicar una auditoría financiera anual y actualización del Modelo Económico Financiero por parte de los Concedentes a cargo de cada uno de los proyectos bajo modalidad APP vigentes de acuerdo con los parámetros establecidos dentro de los Contratos de Concesión o en su defecto, al menos 3 meses antes previo a la liquidación de estos. Con el propósito de dar cumplimiento a lo anterior, las instituciones Concedentes deberán incorporar dentro de su programación de gasto plurianual, los costos estimados necesarios para la contratación de las auditorías correspondientes. -- 40 of 40 --

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