Contrato No. 3388/GLA/AMDC/2025 — Estudios, Diseños, Asistencia Técnica y Supervisión de las Inversiones en Medidas Estructurales y Medidas Verdes del Programa de Adaptación Urbana al Cambio Climático en Centro América – Componente Honduras
Municipalidad del Distrito Central (AMDC)
- Decreto: 3388/GLA/AMDC/2025
- Publicación: 16 de septiembre de 2026
- Órgano emisor: Municipalidad del Distrito Central (AMDC)
- Gaceta: 37,247
- Categoria: Ambiental
Resumen
Este contrato contrata a una empresa consultora para realizar estudios, diseños, asistencia técnica y supervisión de un programa de adaptación urbana al cambio climático en Honduras durante 17 meses, por L. 57,757,290.32. La consultora debe cumplir con estrictas normas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción, presentar garantías de cumplimiento y entregar todos los documentos al municipio.
Texto completo
CONTRATO No. 3388/GLA/AMDC/2025 “ESTUDIOS, DISEÑOS, ASISTENCIA TÉCNICA Y SUPERVISIÓN DE LAS INVERSIONES EN MEDIDAS ESTRUCTURALES Y MEDIDAS VERDES DEL PROGRAMA DE ADAPTACIÓN URBANA AL CAMBIO CLIMÁTICO EN CENTRO AMÉRICA – COMPONENTE HONDURAS” Concurso Público Nacional CPuNO-005-AMDC-051-2025 Este contrato se celebra entre: JORGE ALEJANDRO ALDANA BARDALES, mayor de edad, soltero, Licenciado en Periodismo, hondureño y de este domicilio, portador del Documento Nacional de Identificación Número 0801-1975- 02901, actuando en mi condición de Alcalde Municipal del Distrito Central, y en consecuencia Representante Legal de la Alcaldía Municipal del Distrito Central, nombrado para tal cargo mediante Acta de Juramentación número 001- GDFM-2022 de fecha veinticinco (25) de enero del año dos mil veintidós (2022), quien para los efectos legales de este contrato se denominará “EL CONTRATANTE” por una parte y ROBERTO ARISTIDES ANDINO BARAHONA, de nacionalidad hondureña, mayor de edad, portador del Documento Nacional de Identificación No. 0801-1950- 00603 y de este domicilio, quien actúa en su condición de Representante de la Sociedad Mercantil denominada ASOCIACIÓN DE CONSULTORES EN INGENIERÍA, S. DE R.L. (A.C.I., S. DE R.L.), representación que se acredita mediante Instrumento Publico No. 17 de fecha 01 de marzo del año 2017; autorizado por el Abogado y Notario Elda Guisela Molina Villanueva e inscrito bajo No. 39168, Matrícula No. 69877 del Registro Mercantil de Francisco Morazán Centro Asociado I.P., quien en lo sucesivo y para efectos de este contrato se denominará “EL CONSULTOR” por la otra parte; por cuanto El Contratante desea que El Consultor ejecute por su cuenta y riesgo el contrato “ESTUDIOS, DISEÑOS, ASISTENCIA TÉCNICA Y SUPERVISIÓN DE LAS INVERSIONES EN MEDIDAS ESTRUCTURALES Y MEDIDAS VERDES DEL PROGRAMA DE ADAPTACIÓN URBANA AL CAMBIO CLIMÁTICO EN CENTRO AMÉRICA – COMPONENTE HONDURAS”.- Concurso Público Nacional No CPuNO-005-AMDC-051-2025; en adelante denominado “Los Servicios” y El Contratante ha aceptado
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la oferta para la ejecución y terminación de dichas obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas; en consecuencia este contrato atestigua lo siguiente: CLÁUSULA PRIMERA: En este contrato las palabras y expresiones utilizadas, tendrán el mismo significado que en las respectivas Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante y las mismas se considerarán parte de este contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo. CLÁUSULA SEGUNDA: Los siguientes documentos constituyen parte integral del presente contrato, corren adjunto a este y serán leídos e interpretados en forma conjunta con el:
- a)
Las Condiciones Generales del Contrato.
- b)
Las Condiciones Especiales del Contrato.
- c)
Bases de la CONTRATACIÓN DIRECTA DE EMERGENCIA
- d)
Los Términos de Referencia
- e)
Carta de Presentación de la Propuesta, Propuesta Técnica y Propuesta Económica presentada por EL CONSULTOR en su Oferta
- f)
Acta de Negociación
- g)
La Notificación del Contratante al Consultor, de que se le ha adjudicado el Contrato; y,
- h)
Orden de Inicio
- i)
Garantía
- j)
Modificaciones al documento base si las hubieren
- k)
Anexos CLÁUSULA TERCERA: El Consultor por este medio se obliga a desarrollar los servicios de consultoría contratados con apego estricto a los documentos componentes del Contrato, de acuerdo con el programa de trabajo aprobado, en un plazo total de Diecisiete (17) meses. CLÁUSULA CUARTA: El consultor por este medio se obliga a emitir dictamen legal, técnico y financiero de previo a solicitar y aprobar todas las modificaciones y órdenes de cambio que se emitan durante la ejecución del contrato. CLÁUSULA QUINTA: El Contratante por este medio se compromete a pagar al Consultor como retribución por la ejecución y terminación de los servicios de consultoría y la subsanación de los defectos el precio del contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del contrato en el plazo y en la forma establecidas en este. CLÁUSULA SEXTA: El monto del contrato asciende a la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MILLÓNES S E T E C I E N TO S C I N C U E N TA Y S I E T E M I L DOSCIENTOS NOVENTA LEMPIRAS CON 32/100 (L. 57,757,290.32) EL CONSULTOR se obliga a llevar a cabo todos los trabajos de la consultoría y cumplir con todos los objetivos de la misma con el monto establecido en el presente contrato, sin embargo, para efectos de trabajos adicionales que solicite el Contratante se utilizará los costos unitarios establecidos en la tabla abajo descrita: (ver cuadro de Detalles del Costo anexo). CLÁUSULA SÉPTIMA: CLÁUSULA DE INTEGRIDAD. Las Partes, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y con la convicción de que evitando las prácticas de
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corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente a: 1.- Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las leyes de la República, así como los valores de: INTEGRIDAD, LEALTAD CONTRACTUAL, EQUIDAD, TOLERANCIA, IMPARCIALIDAD Y DISCRECIÓN CON LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL QUE MANEJAMOS, ABSTENIÉNDONOS DE DAR DECLARACIONES PÚBLICAS SOBRE LA MISMA. 2.- Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajos los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones públicas establecidos en la Ley de Contratación del Estado, tales como: Transparencia, igualdad y libre competencia. 3.- Que durante la ejecución del Contrato ninguna persona que actúe debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningún empleado o trabajador, socio o asociado, autorizado o no, realizar: a) Prácticas Corruptivas: Entendiendo estas como aquellas en la que se ofrece dar, recibir, o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la otra parte; b) Prácticas Colusorias: Entendiendo estas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo malicioso entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. 4.- Revisar y verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra parte, para efectos del Contrato y dejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este Contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y verificada, por lo que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad, para efectos de este Contrato. 5.- Mantener la debida confidencialidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del Contrato, y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines distintos. 6.- Aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Cláusula por Tribunal competente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que se incurra. 7.- Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados, del cual se tenga un indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los subcontratistas con los cuales el Contratista o Consultor contrate, así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquéllos. El incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará Lugar: a.- De parte del Contratista o Consultor: i. A la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele. ii. A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta Cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral y, en su caso entablar las acciones legales que correspondan. b. De parte del Contratante: i. A la eliminación definitiva (del Contratista o Consultor y a los subcontratistas responsables o que pudiendo hacerlo no denunciaron la
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irregularidad de su Registro de Proveedores y Contratistas que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación. ii. A la aplicación al empleado o funcionario infractor, de las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar. CLÁUSULA OCTAVA: CLÁUSULA RECORTE PRESUPUESTARIO, DECRETO No. 4-2025, Art. No.122 DGP del año vigente: En todo contrato financiado con fondos externos, la suspensión o cancelación del préstamo o donación, dará lugar a la rescisión o resolución del contrato, sin más obligación por parte del Estado, que el pago correspondiente a las obras o servicios ya ejecutados a la fecha de la rescisión o resolución del contrato. Igual medida se aplicará en los casos previstos en el artículo 39, párrafo primero de la Ley Orgánica del Presupuesto. CLÁUSULA NOVENA: CLÁUSULA PENAL. Las partes, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3B a la Ley de Contratación del Estado, aprobado mediante Decreto No. 266-2013 que contiene la Ley para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno, en la que se estipule la indemnización que se pagara en caso de incumplimiento de las partes, nos comprometemos libre y voluntariamente: 1) A mantener el más alto nivel de Lealtad y cumplimiento Contractual en la ejecución de los contratos de consultoría, bienes, servicios y obra pública. 2) Que si durante la ejecución del Contrato, este se resolviera por causas imputables: a) Al contratista la administración declarara de oficio y hará efectiva la garantía de cumplimiento cuando fuere firme el acuerdo correspondiente. b) A la administración de las cláusulas del contrato originará su resolución solo en los casos previstos en la Ley de Contratación del Estado, en tal caso el contratista tendrá derecho al pago de la parte de la prestación ejecutada y al pago de los daños y perjuicios que por tal causa se le ocasionaren. 3) En caso de que el Contratista no realice las actividades comprendidas en el contrato, en cuanto a la entrega de los bienes, servicios o la obra pública y no concluya las responsabilidades señaladas en el mismo en el plazo estipulado pagará al Órgano Contratante por daños y perjuicios, ocasionados por el incumplimiento una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los servicios, bienes y obra pública atrasados. Hasta alcanzar el máximo de lo establecido. 4) A aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Cláusula por Tribunal competente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que incurra, el Proveedor al no cumplir con la entrega de la totalidad o parte de las actividades, bienes, servicios y obra pública dentro del período especificado en el Contrato, sin perjuicio de los demás recursos que el Órgano Contratante tenga en virtud del Contrato, éste podrá deducir del precio del Contrato por concepto de liquidación de daños y perjuicios. 5) A la indemnización de perjuicios que se cause a cualquiera de las partes contratantes por incumplimiento de una de ellas en la ejecución del contrato. 6) el incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará lugar: a. De parte del Contratista o Consultor: A la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades
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que pudieren deducírsele. ii A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta Cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral, y en su caso entablar las acciones legales que correspondan. CLÁUSULA DÉCIMA: “CLÁUSULA ANTIFRAUDE Y PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN: El proveedor, contratista o consultor está obligada a observar las más estrictas normas legales durante el proceso de ejecución del contrato, de conformidad a lo siguiente: 1. A efecto de la presente cláusula, se definen las siguientes expresiones: a) “Práctica fraudulenta” cuando un funcionario o empleado público que, interviniendo por razón de su cargo en cualesquiera de las modalidades de contratación pública o en liquidaciones de efectos o haberes públicos, se concierta con los interesados o usa otro artificio para defraudar a cualquier ente público; b) “Prácticas coercitivas” significa hacer daño o amenazar de hacer daño, directa o indirectamente, a personas o a su propiedad para influir o para afectar la ejecución de un contrato; c) “Cohecho” también conocido como soborno, es cuando un funcionario o empleado público que, en provecho propio o de un tercero, recibe, solicita o acepta, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor, promesa o retribución de cualquier clase para realizar un acto propio de su cargo; d) “Extorsión o instigación al delito” quien con violencia o intimidación y ánimo de lucro, obliga o trata de obligar a otro a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o el de un tercero; e) “Tráfico de influencias” es cuando un particular influye en un funcionario o empleado público, prevaliéndose de cualquier situación derivada de su relación personal con éste o con otro funcionario o empleado público, para conseguir una resolución de naturaleza pública, que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio o ventaja indebidos de cualquier naturaleza para sí o para un tercero. 2. El Contratante, anulará el contrato, sin responsabilidad para el contratante, si se determina que el proveedor seleccionado para dicha adjudicación ha participado directamente o a través de un agente o representante, en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas o cualquier otra de las enunciadas en el numeral 1 de la presente cláusula, al competir por el contrato en cuestión. 3. El Contratante, anulará la adjudicación del contrato, sin responsabilidad para el contratante, si determina en cualquier momento que los representantes o socios del adjudicatario han participado en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias o coercitivas durante el proceso de licitación o de la ejecución de dicho contrato, y sin que el adjudicatario hubiera adoptado medidas oportunas y apropiadas y que el Contratante considere satisfactorias para corregir la situación. 4. El Contratante, notificará a la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) cuando las empresas o individuos incurran en estas faltas, una vez hayan agotado el procedimiento legal interno y cuenten con resolución firme emitida por la institución contratante, para lo cual la ONCAE deberá hacer las anotaciones en el
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Registro de Proveedores del Estado y determinar si se debe aplicar la sanción de suspensión del Registro de Proveedores de conformidad al procedimiento establecido en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 5. El ente contratante tendrá el derecho a exigir a los proveedores, contratistas o consultores o a quien éste designe, inspeccionar los registros contables, estados financieros y otros documentos relacionados con la ejecución del contrato y auditarlos por auditores designados por el Ente Competente, sin que medie objeción alguna por parte del proveedor, contratista o consultor. Asimismo, el proveedor, contratista o consultor, se adhiere, conoce, acepta y se compromete a: 1. Cumplir pacto de integridad que incluye el compromiso de prevenir o evitar prácticas fraudulentas, coercitivas, colusorias o cualquier otra de las enunciadas en el numeral 1 de la presente cláusula, con el fin de prevenir actividades corruptas e ilícitas, controlar que las partes cumplan con el contrato y compromiso asumido. 2. Conducirse en todo momento, tanto él como sus agentes, representantes, socios o terceros sujetos a su influencia determinante, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer acto ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas, tomando las medidas necesarias para asegurar que ninguna de las personas antes indicadas practiquen los actos señalados. 3. No dar soborno para el uso o beneficio de cualquier persona o entidad, con el fin de influir o inducir a un funcionario o servidor público, para obtener cualquier beneficio o ventaja indebida. 4. No usar el tráfico de influencias con el fin de obtener un beneficio o ventaja indebida para el instigador del acto o para cualquier otra persona.” EN TESTIMONIO de lo cual, las partes firmamos el presente Contrato en Dos Ejemplares Originales de conformidad con las leyes de la República de Honduras a los Veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil Veinticinco. Por y en nombre del Contratante Firmado: (F Y S)___________________________________ JORGE ALEJANDRO ALDANA BARDALES Alcalde Municipal del Distrito Central Por y en nombre del Consultor Firmado: (F Y S) ___________________________________ ROBERTO ARISTIDES ANDINO BARAHONA Representante Legal de la empresa ASOCIACIÓN DE CONSULTORES EN INGENIERÍA, S. DE R.L. (A.C.I., S. DE R.L.), RTN: 05019002265663 NCHZG
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Condiciones Generales del Contrato
- 1)
Definiciones 1.1 En el presente Contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación: (a) “Ley aplicable” significa las leyes y cualesquiera otras disposiciones que tengan fuerza de ley en el país del Contratante; (b)”Contrato” significa el acuerdo celebrado entre el Contratante y el Consultor, según consta en el formulario firmado por las partes, incluidos todos sus anexos y apéndices y todos los documentos incorporados a él por referencia; (c)”Precio del Contrato” significa el precio que él Contratante pagará al Consultor de conformidad con el Contrato en concepto del total cumplimiento de sus obligaciones contractuales; (d) “CGC” significa estas Condiciones Generales del Contrato; (e) “CEC” significa las Condiciones Especiales del Contrato; (f) “Parte” significa el Contratante o el Consultor, según el caso, y “Partes” significa el Contratante y el Consultor; (g) En el caso de que el Consultor sea una asociación en participación o grupos (joint venture) formada por varias firmas, “Integrante” significa cualquiera de ellas; “Integrantes” significa todas estas firmas, e “Integrante a cargo” significa la firma que se menciona en las CEC para que actúe en nombre de todas en el ejercicio de todos los derechos y obligaciones del Consultor ante el Contratante en virtud de este Contrato; (h) “El Contratante” es la entidad que contrata los servicios del Consultor; (i) “Consultor” es la firma, empresa o persona que ha de suministrar los servicios en virtud del Contrato; (j) “Subconsultor” es la firma o persona contratada por el Consultor para llevar a cabo parte de los servicios de consultoría; (k) “Servicios” significa el trabajo descrito en los términos de referencia que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato; (l) “Personal” significa los empleados contratados por el Consultor o por cualquier Subconsultor para la prestación de los Servicios o de una parte de los mismos; y, (m)”Moneda extranjera” significa cualquier moneda que no sea la del país del Contratante.
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- 2)
Ley que rige el Contrato 2.1 Este Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea entre las Partes se regirán por la ley del país a menos que se especifique otra cosa en las CEC.
- 3)
Idioma 3.1 Este Contrato se redactará en el idioma español. Por el se regirán obligatoriamente todos los asuntos relacionados con el mismo o con su significado o interpretación.
- 4)
Notificaciones 4.1 Toda notificación entre las partes en virtud del Contrato se hará mediante comunicación escrita, a la dirección indicada para tal fin en las CEC. La comunicación escrita comprende: Carta o correo electrónico; todas con confirmación de recibo por escrito.
- 5)
Lugar donde se prestarán los Servicios 5.1 Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en las CEC y, cuando en ellas no se especifique dónde haya de cumplirse una tarea en particular, en los lugares que el Contratante indique.
- 6)
Representantes autorizados 6.1 Los funcionarios indicados en las CEC podrán adoptar cualquier medida que el Contratante o el Consultor deba o pueda adoptar en virtud de este Contrato, y podrán firmar en nombre de éstos cualquier documento que, conforme a este Contrato, deba o pueda firmarse.
- 7)
Impuestos y derechos 7.1 A menos que en las CEC se indique otra cosa, el Consultor, el Subconsultor y el Personal de ambos pagarán los impuestos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la ley aplicable, cuyo monto se considera incluido en el Precio del Contrato.
- 8)
Entrada en vigor 8.1 Este Contrato entrará en vigor en la fecha en que sea firmado por ambas Partes, o en la fecha posterior a su firma que se indique en las CEC.
- 9)
Comienzo de la prestación de los Servicios 9.1 El Consultor comenzará a prestar los Servicios quince (15) días después de la fecha de entrada en vigor del Contrato, o en la fecha que se indique en las CEC.
- 10)
Expiración del Contrato 10.1 A menos que se rescinda con anterioridad, conforme a lo dispuesto en la Cláusula 16, este Contrato expirará al término del plazo especificado en las CEC, contado a partir de la fecha de entrada en vigor.
- 11)
Modificación 11.1 Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este Contrato, incluido el alcance de los Servicios o del Precio del Contrato, mediante acuerdo por escrito entre las Partes.
- 12)
Caso Fortuito o Fuerza Mayor 12.1 Las partes no podrán alegar atrasos en las obligaciones del
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presente contrato, salvo por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados.- Se entenderá como Fuerza Mayor o Caso Fortuito entre otros: Todo acontecimiento que no ha podido preverse o que previsto no ha podido evitarse, que imposibilite el exacto cumplimiento de las obligaciones contractuales y siempre que se hayan tomado las medidas razonables para evitarlas y reducir sus efectos, se reconoce como causas de Caso Fortuito o Fuerza Mayor entre otras las siguientes:
- a)
Restricciones de cuarentena;
- b)
Embargos por Fletes;
- c)
Guerra, Beligerancia, Invasión, Guerra Civil, Revolución, Rebelión, Piratería, Motines, Insurrección o Usurpación de Poderes;
- d)
Confiscación, Expropiación, Destrucción, Obstrucción ordenada por cualquier autoridad Gubernamental que no sea la Alcaldía Municipal del Distrito Central;
- e)
Desastres Naturales tales como: Terremotos, Maremotos, Tifones, Huracanes, Inundaciones;
- f)
y otras causas reconocidas como fuerza mayor o caso fortuito. 12.2 Si se presentase una situación de Fuerza Mayor, el Consultor notificará prontamente y por escrito al Contratante sobre dicha situación y sus causas. Salvo que reciba instrucciones en sentido contrario y por escrito del Contratante, el Consultor continuará cumpliendo las obligaciones establecidas en el Contrato en la medida que le sea posible, y tratará de encontrar todos los medios alternativos de cumplimiento no obstante la situación de Fuerza Mayor existente.
- a)
- 13)
No violación del Contrato 13.1 La falta de cumplimiento por una de las Partes de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato no se considerará como violación del mismo ni como negligencia, siempre que dicha falta de cumplimiento se deba a un evento de Fuerza Mayor.
- 14)
Prórroga de plazos 14.1 Todo plazo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o tarea en virtud de este Contrato se prorrogará por un período igual a aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor.
- 15)
Pagos 15.1 Durante el período en que se viera impedido de prestar los Servicios como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, el Consultor salvo que otra cosa se hubiere acordado en las CEC- tendrá derecho a seguir recibiendo pagos de acuerdo con los términos de este Contrato, y a recibir el reembolso de los gastos adicionales en que razonable y necesariamente hubiera incurrido durante ese período para poder prestar los Servicios y para reanudarlos al término de dicho período.
- 16)
Rescisión por el Contratante 16.1 El Contratante podrá dar por terminado este Contrato mediante una notificación de rescisión por escrito al Consultor, emitida por lo menos con treinta (30) días de anticipación, cuando se produzca cualquiera de los eventos especificados en los incisos (a), (b), (c) y (d) de esta Cláusula; en el caso del evento indicado en el inciso (e), dicha notificación deberá emitirse con sesenta (60) días de antelación:
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(
- a)
Si el Consultor no subsanara el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de una notificación al respecto, u otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito; (
- b)
Si el Consultor estuviera insolvente o fuera declarado en quiebra; (
- c)
Si el Consultor, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período de no menos de sesenta (60) días; (
- d)
En caso de recorte presupuestario de fondos nacionales que se efectúe por razón de la situación económica y financiera del país, la estimación de la percepción de ingresos menores a los gastos proyectados y en caso de necesidades imprevistas o de emergencia; o (
- e)
Si el Contratante, a su sola discreción, decidiera rescindir este Contrato.
- a)
- 17)
Rescisión por el Consultor 17.1 El Consultor, mediante una notificación por escrito al Contratante con no menos de treinta (30) días de anticipación, podrá rescindir este Contrato cuando se produzca cualquiera de los eventos especificados en los incisos (a) y (b) de esta Cláusula: (a) Si el Contratante no pagara una suma adeudada al Consultor en virtud de este Contrato y siempre que dicha suma no fuera objeto de controversia, conforme a la Cláusula 39, dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la recepción de la notificación por escrito del Consultor respecto de la mora en el pago; o (b) Si el Consultor, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período no menor de sesenta (60) días.
- 18)
Pagos al rescindirse el Contrato 18.1 Al rescindirse este Contrato conforme a lo estipulado en las Cláusulas 16 o 17 arriba indicadas, el Contratante efectuará los siguientes pagos al Consultor: (a) Las remuneraciones previstas en la Cláusula 35, por concepto de Servicios prestados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la rescisión; y, (b) Salvo en el caso de rescisión conforme a los incisos (a) y (b) de la Cláusula 16, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la rescisión rápida y ordenada del Contrato, incluidos los gastos de viaje de regreso del Personal y de sus familiares a cargo elegibles.
- 19)
Obligaciones del Consultor 19.1 El Consultor prestará los Servicios y cumplirá con sus obligaciones con la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos eficaces y seguros. En toda cuestión relacionada con este Contrato o con los Servicios, el Consultor actuará siempre como asesor leal del Contratante y en todo momento deberá proteger y defender los intereses del Contratante en los acuerdos a que llegue con un Subconsultor o con terceros.
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- 20)
Conflicto de intereses 20.1 La remuneración del Consultor en relación con este Contrato o con los Servicios será únicamente la estipulada en las Cláusulas 35 a 38 y el Consultor no aceptará en beneficio propio ninguna comisión comercial, descuento o pago similar en relación con las actividades contempladas en este Contrato, o en los Servicios, o en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del mismo; además, el Consultor hará todo lo posible por asegurar que ni el Personal ni el Subconsultor, ni tampoco los agentes del Consultor o del Subconsultor, reciban ninguna de tales remuneraciones adicionales.
- 21)
Prohibición al Consultor y a sus filiales de tener otros intereses en el Proyecto 21.1 El Consultor acuerda que, tanto durante la vigencia de este Contrato como después de su terminación, ni el Consultor ni ninguna de sus filiales, así como tampoco ningún sub- consultor ni ninguna filial del mismo, podrán suministrar bienes, construir obras o prestar servicios (distintos de los Servicios y de cualquier continuación de los mismos) para ningún proyecto que se derive de los Servicios o que esté estrechamente relacionado con ellos.
- 22)
Prohibición de desarrollar actividades incompatibles 22.1 Ni el Consultor ni ningún Subconsultor, ni tampoco el Personal, podrán desarrollar, en forma directa o indirecta, ninguna de las siguientes actividades: (a)Durante la vigencia de este Contrato, ninguna actividad comercial o profesional en el país del Contratante que sea incompatible con las asignadas a ellos en virtud de este Contrato; o, (b)Una vez terminado este Contrato, ninguna otra actividad especificada en las CEC.
- 23)
Confidencialidad 23.1 Ni el Consultor ni ningún Subconsultor, ni tampoco el Personal de ninguno de ellos, podrán revelar, durante la vigencia de este Contrato o después de su expiración, ninguna información confidencial o de propiedad del Contratante relacionada con el Proyecto, los Servicios, este Contrato o las actividades u operaciones del Contratante sin el previo consentimiento por escrito de este último.
- 24)
Seguros que deberá contratar el Consultor 24.1 a) El Consultor contratará y mantendrá, y hará que todo Subconsultor contrate y mantenga, a su propio costo (o al del Subconsultor, según el caso) y en los términos y condiciones aprobados por el Contratante, seguros contra los riesgos y por las coberturas que se indican en las CEC; y, b) A petición del Contratante, presentará pruebas de la contratación y el mantenimiento de esos seguros y del pago de las respectivas primas en vigencia.
- 25)
Acciones del Consultor que requiere la aprobación previa del Contratante 25.1 El Consultor deberá obtener la aprobación previa por escrito del Contratante para realizar cualquiera de las siguientes acciones:
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(
- a)
La celebración de un subcontrato para la prestación de cualquier parte de los Servicios; (
- b)
El nombramiento de los integrantes del Personal que no figuran por nombre en el Apéndice A (“Personal clave y Sub- consultores”); y, (
- c)
la adopción de cualquier otra medida que se especifique en las CEC.
- a)
- 26)
Obligación de presentar informes 26.1 El Consultor presentará al Contratante los informes y documentos que se especifican en los Términos de Referencia, en la forma, la cantidad y el plazo que se establezcan en dichos términos.
- 27)
Multas 27.1 Los incumplimientos al contrato que incurra el Consultor serán sancionados con multas establecidas en las CEC.
- 28)
Propiedad del Contratante de los documentos preparados por el Consultor 28.1 Todos los planos, diseños, especificaciones, estudios técnicos, informes y demás documentos y programas de computación preparados por el Consultor para el Contratante de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula anterior, pasarán a ser de propiedad del Contratante, a quien el Consultor los entregará a más tardar al término o expiración del Contrato, junto con un inventario pormenorizado de todos ellos. El Consultor deberá conservar una copia de dichos documentos y programas de computación por un término no menor de cinco años. En las CEC se indicará cualquier restricción acerca del uso de dichos documentos y programas de computación en el futuro.
- 29)
Modificación de Contrato 29.1 El Contratante podrá efectuar cambios dentro del marco general del Contrato mediante orden escrita al Consultor. Si cualquiera de estos cambios causara un aumento o disminución de los servicios o del tiempo necesario para que el Consultor ejecute cualquier parte de los servicios comprendidos en el Contrato, se efectuará un ajuste equitativo del Precio del Contrato.
- 30)
Personal del Consultor 30.1 En el Apéndice A se describen los cargos, funciones convenidas del Personal mínimo clave del Consultor. En virtud de este Contrato, el Contratante aprueba el Personal clave y los Subconsultores que figuran por cargo y por nombre en dicho Apéndice A. Cualquier modificación en la nómina deberá ser antes de ser contratada por el Consultor obtener previamente la conformidad por escrito del Contratante, de igual forma para celebrar los subcontratos, si no los hubiera previsto en su oferta. Los subcontratos, así hayan sido incluidos en la oferta o efectuados posteriormente, no eximirán al Consultor de ninguna de sus responsabilidades ni obligaciones contraídas en virtud del Contrato. Las calificaciones, así como el tiempo estimado que prestarán los Servicios individuales serán los negociados con el Contratante y que aparezcan en el formulario de la oferta económica.
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- 31)
Remoción y/o sustitución del Personal 31.1 (
- a)
Salvo que el Contratante acuerde lo contrario, no se efectuará cambios en la composición del Personal clave. Si fuere necesario sustituir a algún integrante del Personal clave, por cualquier motivo que escape al razonable control del Consultor, éste lo reemplazará de inmediato por otra persona con calificaciones iguales o superiores a las de la persona reemplazada. (
- b)
Si el Contratante: (i) tiene conocimiento de que un integrante del Personal se ha comportado de manera inaceptable o ha sido acusado de cometer una acción penal; o (ii) tiene motivos razonables para estar insatisfecho con el desempeño de cualquier integrante del Personal, en tales casos el Consultor, a petición por escrito del Contratante expresando los motivos para ello, lo reemplazará por otra persona cuya idoneidad y experiencia sean aceptables para el Contratante. (
- c)
El Consultor no podrá reclamar el reembolso de ningún gasto adicional resultante de la remoción y/o sustitución de algún integrante del Personal, o inherente a ésta.
- a)
- 32)
Obligaciones del Contratante 32.1 El Contratante hará todo lo posible a fin de asegurar que el gobierno otorgue al Consultor la asistencia y exenciones indicadas en las CEC.
- 33)
Modificación de la ley aplicable 33.1 Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjera cualquier cambio en la ley aplicable en relación con los impuestos y los derechos que resultara en el aumento o la disminución del costo de los Servicios prestados por el Consultor, la remuneración y los gastos reembolsables pagaderos al Consultor en virtud de este Contrato serán aumentados o disminuidos según corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarán los correspondientes ajustes de los montos máximos estipulados en el Precio del Contrato.
- 34)
Servicios e instalaciones 34.1 El Contratante facilitará al Consultor los servicios e instalaciones indicados en las CEC.
- 35)
Pagos al Consultor 35.1 La forma y condición en que se efectuarán los pagos al Consultor en virtud del Contrato se especificarán en las CEC. La remuneración total del Consultor no deberá exceder del Precio del Contrato y será una suma que incluirá la totalidad de los costos de Personal y del Sub consultor, así como los costos de impresión de documentos, comunicaciones, viaje, alojamiento y similares, y todos los demás gastos en que incurra el Consultor en la prestación de los Servicios. Salvo lo dispuesto en la Cláusula 33, el Precio del Contrato sólo podrá aumentarse por encima de las sumas establecidas en la Cláusula 36 si las Partes han convenido en pagos adicionales en virtud de lo estipulado en la Cláusula 11.
- 36)
Precio del Contrato 36.1 El precio pagadero en moneda nacional, al menos que se indique lo contrario en las CEC, será el indicado en las CEC.
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- 37)
Pago de servicios adicionales 37.1 Para determinar la remuneración por concepto de los servicios adicionales que pudieran acordarse en virtud de la Cláusula 11, debe presentarse de acuerdo a la tabla establecida en la cláusula sexta de este contrato, para desglosar el precio global.
- 38)
Condiciones relativas a los pagos 38.1 Los pagos se harán al Consultor conforme a lo indicado en las CEC. El Contratante efectuará los pagos con prontitud, sin exceder un plazo de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de la fecha en que el Consultor haya presentado la correspondiente solicitud de pago y ésta haya sido aceptada por el Contratante.
- 39)
Solución de controversias Si con motivo de alguna desavenencia en la interpretación, ejecución, efectos y/o resolución del presente contrato, las partes contratantes harán todos los esfuerzos posibles para conciliar los conflictos o cualquier desacuerdo, cualquier divergencia que se presente sobre un asunto y que no se resuelva con la Unidad Ejecutora, deberá ser resuelta por la Gerencia de la AMDC previo estudio del caso y Dictamen de la Gerencia Legal; esta resolución tendrá carácter definitivo dentro de la vía Administrativa, poniendo en conocimiento de la misma a la Honorable Corporación Municipal, ambas partes se someten a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo del Departamento de Francisco Morazán
- 40)
Prácticas corruptivas 40.1 Se exige que los proveedores/contratistas que participen en proyectos con financiamiento de la AMDC, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de Concurso, o de ejecución de un contrato. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben en el artículo 33.1 de las Instrucciones Generales a los Oferentes, representan las más comunes, pero no son exhaustivas. Por esta razón, la AMDC actuará frente a cualquier hecho similar o reclamo que se considere como corrupto, conforme al procedimiento establecido. 40.2 Si se comprueba que el Proveedor/Contratista ha incurrido en prácticas corruptivas, el contratante podrá cancelar el contrato de acuerdo con la Cláusula 16 y ejecutar la garantía de cumplimiento de oferta. 40.3 Si se comprueba que el Proveedor/Contratista ha incurrido en prácticas corruptivas, la AMDC podrá declarar a una firma no elegible para ser adjudicataria de contratos futuros que se lleven a cabo con motivo de un financiamiento o con fondos propios. La inhibición que se establezca podrá ser temporal o permanente.
- 41)
Inspecciones y auditorías 41.1 El Consultor deberá permitir que la AMDC, o quien éste designe, inspeccione o realice auditorías de los registros contables y estados financieros del mismo Consultor, relacionados con la ejecución del Contrato.
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Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementan las Condiciones Generales del Contrato (CGC). En caso de conflicto, las disposiciones que aquí se indican prevalecerán sobre las de las CGC. El número de la cláusula correspondiente de las CGC está indicado entre paréntesis.
- 1)
Definiciones (Cláusula 1 de las CGC) El Contratante es: La Alcaldía Municipal del Distrito Central.
- 2)
Notificaciones (Cláusula 4 de las CGC) En el caso del Contratante: Alcaldía Municipal del Distrito Central, Municipalidad del Distrito Central, Dirección de Control y Seguimiento, Edificio Ejecutivo 3er. piso, frente a Hospital y Clínicas Viera, Barrio El Centro, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras C. A., teléfono (504) 2220-5781. Atención: Director de Control y Seguimiento.
- 3)
Lugar donde se prestarán los Servicios (Cláusula 5 de las CGC) Los Servicios se prestarán en las ubicaciones que se establezcan en los términos de referencia.
- 4)
Representantes autorizados (Cláusula 6 de las CGC) En el caso del Contratante el señor Jorge Alejandro Aldana Bardales, Alcalde Municipal, o quien éste designe durante la ejecución del Contrato.
- 5)
Entrada en vigor (Cláusula 8 de las CGC) Este Contrato entrará en vigor a partir de la firma del Contrato.
- 6)
Comienzo de la prestación de los Servicios (Cláusula 9 de las CGC) Los Servicios de Consultoría iniciarán en la fecha que se indique en la orden de inicio.
- 7)
Expiración del Contrato (Cláusula 10 de las CGC) El plazo será diecisiete (17) meses contados a partir de la orden de inicio.
- 8)
Seguros que deberá contratar el Consultor (Cláusula 24 de las CGC) Los riesgos y las coberturas serán las siguientes: iii. Seguro de responsabilidad civil hacia terceros respecto de los vehículos motorizados; el cual deberá estar vigente durante el tiempo del contrato. iv. Seguro de responsabilidad de empleador y seguro laboral contra accidentes; el cual deberá estar vigente durante el tiempo del contrato.
- 9)
Multas (Cláusula 27 de las CGC) La A.M.D.C., de acuerdo a lo establecido en el Artículo 120 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el año fiscal 2025, relacionado con el Artículo 72 de
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la Ley del Contratación del Estado cobrará una multa equivalente al CERO PUNTO TREINTA Y SEIS POR CIENTO (0.36%), así como la multa pecuniaria aplicable por cada día de retraso, en relación con el monto total del saldo del contrato por el incumplimiento del plazo y las obligaciones establecidas en el presente contrato hasta la finalización del período de ejecución del contrato, lo anterior sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento, procediéndose, si así conviene a la A.M.D.C., a la resolución del Contrato, reservándose además el ejercicio de las acciones legales por daños y perjuicios por el incumplimiento por parte de EL CONSULTOR que procedieren.
- 10)
Propiedad del Contratante de los documentos preparados por el Consultor (Cláusula 28 de las CGC) Restricciones: El Consultor no podrá utilizar estos documentos para fines ajenos a este Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Contratante. Los documentos elaborados serán confidenciales, para uso exclusivo del Contratante. El Consultor cederá al Contratante los derechos de autor, patentes y cualquier otro derecho de propiedad industrial, en los casos en que procedan estos derechos, sobre los trabajos y documentos producidos por él bajo los términos de este Contrato.
- 11)
Asistencia o exenciones (Cláusula 32 de las CGC) La Municipalidad asistirá al Consultor para coordinar con otras instituciones del Estado, sin embargo: El Consultor deberá en primera instancia coordinar sus actividades con las instituciones del Estado que se requieran. Las diligencias en relación a movilización e instalación de postes de tendido eléctricos, teléfonos, tuberías de agua potable y aguas negras, ya sea para traslado de estructuras y/o para instalación de otras nuevas según sea el caso, deben ser coordinados con la ENEE, Hondutel, SANAA. El consultor junto al contratista, serán responsables de realizar todas las diligencias del caso.
- 12)
Servicios e Instalaciones (Cláusula 34 de las CGC) No Aplica
- 13)
Pagos al Consultor (Cláusula 35 de las CGC) Al consultor se realizarán los siguientes pagos: Forma de Pago El pago a la Consultora por los servicios prestados se realizará de forma mensual contra la aprobación de un Informe Mensual Condensado. Este informe debe detallar los servicios completados en las siguientes tareas: 1. Estudios, Diseños y Asistencia Técnica: Los pagos por estos servicios se efectuarán una vez que la UEPP haya aprobado formalmente los trabajos
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realizados. Estos trabajos deben estar alineados con los proyectos priorizados por la Cooperación Alemana, según la matriz de priorización de inversiones vigente para la Fase II del Programa. 2. Supervisión de Obras: Los pagos por la supervisión de obras se gestionarán de acuerdo con el listado de proyectos aprobado por la Cooperación Alemana en el Plan de adquisiciones vigente. Los servicios incluidos en el pago mensual incluyen: 1. Estudios, Diseño y Asistencia Técnica para la formulación de Obras complementarias o planes parciales, las cuales serán asignadas por la UEPP. 2. Estudios, Diseño y Asistencia Técnica para la formulación de Obras de mitigación de riesgo o adaptación del cambio climático, las cuales serán asignadas por la UEPP 3. Supervisión de Obras del Programa que sean asignadas al Consultor por la UEPP. 4. Asistencia Técnica para el cumplimiento del Estándar Ambiental y Social 5 (EAS-5) del marco de Gestión Ambiental del Banco Mundial. Los pagos mensuales serán gestionados y aprobados por la DCyS de la AMDC. En todos los casos, la gestión del pago requerirá el Visto Bueno de la Coordinación de la UEPP. El Informe Mensual Condensado deberá incluir los contenidos definidos en el numeral 9, inciso b.1 de los Términos de Referencia. 14. Precio del Contrato (Cláusula 36 de las CGC) El monto total del Contrato en Lempiras es de C I N C U E N T A Y S I E T E M I L L O N E S SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA LEMPIRAS CON 32/100 (L. 57,757,290.32) 15. Condiciones relativas a los pagos (Cláusula 38 de las CGC) Todos los pagos antes de su realización deberán de estar aprobados los informes correspondientes en forma previa por la Dirección de Control y Seguimiento. 16. Garantía de Cumplimiento de Contrato: EL CONSULTOR queda obligado a constituir, antes de dar inicio a la ejecución del estudio la siguiente garantía: a) Garantía de Cumplimiento de Contrato: Se constituirá mediante retenciones equivalentes al Diez Por Ciento (10%) de cada pago parcial por concepto de los honorarios. b) Adicionalmente será exigible una Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al Quince Por Ciento (15%) de los honorarios con exclusión de costos, con una vigencia hasta tres (3) meses después del plazo previsto al tiempo de ejecución de los trabajos de consultoría. Estas Garantías deberán ser emitidas por un Banco o Compañía de Seguros legalmente establecida y autorizada para operar por la República de Honduras. La retención antes señalada serán devueltas al Consultor después de finalizados
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y aceptados los trabajos de Consultoría mediante la emisión de la recepción definitiva a satisfacción de la A.M.D.C., siempre y cuando no hayan reclamos de terceros y previa presentación del Informe Final. Las garantías, deberán contener la cláusula siguiente: “Esta Garantía será ejecutada a simple requerimiento de la A.M.D.C., con la simple presentación de Nota de incumplimiento. La Garantía será presentada por el Consultor adjudicado diez (10) días calendarios después de la suscripción del contrato, a entera satisfacción de la A.M.D.C., de acuerdo al formulario No.6 del Documento Base del Concurso y deberá ser extendida por un Banco o Compañía Aseguradora legalmente constituido en el país. 17. Garantía de Anticipo: No aplica. 18. Solución de controversias (Cláusula 39 de las CGC) Si con motivo de alguna desavenencia en la interpretación, ejecución, efectos y/o resolución del presente contrato, las partes contratantes harán todos los esfuerzos posibles para conciliar los conflictos o cualquier desacuerdo, cualquier divergencia que se presente sobre un asunto y que no se resuelva con la Unidad Ejecutora, deberá ser resuelta por la Gerencia de la A.M.D.C., previo estudio del caso y Dictamen de la Gerencia Legal; esta resolución tendrá carácter definitivo dentro de la vía Administrativa, poniendo en conocimiento de la misma a la Honorable Corporación Municipal. Ambas partes se someten a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo del Departamento de Francisco Morazán. 19. Documentos Integrantes del Contrato: Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes: a) Las Bases o Documentos del Concurso Público; b) Las aclaraciones y adendas a las Bases o Documentos del Concurso Público; c) La oferta negociada en todo su contenido (acta de negociación) de EL CONSULTOR; d) Garantía de Cumplimiento de Contrato presentada por EL CONSULTOR; e) la nota de adjudicación; f) Términos de referencia, y Personal Clave; y, g) otros documentos suscritos por las partes contratantes en relación directa con las obligaciones de este contrato. 20. Orden de Inicio Esta se emitirá una vez que EL CONSULTOR cumpla con todos los requisitos exigidos y presente la Garantía de Cumplimiento de Contrato, para lo cual tiene un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la Notificación por parte de la Unidad Ejecutora. 21. Retenciones El Consultor estará sujeto a impuestos nacionales sobre los gastos y montos pagaderos bajo el Contrato
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(Honorarios profesionales), por lo cual deberá detallar los mismos en la oferta económica. Se hará la retención del 12.5% del monto de los honorarios profesionales de cada pago, por concepto de pago de Impuesto Sobre la Renta, si presenta la constancia que realiza pagos a cuenta no se realizará esta retención. La A.M.D.C., no contraerá responsabilidad laboral por pago de prestaciones o seguridad social bajo el contrato, por lo cual debe ser asumido por el Consultor. 22. Ampliación de Plazo y de las Garantías Siempre que mediare causa justificada EL CONSULTOR podrá solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la consultoría objeto del presente Contrato, o de cualquier otra estipulación que no afecte la naturaleza o cuantía de las prestaciones o cuando sucedan razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas, en cuyo caso presentará solicitud escrita a la autoridad responsable de la ejecución del contrato, antes del vencimiento de la ejecución de la consultoría.- Cuando así sucediere las Garantías deberán ser ampliadas de la forma que establece la Ley de Contratación del Estado.- En el caso de ampliación en el Plazo de ejecución y que no corresponda a trabajos adicionales solicitados por el Contratante, no se reconocerá los costos incurridos por EL CONSULTOR. 23. Otros Trabajos Solicitados EL CONTRATANTE podrá solicitar en cualquier momento a EL CONSULTOR informes especiales. 24. Vigilancia de Cumplimiento La Unidad Ejecutora velará porque EL CONSULTOR cumpla con todo lo establecido en este contrato y los términos de referencia. 25. Responsabilidad Laboral EL CONSULTOR será el único responsable del pago de las obligaciones laborales y sociales que se originen con sus propios trabajadores en la ejecución de este contrato, en aplicación de lo establecido en el Código del Trabajo. - Será también responsable de los daños y perjuicios que eventualmente causen a terceros. 26. Causas de Rescisión del Contrato Si el Consultor no subsanará el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de una notificación al respecto, u otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito; b) Si el Consultor estuviera insolvente o fuera declarado en quiebra; c) Si el Consultor, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período de no menos de sesenta (60) días; (d) En caso de recorte presupuestario de fondos nacionales que se efectúe por razón de la situación económica y financiera del país, la estimación de la percepción de ingresos menores a los gastos proyectados y en caso
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de necesidades imprevistas o de emergencia; o y e) Si el Contratante, a su sola discreción, decidiera rescindir este Contrato.- EL CONTRATANTE podrá dar por terminado este Contrato mediante una notificación de rescisión por escrito a EL CONSULTOR, emitida por lo menos con treinta (30) días de anticipación, cuando se produzca cualquiera de los eventos especificados en los incisos (a), (b), (c) y (d) de esta Cláusula; en el caso del evento indicado en el inciso (e), dicha notificación deberá emitirse con sesenta (60) días de antelación.- 2.- La rescisión del contrato se efectuará sin más trámites judicial o administrativo, que la emisión de un Acuerdo Municipal por la Corporación Municipal del Distrito Central. 27. Solución de Controversias Si con motivo de alguna desavenencia en la interpretación, ejecución, efectos y/o resolución del presente contrato, las partes contratantes harán todos los esfuerzos posibles para conciliar los conflictos o cualquier desacuerdo, cualquier divergencia que se presente sobre un asunto y que no se resuelva con la Unidad Ejecutora, deberá ser resuelta por la Gerencia de la AMDC previo estudio del caso y Dictamen de la Gerencia Legal; esta resolución tendrá carácter definitivo dentro de la vía Administrativa, poniendo en conocimiento de la misma a la Honorable Corporación Municipal. Ambas partes se someten a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo del Departamento de Francisco Morazán. 28. Medio Ambiente EL CONSULTOR velará que se cumplan todas las disposiciones y prevenciones del caso, con el propósito de preservar el medio ambiente y la salubridad de las zonas influenciadas, al llevar a cabo los trabajos contratados. 29. Otras Obligaciones EL CONSULTOR, no transferirá, pignorará, asignará, transferirá o hará otras disposiciones de este contrato o cualquier parte del mismo, así como los derechos, reclamos u obligaciones de EL CONSULTOR, derivados de este contrato, a menos que tenga el consentimiento por escrito de EL CONTRATANTE, caso contrario dará lugar a la rescisión del contrato 30. Caso Fortuito o Fuerza Mayor Las partes no podrán alegar atrasos en las obligaciones del presente contrato, salvo por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados.- Se entenderá como Fuerza Mayor o Caso Fortuito entre otros: Todo acontecimiento que no ha podido preverse o que previsto no ha podido evitarse, que imposibilite el exacto cumplimiento de las obligaciones contractuales y siempre que se hayan tomado las medidas razonables
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para evitarlas y reducir sus efectos, se reconoce como causas de Caso Fortuito o Fuerza Mayor entre otras las siguientes: a) Restricciones de cuarentena; b) Embargos por Fletes; c) Guerra, Beligerancia, Invasión, Guerra Civil, Revolución, Rebelión, Piratería, Motines, Insurrección o Usurpación de Poderes; d) Confiscación, Expropiación, Destrucción, Obstrucción ordenada por cualquier autoridad Gubernamental que no sea la Alcaldía Municipal del Distrito Central; e) Desastres Naturales tales como: Terremotos, Maremotos, Tifones, Huracanes, Inundaciones; f) y otras causas reconocidas como fuerza mayor o caso fortuito. 31. Terminación del Contrato por Conveniencia EL CONTRATANTE a su conveniencia puede en cualquier momento, dar por resuelto este contrato, total o parcialmente, mediante comunicación escrita a EL CONSULTOR, indicando los motivos de su resolución.- Dicha resolución se efectuará en la manera y de acuerdo con la información que se dé en dicha comunicación y no perjudicará ningún reclamo anterior que EL CONTRATANTE pudiera tener contra EL CONSULTOR.- Al recibir la mencionada comunicación, EL CONSULTOR inmediatamente suspenderá el trabajo, en este caso EL CONSULTOR y EL CONTRATANTE, procederán a la liquidación final del contrato, de acuerdo a la información que proporcione la Unidad Ejecutora y EL CONSULTOR.- Apéndice “A” TÉRMINOS DE REFERENCIA 1. INTRODUCCION ________________________________________________ La Municipalidad del Distrito Central ha destinado inversiones en medidas de reducción del riesgo de desastres y para la adaptación ante los efectos del cambio climático para la implementación del Programa de Adaptación Urbana al Cambio Climático en Centro América – Componente Honduras. Para ello, mediante el desarrollo de una metodología para la selección y priorización de los sitios de intervención con dichas medidas estructurales para la reducción del riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático, ha definido en base a los criterios establecidos entre A.M.D.C. y el KfW, las áreas de intervención que serán objeto de este financiamiento. Particularmente, el Distrito Central presenta como uno de sus principales problemas en materia del riesgo de desastres, los deslizamientos y las inundaciones. Estos se presentan con mayor frecuencia durante las épocas lluviosas, y son, producto de los efectos del cambio climático, cada vez más severos y catastróficos. Simultáneamente, la participación del hombre en la modificación de su entorno ha incidido grandemente en sus condiciones de riesgo, especialmente como resultado de la elevada tasa de migración del campo a la ciudad y sus impactos en los recursos naturales (por ejemplo, la Deforestación, cambio de usos del suelo, Impermeabilización de suelos, etc.), ante los cuales el municipio no estaba preparado para afrontar. Estas condiciones a su vez han llevado a la sobrepoblación de áreas de alta fragilidad y susceptibles ante estos fenómenos de deslizamientos e inundaciones antes mencionados.
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Adicionalmente y debido a que esta sobrepoblación de áreas susceptibles, en su mayoría representa poblaciones de escasos recursos, la infraestructura comunitaria de protección con que se cuenta, es limitada o inexistente, concentrando poblaciones en donde las condiciones de la vivienda también son precarias, con lo que, también se aumenta el riesgo existente. De lo anterior, la actual administración de la municipalidad como parte de las tareas establecidas en el marco del Programa de “Adaptación Urbana al Cambio Climático en Centroamérica - Componente Honduras”, requiere de la ejecución de las medidas estructurales para la reducción del riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático, mismas que forman parte de la cartera de proyectos del programa. A través de este documento, se definen los términos de referencia para contratar los servicios de estudios, diseños, asistencia técnica y supervisión de las inversiones en medidas estructurales y medidas verdes. Dichos servicios abarcarán también el control técnico y administrativo de los contratos de obra en apoyo a la UEPP y la DCyS. Esta participación profesional permitirá a la A.M.D.C., asegurar que los procesos constructivos sean de alta calidad, cumpliendo con los requerimientos técnicos y la normativa vigente. De esta manera, se garantizará la aplicación de las mejores prácticas, el uso adecuado de materiales y una ejecución eficiente de las obras. 2. ANTECEDENTES DE LA CONSULTORÍA DE REVISIÓN Y VALIDACIÓN Y SUPERVISIÓN ________________________________________________ 2.1 Antecedentes El 30 de Mayo del 2018, el Gobierno de Alemania a través del Banco de Desarrollo Alemán (KfW); y el Gobierno de Honduras, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional (SRECI, “Beneficiario”), juntamente con la Municipalidad del Distrito Central (A.M.D.C., “Entidad Ejecutora del Programa”), suscribieron el Contrato de Aporte Financiero para la ejecución de “Adaptación Urbana al Cambio Climático en Centroamérica- Componente Honduras”; y el 28 de septiembre del 2018 se firmó la Fase II del Programa, ambas fases se están ejecutando de manera simultánea. Es importante señalar que el Programa contaba originalmente con un plazo establecido, el cual fue ampliado con el fin de completar una mayor cantidad de proyectos que, por su relevancia e impacto positivo en comunidades de la A.M.D.C., en condiciones de vulnerabilidad física y social, justificaron dicha extensión. Considerando el grado de avance alcanzado en el Programa, el financiador consideró conveniente ampliar el plazo de ejecución, requiriéndose diecisiete (17) meses adicionales de supervisión para obras en curso y por licitarse. La Fase I del programa tiene como duración hasta el 30 de junio del 2026 y diciembre del 2026 para la Fase II. El Programa está orientado a la adaptación de las comunidades vulnerables y pobres, ante los efectos adversos que se originan producto del cambio climático, siendo así que, para ello, el programa concibe el desarrollo de intervenciones de carácter estructural y no estructural. Particularmente en el caso de las intervenciones de carácter estructural, la A.M.D.C., cuenta con ciertos diseños de las medidas de infraestructura que serán implementadas, no obstante, requiere de la prestación de los Servicios de Consultoría para realizar Estudios, Diseños,
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Asistencia Técnica y Supervisión de obras adicionales y la Supervisión de todas las obras estructurales del programa, siendo así que, a través de este documento, se definen los Términos de Referencia para la contratación de los Servicios que son requeridos. 3. GENERALIDADES DEL PROGRAMA ________________________________________________ 3.1 Descripción del Programa y Componentes 3.1.1 DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA El programa busca mejorar la adaptación de áreas urbanas al cambio climático a través de medidas adecuadas de prevención. Para esto, se implementará el análisis total del riesgo actual climático y socioeconómico, y el costo-beneficio de cada medida propuesta con el mejor impacto. 3.1.2 OBJETIVOS El objetivo superior consistirá en la reducción del impacto del cambio climático en vidas humanas y activos en Honduras. Asimismo, el objeto del Programa será la reducción de la vulnerabilidad de la población en zonas precarias del área metropolitana del Distrito Central ante inundaciones y deslizamientos. 3.1.3 BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA El grupo meta directo del Programa es la población pobre de las zonas directamente afectadas producto de los fenómenos climáticos extremos en el área metropolitana del Distrito Central, la cual se estima en aproximadamente 150,000 personas. EI grupo meta indirecto son todos los habitantes del Distrito Central que se beneficiarán de las obras preventivas y correctivas realizadas. 3.1.4 COMPONENTES DEL PROGRAMA El programa comprende cuatro componentes y estos son los siguientes: (I) Inversiones en medidas estructurales (infraestructura gris y verde) y no estructurales para la adaptación al cambio climático. Las medidas de inversión en infraestructura gris y verde que se identificarán para ser financiados en el marco del Programa previsto deberán priorizarse de acuerdo con criterios objetivos. (II) Fortalecimiento de la gobernanza para la gestión de riesgos. Para el fortalecimiento de la gobernanza del riesgo de desastres es necesario fomentar la colaboración y las alianzas interinstitucionales, así como, los mecanismos para la aplicación de los instrumentos pertinentes para la reducción del riesgo de desastres y el desarrollo sostenible. Para ello, se identifica en este programa, que se debe mejorar el intercambio de información en lo relativo a mapas, bases de datos y herramientas para simplificar la gestión del riesgo. Es necesario fortalecer a nivel municipal y local la preparación para los desastres y la adopción de medidas con anticipación a los acontecimientos; asimismo, se debe integrar la reducción del riesgo de desastres y asegurar que se cuente con la capacidad suficiente para una respuesta y recuperación eficaces a todos los niveles.
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Con este componente se aspira a que los entes rectores sean fortalecidos para la gestión de riesgos y la adaptación al cambio climático, pero a su vez, también lo sea la población barrial en el área de influencia del Programa a través de capacitación para la gestión de riesgos y sensibilización acerca del cambio climático. (III) Fortalecimiento institucional de la A.M.D.C. Entidad Ejecutora se concibe fortalecida para la gestión de riesgos y el control y seguimiento del ciclo de proyectos. Para ello el programa contempla la inversión de recursos para el entrenamiento, la capacitación y el adiestramiento de los técnicos municipales en materia de gestión de riesgos de desastres y para la adaptación al cambio climático. De igual manera, también se conciben la implementación de equipos y tecnologías de punta para hacer eficiente y elevar el desempeño de la institución en ambas materias. (IV) Servicios de consultoría para apoyar a la A.M.D.C., en la implementación y el monitoreo del Programa El Programa será asistido a través de una Consultoría de Apoyo y Monitoreo, la cual será contratada por la A.M.D.C., para este fin. Dentro de sus tareas se consideran la planificación, implementación y supervisión de las tareas relacionadas con el Programa. La Consultoría será financiada con los fondos de la Cooperación Financiera Alemana. 4. ALCANCES PARA LA REALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS, DISEÑOS Y SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS ________________________________________________ 4.1 Propósito de la Realización de los Estudios, Diseños, Asistencia Técnica y Supervisión de las Obras Representar a la Municipalidad del Distrito Central (A.M.D.C.) durante el proceso de ejecución de las medidas estructurales y no estructurales que forman parte del programa de “Adaptación Urbana al Cambio Climático en Centroamérica- Componente Honduras”, realizando los estudios, diseños y asistencia técnica a los proyectos solicitados por la UEPP de la A.M.D.C., así como la supervisión de estos y otros que ya estén diseñados, asegurando el control técnico-administrativo de los trabajos que ejecuten los contratistas de las obras, para lo cual, será responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de las misma y del efectivo cumplimiento de cada uno de los contratos de obra que sean adjudicados. 4.2 Objetivo(s) de la Realización de los Estudios, Diseños, Asistencia Técnica y la Supervisión de las Obras El objetivo de esta consultoría es proporcionar a la A.M.D.C., la asistencia técnica especializada necesaria para garantizar la correcta ejecución de las medidas estructurales y no estructurales del Programa de “Adaptación Urbana al Cambio Climático en Centroamérica – Componente Honduras”. Esto se logrará asegurar que las obras cumplan con las especificaciones técnicas, las normativas aplicables y los más altos estándares de calidad, lo que garantizará su operación y funcionalidad óptima. Para alcanzar el objetivo planteado, la empresa consultora deberá realizar los Estudios, Diseños y Asistencia Técnica en conjunto con la UEPP de la A.M.D.C., para su posterior
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proceso de licitación y construcción verificando que los diseños logren los objetivos de mitigación y que integren adecuadamente las medidas técnicas y sociales necesarias antes del inicio de las obras. Asimismo, como parte de sus actividades deberá realizar la supervisión y asegurar el control permanente de las obras, monitoreando avances, identificando obstáculos y reportando cualquier, modificación requerida. Se requiere contar de amplia experiencia en la supervisión de este tipo de obras. El Consultor será responsable de revisar toda la documentación existente del proyecto, y de forma expedita emitir observaciones o realizar diseños adicionales que sean necesarios. Deberá controlar y verificar los procesos constructivos, con especial énfasis en el cumplimiento de las especificaciones técnicas, las cláusulas contractuales, la calidad de la ejecución, el control de costos y el cumplimiento de los plazos. La Consultora también será responsable de asegurar el estricto cumpliendo con las Normas Medioambientales, Sociales y de Salud y la Seguridad Laboral. Se denominará a este proceso como “ESTUDIOS, DISEÑOS, ASISTENCIA TÉCNICA Y SUPERVISIÓN DE LAS INVERSIONES EN MEDIDAS ESTRUCTURALES Y MEDIDAS VERDES DEL PROGRAMA DE ADAPTACIÓN URBANAAL CAMBIO CLIMÁTICO EN CENTROAMÉRICA – COMPONENTE HONDURAS.” Financiado con fondos Municipales. 5. OBJETIVO(S) ESPECÍFICOS DE LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS, ASISTENCIA TÉCNICA Y SUPERVISIÓN ________________________________________________ A través de la contratación de estos servicios para la realización de estudios, diseños, asistencia técnica y supervisión, se pretende alcanzar los siguientes objetivos específicos:
- 1)
Reducir el nivel de incertidumbre mediante estudios, diseños y asistencia técnica adecuados, que permitan ejecutar las obras en el tiempo y costos contratados, minimizando en lo posible, la necesidad de modificaciones contractuales por ajustes en los diseños;
- 2)
Asistir y asesorar a la UEPP y DCyS de forma permanente y especializada, en los procesos de ejecución de las medidas técnicas de adaptación al cambio climático y gestión del riesgo de desastres;
- 3)
Asegurar a la A.M.D.C., la aplicación de mecanismos de control y verificación permanente de todos los procesos constructivos, con énfasis en el cumplimiento de las especificaciones técnicas, cláusulas contractuales, calidad, costos, tiempos programados, y Normas Medioambientales, Sociales y Relativas a la Salud y la Seguridad Laboral;
- 4)
Garantizar la aplicación de elevados estándares de calidad a través de la supervisión de las técnicas constructivas, el uso de materiales y demás actividades requeridas, asegurando la funcionalidad y operación final de las obras ejecutadas.
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- 5)
Lograr que las obras se construyan de acuerdo con los planos originales o, de ser necesario, rediseñar las que requieran ajustes para ampliar, corregir o mejorar el diseño original, considerando siempre las mejores soluciones técnicas y económicas;
- 6)
Asegurar un adecuado control medioambiental, de riesgos y de calidad durante la ejecución de las obras, en el tiempo establecido para su desarrollo.
- 7)
Garantizar un control eficiente del presupuesto y de las cantidades de obra, identificando oportunamente los costos que pudiesen afectar la finalización del proyecto.
- 8)
Entregar en tiempo y forma los estudios, diseños y demás documentación técnica, contando previamente con el visto bueno de la UEPP, y la validación de los planos finales tal como fue construida la obra, para la aprobación de la DCyS;
- 9)
Fortalecer la integración de criterios sociales y de participación comunitaria en el proceso de diseño, ejecución y supervisión, garantizando que las medidas estructurales y no estructurales respondan a las necesidades y expectativas de la población beneficiaria;
- 10)
Contribuir a la sostenibilidad de las inversiones mediante la incorporación de medidas innovadoras resilientes al cambio climático, que aseguren la operación a largo plazo y el mantenimiento adecuado de las obras. 6. ESTUDIOS, DISEÑOS Y ASISTENCIAS TÉCNICAS Y OBRAS A SUPERVISAR ________________________________________________ 6.1 Estudios, Diseños y Asistencia Técnica Los estudios y diseños por realizar son todos aquellos formulados por la A.M.D.C. Estas representan Inversiones en medidas técnicas y sociales para el Distrito Central, concebidas para mitigar el riesgo de inundaciones, deslizamientos, y otros que afectan a las comunidades pobres en el área urbana del municipio. Dentro de los estudios y diseños que podrán ser objeto de esta consultoría se consideran los siguientes: • Muros de retención anti deslizamientos; • Embaulamiento y manejo de agua pluvial; • Trincheras para retención de agua; • Estabilización de taludes; • Forestación de cuencas; • Retiro de árboles débiles y reforestación; • Manejo de (micro) cuencas; • Mejoramiento de conducción de sistemas de agua de lluvia; • Disipadores de energía; • Intervenciones verdes en áreas liberadas de vivienda en riesgo; uso alternativo de suelo bajo amenaza o reforestación de áreas no urbanizadas; • Implementación de parques urbanos y senderos en áreas bajo amenaza; • Inversiones complementarias a la medida estructural principal y bajo el concepto de
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integralidad que contribuyan a mejorar las condiciones de afectación que se hayan identificado durante el proceso de caracterización de la amenaza y definición de la medida, por ejemplo: Liberación de vías de evacuación, reforzamiento de instalaciones críticas para funcionar como albergues temporales en caso de emergencias, etc.; • Otros diseños, siempre y cuando estén en función del resultado y de los objetivos del Programa o que por requerimiento de la UEPP de la A.M.D.C., sean solicitados. 6.2 Obras a Supervisar Luego de haberse superado la etapa de estudios y diseños por parte de la empresa consultora (cuando aplique), y se haya realizado por parte de la A.M.D.C. el proceso de licitación y contratación, se pasará a la etapa de Supervisión a fin de asegurar la correcta ejecución de las obras cumpliendo con las especificaciones técnicas y demás normativas aplicables, así como en la aplicación de las mejores prácticas constructivas y elevados estándares de calidad que aseguren una eficiente y adecuada operación y funcionalidad de la obra que sea ejecutada. 7. ALCANCE DE LOS SERVICIOS, TAREAS (COMPONENTES) Y ENTREGABLES PREVISTOS ________________________________________________ 7.1. Definiciones Para el control y seguimiento de las actividades a realizar durante el proceso constructivo, es necesario que los servicios que preste la Supervisión contemplen una vigilancia y monitoreo obligatoria y permanente. El Supervisor estará definido/a como el/la “El Consultor” en el contrato de obra para la “ESTUDIOS, DISEÑOS, ASISTENCIA TÉCNICA Y SUPERVISIÓN DE LAS INVERSIONES EN MEDIDAS ESTRUCTURALES Y MEDIDAS VERDES DEL PROGRAMA DE ADAPTACIÓN URBANA AL CAMBIO CLIMÁTICO EN CENTRO AMÉRICA – COMPONENTE HONDURAS”, y deberá cumplir con las diferentes actividades que componen las etapas descritas para esta realización de estudios, diseños y supervisión. Es importante aclarar que estas actividades no son una limitación en cuanto al alcance de los trabajos a realizar y que las mismas podrán ser ampliadas y/o modificadas por éste, de acuerdo con su experiencia, siempre que cuente con el visto bueno de la DCyS y la aprobación de la UEPP de la A.M.D.C., de acuerdo con cada etapa del proceso. El Consultor suministrará el personal e insumos necesarios para el desarrollo de este proyecto y es entendido que asumirá toda la responsabilidad técnica para la prestación de los servicios profesionales solicitados en estos términos de referencia, pero además, tendrá las obligaciones y responsabilidades de carácter técnico, financiero y administrativo que de acuerdo, a las mejores prácticas de ingeniería y administración de proyectos, sean inherentes a la naturaleza de los servicios requeridos por A.M.D.C. El Consultor, para los proyectos que ya están diseñados, hará una revisión conceptual, revisará y analizará los
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planos de construcción proporcionados para cada uno de las medidas del programa que sean objeto de ejecución, a través de una revisión conceptual completa de los proyectos, con el propósito de verificar que se han realizado todas las consideraciones necesarias para garantizar el buen funcionamiento y seguridad de las obras a construir, haciendo una inspección minuciosa de toda la información existente en gabinete y en el campo, los aspectos principales y/o críticos del proyecto, los estudios de suelos, verificación de niveles en el terreno, y otros aspectos que el Consultor considere importante para obtener por sí mismo y bajo su propia responsabilidad todas aquellas observaciones que pudieran ser necesarias para efectuar los servicios contratados. De encontrar observaciones, el Consultor, deberá de informar a la UEPP de tal manera que sean ejecutadas las correcciones necesarias en los planos, en las especificaciones técnicas de construcción disponibles, criterios, normas y parámetros utilizados en el dimensionamiento de los componentes del sistema incluyendo los materiales y otros. En la etapa de supervisión de las obras, todas las revisiones, observaciones o planteamientos que formule el Consultor, deberán presentarse a la UEPP para su Visto Bueno, y posteriormente enviarse a la DCyS y la UEPP de la A.M.D.C., quienes procederán a aprobar las modificaciones de contrato con sus respectivas justificaciones, a fin de no generar atrasos en la construcción. El Consultor deberá asegurar a la A.M.D.C., que, en el marco de sus actividades de supervisión, adoptará los procedimientos necesarios para realizar un control permanente y efectivo, demostrando a través de este proceso que se cubren en su totalidad, los siguientes aspectos: a) Técnico: Asegurándose que, en cada momento de la ejecución de las obras, los Contratistas dispongan de los recursos humanos y logísticos necesarios, que sean en número y condición operativa suficientes para alcanzar los rendimientos programados, acorde al cronograma de ejecución de cada obra en estricto cumplimiento del tiempo de contrato. b) De Calidad: Velando por que se cumplan los requisitos de idoneidad y experiencia con el fin de que las obras se ejecuten de acuerdo con los planos y especificaciones técnicas aprobadas, empleando los materiales y el equipo de la mejor calidad. c) Ambiental: Vigilando que el Contratista observe, acate, ejecute y dé cumplimiento estricto a las medidas de control ambiental propuestas para este proyecto. d) Administrativo: Revisando, aprobando, modificando o rechazando, según sea el caso, las solicitudes de pago de cada Contratista, llevando el control de los valores acumulados, de las deducciones aprobadas, de las multas si las hubiere, desembolsos, así como la vigencia de las garantías extendidas por cada uno de los Contratistas. e) Legal: Dictaminando acerca de los reclamos, desacuerdos y otros asuntos relacionados con la ejecución o progreso del trabajo o con la interpretación del contrato de las actividades de cada Contratista. El Consultor deberá prever e informar oportunamente a la DCyS y la UEPP de la A.M.D.C., sobre cualquier modificación
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o alteración que pudiera presentarse en el desarrollo físico de cada proyecto, así como de cualquiera que resulten necesarias para un mejor cumplimiento o economía en el mismo. Dichas modificaciones deberán justificarse con claridad en un informe técnico que detalle las razones comprobadas, su incidencia en el monto del Contrato y demás elementos que fundamenten los cambios propuestos. Una vez aprobada por la UEPP y la DCyS, se procederá a la estructuración de la respectiva adenda del contrato y su posterior ejecución. En el caso de necesitar un cambio en el diseño durante la ejecución de la obra se notificará previamente a la UEPP y a la DCyS para su revisión y validación). El Consultor hará la revisión integral de cada proyecto terminado para dar lugar a las recepciones según cada caso, sean esta la recepción provisional y/o la recepción final de este. Velará por la corrección de defectos, hará la conciliación de obra final y apoyará en la aceptación de la obra, para lo cual preparará toda la documentación necesaria para el cierre de cada proyecto, asimismo hará la revisión de planos elaborados por el Contratista tal como se construyó la obra, y la revisión de los manuales de mantenimiento y operación de las obras elaborados por el Contratista en caso de que sea necesario. El Consultor servirá de enlace entre el Contratista la UEPP y DCyS de la A.M.D.C. Siendo la UEPP quien canalizará toda la documentación entrante o saliente producto de esta supervisión a cada uno de los departamentos interesados de la A.M.D.C., con el fin de que se sigan todos los procedimientos administrativos, legales y financieros de la institución. 7.2. Etapa de Estudios, Diseños y Asistencias Técnicas. El Consultor, en la etapa de estudios y diseños en conjunto con la UEPP de la A.M.D.C., deberá revisar y hacer los análisis correspondientes para que los diseños entregados cubran las medidas estructurales previo a la ejecución de las obras. Ambas etapas de estudio, diseños y asistencias técnicas, y supervisión de las obras tendrán una duración de diecisiete (17) meses contados a partir de la orden de inicio del Contrato respectivo. El Consultor deberá proporcionar a la A.M.D.C., en los casos que sea necesario, la información y los comentarios relativos sobre las necesidades de rediseñar el proyecto (antes de iniciar la obra), así como, de cualquier modificación o alternativa de solución para corregir, modificar o ampliar el alcance de las obras en función de cualquier contrariedad encontrada respecto a las condiciones existentes. No atender a esta responsabilidad durante esta etapa, se considerará como falta grave a la contratación del Consultor, por lo que el no cumplimiento, por sí mismo, será objeto para llevar a cabo una penalidad del no pago de la actividad o la recisión del contrato de acuerdo con la gravedad del caso. 7.2.1. Etapa Preliminar Se llevará a cabo la reunión inicial de inducción al Programa de Adaptación Urbana al Cambio Climático en Centroamérica – Componente – Honduras, realizada por la UEPP y la DCyS
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de la AMDC, conjuntamente con la Consultora, en la cual se socializarán los procedimientos aprobados y definidos para la implementación de los estándares que regirán el diseño de las obras y demás procesos involucrados. También se definirán los canales de comunicación, procedimientos y protocolos a seguir entre los equipos técnicos para el acompañamiento en la asistencia técnica y la aceptación de los diseños requeridos en esta consultoría. ALCANCES DE LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Realización de los Estudios, Diseños y Asistencia Técnica de los Proyectos del Programa y adicionales: Estas actividades serán todas aquellas requeridas por la UEPP para asegurar a la A.M.D.C., que el Consultor implemente medidas técnicamente adecuadas, congruentes con la problemática que se propone resolver y factibles para su ejecución según diseños y especificaciones técnicas. Se Incluyen como parte de estas actividades, pero sin limitarse a ellas, las siguientes:
- a)
Realizar, validar y verificar en gabinete y en el campo todos los aspectos de cada uno de los proyectos que integran la cartera del programa, incluidos entre otros, los estudio de suelos, condiciones o estado y disponibilidad del terreno, verificación de niveles de elevación, cantidades de obra preliminares que sirvieron de base para licitarlo (Determinando si son adecuadas y suficientes) y otros aspectos que el Consultor considere importante por representar condicionalidades que implican amenazas a la correcta ejecución, la calidad, los alcances, el tiempo o cualquier otro aspecto trascendente para cada una de las medidas a ejecutar.
- b)
Asignar los recursos de personal suficientes para revisar, validar y supervisar de manera pronta y responsable la cartera de proyectos del programa, que a través de la UEPP les asignen, estas podrán ser por lotes de proyectos o de manera individual, y podrán ser en cualquier momento dentro del tiempo de duración del Programa.
- c)
Se consideran dentro de estas revisiones, las relativas a los estudios especiales, las cuales incluyen los aspectos específicos relativos a las ciencias de la geología y geomorfología, geotecnia, geofísica, hidrología, hidráulica, estructuras u otras áreas específicas del conocimiento que para la revisión del diseño de las medidas estructurales ante deslizamientos e inundaciones hubiesen sido incorporadas a los procesos de diseño de las medidas u obras del programa. En este sentido, el Consultor deberá asegurar a la UEPP de la A.M.D.C., que, con la realización de los diseños, sean cubiertas todas las posibles debilidades o vacíos que puedan comprometer la etapa de ejecución de las obras, y con ello, también puedan verse comprometidos los objetivos del programa.
- d)
Revisar los criterios, normas y parámetros utilizados en el dimensionamiento de los componentes de cada una de las medidas, incluyendo las especificaciones técnicas, materiales y otros.
- e)
En caso de requerirse, revisar los planos constructivos de obra y especificaciones técnicas para cada una de las medidas. Se notificará a la UEPP de la A.M.D.C., sobre las correcciones pertinentes y que incluyen, elaboración y aprobación de los planos y especificaciones complementarias.
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- f)
Revisar la integración de las medidas de control ambiental específicas para cada una de las obras que integran la cartera de proyectos del programa.
- g)
Comparar, revisar y ajustar los Planes preliminares de sanidad y seguridad presentados por las empresas (Firma Consultora y Contratistas).
- h)
Si durante la realización de los estudios y diseños se observan posibles modificaciones pertinentes a cada uno de los diseños de la cartera de proyectos del programa, se informará a la UEPP de la A.M.D.C., utilizando los formatos preestablecidos por la misma. Para esta actividad y posterior modificación de los diseños se deberá contar con el visto bueno de la UEPP y la aprobación de la DCyS de la A.M.D.C.
- i)
Revisar en conjunto con cada Contratista, su programa de ejecución de la obra, la asignación de recursos (humanos, equipo y materiales) y el programa de inversión financiera ajustándose al plazo estipulado en el Contrato y a las condiciones generales y especiales del mismo. Esto también aplica para los diseños que hayan sido objeto de modificación, teniendo como paso previo la socialización de las modificaciones que fueron realizadas a dichos diseños.
- j)
Presentar un plan inicial sobre los ensayos de laboratorios requeridos.
- k)
En caso de requerirse por parte de la UEPP de la A.M.D.C., debido a la complejidad del Proyecto, el Consultor revisará el perfil para la posterior ejecución y recomendaciones. 7.3. Etapa de la Supervisión En la etapa de Supervisión de las Obras, el Consultor deberá realizar la revisión de los diseños de los proyectos contratados por la A.M.D.C., proponiendo, cuando sea necesario, los ajustes y/o modificaciones correspondientes. Dichos cambios deberán ser aprobados por la UEPP y por la DCyS de la A.M.D.C., conforme a las siguientes etapas: 1. Etapa Preliminar 2. Etapa de Supervisión 3. Etapa de Cierre La etapa de Supervisión de las Obras tendrá una duración de trece (13) meses y adicionalmente se consideran cuatro (4) meses para el cierre del Programa, plazo contado a partir de la Orden de Inicio. El Consultor deberá proporcionar a la UEPP de la A.M.D.C., cuando corresponda, la información y los comentarios relacionados con la necesidad de rediseñar el proyecto (previo al inicio de la obra), así como cualquier modificación o propuesta de solución que permita corregir, ajustar o ampliar el alcance de las obras en función de las condiciones reales encontradas en el sitio. Las etapas de realización de estudios y diseños y supervisión y cierre de las obras tendrán una duración de diecisiete (17) meses contados a partir de la firma del Contrato respectivo. 7.3.1. Etapa Preliminar La Etapa Preliminar para cada uno de los proyectos a supervisar contempla la revisión de documentación para la ejecución de
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la supervisión, la que inicia a partir de la asignación mediante notificación oficial por parte de la DCyS de los proyectos con contrato suscritos. En ese periodo, con el propósito de lograr un dominio pleno y completo del mismo de cada uno de los proyectos asignados para su supervisión, el Consultor deberá realizar la revisión de planos, cantidades de obra, memorias de cálculo, presupuestos, especificaciones técnicas, estudios especializados, medidas de control ambiental, y toda la información técnica y legal relativa a cada una de las medidas estructurales que formen parte de la cartera de proyectos del programa de “Adaptación Urbana al Cambio Climático en Centroamérica – Componente Honduras”. Toda esta información debe ser entregada por la A.M.D.C., antes del inicio del proyecto al Consultor. Al efectuar la revisión y validación requerida, el Consultor, estará obligado a presentar un informe preliminar del estado del proyecto previo al inicio de las obras. Deberá llevar una bitácora de obra para realizar las anotaciones más importantes durante la ejecución del proyecto. La UEPP y la DCyS de la A.M.D.C., mantendrá vigilancia y seguimiento permanente, por lo que hará las observaciones que estime convenientes y canalizará toda la información para que siga los procedimientos administrativos que la A.M.D.C haya establecido. De igual manera y de ser necesario, el Consultor podrá solicitar aclaraciones a la UEPP y/o DCyS de la A.M.D.C., con el fin de llevar a cabo la Supervisión de las obras. Durante esta etapa el Consultor desarrollará las siguientes actividades principales: a. Reuniones: Se tendrán las reuniones de pre-construcción, reuniones de seguimiento (que pueden ser semanales, quincenales, o según convenga) y otras reuniones que sean solicitadas por la A.M.D.C. o por el Consultor. b. Informe preliminar (o inicial) . a. Reuniones: Esta actividad será realizada para cada uno de los proyectos que sean entregados por la A.M.D.C., que en el marco del programa sean realizados por formar parte de la cartera de proyectos del programa, siendo que para cada medida a ejecutar, el Consultor participará posteriormente, en la reunión de pre-construcción, concebida como una reunión previa a dar inicio a la ejecución de las obras, la cual se llevará a cabo en las oficinas del Consultor y contará con la participación de la UEPP y la DCyS de la A.M.D.C., el Contratista y el Consultor, para la presentación de todas las partes involucradas. En esta reunión se dará una breve descripción del Proyecto, sus componentes y se establecerán los canales de comunicación, de trámite de documentación y de los pagos respectivos. Asimismo, y de ser necesario, el Consultor deberá organizar reuniones, con la DCyS y la UEPP de la A.M.D.C., en función de algún tema en particular, como los avances de esta etapa de supervisión de los proyectos, observación de la revisión al proyecto, rediseños que deben ser ejecutados por la A.M.D.C., entre otros. b. Informes: El Consultor, para cada uno de los Proyectos que integran la cartera de proyectos que serán ejecutados con los fondos del programa, deberá presentar lo siguiente:
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• Informe Preliminar: El informe preliminar (o de inicio) descrito en el numeral 9.1 inciso b), de estos Términos de Referencia, que comprenderá los resultados de la revisión y validación preliminar del estado del proyecto, que deberá ser aprobado por la DCyS y la UEPP. 7.3.2. Etapa de Supervisión La etapa de supervisión contempla trece (13) meses calendario de la ejecución de la Supervisión, contados a partir de la orden de inicio. La etapa de supervisión coincidirá con la ejecución de las obras por parte de cada Contratista asignado a cada proyecto. En esta etapa la A.M.D.C., a través de la UEPP y la DCyS vigilará, controlará y dará seguimiento al proceso de ejecución del proyecto, por un lado, a través de su equipo Técnico de campo y, por otro lado, realizando visitas periódicas al sitio de la obra. Al mismo tiempo la UEPP y/o la DCyS harán las observaciones que estimen necesarias al Consultor, participará en las reuniones administrativas semanales, quincenales o como mejor estime la A.M.D.C. y/o el Consultor en función de la importancia, revisará sus informes mensuales y realizará las revisiones y aprobaciones de las estimaciones de cada Contratista y del Consultor. La etapa de Supervisión se resume en cuatro actividades: a) Supervisión de la Construcción de cada contrato de Construcción del programa; b) Administración y Control de cada contrato de Construcción para cada proyecto del programa; c) Reuniones administrativas; y, d) Informes. a) Supervisión de la Construcción: El Consultor será responsable junto con cada Contratista de la calidad de la obra, el cumplimiento en tiempo y del uso eficiente de los recursos asignados, para lo cual deberá efectuar una inspección continua y completa de todo el trabajo realizado por cada Contratista. Esta actividad se deberá realizar con equipos de trabajos independientes y coordinados, por lo que se requiere que el Consultor posea las capacidades necesarias para asegurar a la A.M.D.C., que en cada uno de los proyectos y de acuerdo con los contratos generados, deba ejecutar, pero no limitarse a ello, las siguientes actividades: • Revisar y aprobar el plan de trabajo presentado por cada uno de los contratistas de obra para ejecución de los contratos asignados. Esta actividad deberá ser aprobada por la DCyS de la A.M.D.C. y presentada a la UEPP para su conocimiento. • Revisar y aprobar los métodos de construcción propuestos por cada Contratista, métodos que deberán ser compatibles con el ritmo de ejecución propuesto (variable determinante) y la movilización de personas, equipos y materiales en cada proyecto. • Registrar el rendimiento del equipo de cada Contratista, incluyendo sus paros por desperfectos, mantenimiento, lluvias y otros. Verificar la disponibilidad del equipo ofertado en la obra. Si fuera necesario deberá solicitar el retiro de todo el equipo en mal estado y el reemplazo de este por un equipo en buenas condiciones. Esta información deberá estar incluida en los informes mensuales y ser tema de discusión en las reuniones administrativas semanales.
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• Aprobar o rechazar la calidad de la obra y de los materiales incorporados; a través de inspecciones continuas y de acuerdo con los resultados obtenidos en los ensayos de laboratorio. Se incluye como parte de esta actividad la revisión del diseño de mezclas en laboratorio para todas aquellas obras en las cuales se requiera del uso de materiales locales o previo a la aprobación de bancos de préstamos por la supervisión. (El diseño de mezclas será responsabilidad del Contratista y presentado previo al inicio de las obras). • Observar, aprobar o reprobar los procedimientos de trabajo, los ensayos de los materiales incorporados o por incorporar a la obra, los planos de construcción complementarios y el resultado de las pruebas de campo efectuadas para cada proyecto. • Mantener un sistema de aseguramiento de la calidad, registros, archivos y estadística de todos los ensayos de laboratorio solicitados y realizados durante el periodo de construcción, que deben ser integrados en los informes mensuales de cada proyecto. • Interpretar los planos, las especificaciones técnicas y cualquier otro documento que sea necesario para una correcta ejecución de las obras. • En aquellas obras que resulten cambios o mejoras al diseño por parte de la A.M.D.C., ésta suministrará al Contratista en no más de (15) quince días aquellos planos e instrucciones adicionales que resulten necesarios para la debida y adecuada ejecución de las obras del proyecto, para ajustar los mismos a cualquier variación que pudiera haber ocurrido en el terreno, en el tiempo transcurrido entre la elaboración de los diseños y la ejecución de las obras. • Verificar la presencia en el proyecto, del personal técnico de cada Contratista propuesto en la oferta para cada licitación, velando porque cumpla los requisitos de idoneidad y experiencia necesaria para realizar el trabajo acorde con la calidad establecida en las especificaciones de cada proyecto. • Expresar sus objeciones con respecto a toda persona empleada por cada Contratista para la ejecución de la obra, de la que se compruebe que observa mala conducta, es incompetente o muestra negligencia o rebeldía en el debido cumplimiento de sus obligaciones y exigir que sea retirada inmediatamente de la obra. • Vigilar que cada Contratista observe, acate, ejecute y dé cumplimiento estricto a las medidas de control ambiental, y cumpliendo con las Normas Medioambientales, Sociales y Relativas a la Salud y la Seguridad Laboral propuestas para la ejecución de cada Proyecto. • Estar presente en la obra para vigilar la realización de cualquier trabajo de vertido de concreto, para lo cual cada Contratista deberá notificarle con al menos 24 horas de anticipación. • Ordenar la reparación de la obra que se compruebe que no cumple con los requerimientos contractuales, aun y cuando se hayan realizado pagos por las mismas. • Vigilar que las adquisiciones de materiales y otros suministros se efectúen con la prontitud necesaria para evitar demoras y/o paralizaciones en la ejecución de las obras. • Vigilar que los procedimientos de almacenaje en bodega de los distintos materiales son los más
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adecuados, para garantizar la calidad permanente de los mismos. • Efectuar una supervisión permanente y completa de todos los trabajos a su cargo (de cada uno de los ejecutores), comprobando se cumpla con el plan de trabajo, con el control de calidad, los planes de salud y seguridad, así como, de asegurarse que se lleven a cabo todos los ensayos de los materiales incorporados o por incorporar a la obra y toda otra prueba o tarea de control y garantía de calidad, que sea necesario efectuar para garantizar a la A.M.D.C., la buena ejecución de las obras. • Informar a la UEPP para su autorización si surgieran cambios en el diseño para que ellos los realicen y proyectar cualquier cambio que surja durante la ejecución de las obras para lograr un mejor desempeño y economía. El gerente de obra deberá acatar los procedimientos y tiempos establecidos por el cliente para esta actividad. • Solucionar las consultas y observaciones técnicas de las obras, realizadas por la DCyS A.M.D.C., o aquellas que la UEPP como coordinadora de la Entidad Ejecutora del Programa requiera en torno a la ejecución de las medidas u obras. • Tomar en cuenta las observaciones que haga la UEPP y la DCyS de la A.M.D.C., en relación con la ejecución y al cumplimiento de las cláusulas de cada contrato de obras. b) Administración y Control del Proyecto • Una vez que El Consultor recibe la información de parte de la A.M.D.C., deberá revisar y dependiendo la complejidad, deberá de dar respuesta en un plazo de hasta 7 días a toda la documentación entregada por los ejecutores de obra. • Revisar, aprobar, rechazar o modificar las cantidades de obra presentadas por cada ejecutor de obra para determinar su avance financiero en base al avance físico real, así como, para revisar y analizar los costos a incluir en sus estimaciones, efectuando todas las mediciones y cálculos necesarios de manera que la DCyS pueda llevar un control permanente de las cantidades obras ejecutadas y las pendientes de ejecutar. • Certificar las solicitudes de pago de cada Contratista, en función del control de los valores acumulados, deducciones aprobadas, multas si las hubiere, desembolsos, así como la vigencia de las fianzas extendidas por el mismo. El Consultor deberá solicitar la renovación de dichas garantías y seguros de acuerdo con la ley, por lo menos con dos meses de anticipación sobre la fecha de su vencimiento y al mismo tiempo deberá informarlo a la DCyS de la A.M.D.C. • Aprobar o improbar los laboratorios donde cada Contratista realizará las pruebas de calidad tanto de materiales como de obra que se requieran. • Si durante la ejecución del proyecto se produce un hallazgo que introduzca la posibilidad de modificaciones al contrato, el Gerente de Obras designado por la supervisión (Representante de la Supervisión), luego de la solicitud por escrito, tendrá siete días para contestar al Ejecutor de Obras si procede o no dicha modificación, ya sea por aumento,
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disminución o cambio en las actividades de obra. De ameritar un cambio en el diseño, y una vez que se cuente con la aprobación de la DCyS de la A.M.D.C. y la UEPP, El Consultor tendrá quince días para rediseñarlo. Posteriormente de la aprobación una vez sea notificado de la misma y enviado a la Supervisión, el Gerente de Obras procederá a entregárselo al Ejecutor de Obras, quien dispondrá de siete días para preparar la documentación soporte de este cambio y remitirla de nuevo al Gerente de Obras y ambos tendrán quince días para su discusión, revisión y su posterior definición final. Posteriormente la documentación deberá ser remitida a la UEPP, quien a su vez lo canalizará para que se sigan los procesos internos dentro de la A.M.D.C., para su aprobación final. Estos tiempos dependerán de la magnitud y tiempo de ejecución de cada proyecto, lo que se decidirá en las reuniones iniciales del cada proyecto. • Si la documentación requerida al Consultor para preparar una modificación al contrato no es facilitada al Ejecutor de Obras en un término no mayor de quince días y se demuestra que ha generado un atraso para la ejecución de las obras, la A.M.D.C., deducirá por concepto de multa la cantidad descrita en la cláusula respectiva de las Condiciones Especiales del Contrato de Supervisión. • Velar por el estricto cumplimiento y observación de lo establecido en el documento de licitación, contrato de construcción, especificaciones técnicas, plan de control de calidad, el plan de salud y seguridad, las medidas de control ambiental durante la construcción de las obras y demás instrumentos que formen parte íntegra de este proceso y sean establecidos en el contrato de ejecución de las obras. • Revisar y brindar observaciones a la UEPP y la DCyS de la A.M.D.C., sobre el plan de salud y seguridad y el plan de Control de Calidad que sean presentados por cada uno de los Ejecutores de Obras del programa, y una vez aprobados los mismos, velar por su oportuna y correcta implementación para luego continuar vigilando su cumplimiento durante la ejecución de las obras. • Asistir a la UEPP y la DCyS de la A.M.D.C., en la búsqueda, investigación, recopilación, análisis y revisión y validación de toda la información referente para cada uno de los casos de accidentes, cuando ocurran; para lo cual podrá solicitar al Ejecutor de Obras del Programa, toda la información concerniente a los mismos además de realizar sus propias investigaciones de los hechos y del caso en general, para luego, elaborar los reportes correspondientes que serán entregados a la UEPP y la DCyS. • Informar a la UEPP y DCyS de la A.M.D.C., sobre las irregularidades en el estado de avance de las obras, el cumplimiento de las medidas de control ambiental, entre otras. • La supervisión, previo a la emisión de recepciones de cada uno de los proyectos, deberá proceder a la revisión del manual de mantenimiento de las obras del programa (cuando aplique) elaborado por el Contratista, mismo que estará dirigido a la participación de las comunidades como actores claves
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para la sostenibilidad de las medidas de adaptación al cambio climático o de reducción del riesgo de desastres. En éste se deberán dejar claramente definidos los recursos materiales, las actividades, los tiempos y demás elementos fundamentales para asegurar la implementación de las acciones necesarias para el mantenimiento periódico. Este manual deberá contar con el visto bueno de la UEPP, y la aprobación de la DCyS de la A.M.D.C. • Participar y firmar los procesos de recepción de las obras tanto en forma provisional como definitiva, así como en la realización de las liquidaciones correspondientes y en la redacción y suscripción de las Actas de Recepción correspondientes. En el caso de la emisión de actas de recepción final, la supervisión deberá contar con los respectivos manuales de mantenimiento de obras previo a la emisión de dichas actas de recepción final, por lo que, la ausencia de ellas en este momento se considerará como una falta al cumplimiento de estos términos de referencia. • Acompañar a la DCyS, así como a cualquier dependencia municipal que esté involucrada o requiera de su participación en los procesos administrativos de cierre físicos o financieros de los proyectos que estén bajo su responsabilidad de supervisión. • Dictaminar dentro de los cinco (5) días posteriores a la llegada de una solicitud, acerca de los reclamos, desacuerdos y otros asuntos relacionados con la ejecución o progresos del trabajo o con la interpretación del contrato. • Posterior a la entrega de la programación por parte del Contratista, la Supervisión dará el seguimiento de la programación de obras, la Supervisión deberá llevar dicho seguimiento preparar dicha programación electrónicamente, definiéndola como la Línea Base del Cronograma de trabajo, mismo que deberá contar con el visto bueno de la UEPP y la aprobación de la DCyS. Con ello, el Gerente de Obras asignado por la supervisión deberá introducir semanalmente la información referente a los porcentajes de avance, cantidades de obra, fechas reales de ejecución y recursos, generando el reporte semanal que deberá ser remitido al menos por vía electrónica a la DCyS, con la copia respectiva a la UEPP. En la reunión de administración se deberá presentar dicha información actualizada al menos a dos días previos a la reunión, para verificar el cumplimiento del cronograma de trabajo y el programa de desembolsos. • Cuando el Consultor considere apropiada una reprogramación propuesta por el Contratista, deberá remitir a la DCyS de la A.M.D.C., para su aprobación, la propuesta de la nueva reprogramación, acompañándola del dictamen correspondiente con todas las justificaciones y consideraciones necesarias como parte de su respectivo informe mensual. Del análisis que la DCyS realice en consulta con la UEPP, se emitirá la respectiva autorización para proceder a la reprogramación solicitada. • Cuando la reprogramación sea considerada necesaria y urgente por representar situaciones que de no hacerse
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se introducen posibles aspectos negativos para la ejecución o tener implicaciones de consideración que a interpretación de la UEPP y la DCyS requieran de mayor información inmediata, se solicitará la misma a través de la preparación de informe extraordinario de parte de la supervisión y con ellos será aprobada o denegada dicha reprogramación, también de forma inmediata. • Mantener informada en todo momento a la DCyS de la A.M.D.C. y la UEPP, sobre todo cuanto ocurre en los proyectos, como ser el surgimiento de problemas con las Comunidades beneficiarias, implicaciones negativas de los proyectos o su ejecución con el medioambiente, daños a terceros, problemas con la ejecución, accidentes laborales, entre otros, para los cuales, todos ellos deberán ser reportados inmediatamente por la supervisión. • Preparar y recopilar todos los documentos de respaldo que muestren el incumplimiento contractual del contratista, si los hubiere. Para ello la supervisión deberá mantener abiertos expedientes de cada uno de los proyectos que sean ejecutados en el marco del programa y que sean asignados a ésta, procurando con ello, facilitar los análisis y la secuencia de antecedente para cada proyecto, a la hora de requerirse las mismas, en respuesta de cualquier solicitud de la DCyS y la UEPP de la A.M.D.C. • Recomendar a la DCyS A.M.D.C., la conveniencia de suspender la ejecución en forma temporal o definitiva cuando se presente el caso de una condición permanente de mala calidad de la obra ejecutada, de empleo de materiales no especificados, incumplimientos en la ejecución de las obras de acuerdo con los planos de diseño constructivo, especificaciones en general u otras que representen falta grave por parte del Ejecutor de Obras y sean objeto de suspensión. • El Consultor, no deberá girar instrucciones que no estén contempladas en los documentos de construcción, sin antes haber informado a la DCyS y a la UEPP y sin tener aprobación de estas. c) Reuniones Administrativas • Preparar durante la ejecución de las obras, las diferentes reuniones de monitoreo de avance de obra, administración de construcción, calidad o seguridad y otras que la UEPP y la DCyS de la A.M.D.C., convoquen a su asistencia. • Las reuniones administrativas serán programadas por la supervisión para su realización semanal o quincenal de acuerdo con las necesidades establecidas por el Consultor o por la UEPP y/o la DCyS. Para ellas, la supervisión deberá preparar la agenda y remitirla para su respectiva aprobación. • Para todos los casos que presenten condiciones especiales, los cuales por razones de observarse situaciones particulares que introduzcan o representen condiciones de riesgo para cualquiera de los proyectos que se encuentran a cargo de la supervisión, ésta deberá permanecer completamente al tanto de dichas condiciones y mantener plenamente informada a la
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UEPP y la DCyS de la A.M.D.C., por lo que, a solicitud de cualquiera de estas dos dependencias municipales, la supervisión deberá estar presta a sostener reuniones extraordinarias para tratar los asuntos relativos a cualquiera de estas obras en ejecución a su cargo y que le sean requeridas, brindando los respectivos informes en el momento que le sean solicitados, no excediendo los plazos de su entrega, de los siguientes cinco días calendario después de realizada la solicitud. • Realizar las convocatorias de las personas participantes a cada una de las reuniones, tomar apuntes de las reuniones, preparar los borradores de las ayudas memorias generados de dichas reuniones. En este último caso, los borradores de las ayudas de memorias serán remitidos a la UEPP, que procederán a la devolución corregida para que la supervisión proceda a la distribución del documento final de ayudas de memorias a cada una de las partes involucradas. • Es importante señalar que, en lo referente a las ayudas de memorias, los compromisos que adquieran cada una de las partes involucradas (la Supervisión como el Ejecutor de Obras del Programa) serán de obligatorio cumplimiento. • Proveer asesoría y evacuar las consultas de la UEPP y la DCyS y/o habitantes de las colonias donde se ejecuten los proyectos, si éstos lo solicitan y la UEPP así lo estima conveniente. d) Informes: • El Consultor, durante la etapa de Supervisión, es a través de sus informes que asegura sostener con la UEPP y la DCyS de la A.M.D.C., una permanente y fluida comunicación sobre el estado de la obra y el desarrollo de cada Contrato que se esté ejecutando, para cuyo efecto deberá contar con los medios pertinentes que lo garanticen. En este sentido, los informes deberán ser acompañados por descripciones concretas pero detalladas sobre las situaciones de mayor relevancia que se presentan y deban ser conocidas, explicando sus repercusiones, impactos, las soluciones recomendadas, entre otras. Asimismo, deberán documentarse con imágenes, planos y demás detalles que proporcionen una correcta apreciación, entendimiento e interpretación de cada uno de los casos que sean informados. No obstante, dichos informes deberán ser consolidados, ejecutivos y/o resumidos, poniendo a disposición de la DCyS de la A.M.D.C. y la UEPP, la información indispensable para el análisis de cada caso, pero podrá agregar en sus anexos, los demás respaldos de información que se consideren pertinentes, tales como las copias de bitácora. • La presentación de informes deberá contar con la información correcta y verificable, siendo así que como uno de los aspectos de revisión de esta se contará con los registros documentados en las Bitácoras de cada uno de los proyectos que estén bajo su responsabilidad. En este sentido, la supervisión deberá mantener actualizadas todas y cada una de las Bitácoras de los proyectos a su cargo, asegurando que dichas Bitácoras se encuentren en sitios adecuados y protegidos durante todo el periodo de ejecución
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de los proyectos, debiendo escribir en las mismas, todo lo referente a las principales actividades de cada proyecto, los problemas suscitados y las soluciones aplicadas, manteniendo el registro permanente de sus visitas a los sitios y de sus participaciones con instrucciones o solicitudes de actuación requeridas a cada uno de los Ejecutores de Obras del Programa. • Presentar a la DCyS, y la UEPP los informes mensuales de avance descritos en estos Términos de Referencia. • De lo anterior, se establece que la supervisión deberá presentar a la DCyS con copia a la UEPP, al menos un informe mensual de supervisión por cada proyecto en ejecución que reflejará los avances por cada uno de los proyectos que se mantengan en ejecución y estén bajo su responsabilidad. Este informe deberá ser presentado en la última semana del mes a reportar, no el inicio del siguiente, de tal manera que la UEPP y la DCyS A.M.D.C., cuente con la información de referencia para cada uno de los proyectos que serán revisados en la reunión administrativa mensual, misma que deberá ser programada por la supervisión durante la primera semana de cada mes. • Preparar el informe Mensual descrito en la Sección No. 9.1 inciso e) de estos Términos de Referencia para cada uno de los Contratos que se estén ejecutando. Este a su vez se preparará para efectos de trámite de la estimación de obra de cada Ejecutor y que comprenderá el resumen de los trabajos realizados durante el periodo. • Preparar y remitir informes especiales cuando estos se requieran o las circunstancias lo determinen en cada uno de los contratos. Para todos aquellos casos en los cuales por circunstancias especiales o particulares propias de cada uno de los procesos de construcción emprendidos para los proyectos objetos de esta supervisión, la A.M.D.C., podrá requerir en cualquier momento de la entrega de reportes o informes generales, detallados o pormenorizados de los avances, de las soluciones adoptadas ante los obstáculos presentados, de los métodos constructivos empleados, o de cualquier otro tipo de información especial que a criterio de la DCyS de la A.M.D.C. o de la UEPP, sea importante conocer. La entrega de estos informes o reportes no deberá dilatarse más de una semana, no obstante, la supervisión también podrá negociar con estas dependencias municipales para aquellos casos en los cuales se requiera de mayor tiempo para la entrega de dichos informes, siempre que la A.M.D.C., así lo estime adecuado o conveniente. • Todos los informes serán dirigidos a la DCyS con copia de manera simultánea a la UEPP. 7.3.3. Etapa de Cierre La Etapa de Cierre contempla los dos (2) últimos meses de ejecución de la Supervisión, contados a partir de la finalización de la etapa de supervisión (luego de cumplidos los meses de la etapa de supervisión). La etapa de cierre final comprende la revisión integral de los productos de esta Supervisión y con ello, de los resultados de cada una de las ejecuciones u obras que hayan sido supervisadas; durante esta etapa se presentarán: a) Un Informe
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Técnico de Cierre de Obras, para la recepción de cada una de las obras de cada Contrato de Construcción que haya sido supervisado (éste se presentará cuando finalice cada contrato de construcción), que deberá incluir entre otros, los manuales de mantenimiento aprobados por la DCyS de la A.M.D.C., de todas y cada una de las obras ejecutadas en donde se deberá incluir las actas de aceptación provisional de la obra contratada, donde se indiquen todas las observaciones para la corrección de defectos y subsanación de pendientes, mismos que luego de la posterior demostración de cumplimiento de dichos pendientes, den pie a la finalización de cada uno de los Contratos (cierre físico de las obras); los planos finales (según construido) preparados por cada Ejecutor de Obras del Programa y aprobados por la Supervisión y la conciliación de las cantidades de obra, b) Una vez concluida la etapa de construcción de todas las obras, se preparará El Borrador de Informe Final de Obras, que deberá incluir entre otros, los manuales de mantenimiento aprobado por la DCyS de la A.M.D.C., de todas y cada una de las obras ejecutadas, el resumen de los informes técnicos de cierre de obras, la aceptación de las obras corregidas o subsanadas, c) El Informe Final de Obras, que entre otros deberá incluir las correcciones a las observaciones del Borrador de Informe Final que sean requeridos por la UEPP y la DCyS de la A.M.D.C. Las siguientes actividades son entre otras, algunas de las que deberá realizar el Consultor: • El Consultor notificará la fecha para que en compañía del Contratante (DCyS) y del Contratista, hagan la inspección final de las obras a recibir. Certificará en cuanto a su terminación y/o determinará las correcciones por defectos que el Ejecutor de Obras del Programa deberá realizar para que la obra sea aceptada, indicando al ejecutor el tiempo con el cual cuenta para la subsanación de los pendientes, no excediendo el mismo, de un periodo de 20 días, salvo en los casos de mayor complejidad y que a consideración de la supervisión, contando con la autorización de la UEPP y la DCyS de la A.M.D.C., se autorice la ampliación de este tiempo a un periodo máximo de 30 días para realizar dichas correcciones. • Es responsabilidad de la Supervisión, vigilar que se cumpla a cabalidad, la construcción de las obras en el periodo originalmente programado para la construcción de cada una las obras, siempre que estas no sufran cambios en los diseños u otros imprevistos por causas de fuerza mayor o imprevistos de consideración que hayan sido debidamente conocidos por la UEPP y la DCyS, para los cuales exista pronunciamiento de ésta, autorizando desfases que puedan dar lugar a la ampliación de referencia. De confirmarse la responsabilidad de la supervisión en lo relativo a la ampliación de plazo, se deberá proceder de conformidad a lo establecido en el contrato para estas circunstancias. • La supervisión recomendará la necesidad de ampliar plazos, ya que esta es la responsable de asegurar a la A.M.D.C., que sean vigilados todos los aspectos relativos a la ejecución, siempre que los mismos no sean objeto de anotar las observaciones,
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recomendaciones y correcciones de defectos tanto en la bitácora del Proyecto como en el Certificado de Terminación de Obras de cada Proyecto (Acta de Recepción Provisional de Obras). • Hay que asegurar que los defectos señalados hayan sido corregidos conforme a lo solicitado. • Revisar y aprobar los planos finales “tal como se construyó” elaborados por el Contratista, verificando que éstos muestren todos los elementos del Proyecto tal como se construyeron. • Presentar a la DCyS la Bitácora descrita en estos Términos de Referencia. • Emitir el Certificado de Terminación de Obra, para cada contrato de construcción (Acta de Recepción Sustancial de la Obra). • Emitir el Certificado de Responsabilidad por Defectos, para cada contrato de construcción (Acta de Recepción Final de la Obra). • Preparar el informe final de obras para cada uno de los Proyectos construidos. 8. REQUISITOS DE COMPOSICIÓN Y CALIFICACIÓN DEL EQUIPO PARA LOS EXPERTOS CLAVE _______________________________________________ El Consultor debe contar con la capacidad necesaria para designar personal técnico idóneo y suficiente, en forma permanente y conforme a su propuesta, en cada uno de los proyectos que se estén ejecutando. Este personal deberá cumplir a cabalidad con todas sus funciones, de acuerdo con la complejidad, naturaleza y magnitud de las obras a diseñar y/o supervisar. En tal sentido, el Consultor proveerá todos los vehículos, equipos de ingeniería, mobiliario y equipo de oficina, así como todos los suministros indispensables, que permita disponer de una logística y capacidad de servicio adecuado y óptimo para el debido cumplimiento y desempeño de las labores encomendadas. 8.1. Del equipo Consultor El Consultor deberá incluir en su Propuesta de Precio todos los costos en los que va a incurrir para el desarrollo de esta Supervisión. Entre estos se incluyen, gastos de movilización, comunicación, impresión, pago de personal y honorarios profesionales. El personal mínimo requerido que el Consultor deberá proporcionar es el que se describe a continuación: Gerente o Director de Proyectos: Ingeniero Civil Colegiado y con maestría en Gestión o Dirección de Proyectos, de negocios o afín al área de proyecto, con al menos veinte (20) años de experiencia en proyectos de infraestructura y con destrezas en el manejo de equipos multidisciplinarios. Además, debe contar con experiencia en coordinación de al menos tres (3) proyectos de similar magnitud y naturaleza y de preferencia con experiencia en proyectos localizados en áreas urbano- marginales. Se asignarán 10 puntos y se evaluará como profesional ofrecido en función del profesional con mayor experiencia y el resto de una manera proporcional a éste. Ingeniero Jefe del Proyecto (Coordinador del equipo): Ingeniero Civil colegiado y solvente con el Colegio de
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Ingenieros Civiles de Honduras (CICH), de preferencia con maestría en áreas de la ingeniería o administración (hidrología, hidráulica, diseño estructural, administración y/o gestión de Proyectos), quien deberá demostrar que ha participado en la ejecución de por lo menos 3 proyectos de supervisión similar y poseer como mínimo 15 años de experiencia profesional en obras viales y que al menos 1 incluya el componente de cambio climático. Se asignarán 10 puntos y se evaluará como profesional ofrecido en función del profesional con mayor experiencia y el resto de una manera proporcional a éste. Especialista en Obras Hidráulicas: Ingeniero Civil colegiado, de preferencia con maestría en ingeniería sanitaria o hidráulica, con no menos de diez (10) años de experiencia general y con experiencia en diseño y supervisión de proyectos de agua potable, alcantarillado sanitario y drenaje pluvial a nivel urbano en no menos de cinco (5) proyectos de similar magnitud y naturaleza. De preferencia con experiencia en proyectos localizados en áreas urbano-marginales. Especialista en Geotecnia: Ingeniero Civil colegiado, de preferencia con maestría en geotecnia o similar, con no menos de veinte (20) años de experiencia general y con experiencia en diseño y supervisión de proyectos de esta especialidad a nivel urbano en no menos de cinco (5) proyectos de similar magnitud y naturaleza. De preferencia con experiencia en proyectos localizados en áreas urbano-marginales. Especialista Ambiental: Ingeniero ambiental o profesional universitario colegiado de preferencia con el grado de maestría en el área del medio ambiente, con no menos veinte (20) años de experiencia general y con experiencia en diseño y/o supervisión de medidas de control ambiental en proyectos a nivel urbano en no menos de cinco (5) proyectos de similar magnitud y naturaleza. De preferencia con experiencia en proyectos localizados en áreas urbano-marginales y que al menos uno incluya componente de cambio climático Ingeniero Residente de Proyecto: (el número de profesionales depende del número de proyectos, no obstante, se calificarán 2 profesionales con este perfil): Ingeniero Civil colegiado con al menos ocho (8) años de experiencia en proyectos de infraestructura en general, y con experiencia en supervisión de proyectos de similar magnitud y naturaleza. Con experiencia en el manejo de equipos multidisciplinarios y de preferencia con experiencia en proyectos localizados en áreas urbano- marginales y que al menos uno incluya componente de cambio climático Especialista Social: Licenciado en Sociología o carrera afín de las ciencias sociales con al menos quince (15) años de experiencia en su especialidad. Deberá haber desempeñado posiciones similares en proyectos de infraestructura y sociales, así como haber participado en al menos dos (2) proyectos de Supervisión ejecutados en un área urbana marginal y que al menos uno incluya componente de cambio climático Ingeniero Estructural: Ingeniero Civil colegiado, con maestría en estructuras, con no menos de diez (10) años de experiencia general y con experiencia en diseño y supervisión de proyectos de esta especialidad a nivel urbano en no menos de tres (3) proyectos de similar magnitud y naturaleza.
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Si el Consultor considera que para llevar a cabo la supervisión se requiere adicionar otros profesionales, estos podrán ser incluidos en sus Propuestas como personal adicional pero no serán calificados en la asignación de puntos. Este personal adicional debe cumplir con formación académica y experiencia similar a la propuesta de acuerdo con la naturaleza de las actividades a desarrollar. Este aspecto será un punto por discutir en la etapa de negociación del contrato. 9. REQUISITOS DE REPORTE Y CRONOGRAMA DE LOS ENTREGABLES ________________________________________________ 9.1. Formato, frecuencia y contenido de los informes Como parte de la Solicitud de Propuesta, el Consultor incluirá en su Plan de Trabajo los informes descritos a continuación contados a partir de la orden de inicio del Contrato de Supervisión. El Consultor entregará todos los informes con todos sus componentes en el idioma español, en forma clara, concisa y objetiva, en originales impresos y copias en forma digital (Archivos de formato editable, de conformidad a lo requerido por la DCyS y la UEPP, conforme la descripción en el cuadro al final de esta sección. Asimismo, todos los informes descritos deberán presentarse utilizando programas con licencia y por compatibilidad con los programas disponibles en la Alcaldía Municipal. El Consultor podrá ser llamado en cualquier momento por la UEPP o la DCyS de la A.M.D.C., para informar o asesorar en asuntos concernientes a cada uno de los proyectos del programa. El Consultor preparará cualquier otro informe o documentación relativa al proyecto que sea requerida. Toda información empleada o preparada durante el desarrollo del proyecto, será propiedad de la A.M.D.C. y poseerá carácter de confidencial, por lo que, no podrá ser entregado a terceros sin el previo consentimiento escrito de la DCyS contando con el visto bueno de la UEPP. El Consultor deberá de mantener un libro de Bitácora para cada contrato de construcción (proporcionado por el Contratista) y elaborará los informes siguientes:
- a)
Informe de inicio;
- b)
Informes de avance mensual: Estos informes mensuales contendrán toda la información de los Contratos de Construcción que se encuentren en ejecución en el periodo reportado, se elaboraran informes individuales detallados para cada uno de los proyectos;
- c)
Informe condensado (para cada uno de los contrato de Construcción);
- d)
Informe Técnico de Cierre de Obras: Estos serán emitidos para cada contrato de Construcción y cuando el proyecto llegue a su etapa final, previo a la recepción de las obras también se deberá realizar la entrega de los manuales de mantenimiento revisados de cada uno de los proyectos próximos a ser recepcionados;
- e)
Borrador del informe final, este informe es relacionado al contrato de Supervisión;
- f)
Informe final de obras, este informe es relacionado al contrato de Supervisión;
- g)
Informes especiales;
- h)
Informe Definitivo (Para Aceptación de Servicios). Bitácora: El Consultor deberá llevar la bitácora de cada uno de los proyectos que se ejecuten en el marco del programa, para anotar diariamente los registros más importantes de cada
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uno de dichos proyectos. Ésta deberá permanecer en el sitio de la obra y deberá ser iniciada en conjunto con el respectivo Ejecutor de Obras del Programa y deberá mantenerse al día la información sobre cada proyecto, anotando las principales actividades realizadas y cualquier problema suscitado durante la construcción. Tanto la Supervisión, las representaciones de la UEPP y la DCyS de la A.M.D.C., así como el Ejecutor de Obras del Programa, podrán tener acceso a esta bitácora. Para ello, la Supervisión deberá mantenerla a disposición de la UEPP y de la DCyS de la A.M.D.C., quienes podrán solicitarla y escribir cualquier anotación relacionada al proyecto en cualquier momento que sea requerida. Una vez concluidas las obras del proyecto esta bitácora deberá ser entregada a la DCyS de la A.M.D.C. En la bitácora de cada Contrato se registrará información tal como la siguiente: • Estado del tiempo; • Listado de personal de contratista; • Información relativa al suministro de materiales al proyecto; • Inventario y estado del equipo, equipo faltante; • Tiempo trabajado; • Instrucciones al Contratista; • Horas – máquinas; • Anotaciones de los trabajos diarios; • Atrasos y sus razones; • Visitas al proyecto; • Cualquier suceso importante que esté relacionado con el proyecto. a) Informe Preliminar de Inicio: El Consultor preparará el informe de inicio de acuerdo con la revisión y validación realizada de los proyectos con los que se inicie la Supervisión en los primeros 45 días calendario contados a partir de la fecha de la asignación de la supervisión del proyecto respectivo. El mismo describirá en detalle las conclusiones a que llegó el equipo de trabajo después de la revisión exhaustiva realizada a cada uno de los diseños de obra de los proyectos del programa que hayan sido asignados para la supervisión, así como los demás puntos indicados en los términos de referencia. En este informe de inicio el Consultor presentará sin limitarse a ello, lo siguiente: • Introducción. • Antecedentes y descripción del proyecto. • Determinar la factibilidad o no para la entrega de sitio. • La actualización y/o la confirmación de la metodología a utilizar, que no deberá variar significativamente de la propuesta. • La actualización del calendario de actividades del personal: Confirmación y movimiento (ingreso y/o salida) de personal. • La actualización del Plan de Trabajo: El programa que refleje las razones y la forma en que ha previsto realizar el trabajo, la forma como realizará su labor de supervisión, administración y control del proyecto junto con su cronograma de ejecución y entrega de productos íntimamente ligados a los pagos para el desarrollo de esta Supervisión. Es importante que este
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programa este en función de los programas de trabajo de los Ejecutores de Obras del Programa con los que se cuenten en el inicio de la Supervisión. • Cualquier formato o programa por utilizar para realizar este trabajo que el Consultor estime conveniente (ficheros, outputs de programas, etc.). • La narrativa de las actividades realizadas en el período, abordadas de forma individual para cada uno de los proyectos asignados a la supervisión, conteniendo los siguientes apartados. • Diagnóstico de la inspección realizada. • Replanteamiento topográfico y nivelación. • Levantamiento de la infraestructura existente. • Revisión de la caracterización de las amenazas de cada sitio donde se propone la medida. Este incluirá el pronunciamiento sobre los aspectos relativos a la geología, geomorfología, geofísica, geotecnia, hidrología, hidráulica, estructuras u otras ramas de la ciencia involucradas para el análisis de este apartado. • Diagnóstico de la revisión de los criterios y parámetros de diseño, planos y cantidades de obra. • Álbum de fotografías impresas, en donde se aprecie el estado actual del terreno y las colindancias. • Plan de Aseguramiento de Calidad (Programa de pruebas de laboratorio, ajustes en los planes de medidas de control ambiental, sanidad y seguridad y cualquier otro que se requiera para el desarrollo del trabajo). • Listado de personal a ser contratado por el Consultor. • Requerimientos inmediatos de personal por el Consultor. • Los programas de inversión, donde se refleje el flujo de la inversión tanto para la construcción de la obra como para supervisión, relacionando las partidas con el tiempo de ejecución de estas, indicando el monto de inversión mensual y el consolidado. • Cualquier otra información de interés en el desarrollo de este o que sea requerida para su análisis, revisión o incorporación en dicho informe a solicitud de la UEPP o de la DCyS. • Observaciones, recomendaciones y conclusiones. En este apartado se incluirá las observaciones a los diseños que la Supervisión considera que deben ser ajustados a las condiciones del campo si es que estas han variado. EL CONSULTOR PRESENTARÁ EL INFORME PRELIMINAR DE INICIO A LA DCYS CON COPIA A LA UEPP, DENTRO DE LOS PRIMEROS 45 DÍAS POSTERIORES A LA ASIGNACIÓN PARA LA SUPERVISIÓN DE CADA PROYECTO DE OBRAS. b) Informe de Avance Mensual: El Consultor preparará un informe mensual que contenga la información detallada de cada uno de los contratos de Construcción que se están en ejecución en cada periodo, los informes de avance mensual deberán contener, pero no se limitarán a ello, al menos los siguientes aspectos:
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• Resumen Ejecutivo; • Información de cada Proyecto que está en ejecución en el periodo; • Descripción General; • Información del Propietario; • Información de cada Contratista; • Información de la Supervisión; • Valoración sobre la comunidad; • Informe de Avance de Actividades en la Construcción de Obra; • Narrativa de las actividades realizadas en el período para cada contrato en ejecución en el periodo; • Datos de los contratos; • Descripción de la obra ejecutada en el periodo; • Presentación comparativa entre el avance físico- financiero programado de acuerdo con el plan de trabajo aprobado vigente y el avance logrado por cada Ejecutor de Obras del Programa a la fecha de elaboración del informe; • Pagos efectuados y los saldos por ejecutar, con proyecciones del probable costo final de la obra; • Problemas encontrados y soluciones aportadas; • Incidencias durante el período reportado; • Personal de cada Contratista laborando durante el período; • Control de calidad de los materiales y de la obra por cada contrato de construcción; • Horas máquina y equipo en general utilizados en el período; • Recursos del período; • Predicciones sobre el avance futuro; • Órdenes de cambio y ampliaciones de tiempo; • Estado de avance en la implementación de las Medidas de Control Ambiental y de Seguridad establecidas para el Proyecto; • Estatus o reporte del monitoreo y vigilancia de las fianzas del proyecto; • Informe de Avance de Actividades en la Supervisión; • Resumen Ejecutivo de las actividades desarrolladas en esta etapa; • Narrativa de las actividades realizadas en el período; • Datos del contrato; • Cronograma con avance del Consultor; • Incidencias durante el período reportado; • Personal del Consultor laborando durante el período; • Visitas al proyecto; • Obstáculos del periodo identificados y soluciones adoptadas; • Reuniones de trabajo; • Asuntos pendientes; • Información que sea solicitada y/o considerada de interés para la DCyS de la A.M.D.C. o la UEPP, donde se reflejen los avances del proyecto, atrasos, cambios y cualquier otra información relacionada al avance de la obra; • Registro de fotografías impresas, en donde se aprecie la secuencia de avance durante el período y el estado del Proyecto; así como un antes y después de la obra ejecutada; • Observaciones, recomendaciones, conclusiones y anexos del período.
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EL CONSULTOR PRESENTARÁ LOS INFORMES DE AVANCE MENSUAL A LA DCYS CON COPIA A LA UEPP, EL DÍA 23 DE CADA MES. LO ANTERIOR CON LA FINALIDAD QUE LA A.M.D.C. POSEA LA INFORMACIÓN NECESARIA PARA LA REVISIÓN DE LOS AVANCES DE CADA UNA DE LAS OBRAS DEL PROGRAMA. c) Informe Técnico-Financiero: El informe técnico- financiero es requisito para el pago mensual del Contratista, por lo que el Consultor deberá preparar este informe para acompañar la solicitud de pago, recibo, estimación de obra y demás soportes de pago que apliquen para cada uno de los Contratistas. En este informe el Consultor presentará para cada uno de los proyectos en ejecución que estén bajo su supervisión, pero no se limitará a ello, al menos la siguiente información: • Breve descripción de las actividades del proyecto, • Resumen condensado de las actividades realizadas en el período, • Estado del avance físico-financiero logrado por el Contratista a la fecha de la estimación, • Pagos efectuados y los saldos por ejecutar, • Fotografías impresas, en donde se aprecien los avances de las obras. EL CONSULTOR PRESENTARÁ EL INFORME T É C N I C O F I N A N C I E R O J U N T O C O N L A DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITUD DE PAGO DEL CONTRATISTA A LA UNIDAD DE CONTROL Y SEGUIMIENTO CON COPIA A LA UEPP, DENTRO DE LOS CINCO (5) DÍAS DESPUÉS DE RECIBIDO, PARA LA REMISIÓN DE DICHA DOCUMENTACIÓN AL DEPARTAMENTO DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL QUE CORRESPONDA PARA DAR INICIO AL TRÁMITE DE PAGO DE CADA CONTRATISTA. d) Informe Técnico de Cierre de Obras: En este informe técnico el Consultor presentará: • Solicitud de la recepción de la obra; • Resultados de la inspección final de la obra a recepcionar; • Observaciones de las obras y recomendaciones para su corrección; • Cierre físico – financiero del proyecto: El Consultor preparará un resumen que refleje las cantidades de obra contractuales, los incrementos y reducciones de obra, cantidades y costos finales de la obra, las cantidades de obra ejecutadas por cada partida, movimientos de partidas y una recapitulación de la forma y cantidad de los fondos que haya sido invertido, pagos efectuados y los saldos; y una gráfica que refleje el avance físico- financiero. • Planos Finales según la construcción (Planos “Tal como se construyó”): Antes de la recepción definitiva de la obra, revisará y dará conformidad de las cantidades de obra finales y planos constructivos completos para cada proyecto, estos serán presentados por el Contratista (los que reflejarán fielmente el estado final de construcción). Se deberán incluir
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todos los planos constructivos de los diseños finales (estructurales, hidráulicos, sanitarios, y otros), con las revisiones y aprobaciones correspondientes. Toda la información deberá ser entregada en formatos originales editables, procedentes de cada uno de los softwares de origen. (en el contrato de construcción deberá establecerse claramente cuando el contratista deberá comenzar a entregar los planos como construido al Consultor y cuando deben estar completamente presentados, de manera que el Consultor disponga del tiempo necesario para efectuar la revisión de los planos como construido). • Recomendaciones al Manual de Operación y Mantenimiento de las Obras (cuando aplique): El Consultor revisará y aprobará la información de cada componente del manual adecuado a cada proyecto que le corresponde, éste es presentado por el Ejecutor de Obras del Programa. (en el contrato de construcción deberá establecerse claramente cuando el Contratista deberá comenzar a entregar los manuales de operación y mantenimiento de las obras al Consultor y cuando deben estar completamente presentados, de manera que el Consultor disponga del tiempo necesario para efectuar la revisión de los planos como construido). • Resultado del Control de Calidad de la Obra } Terminada: control de calidad de los materiales y de la obra, resultados de laboratorios, comentarios a los análisis. Para este apartado se requerirá de la entrega de los resultados certificados por los laboratorios, con las firmas y sellos de quienes los realizaron y/o interpretan, así como de los responsables de la actividad por parte de la supervisión. • Resumen de Visitas al Proyecto: Información que sea solicitada y considerada de interés para la DCyS o la UEPP. • Certificado de Responsabilidad por Defectos: Actas de Recepción Definitiva de la Obra, finiquitos. • Resumen de la Vigilancia de las Fianzas o Garantías: Información sobre el estatus de cada una de las fianzas o garantías para la DCyS con copia a la UEPP. • Álbum de Fotografías Impresas a Colores: En donde se aprecie la secuencia de avance durante toda la ejecución de la obra e incluya las medidas de control ambiental y de seguridad más relevantes aplicadas en el proceso constructivo. • Gráfica que refleje el avance físico-financiero preliminar logrado por el Contratista a esa fecha; • Estado de cumplimiento de las Medidas de Control Ambiental y de Seguridad propuestas para el Proyecto; • Pagos efectuados y los saldos por ejecutar; • Fotografías donde se aprecie el estado del proyecto; • Certificado de Terminación de Obras; • Documento Borrador del Manual de Mantenimiento rutinario y preventivo de las Obras del proyecto; • Cualquier otra que a requerimiento de la DCyS de la A.M.D.C. o de la UEPP sea solicitada como parte de este informe.
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EL CONSULTOR PRESENTARÁ ESTE INFORME POR CADA PROYECTO QUE FINALICE Y SE PRESENTARÁ 30 DÍAS DESPUÉS DE TERMINADA LA OBRA, EL MISMO SERÁ ENTREGADO A LA DCyS CON COPIA A LA UEPP. e) Borrador de Informe Final: El Consultor preparará para todos y cada uno de los proyectos asignados bajo su supervisión, un Borrador de Informe Final de Obras, el cual contendrá los productos finales de la contratación, las actividades desarrolladas, el resumen de los acontecimientos más relevantes acaecidos en el Proyecto, costo final, copia del Certificado de Responsabilidad por Defectos (Acta de Recepción Definitiva de la Obra), Resumen de los Informes Técnicos de Cierre de Obras, fotografías, y otros que él considere importantes. Como parte de este informe el Consultor elaborará: • Narrativa: Que contenga todas las fases del Proyecto bajo los términos del contrato, antecedentes del proyecto, generalidades del contrato, el personal que laboró en la supervisión como los Contratistas involucrados en cada proyecto de construcción, resumen ejecutivo de las actividades y eventos especiales, relación de los cronogramas de trabajo de lo estimado versus lo real, las operaciones de ingeniería, rediseño y construcción, problemas encontrados y soluciones aportadas, el número de personas beneficiadas, comentarios, recomendaciones y conclusiones. • Cierre financiero del proyecto: El Consultor preparará un resumen que refleje el estado financiero del contrato de Supervisión, las cantidades de obra contractuales, los incrementos y reducciones de obra, cantidades y costos finales de la obra, las cantidades de obra ejecutadas por cada partida, movimientos de partidas y una recapitulación de la forma y cantidad de los fondos que hayan sido invertido, pagos efectuados y los saldos; • Resumen de Visitas al Proyecto: Información que sea solicitada y considerada de interés para la DCyS o la UEPP; • Certificado de Responsabilidad por Defectos: Actas de Recepción Definitiva de la Obra, finiquitos; • Resumen de la Vigilancia de las Fianzas: Información sobre el estatus de cada una de las fianzas para la DCyS con copia a la UEPP; • Álbum de Fotografías Impresas a Colores: En donde se aprecie la secuencia de avance durante toda la ejecución de la obra e incluya las medidas de control ambiental y de Seguridad más relevantes aplicadas en el proceso constructivo; • Datos finales del Contrato de Supervisión; • Resumen de los Informes Técnicos de Cierre de Obras, detallando los proyectos supervisados, incluyendo datos financieros, plazos y Contratistas;
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EL CONSULTOR PRESENTARÁ EL BORRADOR DE INFORME DE CIERRE FINAL A LA DIRECCIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO CON COPIA A LA UEPP, DENTRO DE LOS CUARENTA Y CINCO DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE LA FINALIZACIÓN DE LA ETAPA DE SUPERVISIÓN. f) Informe Final de Obras: El Consultor preparará el Informe Final de Obras de acuerdo con el contenido siguiente: 1. Narrativa: Que contenga todas las fases del Proyecto bajo los términos del contrato, antecedentes del proyecto, generalidades del contrato, el personal que laboró en la supervisión como los Contratistas involucrados en cada proyecto de construcción, resumen ejecutivo de las actividades y eventos especiales, relación de los cronogramas de trabajo de lo estimado versus lo real, las operaciones de ingeniería, rediseño y construcción, problemas encontrados y soluciones aportadas, el número de personas beneficiadas, comentarios, recomendaciones y conclusiones; 2. Cierre financiero del proyecto: El Consultor preparará un resumen que refleje el estado financiero del contrato de Supervisión, las cantidades de obra contractuales, los incrementos y reducciones de obra cantidades y costos finales de la obra, las cantidades de obra ejecutadas por cada partida, movimientos de partidas y una recapitulación de la forma y cantidad de los fondos que hayan sido invertido, pagos efectuados y los saldos; 3. Resumen de visitas al proyecto: Información que sea solicitada y considerada de interés para la DCyS o la UEPP; 4. Certificado de Responsabilidad por Defectos: Actas de Recepción Definitiva de la Obra, finiquitos; 5. Resumen de la Vigilancia de las Fianzas: Información sobre el estatus de cada una de las fianzas para la DCyS de la A.M.D.C. 6. Álbum de Fotografías Impresas a Colores: En donde se aprecie la secuencia de avance durante toda la ejecución de la obra e incluya las medidas de control ambiental y de Seguridad más relevantes aplicadas en el proceso constructivo. 7. Datos finales del Contrato de Supervisión; 8. Resumen de los Informes Técnicos de Cierre de Obras, detallando los proyectos supervisados, incluyendo datos financieros, plazos y Contratistas; 9. Anexos. • Índice de anexos. • Los anexos deberán incluir toda la información de respaldo al documento y en este no podrá faltar: La memoria técnica, misma que deberá incluir entre otras, la memoria técnica de diseño, la memoria de los cálculos cantidades de obra estimadas, las fichas de
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costos unitarios, las especificaciones de actividades, y otras que hayan sido utilizadas para la elaboración de los diseños. LA ALCALDÍA MUNICIPAL A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA A.M.D.C. ENTREGARÁ LOS COMENTARIOS U OBSERVACIONES EN UN TIEMPO MÁXIMO DE QUINCE (15) DÍAS CALENDARIO DESPUÉS DE LA RECEPCIÓN DEL INFORME FINAL. EL CONSULTOR TENDRÁ COMO MÁXIMO VEINTE (20) DÍAS CALENDARIO PARA HACER LAS CORRECCIONES Y PRESENTAR EL INFORME FINAL DEFINITIVO A LA DIRECCIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO CON COPIA A LA UEPP. g) Informes Especiales: El Consultor preparará los informes que le sean requeridos por la DCyS o la UEPP y los deberá presentar en el tiempo establecido para los mismos. Dentro de los informes especiales, aunque no se limitan a estos, se considerarán los siguientes: • Informe Técnico de Orden de Cambio o Adenda: En el caso que aplique, el Consultor preparará el informe técnico, que respalde los cambios al diseño original (todo cambio al diseño será realizado por la A.M.D.C.) y las modificaciones proponiendo soluciones técnicas y económicas en el menor tiempo. • Informe de Cierre Parcial: En el caso que aplique, el Consultor calculará las cantidades correspondientes al avance acumulado que presente la obra y hará las recomendaciones pertinentes para la correcta ejecución física y financiera con las correspondientes cantidades proyectadas restantes hasta la culminación del proyecto, todo lo cual será presentado en un informe especial de cierre parcial de cantidades. Este informe podrá ser solicitado a medio término de la Supervisión. h) Informe de Calidad: El Consultor preparará un informe con las correspondientes observaciones y recomendaciones por proyecto supervisado, donde se muestre el estado de las obras a los diez (10) meses después de haber sido entregados los proyectos a la A.M.D.C. Lo anterior para poder tomar las medidas que se estimen convenientes antes de que venza la fianza o garantía de calidad de obra. f) Informe Especial Extraordinario: El Consultor preparará los informes extraordinarios que la DCyS o la UEPP requieran para la observancia particular de una situación en especial, ya sea está relacionada con la ejecución física, el tiempo, los costos, o cualquier otra temática relacionada con la ejecución o la supervisión de las obras objeto de estos términos de referencia. A manera de resumen, el cuadro siguiente indica los informes que el Consultor deberá presentar:
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No. Informe Requerido Fecha de Presentación Observaciones 1. Bitácora Se inicia al comenzar la obra y se entregará con el informe de cierre final. Será suministrada por el Contratista 2. Informe Preliminar de Inicio Cuarenta y Cinco (45) días después de la asignación de cada proyecto de supervisión. Se presentará dos originales impresos y dos copias en electrónico a la DCyS; un original impreso y una copia electrónica a la UEPP. 3. Informes de Avance Mensual El 23 de cada mes del mes que se reporta Se presentará dos originales impresos y dos copias en electrónico a la DCyS; una copia impresa y una electrónica a la UEPP. 4. Informe Técnico Financiero Cinco (5) días después de haber recibido la solicitud de pago del Ejecutor de Obras del Programa. Este informe acompañará la estimación. Se presentará dos originales impresos y dos copias en electrónico a la DCyS; una copia impresa y una electrónica a la UEPP. 5. Informe Técnico de Cierre de Obra Treinta (30) días máximos después de la fecha de recepción de cada proyecto. Se presentará dos originales impresos y dos copias en electrónico a la DCyS; una copia impresa y una electrónica a la - 135 - No. Informe Requerido Fecha de Presentación Observaciones UEPP. Se presentará uno por cada proyecto que se finalice 6. Informe Final de Obras Quince (15) días máximo después de haber recibido las observaciones al Borrador de Informe Final por parte de la DCyS de la A.M.D.C.. Se presentará un original impreso y una copia electrónica a la UEPP; y dos originales impresos y dos copias electrónicas a la DCyS de la A.M.D.C.. 7. Informe Técnico de Modificación o Adenda Según sean requeridos Se presenta a la DCyS de la A.M.D.C. con copia a la UEPP. 8. Informe de Calidad 10 meses después de haber sido entregado el Proyecto por parte del Contratista a la DCyS. Se presenta a la DCyS de la A.M.D.C. con copia a la UEPP. 9. Informe Especial Extraordinario Tres días después de haber recibido la solicitud de parte de la DCyS de la A.M.D.C. o de la UEPP. Se presenta a la dependencia que lo solicita con copia a la DCyS de la A.M.D.C. o la UEPP, según sea el caso. Detalle del personal asignado al servicio (Apéndice “B”) Nombre Formación Profesional Experiencia en su Área (años) Cargo Asignado en el Servicio
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8. Informe de Calidad sido entregado el Proyecto por parte del Contratista a la DCyS. A.M.D.C. con copia a la UEPP. 9. Informe Especial Extraordinario Tres días después de haber recibido la solicitud de parte de la DCyS de la A.M.D.C. o de la UEPP. Se presenta a la dependencia que lo solicita con copia a la DCyS de la A.M.D.C. o la UEPP, según sea el caso. Detalle del personal asignado al servicio (Apéndice “B”) Nombre Formación Profesional Experiencia en su Área (años) Cargo Asignado en el Servicio Gerardo Zuniga Quezada Ingeniero Civil Master en formulación, Gestion y Evaluacion de Proyectos. Master en Trafico, Transporte y Seguridad Vial 25 años Gerente de Proyecto Eduardo Jose Navas Vasquez Ingeniero Civil Master en Aeropuertos: Diseño, Construccion y Mantenimiento. Grand Master en Geotecnia y Construccion de Carreteras 15 años 10 meses Ingeniero Jefe de Proyecto (Coordinador del equipo) Gerardo Alfredo Reyes Mateo Ingeniero Civil Maestria en Recursos Hidricos 25 años Ingeniero Especialista en Obras Hidráulicas Carlos Rodolfo Rivera Ingeniero Civil Tecnico en Geotecnia Master Internacional en Geotecnia y Geomecanica Aplicada en Mineria 25 años Especialista en Geotecnia
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- 136 - APENDICE C Detalles de costos (Sobre 2”) Negociada No. Descripción Unidad No de Personas Cantidad Precio Unitario Precio Total I PERSONAL 1 Remuneraciones Personales 1.1.
Gerente o Director de Proyecto Hombres/m es 0.25 4.25 L 85,000.00 L 361,250.00 1.1.
Ingeniero Jefe de Proyecto (Coordinador) Hombres/m es 1 17 L 75,000.00 L 1,275,000.00 1.1.
Ingeniero Especialista en Obras Hidráulicas Hombres/m es 0.5 8.5 L 75,000.00 L 637,500.00 Gilda Mercedes Ordoñez Licenciada en Biología Master Gestion y Auditoria Ambiental 27 años Especialista Ambiental Harold Salatiel Gonzalez Baca Ingeniero Civil Master Construccion Mantenimiento y Explotacion de Carreteras 9 años y 10 meses Ingeniero Residente de proyecto 1 Henry Alfonso Canales Lainez Ingeniero Civil 16 años Ingeniero Residente de proyecto 2 Rosa Maria Dalama Jimenez Licenciada en Pedagogia y Ciencias de la Educacion con otientacion en Administracion y Pleaneamiento de la Educacion Tecnico en Desarrollo e Intervencion Social en el Estadio Academico de Grado Asociado 17 años Especialista Social Joaquin Torre Moncada Ingeniero Civil Maestria en Ingenieria Estructural Doctor en Ingenieria Estructural 35 años Ingeniero Estructural
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- 137 - 1.1.
Especialista en Geotecnia Hombres/m es 0.5 8.5 L 75,000.00 L 637,500.00 1.1.
Especialista Ambiental Hombres/m es 0.5 8.5 L 75,000.00 L 637,500.00 1.1.
Ingeniero Residente de Proyecto (1) Hombres/m es 1 17 L 65,000.00 L 1,105,000.00 1.1.
Ingeniero Residente de Proyecto (2) Hombres/m es 1 17 L 65,000.00 L 1,105,000.00 1.1.
Especialista Social Hombres/m es 0.5 8.5 L 75,000.00 L 637,500.00 1.1.
Ingeniero Estructural Hombres/m es 0.5 8.5 L 75,000.00 L 637,500.00 Sub-total 1 L 7,033,750.00 2 Personal Administrativo Auxiliar y Otros 2.1 Administrador Hombres/m es 1 17 L 30,000.00 L 510,000.00 2.2 Secretaria Hombres/m es 1 17 L 25,000.00 L 425,000.00 2.3 Dibujante AutoCAD Hombres/m es 2 34 L 30,000.00 L 1,020,000.00 2.4 Laboratoristas Hombres/m es 2 34 L 25,000.00 L 850,000.00 2.5 Ayudantes de Laboratorio Hombres/m es 4 68 L 20,000.00 L 1,360,000.00 2.6 Inspectores de Campo Hombres/m es 10 170 L 30,000.00 L 5,100,000.00 2.7 Topógrafos Hombres/m es 2 34 L 30,000.00 L 1,020,000.00 2.8 Cadeneros Hombres/m es 4 68 L 25,000.00 L 1,700,000.00 2.9 Motoristas Hombres/m es 4 68 L 23,500.00 L 1,598,000.00 2.10 Ayudantes de Topografía Hombres/m es 4 68 L 20,000.00 L 1,360,000.00 2.11 Tiempo extra personal de campo (25%) % % 25% L12,988,000.0
L 3,247,000.00 Sub-total 2 L 18,190,000.00 Sub-Total I L 25,223,750.00 II BENEFICIOS SOCIALES
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- 138 - 2.1 Beneficios Sociales (46.23% sobre la suma de 1) % % 46.23% L25,223,750.0
L 11,660,939.63 Sub-Total II L11,660,939.63 III COSTOS OPERATIVOS 3.1.
Servicios Publicos de Oficina Mes 1 17 L 30,000.00 L 510,000.00 3.1.
Papeleria y Gastos de Reproducción Mes 1 17 L 40,000.00 L 680,000.00 3.1.
Informes Mes 1 17 L 10,000.00 L 170,000.00 3.1.
Comunicaciones Mes 1 17 L 25,000.00 L 425,000.00 3.1.
Alquiler de Oficina y Viviendas Mes 1 17 L 30,000.00 L 510,000.00 3.1.
Uso de Vehículos Mes 7 119 L 35,000.00 L 4,165,000.00 3.1.
Uso de Equipo de Computo Mes 1 17 L 35,000.00 L 595,000.00 3.1.
Uso de Equipo de Laboratorio Mes 1 17 L 35,000.00 L 595,000.00 3.1.
Uso de Equipo de Topografía Mes 1 17 L 35,000.00 L 595,000.00 Sub-Total III L 8,245,000.00 IV GASTOS GENERALES 4.1 20% de (I+II)* % 20% L36,884,689.6
L 7,376,937.93 Sub-Total IV L 7,376,937.93 V MANEJO DE GASTOS DIRECTOS 5.1 10% de III % 10% L8,245,000.00 L 824,500.00 Sub-Total V L 824,500.00 VI HONORARIOS 6.1 10% de I + II + IV % 10% L44,261,627.5
L 4,426,162.76 Sub-Total VI L 4,426,162.76 GRAN TOTAL L57,757,290.32 RESUMEN
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- 139 - I PERSONAL L 25,223,750.00 II BENEFICIOS SOCIALES L 11,660,939.63 III COSTOS OPERATIVOS L 8,245,000.00 IV GASTOS GENERALES L 7,376,937.93 V MANEJO DE GASTOS DIRECTOS L 824,500.00 VI HONORARIOS L 4,426,162.76 GRAN TOTAL L57,757,290.32
- a)
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- 1)
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Leyes relacionadas
- Acuerdo No. 7-2026 — Modificación No. 1 del Contrato de Supervisión de Operación y Mantenimiento Integral de la Etapa I del Nuevo Relleno Sanitario (Decreto 7-2026, 2026)
- Decreto Legislativo — Aprobación de Modificación No. 1 del Contrato de Supervisión de la Construcción de la Etapa I del Nuevo Relleno Sanitario Municipal del Distrito Central
- Resolución No. 1253-2013 — Reforma parcial de estatutos de Iglesia Cristiana La Casa del Padre (Decreto 1253-2013, 2014)
- Reglamento de Jaa - Ersaps — Este reglamento norma la creación, organización y funcionamiento de las Juntas Administradoras de Agua que operan sistemas de agua potable y saneamiento en Honduras. Establece los derechos y obligaciones de usuarios y juntas, define la estructura organizativa con asamblea, junta directiva y comités de apoyo, y regula aspectos técnicos, tarifarios, sanitarios y ambientales de los servicios de agua.
- Contrato No. SIT-DIS-019-2024 — Contrato de Servicios de Consultoría - Estudio y Diseño Final, Ruta 23, Santa Rita de Yoro - El Negrito (Decreto SIT-DIS-019-2024, 2026)