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14 de octubre de 2026Vigente

Acuerdo — Proyecto Temporal de Amnistía para Incorporación de Ingenieros Civiles No Colegiados

Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras

  • Publicación: 14 de octubre de 2026
  • Órgano emisor: Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras
  • Gaceta: 37,269
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta ley crea un programa temporal de amnistía que permite a ingenieros civiles que nunca se incorporaron al Colegio registrarse sin pagar multas por retraso, vigente hasta junio de 2027. Beneficia a profesionales con título que no se colegiaron a tiempo, eliminando el 100% de sanciones por incorporación tardía, aunque deben pagar cuotas ordinarias. El Colegio promoverá la incorporación en universidades y presentará resultados al finalizar.

Considerandos

Que la Constitución de la República de Honduras en su artículo 177 establece que: “Se establece la colegiación profesional obligatoria, La ley Reglamentará su organización y funcionamiento.

Que el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 22 de su Ley Orgánica, tiene entre sus atribuciones la regulación y vigilancia del ejercicio profesional de la ingeniería civil, así como la inscripción y supervisión de los profesionales y de las empresas nacionales y extranjeras que desarrollan actividades propias de la profesión, en resguardo del interés público y del adecuado desarrollo institucional del Colegio.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 16, literal d), de la Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, corresponde a la Asamblea General aprobar los Reglamentos necesarios para que el Colegio cumpla sus funciones, incluyendo las reformas al Reglamento de la Ley Orgánica del Colegio. POR LO TANTO: La XCIII Asamblea General Extraordinaria, del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, convocada para analizar el dictamen y propuesta de la Comisión nombrada para el establecimiento de un período de amnistía para ingenieros civiles que, habiendo obtenido su título profesional, no realizaron oportunamente su incorporación al Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, en el Artículo anterior, de conformidad con la legislación vigente.

Articulos

Articulo 3.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los nueve días del mes de septiembre de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO FRANCIS OMAR CABRERA MIRANDA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 11 de septiembre de 2026. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA

ACUERDA: Aprobar la propuesta de la Comisión nombrada para el proyecto de dictamen temporal de amnistía para la incorporación y regularización de ingenieros civiles no colegiados con vigencia hasta el 30 de junio de 2027, sujeto a las condiciones y limitaciones establecidas en el presente Dictamen de la forma siguiente: PRIMERO: Aprobar el PROYECTO TEMPORAL DE AMNISTÍA PARA LA INCORPORACIÓN DE NUEVOS COLEGIADOS, dirigido exclusivamente a profesionales de la Ingeniería Civil que nunca se hayan incorporado al Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras. SEGUNDO: Autorizar la exoneración del cien por ciento (100 %) de las multas y recargos generados exclusivamente por la incorporación extemporánea, manteniéndose exigibles los valores ordinarios, aportaciones y demás conceptos que no sean expresamente objeto de la presente amnistía. TERCERO: Establecer que cualquier obligación relacionada con el Fondo de Auxilio Mutuo deberá sujetarse a su normativa y a los criterios técnicos y actuariales correspondientes, sin que la aplicación de esta amnistía pueda afectar la sostenibilidad financiera del Fondo. CUARTO: Establecer la vigencia del proyecto aprobado desde su publicación en el Diario Oficial La Gaceta hasta el 30 de junio de 2027. QUINTO: Instruir a la Junta Directiva, Administración, Tesorería y Fiscalía para que adopten los procedimientos administrativos necesarios para su ejecución, control y seguimiento. SEXTO: Instruir a la Junta Directiva para implementar una Campaña Nacional de Incorporación Profesional, con participación de las sedes y capítulos y acercamiento a las universidades que imparten la carrera de Ingeniería Civil. SÉPTIMO: Ordenar la elaboración de un informe estadístico y financiero de resultados del programa, el cual deberá ser presentado a la Asamblea General para evaluar su impacto institucional, financiero y gremial. OCTAVO: Finalizada la vigencia establecida, no podrán admitirse nuevos beneficiarios bajo este régimen, salvo las solicitudes que hayan sido presentadas oportunamente y se encuentren en proceso administrativo. NOVENO: Que todo aquel ingeniero que haya sido requerido por la fiscalía queda excluido del beneficio de esta amnistía. DÉCIMO: El presente beneficio tendrá carácter extraordinario y temporal y no generará derecho adquirido para futuros períodos de amnistía. Dado en la XCIII Asamblea General extraordinaria en el salón de usos múltiples, “Ing. Miguel Ángel Rivera” del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, en la Ciudad de Tegucigalpa, el día sábado veintiséis (26) de septiembre del año dos mil veintiséis (2026). ING. TANIA YARLENE MURILLO LANZA PRESIDENTA CICH ING. JESSICA ROXANA CHAMALÉ ANTÚNEZ SECRETARIA GENERAL CICH

(E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. Pendiente Próxima Edición... TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:

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Notas

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