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17 de septiembre de 2026Vigente

Contrato — Cláusulas Generales de Condiciones para Contratos de Obra - Disposiciones sobre Seguros, Plazos, Calidad, Costos y Finalización

  • Publicación: 17 de septiembre de 2026
  • Gaceta: 37,248
  • Categoria: Mercantil

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este decreto establece las reglas para contratos de construcción en Honduras, fijando requisitos de seguros (5% del valor del contrato), plazos de ejecución con multas diarias de 0.36% por retraso, garantías de calidad por 12 meses, ajustes de precios según inflación y salarios, y procedimientos para pagos, recepción de obras y cambios de contrato. Afecta a contratistas y empleadores del sector construcción.

Texto completo

tros procesos de licitación de la AMDC. a exención del Gerente de Proyecto. CGC 13.1 Las coberturas mínimas de seguros y los deducibles serán: (a) para pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales: 5% del valor del contrato. (b) para pérdida o daño de equipo: 5% del valor del contrato (c) para pérdida o daño a la propiedad (excepto a las Obras, Planta, Materiales y Equipos) en conexión con el Contrato 5% del valor del contrato (d) para lesiones personales o muerte: (i) de los empleados del Contratante: El monto en este seguro no deberá ser menor al equivalente a cinco (5) salarios mínimos en la rama de la construcción vigente a la fecha de suscribir el contrato por cada empleado que trabajará en el proyecto, por lo cual el contratista deberá presentar el listado de los asegurados proporcionada por la compañía de Seguros, que deberá ser la misma con el personal contratado para la ejecución de la obra, y verificada mediante certificación de la supervisión. Al efectuar cambios en el personal, el Contratista notificará de inmediato a la compañía de seguros para que se inscriba las nuevas personas, así como también a la supervisión para el registro de los mismos, en un término no menor de tres días a partir de la contratación. (ii) de terceros, que sean afectados directamente por actividades

- 421 - de la obra: 5% del valor del contrato. Los seguros deberán permanecer vigentes treinta días adicionales después del período de ejecución del proyecto, en caso de ampliación de tiempo del contrato, estas deberán prorrogar su vigencia hasta la recepción final de la Obra. CGC 14.1 Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: No aplica CGC 21.1 La(s) fecha(s) de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será(n) a más tardar diez (10) días después de la orden de inicio. CGC 26.1 - Contra la resolución del Contratante procederá la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo. B. Control de Plazos CGC 27.1 El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Supervisor de Obras dentro de quince (15) días a partir de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación. CGC 27.3 Los plazos entre cada actualización del Programa serán de sesenta (60) días. El monto que será retenido por la presentación retrasada del Programa actualizado será de L.1,000.00 por día. C. Control de la Calidad CGC 32.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: doce (12) meses calendario días. D. Control de Costos CGC 46.1 La moneda del País del Contratante es: Lempiras. Para el caso de pagos cotizados en moneda diferente al Lempira, los pagos se efectuarán en dichas monedas. CGC 47.1 En caso de que los pagos en moneda extranjeras representen menos del cincuenta y un por ciento (51%) del monto total del contrato, los montos autorizados en cada estimación de obra, se deberán ajustar aplicando el siguiente mecanismo:

- 422 - A) El Ajuste de Precios se realizará individualmente, ítem por ítem, conforme a las cantidades o volúmenes efectivos de obra que se hayan ejecutado en el período que comprende el ajuste. El reconocimiento se hará sobre la porción de los Costos Directos exclusivamente. Si un determinado concepto o ítem de obra no figurara en la Lista del Cuadro de Incidencias Porcentuales anexo y que forma parte integral de esta metodología, éste se asimilará al ítem más afín de que se disponga, cualquiera que fuere la naturaleza de la obra, pero tomando en cuenta el procedimiento constructivo u otras características conexas al Ítem; de no poderse implementar esta asimilación, se empleará la respectiva Ficha de Costos presentada por el Contratista en la Licitación o entrega de Oferta, pero ajustándose en todo caso a los aspectos conceptuales estipulados en el presente documento. Los componentes fundamentales del costo directo a los que se aplicará el nuevo procedimiento son: Mano de obra (calificada y no calificada), Equipos y Maquinaria (incluyendo por separado los combustibles y lubricantes en el caso de proyectos viales) y los Materiales, desglosados y tratados en la forma que se describe más adelante. El reconocimiento total en una determinada Estimación de Obra a través del presente procedimiento, será la suma de los reconocimientos individuales que se calculen ítem por ítem, conforme al volumen o cantidad efectiva de la obra realizada en un determinado período, de acuerdo a la siguiente expresión general: RT = Reconocimiento total en una determinada estimación de obra, igual a la sumatoria de los RI. RI = Reconocimientos Individuales en cada ítem, según los rubros sujetos a ajuste.

- 423 - RI = Monto ejecutado del ítem x ( FAMnc + FAMc + FAE + FACL + FAMT ) , siendo FAMnc, FAMc, FAE, FACL y FAMT los Factores de Ajuste correspondientes al ítem bajo ajuste, cuya forma de cálculo se describe a continuación:

  • I)

    MANO DE OBRA EN GENERAL El ajuste en este rubro se realizará en el mismo mes que el Gobierno emita un Decreto o Acuerdo estipulando una variación en el Salario Mínimo, independientemente del plazo que haya transcurrido desde la presentación de Oferta y la emisión del Acuerdo respectivo. Si el Acuerdo o Decreto establece retroactividad en su aplicación, esta condición se aplicará igualmente en los cálculos atinentes a este procedimiento. El primer ajuste se efectuará en el mismo mes que se decrete la primera variación del Salario Mínimo posterior a la fecha de licitación o presentación de la Oferta. El ajuste se hará tantas veces como variaciones se decreten en el Salario Mínimo, dentro del plazo contractual establecido, hasta su finalización. Con el propósito de simplificar la aplicación del procedimiento, se han unificado en un solo rubro los dos tipos de mano de obra normalmente empleados en la ejecución de proyectos (No Calificada y Calificada), que se ajustarán mediante un Índice común ponderado, compuesto por el Salario Mínimo y el IPC. Su incremento se reconocerá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: FAM = IPM ( ( ( 0.70 ( S / So ) + 0.30 ( IPC / IPCo ) ) - 1 ) donde:

    - 424 - FAM = Factor de Ajuste de la Mano de Obra en general a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación. IPM = Incidencia Porcentual de la mano de obra en general en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo). S = Salario Mínimo decretado por el Gobierno, vigente para la zona del proyecto, correspondiente al período de ejecución de la estimación de obra bajo ajuste. So = Salario Mínimo decretado por el Gobierno, vigente para la zona del proyecto, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. IPC = Índice de Precios al Consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente al mes cuando se emite el Decreto que estipule una variación del Salario Mínimo, con posterioridad a la licitación o presentación de la Oferta. El valor del IPC permanecerá invariable durante todo el período entre una variación y otra del Salario Mínimo correspondiente. IPCo = Índice de Precios al Consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución.

  • II)

    EQUIPOS Y MAQUINARIA Su incremento se reconocerá dependiendo de la presencia parcial o ausencia total de divisas en el Contrato, según las fórmulas siguientes:

    - 425 - a) CONTRATOS CON OTORGAMIENTO PARCIAL DE DIVISAS (MÁXIMO 51 % DE DIVISAS). Fórmula de Reconocimiento: FAE = IPE ( ( R / Ro ) – 1 ) donde, FAE = Factor de Ajuste de los Equipos y Maquinaria, en un ítem dado a multiplicar por el monto ejecutado en un Ítem determinado, en una estimación. IPE = Incidencia Porcentual del Equipo y Maquinaria en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo) R = Índice general de precios de los repuestos y partes tomado del US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics para el renglón de Maquinaria de Construcción y Equipo (Construction Machinery and Equipment), del documento llamado Índices de los Precios de los Productos, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste. Ro = Índice general del precio de los repuestos y partes tomado de US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics, para el renglón de Maquinaria de Construcción y Equipo (Construction Machinery and Equipment), del documento llamado Índices de los Precios de los Productos, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. En el caso que no se disponga oportunamente de este Índice generado en el exterior, se empleará el Índice más actualizado de que se tenga información y posteriormente se podrán efectuar los ajustes pertinentes. Las cantidades correspondientes a la Cláusula Escalatoria o Ajuste de

    - 426 - Precios no formarán parte del monto de los contratos para efectos de otorgamiento de divisas; es decir que el Ajuste de Precios se pagará en todo caso en moneda nacional (Lempiras). b) CONTRATOS SIN OTORGAMIENTO DE DIVISAS Fórmula de Reconocimiento FAE = IPE ( ( DV / DVo ) – 1 ) donde, FAE, IPE son los mismos conceptos descritos en el inciso a) precedente. * DV = Valor de la divisa, o tasa cambiaria de compra, Lempira: US $ emitida por el Banco Central de Honduras, correspondiente al período de la estimación de obra bajo ajuste. * DVo = Valor de la divisa, o tasa cambiaria de compra, Lempira : US $ emitida por el Banco Central de Honduras, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. * Una vez que la ONCAE realice las validaciones del caso, la Divisa como Indicador de Alza podrá sustituirse íntegramente por el Índice de Repuestos (IR) que en un futuro se emita en el Boletín de la CHICO o mediante las respectivas Certificaciones de Precios, como un valor más representativo de las variaciones que en el mercado local experimentan los Repuestos, llantas, partes y otros conceptos afines al Equipo y Maquinaria, empleada en la ejecución de las obras.

  • III)

    COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

    - 427 - El ajuste de este rubro se aplicará exclusivamente a los proyectos de obras viales y afines (carreteras, puentes y urbanizaciones), donde es intensivo el uso de equipos y maquinaria pesada. Su incremento se reconocerá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: FACL = IPCL ( ( D / Do ) - 1 ) donde: FACL = Factor de Ajuste de los Combustibles y Lubricantes, a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación. IPCL = Incidencia Porcentual de los Combustibles y Lubricantes en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo). D = Precio Oficial del Diesel en Bomba para la zona del Proyecto, decretado por el Gobierno, correspondiente al período de ejecución de la estimación de obra bajo ajuste. Do = Precio Oficial del Diesel en Bomba para la zona del Proyecto, decretado por el Gobierno, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución.

  • IV)

    MATERIALES Fórmula de Reconocimiento: FAMT = IPMT ( ( MAT / MATo ) – 1 ) donde, FAMT = Factor de ajuste de los Materiales, a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación.

    - 428 - IPMT = Incidencia Porcentual de los Materiales en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo) MAT = Precio del Material o Canasta de Materiales (suma ponderada de sus precios individuales) más representativos o afines al Ítem, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste o al precio al que se haya adquirido con el anticipo o bajo la modalidad de material almacenado o en bodega. MATo = Precio del Material o Canasta de Materiales (suma ponderada de sus precios individuales) más representativos o afines al Ítem, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. Para establecer los precios de los materiales sujetos a reconocimiento, la cotización o valor a utilizar será siempre en las mismas condiciones, en la misma zona geográfica más cercana a la obra y con idénticas características durante toda la vigencia del contrato, a fin de evitar distorsiones y mantener la consistencia en los cálculos. En el caso de productos asfálticos, la confrontación de precios se hará “en puerto de entrada al país o en refinería”, según corresponda. Cuando fuere posible, dichos precios deberán provenir de fuentes oficiales del mismo Gobierno, pudiendo además emplearse al efecto el rango de precios promedio o Tendencia Media que contiene el Boletín o las Certificaciones de Precios que periódicamente emite la Cámara Hondureña de la Industria de la Construcción (CHICO). Si se produjeren variaciones en los impuestos, estos se reconocerán por separado, previa investigación y análisis especial que efectuará el Gobierno. Los materiales objeto de reconocimiento por incremento de costos y que

    - 429 - pueden seleccionarse para integrar la “canasta representativa de un ítem” en proyectos viales se limitarán específicamente a los siguientes: cemento tipo Portland, cal, acero, productos asfálticos (cementos asfálticos, asfaltos rebajados o asfaltos especiales), alambre de púas, explosivos, gaviones, neopreno, elementos prefabricados de concreto, tuberías de cualquier tipo, pintura y señales viales. Solamente en los contratos de construcción de puentes, cajas u otras estructuras mayores de drenaje, se efectuará el ajuste de precios incluyendo además la Madera, arena y grava como Indicador de Alza, bajo el mismo procedimiento descrito anteriormente. Cualquier otro material no comprendido en el listado anterior, no será sujeto de reconocimientos o ajustes en las obras viales y sus alcances deberán ser considerados por los Licitantes en sus distintos precios unitarios de oferta. Ver cuadro Anexo con consumo predeterminado de materiales clave en los proyectos viales. Dada la sensibilidad y repercusiones en el ajuste, para el caso especial de los diferentes productos asfálticos, cemento o la cal utilizados en proyectos de pavimentos, estabilizaciones u otros trabajos similares, o en el caso del cemento tipo Portland empleado en estructuras de gran magnitud, su consumo por unidad de medida (rendimiento) para encontrar su peso o influencia en la composición porcentual del ítem ( Incidencia Porcentual IP ) y su ajuste por unidad de medida, se determinará únicamente en función de la fórmula de trabajo específica que se derive del respectivo diseño de proporciones de mezcla que certifique el Supervisor encargado para ese proyecto. Los precios de estos u otros materiales deberán ser obtenidos directamente de fuentes confiables y objetivas. Los materiales objeto de reconocimiento por incremento de costos y que pueden seleccionarse para integrar la “canasta representativa de un ítem o proyecto” en proyectos de Edificaciones y obras afines, serán listadas

    - 430 - predeterminadamente en cada ítem pero su distribución, peso o incidencia en este rubro será obtenida de la respectiva Ficha de Costos presentada por el Contratista con su oferta, a objeto de buscar la mayor exactitud y similitud posible con el trabajo a desarrollar. Esta distribución se hará sumando los costos de cada uno de los materiales previamente listados, con lo cual se obtendrá el 100% de los materiales clave seleccionados; luego el costo de cada material se dividirá entre este total sumado, para obtener el correspondiente peso relativo o participación porcentual, la cual finalmente se reducirá o referirá al Porcentaje global o Incidencia Porcentual que el Cuadro general señale en forma fija para ese Ítem, en el renglón de Materiales. Tales materiales clave incluyen entre otros: cemento, acero, láminas de distinto tipo, canaletas, accesorios eléctricos y sanitarios, madera, agregados pétreos, ventanería, material selecto, pisos varios, cerámica, ladrillo, bloques, luminarias, pinturas, tuberías, ductos, accesorios tipo, etc. Cuando en un mismo ítem de obra se presenten varios elementos del mismo tipo (p.e. varios tipos de varilla de acero en un mismo concepto), se elegirá uno o hasta tres elementos que sean los más representativos o con mayor peso o influencia en el ítem, a objeto de simplificar los cálculos y la consecuente aplicación del procedimiento. Cuando el Contratista utilice elementos estructurales prefabricados de alta complejidad (vigas pre – esforzadas, columnas, y otros productos similares ), que por razones especiales el Contratista no fabrique en sus planteles o en el sitio de la Obra, tal como lo ofertó y lo reflejó en sus fichas de costos, si no que ya en el desarrollo del proyecto le compre a un proveedor determinado, previa autorización escrita del Supervisor y el Contratante, los cálculos para su ajuste de precios en función de las cantidades consumidas en obra y usando los precios finales del proveedor, se harán tomando en cuenta la relación resultante de dividir el diferencial de precios finales del proveedor, entre el Factor de Sobrecosto FS o de Indirectos que el propio Contratista haya considerado en las

    - 431 - Fichas de Costos de su Oferta, para el Ítem en cuestión, así: Precio utilizado para Ajuste: (Precio actual - Precio oferta) / FS Ajuste = Precio de Ajuste x Cantidad de Obra consumida en el período Lo anterior en virtud que no se efectúa ningún ajuste en la porción de los gastos indirectos. A estos propósitos, el Gobierno efectuará las revisiones e investigaciones que considere necesarias y el Contratista deviene obligado a brindar todas las facilidades del caso Cuando se utilice Concreto Premezclado en cualquier tipo de elemento o estructura, independientemente de su complejidad o magnitud, (soleras, zapatas, muros, columnas, vigas, etc.), la llamada “Canasta de Materiales” fijada para denotar los Ajustes en el renglón de los Materiales, se sustituirá directamente por el Precio del Concreto Premezclado que figure en el Boletín de la CHICO, como Índice para ajustar dicho renglón. El ajuste en Equipos o aditamentos especiales que se incorporen a la obra, tales como ascensores, aires acondicionados, equipos de seguridad, aparatos electrónicos o de telecomunicaciones, luminarias no convencionales, artículos suntuarios, pintura vial, señales viales y otros bienes especializados similares, los cuales no puedan ser certificados la variación de precio por la CHICO entonces se hará por medio de la variación en la Divisa (tasa cambiaria de compra Lempira : US$), entre la fecha del compra del bien y el valor ofertado originalmente, agregándole un dos por ciento (2 %) anual aplicado proporcionalmente si fuere el caso, para cubrir la propia inflación en el país de origen, siempre y cuando haya transcurrido al menos noventa días calendario entre la presentación de la Oferta y la compra del bien. Los valores de los Índices de ajuste y los precios de los Materiales representativos para un proyecto en particular, de la naturaleza que

    - 432 - fuere, deben ser obtenidos de una misma fuente confiable y con iguales características, a fin de mantener la homogeneidad y consistencia del procedimiento, a lo largo del desarrollo de la obra. Los Materiales que sean adquiridos para ser almacenados o colocados en Bodega se ajustaran o escalaran únicamente en el período comprendido entre la fecha de presentación de la Oferta y la fecha de adquisición del bien. Se exceptúan de reconocimiento o ajuste de precios aquellos materiales que de alguna manera hubieren sido obtenidos en calidad de Donación, o que sean suministrados directamente por el Contratante. B) Si en el mismo período que abarque una determinada estimación de obra se suscitan dos o más valores de los Índices de Ajuste (Índice de Precios al Consumidor, Salario Mínimo, precio del Diesel, valor del Índice de Equipos y Maquinaria del US Department of Labor, valor de la Divisa, Materiales representativos, etc. ) se deberá efectuar una ponderación de dichos valores, de acuerdo a su respectiva duración en el período de la estimación de obra bajo ajuste, a fin de obtener un único valor que sirva en el Índice respectivo. C) Los cálculos en las fórmulas de ajuste se realizarán con un máximo de cuatro (4) cifras significativas a la derecha del punto decimal (diezmilésima), haciendo las aproximaciones del caso. Para obtener el valor final del ajuste en Lempiras, se aproximarán los cálculos resultantes a la segunda cifra decimal (centésima). D) Cuando se ejecute obra más allá del plazo contractual establecido, bajo el régimen de Multa o Penalización de acuerdo al contrato, los valores de los Índices de Ajuste y de los precios de los materiales y servicios a utilizar hasta la completación del contrato, serán los vigentes a la fecha de vencer el último plazo que haya estado protegido

    - 433 - contractualmente con la aplicación de la Cláusula Escalatoria o Ajuste de Precios, conforme lo indicado en la Ley de Contratación del Estado. En el caso que se negocien precios unitarios para nuevos ítems que deban ser incorporados a la Lista de Cantidades (Presupuesto de la obra) por no figurar en los cuadros de la Oferta original, los valores base o de origen para los Índices de Ajuste aplicables a estos nuevos ítems, serán los prevalecientes a la fecha o mes en que se haya producido dicha negociación. En caso de que los pagos en moneda extranjeras representen 51% o más del monto total del contrato, se aplicará el siguiente mecanismo de ajuste de precios: No Aplica Los montos autorizados en cada estimación de obra, antes de las deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente: Pc = Ac + Bc (Imc/Ioc) en la cual: Pc es el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c"; Ac y Bc son coeficientes 1 estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c", e 1 La suma de los dos coeficientes, A c y Bc, debe ser igual a l (uno) en la fórmula correspondiente a cada moneda. Normalmente, los dos coeficientes serán los mismos en todas las fórmulas correspondientes a las diferentes monedas, puesto que el coeficiente A, relativo a la porción no ajustable de los pagos, por lo general representa una estimación aproximada (usualmente 0,15) que toma en cuenta los elementos fijos del costo u otros componentes no ajustables. La suma de los ajustes para cada moneda se agrega al Precio del Contrato.

    - 434 - Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, e I oc es el índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente 28 días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c” Los coeficientes para el ajuste de precios son: (c) El procedimiento para reconocimiento de mayores costos o ajuste de precios se hará mediante la fórmula que se describe en el acuerdo Presidencial No. A-003-2010, publicado en el No. 32,118 del Diario Oficial La Gaceta de fecha 20 de enero del 2010. La supervisión verificará y revisará los ajustes conforme al listado promedio mensual de certificados extendidos por la Cámara de la Construcción (CHICO), del período comprendido de la respectiva estimación y quince días antes de la presentación de la oferta. CGC 48.1 El monto de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras: la multa diaria aplicable se fija en cero punto treinta y seis por ciento (0.36%), en relación con el monto total del saldo del contrato por el incumplimiento del saldo, tal como lo estipulado en el Art. N° 120.- Disposiciones Generales del Presupuesto para el año 2025 por día. El monto máximo de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del quince (15%). Se establecen las siguientes sanciones, notificándole al contratista, de conformidad al procedimiento correspondiente, y se descontará de la estimación mensual más próxima, así: Por no portar la imagen corporativa del Contratante (cascos, vallas, rótulos y por no colocar y/o mantener las vallas de identificación de proyectos, señalización de peligro, tales como cintas de seguridad a ambos lados de las excavaciones y/o rotulación, o por utilizar propaganda en la maquinaria que utiliza sin la autorización del contratante L 1,000.00 lempiras diarios, hasta que estas hayan sido solventadas.

    - 435 - CGC 50.1 El pago (los pagos) por anticipo será(n) de: quince por ciento (15%) del monto del contrato y se pagará(n) al Contratista a más tardar en quince días de la fecha de presentación de la garantía de anticipo y cumplimiento de contrato. La vigencia de la garantía de anticipo es de un mes adicional al plazo de ejecución. La garantía presentada deberá ser acompañada de una Declaración expresa de Responsabilidad, extendida por el Representante Legal de la institución garante que las emita, cuya firma deberá ser autenticada por Notario, dicho representante deberá expresar en la misma que quienes suscribieron la garantía poseen firma autorizada para emitir tales documentos de acuerdo al Artículo 242 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, asimismo, en dicha declaración se hará constar que su representada no se encuentra comprendida en alguna de las situaciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del Artículo 241 del mismo Reglamento, en el caso de que la garantía sea un cheque certificado, el literal d) de este Artículo no se exigirá. CGC 50.2 El Contratista debe de presentar Garantía de Calidad, en los términos dispuestos en la Cláusula 50.2 de las CGC. En caso de que se exija Garantía de Calidad, agregar: “La Garantía de Calidad deberá estar vigente por un plazo de doce (12) meses contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Definitiva de la Obra. La garantía presentada deberá ser acompañada de una Declaración expresa de Responsabilidad, extendida por el Representante Legal de la institución garante que las emita, cuya firma deberá ser autenticada por Notario, dicho representante deberá expresar en la misma que quienes suscribieron la garantía poseen firma autorizada para emitir tales documentos de acuerdo al Artículo 242 del Reglamento de la Ley

    - 436 - de Contratación del Estado, asimismo, en dicha declaración se hará constar que su representada no se encuentra comprendida en alguna de las situaciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del Artículo 241 del mismo Reglamento, en el caso de que la garantía sea un cheque certificado, el literal d) de este Artículo no se exigirá. CGC 51.1 El monto de la Garantía y/o Fianzas de Cumplimiento es del 15% por ciento Con una vigencia de tres meses adicionales al plazo de ejecución. La garantía presentada deberá ser acompañada de una Declaración expresa de Responsabilidad, extendida por el Representante Legal de la institución garante que las emita, cuya firma deberá ser autenticada por Notario, dicho representante deberá expresar en la misma que quienes suscribieron la garantía poseen firma autorizada para emitir tales documentos de acuerdo al Artículo 242 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, asimismo, en dicha declaración se hará constar que su representada no se encuentra comprendida en alguna de las situaciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del Artículo 241 del mismo Reglamento, en el caso de que la garantía sea un cheque certificado, el literal d) de este Artículo no se exigirá.

    - 437 - E. Finalización del Contrato CGC 55.1 (a) El plazo máximo para que el Contratista proporcione al Supervisor de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que considere que se le adeuda en virtud del contrato será de quince (15) días después de la emisión de la Certificación mencionada en la Cláusula 54.3. (b) El plazo máximo para que el Supervisor de Obras se pronuncie sobre la aceptación o rechazo del estado de cuenta detallado será de veinticinco (25) días a partir del día siguiente a la fecha de recepción del mismo. (c) El plazo máximo para emitir el certificado de pago será de quince (15) días después de la notificación de aceptación del estado de cuenta; (d) El plazo máximo para intentar la conciliación del balance final y otros detalles del estado de cuenta será de quince (15) días a partir del día siguiente de la fecha de notificación de rechazo del estado de cuenta. (e) Si la conciliación no fuese exitosa el plazo máximo para que el Supervisor de Obras emita el certificado de pago será de quince (15) días a partir del día siguiente a la fecha de conclusión del periodo de conciliación. CGC 56.1 Los Manuales de operación y mantenimiento deberán presentarse a más tardar quince (15) días después de finalizadas las obras y serán responsabilidad del Contratista. Los planos actualizados finales deberán presentarse a más tardar quince (15) días después de finalizadas las obras y serán responsabilidad del Contratista. Por no cumplir con la presentación de los planos actualizados finales y/o los manuales de operación y mantenimiento en la fecha establecida en las CEC 56.1 retendrá el acta de recepción final. CGC 57.2 (11) El número máximo de días es de cuarenta y dos (42); consistente con la Sub cláusula 48.1 sobre liquidación por daños y perjuicios.

    APENDICE “A” OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

    • I)

      P R O C E D I M I E N T O P A R A ELABORAR EL PROGRAMA DE TRABAJO En consistencia con la Cláusula CEC 27, el Programa de trabajo que elabore el Contratista, debe contener por lo menos los aspectos siguientes:

      • 1)

        El sistema de programación debe estar basado en el método CPM (Critical Path Method), con indicación de ruta crítica, utilizando para ello el Ms Project o similar.

      • 2)

        Adjuntar la Metodología de Construcción. Como organizará los frentes de trabajo (dar información como: Cuántos frentes, ubicación de estos, funciones, equipo, personal y materiales para cada frente, etc.). Que supuestos ha considerado en el análisis de la programación de la obra. Estrategia a seguir cuando se dañe el equipo disponible.

      • 3)

        A n á l i s i s c l i m a t o l ó g i c o q u e determine la lluvia y el viento que puedan provocar atrasos en la ejecución del proyecto. El efecto del resultado de este análisis debe ser considerado en la determinación de la producción diaria para las actividades de obra que correspondan.

      • 4)

        Análisis de afectaciones prediales.

      • 5)

        Detallar en el programa de trabajo todas las actividades de obra de la Lista de Cantidades y Precios Unitarios de la Oferta manteniendo el mismo orden de dicha Lista. A s i m i s m o , d e t a l l a r c u a n d o corresponda las subactividades o procesos para llegar a obtener la actividad principal.

      • 6)

        Asignar el calendario de trabajo del proyecto con las inhabilitaciones que correspondan (feriados, vacaciones, días libres, etc.).

      • 7)

        R e l a c i o n a r l a s a c t i v i d a d e s asignándole los predecesores en el orden lógico y definir la ruta crítica. Se debe de minimizar el uso de delimitaciones o fechas fijas para las tareas y cuando se utilicen deberá acompañarse una explicación del porqué se ha considerado la delimitación.

      • 8)

        F i j a r l o s h i t o s o p r o d u c t o s entregables en fechas intermedias del plazo contractual. Cada hito debe ser el producto de un proceso y debe estar relacionado con las tareas que le preceden. Por tratarse de puntos de control del avance de

        las obras, se deberá indicar en el programa de trabajo, de manera clara las fechas en que estarán finalizados al 100% los hitos o metas.

      • 9)

        Acompañar una memoria de cálculo que muestre que las duraciones de las tareas han sido obtenidas a partir de los rendimientos de los recursos considerados. En la memoria se debe incluir una tabla de rendimientos de equipo y mano de obra para las actividades o conceptos de obra de mayor incidencia en costo y tiempo.

      • 10)

        Asignar costos en Lempiras a cada una de las actividades obra de la Lista de Cantidades y precios y en base a ello obtener el flujo de desembolso.

      • 11)

        El programa deberá ser impreso en tamaño carta o legal y estará compuesto por los siguientes documentos:

        • a)

          Diagrama de Gantt que muestre las duraciones, fechas de inicio y fin y predecesores.

        • b)

          Flujo de Caja por mes calendario de todo el plazo de ejecución.

      • 12)

        Una vez revisado el Programa de Trabajo y hechos los ajustes requeridos por el Supervisor y el Contratante (Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC), a los cuales está obligado el Contratista, deberá grabarse la línea base y ser oficializado mediante las firmas del Supervisor y el Contratista y enviarle una copia al Contratante en forma impresa y digital modificable.

    • II)

      P R O C E D I M I E N T O P A R A LA ACTUALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE TRABAJO En consistencia con la Cláusula CEC 27.1, el procedimiento para actualizar el Programa de Trabajo y darle seguimiento, será como sigue:

      • 1)

        El Contratista deberá analizar junto con el Supervisor y la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC las razones de los desfases si los hubiere y dará las soluciones para recuperarlos. Tales razones deben ser registradas en el Programa de Trabajo, haciendo uso de la herramienta “notas” del Ms Project en cada una de las actividades de obra que hayan sido afectadas.

      • 2)

        Si las razones de los desfases no son imputables al Contratista se deberá hacer una reprogramación, analizando cada ítem afectado h a c i é n d o l e l o s c a m b i o s d e

        programación que procedan y determinar si se afecta o no la ruta crítica.

      • 3)

        E n e l c a s o d e t e n e r q u e reprogramarse la obra por razones imputables al Contratista, se procederá como sigue:

        • a)

          Mantener la duración total de la obra dentro del plazo contractual.

        • b)

          Las actividades ejecutadas se mantendrán con las fechas de inicio y fin reales de ejecución.

        • c)

          A las actividades pendientes de ejecutar se les harán las modificaciones, dándoles las duraciones de tal manera de no afectar la ruta crítica, por lo que de ser necesario para mejorar el rendimiento deberán aumentarse los recursos. En todo lo que aplique se deberá cumplir con el mismo procedimiento indicado en el numeral II de este Apéndice.

      • 4)

        La fecha de presentación del programa actualizado (en forma impresa y digital modificable) será el indicado en la Cláusula CEC 27.3 del Contrato. La forma digital puede ser remitida por correo electrónico al Supervisor y al Contratante (Dirección de Control y Seguimiento).

    • III)

      PROCEDIMIENTO PARA LA PRÓRROGA DEL PLAZO PREVISTO DE TERMINACIÓN En consistencia con la Cláusula CEC 28, el procedimiento para aprobar una Prórroga del plazo previsto de terminación, será como sigue:

      • 1)

        El Contratista presentará una carta de solicitud al Supervisor con copia a la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC, acompañando las evidencias que justifiquen el tiempo solicitado y una reprogramación que muestre como ha sido afectada la ruta crítica, para lo cual debe justificar por cada actividad de obra, el cambio en la duración con respecto al Programa de Trabajo oficialmente aprobado; así mismo, debe dar las justificaciones en caso de hacer cambios en las actividades predecesoras y en las fechas de inicio de cada actividad. El supervisor deberá realizar el análisis correspondiente y elaborar un dictamen de dicha solicitud en un plazo no mayor de 10 días posteriores al recibo de la solicitud.

      • 2)

        L a D i r e c c i ó n d e C o n t r o l y Seguimiento de la AMDC, previo dictamen del Supervisor deberá

        analizar la solicitud y emitir una opinión dentro del plazo establecido en las CEC 28.2 del contrato a partir del recibo de la copia de dicha solicitud. La Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC deberá remitir este dictamen a la Gerencia de Licitaciones y Adquisiciones de la AMDC con copia al Contratista. La prolongación del plazo de ejecución de las obras establecido en el contrato de construcción se hará de acuerdo a un estudio del Programa de Trabajo del Proyecto y la ampliación en plazo estará en función del tiempo en que resulte afectada la Ruta Crítica.

      • 3)

        La Gerencia de Licitaciones y Adquisiciones de la AMDC procesará, y procederá a elaborar suscribir la Modificación de contrato para formalizar la ampliación de plazo.

      • 4)

        El programa de trabajo actualizado con la ampliación de plazo aprobada, será formalizado con las firmas de los representantes del Contratista, el Supervisor y la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC.

    • IV)

      DESGLOSE DE PRECIOS UNITARIOS En consistencia con la Cláusula CEC 38, se requiere que el análisis de precios unitarios cumpla con lo siguiente:

      • 1)

        El costo directo del análisis de precios unitarios debe estar clasificado en tres componentes, cada uno por separado: (

        • 1)

          los materiales con el detalle del impuesto por separado, (

        • 2)

          la mano de obra; y, (

        • 3)

          el equipo y herramientas.

      • 2)

        Materiales.- Debe detallarse todos los materiales involucrados en la actividad, los rendimientos y el precio por unidad de cada material. El precio por unidad debe ser puesto en obra y debe estar soportado por la respectiva cotización. Se debe acompañar un desglose separado del precio por unidad del material, cuando éste no sea igual al reflejado en la cotización.

      • 3)

        Mano de Obra.- Debe detallarse toda la mano de obra por categoría, los rendimientos en horas-hombre y el precio por cada hora-hombre incluyendo todas las cargas sociales que correspondan.

      • 4)

        Equipo.- Debe detallarse los diferentes tipos de equipo a ser utilizados en la actividad, los rendimientos en horas y el precio por cada hora. La tarifa horaria de cada equipo considerado, debe

        estar respaldada por el respectivo desglose.

      • 5)

        Los rendimientos deben indicar cuantas horas-hombre de mano de obra, horas-máquina y cantidad de material, se requieren para construir una unidad de la actividad a que corresponda el análisis de precios. El rendimiento debe ser expresado en cantidades, no en porcentaje.

      • 6)

        Costos Indirectos.- Se debe presentar una memoria de cálculo detallada de donde se obtuvo el factor de sobrecosto (gastos generales y utilidad).

      • 7)

        Se debe desglosar por separado el valor correspondiente a todos los impuestos que manda la ley hondureña.

      • 8)

        El orden de presentación de las fichas de costos debe ser igual al orden de los conceptos de obra detallados en la Lista de Cantidades. Estos análisis servirán de base para cualquier ajuste, ponderación o cálculo que se requiera realizar durante la ejecución del proyecto, por lo cual la información suministrada deberá ser cuidadosamente analizada por el Contratista y apegada a las condiciones reales del trabajo requerido. Así mismo serán utilizados para formular los costos de los trabajos por obra no prevista. Si las fichas de costos no son presenta d a s e n l a f o r m a a q u í estipulada, el Contratante se reserva el derecho de hacer la interpretación que a su juicio sea la más adecuada para ser utilizada en cualquier análisis que se requiera durante la ejecución del proyecto. V. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS Y EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE TERMINACIÓN DE LA OBRAS. En consistencia con la Cláusula CEC 54 y 55, cuando las obras estén listas para ser recepcionadas el Supervisor preparará un informe donde conste la fecha de terminación de los trabajos y la siguiente información: a. Los resultados de la inspección física de las obras ejecutadas. b. Los resultados de las pruebas requeridas, si las hay, previo a la recepción de las obras. c. Los resultados de la constatación de posibles imperfecciones o defectos de construcción. d. Los resultados de la constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal.

        e. Los resultados de la constatación relacionada con la terminación de los trabajos que estuvieran incompletos. f. Visto bueno de las empresas d e s e r v i c i o s p ú b l i c o s correspondiente, en el caso de obras de Redes. g. O de las cantidades de obra finales ejecutadas con el respectivo monto final. Este informe debe ser presentado a la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC, a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles después de finalizada las actividades pendientes, si las hay o, si no las hay, después de recibida la notificación del Contratista de haber finalizado los trabajos. Después de recibido el informe del Supervisor, la AMDC nombrará una Comisión de Recepción para que haga la verificación de los trabajos y del informe del Supervisor. Cuando la Comisión apruebe el informe, será suscrito el Certificado de Terminación de las Obras por los representantes del Contratista, el Supervisor, la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC y por los Miembros de la Comisión de Recepción. VI. EQUIPO El Contratista está obligado a mantener el equipo esencial para la ejecución de los trabajos de acuerdo al Programa de trabajo, en la misma o mejor condición o estado que la ofrecida, debiendo requerir de la autorización del Supervisor y la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC para retirarlo del proyecto. En caso de que el equipo del Contratista no estuviese en buenas condiciones, con la simple instrucción del Supervisor deberá retirarlo del proyecto y sustituirlo por otro en buen estado de funcionamiento en un término no mayor del requerido para que la actividad en ejecución no se desfase. VII. USO DE BITÁCORA En consistencia con la Cláusula CEC 23, el uso frecuente de la bitácora es obligatorio tanto por el Contratista como por el Supervisor y el representante de la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC. La custodia de la bitácora corresponde al Supervisor y siempre debe estar disponible para las partes involucradas en el Proyecto. Le corresponde al Supervisor hacer el cierre de la Bitácora cuando finalice el Proyecto.

        V I I I . O B L I G A C I Ó N D E L CONTRATISTA DE COMUNICAR SOBRE CUALQUIER ERROR E N L O S D O C U M E N T O S CONTRACTUALES El Contratista está obligado a informar al Supervisor y a la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC de cualquier error que encuentre en los documentos, planos o especificaciones o cualquier hecho o circunstancia que pueda afectar la calidad, tiempo o costo de los trabajos a ser ejecutados bajo el contrato, con el propósito de tomar oportunamente las medidas correctivas que correspondan. La comunicación debe hacerla a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que haga el descubrimiento. El incumplimiento de esta obligación por parte del Contratista lo hará responsable de los perjuicios que se generen en su contra o en contra del Contratante. I X . Ó R D E N E S D E C A M B I O (VARIACIONES) En consistencia con las Cláusulas CEC 39 del Contrato, los documentos requeridos para conformar una Orden de Cambio son los Siguientes:

        • a)

          Generales del Proyecto: Se deben Indicar todos los datos relevantes correspondientes al contrato de ejecución de la obra.

        • b)

          Resumen Orden de Cambio ( r e s u m e n d e a c t i v i d a d e s propuestas y costos).

        • c)

          El Proyecto (Descripción del Proyecto).

        • d)

          Justificación y Obra Propuesta para la Orden de Cambio.

        • e)

          Cuadro de la Orden de Cambio

        • f)

          M e m o r i a d e C á l c u l o d e Cantidades de Obra.

        • g)

          F i c h a s d e C o s t o U n i t a r i o ( c o r r e s p o n d i e n t e s a l a s actividades nuevas).

        • h)

          Especificaciones Técnicas ( c o r r e s p o n d i e n t e s a l a s actividades nuevas).

        • i)

          Planos.

        • j)

          Fotografías.

        • k)

          Copias de Bitácora.

        • l)

          Nota de aprobación de la supervisión. X. P R O C E D I M I E N T O P A R A M O D I F I C A C I Ó N D E CONTRATO POR ORDEN DE CAMBIO En el marco de la Cláusula CEC 39, del Contrato, el procedimiento para formalizar una Modificación de Contrato será el siguiente: 1. El supervisor revisará y analizará las Órdenes de Cambio y emitirá un informe conteniendo el dictamen

          de aprobación y lo enviará a la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC, acompañando las evidencias que justifiquen el cambio de cada una de las actividades y de ser necesario una reprogramación en caso que sea afectada la ruta crítica. El Informe del supervisor incluirá lo siguiente:

          • 1)

            Antecedentes

          • 2)

            Cambios

          • 3)

            Justificación de los Cambios

          • 4)

            Dictamen técnico, financiero y legal sobre la procedencia de la orden de cambio

          • 5)

            Anexos: 5.1 Fotografías 5.2 Cuadro de lista de cantidades, donde se reflejen de Xn1 a Xnx las órdenes de cambio y/o modificaciones en columnas separadas, incluir en este cuadro una columna con el avance porcentual financiero y físico de cada una de las actividades al momento de hacer la solicitud de orden de cambio en aquellas actividades que se consideran más relevantes. 5.3 Cronograma actualizado (con análisis de afectación de ruta crítica). 5.4 Para actividades nuevas, un análisis de precios. 5.5 Especificaciones y planos (si aplica) de las actividades nuevas, además de la memoria de cálculo. 2. L a D i r e c c i ó n d e C o n t r o l y Seguimiento de la AMDC, deberá analizar la Orden de Cambio y el dictamen e informe del supervisor y emitir una aprobación para luego remitir la solicitud de Modificación de Contrato a la Gerencia de Licitaciones y Adquisiciones de la AMDC. En caso de requerirse una ampliación en el plazo previsto para la terminación de las obras como resultado de la aprobación de la Orden de cambio deberá acompañarse de los documentos establecidos en el Apartado III de este ÁPENDICE. L a D i r e c c i ó n d e C o n t r o l y Seguimiento remitirá la solicitud de Modificación acompañada de la orden de cambio y el informe del supervisor. 3. La Gerencia de Licitaciones y Adquisiciones de la AMDC p r o c e s a r á y s u s c r i b i r á l a Modificación de contrato para formalizar la Orden de Cambio. XI. R E Q U I S I T O S E M P R E S A CONSTRUCTORA PARA PAGO DE ANTICIPO En el marco de la Cláusula CEC 50, los contratistas deben respetar el orden

            y los requisitos de todos documentos enumerados a continuación, su forma de presentación debe ser encuadernada con su ORIGINAL junto con un juego de COPIA ADICIONAL:

            • 1)

              Solicitud para trámite de anticipo, indicando nombre del proyecto, N° de contrato, código y monto. Dirigido al Director de Control y Seguimiento.

            • 2)

              Documentación Requerida: a. Recibo de cobro normal en hoja membretada del contratista, el recibo debe presentarse por el monto neto a recibir. (Firmado y sellado).

            • 3)

              Información contractual y fianzas bancarias: a. Fotocopia del contrato. b. Fotocopia de Fianza de Anticipo c. F o t o c o p i a d e F i a n z a d e Cumplimiento.

            • 4)

              Información general: a.Copia del Documento Nacional de Identificación del representante legal. b. Copia de solvencia Municipal del representante legal. c. RTN Numérico del representante legal. d. RTN Numérico de la empresa e. Constancia de Pagos a Cuenta de la SAR. f. Permiso de Operación de la empresa. g. Constancia de Volumen de Ventas o copia del recibo de pago del banco (deberá estar al día). h. Constancia de inscripción de proyecto en la Cámara Hondureña de la Industria y de la Construcción. (CHICO). ORIGINAL primer pago o anticipo y en las subsiguientes estimaciones se adjuntará copia. XII.R E Q U I S I T O S E M P R E S A C O N S T R U C T O R A ESTIMACIONES En el marco de la Cláusula CEC 42, los contratistas deben respetar el orden y los requisitos de todos documentos enumerados a continuación, su forma de presentación debe ser encuadernada con su ORIGINAL junto con un juego de COPIA ADICIONAL: 1. Solicitud para trámite de estimación, indicando nombre del proyecto, N° de contrato, código, periodo y monto. Dirigido al Director de Control y Seguimiento. 1. Documentación Requerida: a. Recibo original de cobro (boleta de venta o factura) de acuerdo al nuevo régimen de facturación SAR, de estimación indicando periodo, nombre, número y Código del proyecto (en caso de haber

              solicitado anticipo, detallarlo) el recibo debe presentarse por el monto neto a recibir. (Firmado y sellado). b. Recibo de cobro normal en hoja membretada del contratista, (en caso de haber solicitado anticipo, desglosar las cantidades) el recibo debe presentarse por el monto neto a recibir. (Firmado y sellado). c. Cuadro de estimación. d. Estado financiero y físico del proyecto. e. Memoria de cálculo. f. Resumen fotográfico. (Físico mínimo 6 fotografías). g. Informe técnico del proyecto de la supervisión. h. Hojas de Bitácora (color Amarillas) i. C r o n o g r a m a a c t u a l i z a d o mensualmente. j. Cambios realizados en la estructura presupuestaria del proyecto. (Órdenes de cambio con su respectiva justificación de orden de cambio). k. En la última estimación deberá presentar el acta de recepción definitiva ORIGINAL. 2. Información contractual y fianzas bancarias: a. Fotocopia del contrato. a. Fotocopia de orden de inicio. (se deberá notificar por escrito a la Dirección la fecha en que iniciaran las obras y si será a cuenta y riesgo). b. Fotocopia de Fianza de Anticipo o nota de renuncia al anticipo cuando aplique, dirigido al Ing. Benjamín Bustamante (Director de Control y Seguimiento). c. F o t o c o p i a d e F i a n z a d e Cumplimiento. d. Fotocopia de fianza de calidad de obra (Último pago). 3. Información general: a. C o p i a d e l D o c u m e n t o Nacional de Identificación del representante legal. b. Copia de solvencia Municipal del representante legal. c. RTN Numérico del representante legal. d. RTN Numérico de la empresa. e. Constancia de Pagos a Cuenta de la SAR. f. Permiso de Operación de la empresa. g. Constancia de Volumen de Ventas o copia del recibo de pago del banco (deberá estar al día). h. Constancia de inscripción de proyecto en la cámara Hondureña de la Industria y de la Construcción (CHICO). ORIGINAL primer pago o anticipo y en las subsiguientes estimaciones se adjuntará copia.

              - 451 - Apéndice B LPuNO-001-AMDC-002-2025 Financiado con Fondos del convenio suscrito entre la Secretaría de la Mujer (SEMUJER) y la Alcaldía Municipal del Distrito Central PROYECTO : “CASA REFUGIO” Código No. SEM-001-2025 UBICADO EN : Municipio del Distrito Central, Francisco Morazán Item DESCRIPCIÓN Constructora MAC, S. de R.L. Unidad Cantidad Precio Unitario (LPS) Total Evaluado (LPS.) A OBRAS PRELIMINARES A.01 LIMPIEZA DEL TERRENO Global 1.00 L 9,321.80 L 9,321.80 A.02 TRAZADO Y MARCADO DE PLANTEL m2 2,091.70 L 251.68 L 526,439.06 A.03 CORTE DE TERRACERÍA m3 223.52 L 171.45 L 38,322.50 A.04 RELLENO DE TERRACERÍA m3 2,073.11 L 824.83 L 1,709,963.32

              - 452 - SUB-TOTAL OBRAS PRELIMINARES L 2,284,046.68 B SISTEMA ESTRUCTURAL B.01 ZAPATA CORRIDA ZC-1, 1.00X0.40M, 7#4 LONG INF., 8#4 LONG SUP., #4@0.17M TRANSVERSAL INFERIOR Y SUPERIOR, GRADO 60, F'C: 3,000PSI m 480.18 L 5,124.48 L 2,460,672.81 B.02 ZAPATA CORRIDA ZC-2, 0.60MX0.25M, 4#3 LONG INF. Y SUP., #3@0.15M TRANSVERSAL INF. Y SUP., GRADO 60, F'C: 3,000PSI m 184.02 L 1,375.93 L 253,198.64 B.03 ZAPATA CORRIDA ZC-3, 0.60MX0.2M, 4#3 LONG INF., #3@0.15M TRANSVERSAL INF., GRADO 60, F'C: 3,000PSI m 41.95 L 1,111.56 L 46,629.94 B.04 ZAPATA AISLADA ZA-1, 1.50X1.50X0.35, 8#4 A.S. GRADO 60, F'C: 4000PSI Unidad 2.00 L 7,635.01 L 15,270.02 B.05 ZAPATA COMBINADA ZA-2, 2.80X1.30X0.35, 7#4 LONG., #4@16CM TRANS. INFERIOR Y SUPERIOR, GRADO 60, F'C: 4000PSI Unidad 2.00 L 15,704.32 L 31,408.64 B.06 ZAPATA AISLADA ZA-3, 2.30X2.30X0.50, 17#4 A.S., GRADO 60, F'C: 4000PSI Unidad 1.00 L 25,872.85 L 25,872.85 B.07 ZAPATA AISLADA ZA-4, 2.30X2.30X0.50, 17#4 A.S. INFERIOR Y SUPERIOR, GRADO 60, F'C: 4000PSI Unidad 1.00 L 32,158.24 L 32,158.24 B.08 SOBRE-ELEVACIÓN BLOQUE DE 6" 1#3@20CM VERTICAL, 1#3@40CM HORIZONTAL, GRADO 60, F'C: 3,000PSI m2 720.27 L 1,589.28 L 1,144,710.71 B.09 SOBRE-ELEVACIÓN BLOQUE DE 6" 1#4@20CM VERTICAL, 1#3@20CM HORIZONTAL, GRADO 60, F'C: 3,000PSI m2 147.22 L 1,876.95 L 276,324.58 B.10 VIGA DE CIMENTACIÓN CV-1, 15X25, 4#4, ANILLOS #3@10CM GRADO 60, F'C: 3,000PSI m 480.18 L 1,093.92 L 525,278.51 B.11 COLUMNA C-1, 15X15, 4#4, ANILLOS #3@15CM GRADO 60, F'C: 3000PSI m 500.60 L 804.04 L 402,502.42 B.12 COLUMNA C-2, 25X25, 4#5, ANILLOS #3@15CM GRADO 60, F'C: 3000PSI m 26.53 L 1,725.40 L 45,774.86 B.13 COLUMNA C-3, 15X35, 6#4, ANILLOS #3@15CM GRADO 60, F'C: 3000PSI m 46.04 L 1,730.01 L 79,649.66 B.14 COLUMNA C-4, 15X50, 6#4, 2 ANILLOS #3@15CM GRADO 60, F'C: 3000PSI m 6.50 L 2,214.81 L 14,396.27 B.15 COLUMNA C-5, 20X20, 4#4, ANILLOS #3@15CM GRADO 60, F'C: 3000PSI m 25.58 L 1,861.31 L 47,612.31

              - 453 - B.16 COLUMNA C-6, 15X25, 4#4, ANILLOS #3@15CM GRADO 60, F'C: 3000PSI m 73.12 L 1,240.71 L 90,720.72 B.17 COLUMNA C-7, 35X25, 9#4, 2 ANILLOS #3@15CM GRADO 60, F'C: 3000PSI m 6.50 L 2,221.11 L 14,437.22 B.18 COLUMNA C-8, 35X35, 8#5, ANILLOS #3@15CM GRADO 60, F'C: 4000PSI m 21.60 L 2,874.84 L 62,096.54 B.19 COLUMNA C-9, 35X45, 14#5, ANILLOS #3@15CM GRADO 60, F'C: 4000PSI m 10.80 L 3,898.27 L 42,101.32 B.20 VIGA 15X25CM, 4#4, ANILLOS #3@10CM, GRADO 60, F'C: 3000PSI m 19.55 L 1,440.04 L 28,152.78 B.21 VIGA 15X30CM, 4#4, ANILLOS #3 @6CM Y ANILLOS #3 @12CM, GRADO 60, F'C: 3000PSI m 319.00 L 1,470.39 L 469,054.41 B.22 VIGA 15X30CM, 4#4, ANILLOS #3@6CM Y ANILLOS #3@13CM, GRADO 60, F'C: 3000PSI m 17.20 L 1,463.53 L 25,172.72 B.23 VIGA 15X30CM, 4#4, 2 BASTONES #4, ANILLOS #3 @4CM, ANILLOS #3 @9CM, ANILLOS #3@5CM, ANILLOS #3 @10CM, GRADO 60, F'C: 3000PSI m 17.40 L 1,683.45 L 29,292.03 B.24 VIGA 15X30CM, 4#4, ANILLOS #3 @6CM, ANILLOS #3 @12CM, ANILLOS #3 @8CM, GRADO 60, F'C: 3000PSI m 22.90 L 1,440.96 L 32,997.98 B.25 VIGA 15X30, 4#4, BASTONES 2#4 + 1 BASTÓN #4, BASTONES 2#4 + 3 BASTONES #4, BASTONES 2#4 + 1 BASTÓN #4, ANILLOS #3 @6CM, ANILLOS #3 @12 CM, ANILLOS #3 @5CM, ANILLOS #3 @8CM, GRADO 60, F'C: 3000PSI m 32.40 L 2,324.99 L 75,329.68 B.26 VIGA 20X30CM, 4#4, ANILLOS #3 @6CM, ANILLOS #3 @12 CM, GRADO 60, F'C: 3000PSI m 39.32 L 1,718.97 L 67,589.90 B.27 VIGA 20X30, 6#4, BASTONES 3#4 + 1 BASTÓN #4, BASTONES 3#4 + 1 BASTÓN #4, ANILLOS #3 @6CM, ANILLOS #3 @12 CM, ANILLOS #3 @9CM, GRADO 60, F'C: 3000PSI m 15.23 L 1,880.38 L 28,638.19 B.28 VIGA 20X45, 6#5, ANILLOS #3@15CM, GRADO 60, F'C: 4000PSI m 36.27 L 2,077.58 L 75,353.83 B.29 LOSA DE CONCRETO E=25CM, #5@15CM TRANS. INFERIOR, #5@15CM LONG. INFERIOR, #4@15CM A.S. GRADO 60, F'C: 4000PSI m2 58.29 L 5,111.67 L 297,959.24 B.30 LOSA DE CONCRETO E=12CM, #3@15CM A.S. GRADO 60, F'C: 3000PSI m2 4.73 L 2,902.79 L 13,730.20

              - 454 - B.31 EXCAVACIÓN, RELLENO DE MATERIAL SELECTO Y RELLENO DE MATERIAL DEL SITIO Global 1.00 L320,198.75 L 320,198.75 SUB-TOTAL SISTEMA ESTRUCTURAL L 7,074,285.97 C OBRA GRIS C.01 PARED DE BOQUE DE 6" 1#3@40cm, ACERO GR. 60KSI m2 2,711.98 L 1,421.28 L 3,854,482.93 C.02 REPELLO DE PARED DE BLOQUE DE 6" m2 2,019.50 L 226.08 L 456,568.56 C.03 PULIDO DE PARED DE BLOQUE DE 6" m2 2,019.50 L 159.31 L 321,726.55 C.04 FIRME DE CONCRETO SIMPLE, E=0.10m. m2 892.16 L 784.48 L 699,881.68 SUB-TOTAL OBRA GRIS L 5,332,659.72 D ACABADOS D.01 PARED DOBLE DE TABLA YESO m2 22.77 L 952.75 L 21,694.12 D.02 PAREDES CON MARCO DE ALUMINIO, VIDRIO TEMPLADO Y SANDBLASTING m2 9.12 L 6,096.00 L 55,595.52 D.03 PISO DE TERRAZO PARA INTERIOR DE 0.40 X 0.40 cm (COLOR MICRO OCEANO) m2 674.02 L 1,731.23 L 1,166,883.64 D.04 ZOCALO DE PISO DE TERRAZO PARA INTERIOR (COLOR MICRO OCEANO) m 256.50 L 618.81 L 158,724.77 D.05 PISO DE TERRAZO PARA EXTERIOR DE 0.30 X 0.30 cm (COLOR MONACO BLANCO) m2 291.61 L 1,457.78 L 425,103.23 D.06 ZOCALO DE PISO DE TERRAZO PARA EXTERIOR (COLOR MICRO OCEANO) m 205.72 L 570.88 L 117,441.43 D.07 ENCHAPE DE PORCELANATO COLOR BLANCO EN PAREDES DE BAÑOS DE 0.20x0.30 m, H=2.90 m (EN BAÑOS COMUNES) m2 61.19 L 1,815.16 L 111,069.64 D.08 ENCHAPE DE PORCELANATO COLOR BLANCO EN PAREDES DE BAÑOS DE 0.20x0.30 m, H=2.80 m (BAÑOS HABITACIONES) m2 235.48 L 1,815.16 L 427,433.88 D.09 SISADO EN PAREDES m 7.65 L 174.63 L 1,335.92

              - 455 - D.10 SUM/APLICACIÓN DE PINTURA ACRILICA COLOR HERON PLUME (SW 6070) m2 2,019.50 L 213.27 L 430,698.77 D.11 BORDILLO PARA DUCHA m 9.45 L 1,117.78 L 10,563.02 D.12 CERAMICA ANTIDERRAPANTE PARA BAÑO m2 56.70 L 1,404.62 L 79,641.95 SUB-TOTAL ACABADOS L 3,006,185.89 E PUERTAS Y VENTANAS E.01 P-1 (PUERTA PRINCIPAL) MURO CORTINA CON UNA PUERTA ABATIBLE DE VIDRIO LAMINADO DOBLE HOJA DE 2.00 x 2.10m., CON 2 CUERPOS DE VENTANA FIJA DE 2.10 x 1.00m. Y 4 CUERPOS FIJOS DE 0.50 x 1.00 m Unidad 1.00 L 24,130.00 L 24,130.00 E.02 P-2 PUERTA METALICA ABATIBLE DE UNA HOJA CON ACABADO TIPO MADERA DE 1.00 x 2.10 m. Unidad 10.00 L 17,145.00 L 171,450.00 E.03 P-2 PUERTA METALICA ABATIBLE DE UNA HOJA CON ACABADO TIPO MADERA DE 1.00 x 2.10 m. Unidad 5.00 L 17,145.00 L 85,725.00 E.04 P-4 PUERTA METALICA ABATIBLE DE UNA HOJA CON ACABADO TIPO MADERA DE 0.90 x 2.10m. Unidad 24.00 L 15,875.00 L 381,000.00 E.05 P-5 PORTON METALICO ABATIBLE DE DOBLE HOJA DE 8.00 x 2.50m. Unidad 1.00 L 61,305.44 L 61,305.44 E.06 P-6 PORTON METALICO ABATIBLE DE UNA HOJA DE 1.00 x 2.10m. Unidad 5.00 L 19,050.00 L 95,250.00 E.07 P-7 PUERTA DE VIDRIO LAMINADO ABATIBLE DE UNA HOJA CON SANDBLASTING DE 0.90 x 2.10m. Unidad 3.00 L 17,780.00 L 53,340.00 E.08 V-1 VENTANA CORREDIZA DE PVC Y VIDRIO LAMINADO DE 1.50 x 1.10m. Unidad 24.00 L 9,429.75 L 226,314.00 E.09 V-2 VENTANA CORREDIZA DE PVC Y VIDRIO LAMINADO DE 1.00 x 0.50m. (VENTANAS DE BAÑOS) Unidad 10.00 L 2,857.50 L 28,575.00 E.10 V-3 VENTANA CORREDIZA DE PVC Y VIDRIO LAMINADO DE 2.50 x 0.50 m. Unidad 2.00 L 7,143.75 L 14,287.50 E.11 V-4 VENTANA FIJA DE PVC Y VIDRIO LAMINADO DE 21.00 x 0.90m. Unidad 1.00 L108,013.50 L 108,013.50 E.12 V-5 VENTANA CORREDIZA DE PVC Y VIDRIO LAMINADO DE 17.10 x 0.90m. Unidad 1.00 L 87,439.50 L 87,439.50

              - 456 - E.13 V-6 VENTANA CORREDIZA DE PVC Y VIDRIO LAMINADO DE 5.00 x 1.50m. Unidad 1.00 L 42,862.50 L 42,862.50 E.14 V-7 VENTANA CORREDIZA DE PVC Y VIDRIO LAMINADO DE 1.00 x 1.10m. Unidad 1.00 L 5,715.00 L 5,715.00 E.15 SUM/INST. DE BALCONES METÁLICOS EN VENTANAS V2 (VENTANAS DE BAÑOS) DE 0.64x1.14m. Unidad 9.00 L 3,690.97 L 33,218.73 E.16 BARANDALES METÁLICOS (EN RAMPAS) m 22.14 L 3,749.81 L 83,020.79 SUB-TOTAL PUERTAS Y VENTANAS L 1,501,646.96 F TECHOS F CUBIERTA DE TECHO (TECHO GRANDE) F.1 CUBIERTA DE TECHO DE LAMINA DE ALUZINC CAL. 26 (TECHO GRANDE) m2 318.18 L 821.49 L 261,381.69 F.A ESTRUCTURA DE TECHO (TECHO GRANDE) F.A.1 CANALETA DOBLE 2"X6"X1/16" (TECHO GRANDE) m 1,000.78 L 2,650.17 L 2,652,237.13 F.A.2 TUBO 6"X6"X1/4" A-36 (TECHO GRANDE) m 141.58 L 5,421.38 L 767,558.98 F.A.3 SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE CAPOTE DE ALUZINC, CALIBRE 26 (TECHO GRANDE) m 31.00 L 515.91 L 15,993.21 F.B CUBIERTA Y ESTRUCTURA DE TECHO (TECHO DORMITORIOS) F.B.1 CUBIERTA DE TECHO DE LAMINA DE ALUZINC CAL. 26 (TECHO DORMITORIOS) m2 330.40 L 821.49 L 271,420.30 F.B.2 CANALETA DOBLE 2"X6"X1/16" (TECHO DORMITORIOS) m 672.76 L 2,404.87 L 1,617,900.34 F.B.3 CANAL DE AGUAS LLUVIAS DE PVC m 78.00 L 579.52 L 45,202.56 SUB-TOTAL TECHOS L 5,631,694.21 G ACCESORIOS SANITARIOS G.1 SUM/INST. DE MAMPARA DE ACERO CON RECUBRIMIENTO EN POLVO m2 19.60 L 10,160.00 L 199,136.00

              - 457 - G.2 CONSTRUCCION DE MUEBLE PARA LAVAMANOS E=10CM FC=3000 PSI #3@15CM A.S. ACABADO LISO AFINANDO SUPERFICIE m 5.95 L 5,956.12 L 35,438.91 G.3 SUM/INST. DE DUCHA SENCILLA (INCLUYE ACCESORIOS) Unidad 10.00 L 1,177.93 L 11,779.30 G.4 SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE GRIFOS PARA LAVAMANOS (INCLUYE ACCESORIOS) Unidad 18.00 L 2,147.90 L 38,662.20 G.5 SUM/INST. DE SERVICIO SANITARIO (INCLUYE ACCESORIOS) Unidad 13.00 L 11,529.55 L 149,884.15 G.6 SUM/INST. DE SERVICIO SANITARIO PARA DISCAPACITADOS (INCLUYE ACCESORIOS) Unidad 4.00 L 24,229.55 L 96,918.20 G.7 SUM/INST. DE LAVAMANOS DE PEDESTAL (INCLUYE ACCESORIOS) Unidad 11.00 L 7,640.65 L 84,047.15 G.8 SUM/INST. DE LAVAMANOS OVALADO BLANCO TIPO ECONOMICO EMPOTRADO (INCLUYE ACCESORIOS) Unidad 6.00 L 9,767.90 L 58,607.40 G.9 PILETA DE ASEO Unidad 2.00 L 4,846.22 L 9,692.44 G.10 MUEBLE DE CONCRETO Y LAVATRASTO PARA COCINA DE 0.60 M X 5.25 M, E=0.10 M F'C=3000 PSI 5#3 anillos #3@0.30m Unidad 1.00 L 28,795.24 L 28,795.24 SUB-TOTAL ACCESORIOS SANITARIOS L 712,960.99 H SISTEMA HIDROSANITARIO H.1 SISTEMA DE AGUA POTABLE Global 1.00 L101,600.00 L 101,600.00 H.2 SISTEMA DE AGUAS LLUVIAS Global 1.00 L 76,200.00 L 76,200.00 H.3 SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO INCLUYE BIODIGESTOR INCLUYE BIODIGESTOR Global 1.00 L190,500.00 L 190,500.00 SUB-TOTAL HIDROSANITARIOS L 368,300.00 H.4 CISTERNA H.4.1 TRAZADO Y MARCADO DE CISTERNA m 24.60 L 251.68 L 6,191.33 H.4.2 EXCAVACIÓN DE MATERIAL SEMI DURO (TIPO II) m3 152.13 L 698.50 L 106,262.81 H.4.3 CONCRETO DE LIMPIEZA e=5.00 cm, F’c=1,500 PSI m2 36.26 L 403.42 L 14,628.01

              - 458 - H.4.4 RELLENO Y COMPACTADO DE MATERIAL SELECTO PARA BASE m3 7.25 L 975.29 L 7,070.85 H.4.5 RELLENO Y COMPACTADO DE MATERIAL DEL SITIO m3 39.73 L 242.57 L 9,637.31 H.4.6 LOSA DE CONCRETO INFERIOR F'c=4,000 PSI, #4@0.15m A.S Fy 60KSI, e=0.25m m2 36.26 L 3,702.67 L 134,258.81 H.4.7 SOLERA V-3 0.2x0.30 4#5, 3#@0.15m F'c=4000 PSI, Fy= 60 KSI m 24.60 L 1,436.27 L 35,332.24 H.4.8 C-1, 0.2x0.20 4#5, 3#@0.20m F'c=4000 PSI, Fy= 60 KSI m 19.60 L 1,083.03 L 21,227.39 H.4.9 C-2, 0.2x0.30 4#5, 3#@0.20m F'c=4000 PSI, Fy= 60 KSI m 9.80 L 1,329.27 L 13,026.85 H.4.10 PARED DE BLOQUE REFORZADO DE 8" 1#5@0.2m VERTICAL; 1#3@0.20m HORIZONTAL F'c=4000 PSI, F'y= 60 KSI m2 47.47 L 3,282.59 L 155,824.55 H.4.11 SOLERA V-1 0.2X0.25 4#5, 3#@0.15M F'C=4000 PSI, FY= 60 KSI m 24.60 L 1,287.34 L 31,668.56 H.4.12 LOSA DE CONCRETO SUPERIOR F'c=4000 PSI, #4@0.15m A.S + BASTON #4@0.15m Fy 60KSI, e=0.25m m2 36.26 L 4,328.92 L 156,966.64 H.4.13 VIGA V-2 0.25x0.40 5#5, 3#@0.15m F'c=4000 PSI, Fy= 60 KSI m 9.00 L 2,288.59 L 20,597.31 H.4.14 SUMINISTRO E INSTALACION DE VALVULA COMPUERTA DE BR de 4" DE DIAMETRO. (INCLUYE ACCESORIOS HG SCH-40 y PVC SDR-26) Unidad 1.00 L 28,956.00 L 28,956.00 H.4.15 IMPERMEABILIZACION EN INTERIOR DE CISTERNA m2 143.19 L 729.69 L 104,484.31 H.4.16 IMPERMEABILIZANTE EN SOBREELEVACIÓN CON MATERIAL ASFALTICO m2 106.33 L 519.61 L 55,250.13 H.4.17 TUBERIA DE VENTILACION Global 1.00 L 5,273.24 L 5,273.24 H.4.18 TAPADERA DE CONCRETO 0.80X0.80 cm en ACCESO LOSA SUPERIOR F'C=4000 PSI Unidad 1.00 L 1,145.26 L 1,145.26 H.4.19 HIPOCLORADOR Unidad 1.00 L 15,092.91 L 15,092.91 H.4.20 SUMINISTRO E INSTALACION DE BOMBA PARA CISTERNA 5HP CON SUS ACCESORIOS global 1.00 L 63,500.00 L 63,500.00

              - 459 - SUB-TOTAL CISTERNA L 986,394.51 I COMPONENTE ELÉCTRICO I.1 COMPONENTE ELÉCTRICO INTERNO I.1.1 SUM/INST. DE CENTRO DE CARGA DE 42 ESPACIOS (INCLUYE BREAKER) Unidad 1.00 L 44,229.02 L 44,229.02 I.1.2 CIRCUITO DE ILUMINACIÓN (INCLUYE TUBERÍA PVC ELÉCTRICO C-20, 3/4”, CAJAS Y ACCESORIOS) m 880.00 L 669.06 L 588,772.80 I.1.3 CIRCUITO DE FUERZA 20A POLARIZADO (INCLUYE TUBERÍA PVC ELÉCTRICO C-20, 3/4” Y SUS ACCESORIOS) 120V. m 330.00 L 427.34 L 141,022.20 I.1.4 CIRCUITO DE FUERZA 50 A (INCLUYE TUBERÍA PVC ELÉCTRICO C-20, 1” Y SUS ACCESORIOS) 240V. m 65.00 L 689.66 L 44,827.90 I.1.5 CIRCUITO DE FUERZA 20 A, 120V (INCLUYE TUBERÍA PVC ELÉCTRICO C-20, 3/4” Y SUS ACCESORIOS) PARA BOMBAS DE AGUA m 100.00 L 388.69 L 38,869.00 I.1.6 SUM/INST. DE TOMACORRIENTE DE 20 A (INCLUYE SU CAJA Y TAPADERA) 120V. Unidad 74.00 L 514.03 L 38,038.22 I.1.7 SUM/INST. TOMACORRIENTE ESPECIAL DE 2 POLOS, 50 A, 240V (INCLUYE SU CAJA) Unidad 2.00 L 1,715.58 L 3,431.16 I.1.8 SUM/INST. TOMACORRIENTE DE 20A PARA EXTERIOR (INCLUYE SU CAJA Y TAPADERA) 120V. Unidad 6.00 L 1,090.61 L 6,543.66 I.1.9 SUM/INST. DE LÁMPARA DE TECHO TIPO PLAFÓN CUADRADO LED, 18W, ACABADO EN BLANCO. Unidad 13.00 L 2,462.72 L 32,015.36 I.1.10 SUM/INST. DE LÁMPARA DE INTERIOR LED PARA EMPOTRAR ACABADO BLANCO 72W, 6000K. Unidad 32.00 L 2,754.82 L 88,154.24 I.1.11 SUM/INST. DE PANEL 1X4, 38W, 6000K ACABADO EN BLANCO Unidad 35.00 L 4,272.47 L 149,536.45 I.1.12 SUM/INST. DE LÁMPARA DE TECHO TIPO PLAFÓN CUADRADO LED, 18W, ACABADO NEGRO LUZ CÁLIDA. Unidad 10.00 L 3,554.92 L 35,549.20 I.1.13 SUM/INST. DE LÁMPARA DE INTERIOR LED PARA EMPOTRAR 24W, LUZ DE DÍA ACABADO EN BLANCO. Unidad 3.00 L 2,246.82 L 6,740.46 I.1.14 SUM/INST. DE LÁMPARA COLGANTE DE INTERIOR LED ATENUABLE 40W, LUZ BLANCA NEUTRA. Unidad 6.00 L 4,615.37 L 27,692.22

              - 460 - I.1.15 SUM/INST. DE LÁMPARA DE PARED PARA EXTERIOR ACABADO GRIS 60W. Unidad 10.00 L 3,262.82 L 32,628.20 I.1.16 SUM/INST. DE LÁMPARA POSTE DE EXTERIOR ACABADO NEGRO 60W. Unidad 6.00 L 9,524.43 L 57,146.58 I.1.17 SUM/INST. DE INTERRUPTOR SENCILLO (INCLUYE SU CAJA) Unidad 48.00 L 701.99 L 33,695.52 I.1.18 SUM/INST. DE INTERRUPTOR DOBLE (INCLUYE SU CAJA) Unidad 2.00 L 836.61 L 1,673.22 I.1.19 SUM/INST. DE INTERRUPTOR DE 3 VÍAS PARA CIRCUITO VAIVEN (INCLUYE SU CAJA) Unidad 8.00 L 925.51 L 7,404.08 I.1.20 CIRCUITOS VAIVEN m 80.00 L 669.06 L 53,524.80 I.1.21 BAJANTES CON CABLE TSJ 2X14 PARA LÁMPARAS m 80.00 L 79.66 L 6,372.80 I.1.22 CIRCUITO VAIVEN DE PASILLO EXTERIOR DE PERGOLAS m 50.00 L 669.06 L 33,453.00 I.2 COMPONENTE ELÉCTRICO EXTERNO I.2.1 SUM/INST. DE LÁMPARA SUBURBANA LED ACABADO GRIS, 6000K, 60W (INCLUYE BRAZO CABLE Y TUBO ESTRUCTURAL METÁLICO 4”X4”) Unidad 6.00 L 9,769.50 L 58,617.00 I.2.2 CIRCUITO DE ALIMENTACIÓN PARA CENTRO DE CARGA 42 ESPACIOS (INCLUYE TUBERÍA PVC ELÉCTRICO C-20, 1-1/4” Y SUS ACCESORIOS) m 18.00 L 1,136.80 L 20,462.40 I.2.3 CIRCUITO DE ALIMENTACIÓN PARA BASE DE MEDIDOR (INCLUYE TUBERÍA EMT 1-1/4” Y ½” Y SUS ACCESORIOS) m 4.00 L 2,087.88 L 8,351.52 I.2.4 SUM/INST. DE BASE PARA MEDIDOR (CONTADOR) CUADRADA 1PH, 200 A, 4 TERMINALES. Unidad 1.00 L 10,161.78 L 10,161.78 I.2.5 SUM/INST. DE ACOMETIDA CALIBRE 1/0 (INCLUYE CONECTORES) m 20.00 L 831.73 L 16,634.60 I.2.6 CIRCUITO DE ILUMINACIÓN VÍA SUBTERRÁNEA (INCLUYE TUBERÍA PVC ELÉCTRICO C-20, 3/4”, CAJAS Y ACCESORIOS) m 140.00 L 669.06 L 93,668.40 I.3 ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS ELECTRICAS I.3.1 DADO DE CONCRETO 0.4X0.4X0.7M CONCRETO 3000PSI unidad 12.00 L 1,120.53 L 13,446.36

              - 461 - SUB-TOTAL SISTEMA ELECTRICO L 1,692,662.15 J OBRAS EXTERIORES J.1 ACERA DE CONCRETO 3,000 PSI, E=0.10 m. m2 32.35 L 934.53 L 30,232.05 J.2 BORDILLO DE CONCRETO DE 0.15m. x 0.15m DE 3,000PSI, VARILLA CORRUGADA #3@0.20 CMS m 96.71 L 539.74 L 52,198.26 J.3 GRAMA SAN AGUSTIN m2 311.42 L 705.87 L 219,822.04 J.4 PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRAULICO DE 4,000 PSI (AREA DE ACCESO Y ESTACIONAMIENTO) E=0.10 m m3 197.03 L 7,296.98 L 1,437,723.97 J.5 BORDILLO DE CONCRETO DE 0.10 M X 0.15 M PARA JARDINERAS m 68.08 L 382.94 L 26,070.56 J.6 SIEMBRA DE ARBUSTO IXORA m 16.00 L 1,079.50 L 17,272.00 SUB-TOTAL OBRAS EXTERIORES L 1,783,318.88 K JUEGOS INFANTILES K.1 SUM/INST. DE JUEGO DE 3 MECEDORES unidad 1.00 L 57,150.00 L 57,150.00 K.2 SUM/INST. DE DESLIZADOR GRANDE unidad 1.00 L 50,800.00 L 50,800.00 K.3 SUM/INST. DE SUBE Y BAJA DOBLE unidad 1.00 L 38,100.00 L 38,100.00 SUB-TOTAL JUEGOS INFANTILES L 146,050.00 SUB TOTAL DEL PROYECTO L. 30,520,205.96 ADMINISTRACION DELEGADA (4%) L. 1,220,808.24 TOTAL DEL PROYECTO L. 31,741,014.20

Notas

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