aprobar el cobro de cinco lempiras exactos (Lps.5.00) por la emisión de cada etiqueta adicional y el mismo valor para la renovación de etiquetas, de semillas, además del cobro equivalente en libras ya establecido como precio de etiqueta que acompañan a cada saco de semillas.
Poder Ejecutivo
- Publicación: 22 de mayo de 2013
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 33,130
- Categoria: Mercantil
Considerandos
Que es función del Estado velar y promover la preservación del patrimonio agropecuario nacional, mediante la promulgación de disposiciones jurídicas y otras normas que coadyuven a este fin.
Que es competencia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), a través de sus dependencias especializadas competentes, la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la producción, conservación y comercialización de productos agroalimentarios, y de establecer normas de calidad para la fabricación, producción, importación o comercialización de insumos agrícolas, incluyendo su registro, etiquetado y normas para su uso, de conformidad con la legislación sobre la materia.
Que el Estado debe ejercer el control de calidad y proveer semilla básica para su multiplicación, así como también controlar la producción de las clases de semillas Certificada y Comercial; que permita el comercio en el país o fuera de él.
Que además de lo asignado en el Presupuesto General de la República, la Secretaría de Agricultura y Ganadería, dispondrá del cobro de etiquetas o tarjetas de certificación y marchaos que acompañan a cada saco de semillas. Como precio de la etiqueta, se establecerá el equivalente al precio de venta de un 1 kilo de semilla o su equivalente en libras contenida en el envase.
Que para efectos de comercialización de las semillas en el sistema de mercado el productor ofrece envases más pequeños, lo que hace necesario la emisión adicional y la renovación de etiquetas que acompañen los empaques de venta, mismas que son emitidas por el Departamento de Certificación de Semillas adscrito al SENASA, generando un costo financiero por lo que debe de aprobarse un precio de venta.
Articulos
Aprobar el cobro de CINCO LEMPIRAS EXACTOS (L. 5.00), por la emisión de cada etiqueta adicional y el mismo valor para la renovación de etiquetas de semillas, además del cobro equivalente al precio de venta de un 1 kilo de semilla o su equivalente en libras ya establecido como precio de etiqueta que acompañará a cada saco de semillas.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial "La Gaceta".
Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE. JACOBO REGALADO WEIZEMBLUT SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG) SALVADOR POLANCO ROSA SECRETARIO GENERAL SAG
Leyes relacionadas
- Acuerdo Ministerial No. SAG-094-2025 — Reglamento relativo al cobro del canon contributivo de la pesca realizada en aguas jurisdiccionales de la República de Honduras (Decreto SAG-094-2025, 2025)
- Decreto 75-2015 mediante el cual se aprueba en todas y cada una de sus partes el Acuerdo No.05-DGTC del 20 de febrero de 2014, contentivo de las Enmiendas al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco) — Honduras aprueba las enmiendas al Tratado de Tlatelolco, que prohíbe armas nucleares en América Latina y el Caribe. Esta reforma añade "y el Caribe" al nombre del tratado y refuerza el compromiso del país con la paz mundial y el derecho internacional, sin afectar su constitución. (Decreto 75-2015, 2014)
- Resolución — Modificación de tarifas para el cobro del servicio de agua potable del Acueducto de Tegucigalpa
- Acuerdo — Arancel del Profesional del Derecho
- Decreto Legislativo No. 79-2022 — Reformar el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 42-2022 que contiene la amnistía migratoria — Esta ley reforma la amnistía migratoria de Honduras para eximir a migrantes en situación irregular del pago de multas administrativas. Beneficia a personas extranjeras que ingresaron al país sin documentación legal, permitiéndoles regularizar su situación sin enfrentar sanciones económicas. (Decreto 79-2022, 2022)