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12 de septiembre de 2026Vigente

Acuerdo Ejecutivo — Plan de Formación, Empoderamiento y Certificación Docente con Google AI Pro for Education para Honduras

Presidencia de la República

  • Publicación: 12 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Presidencia de la República
  • Gaceta: 37,245
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este acuerdo autoriza la compra de hasta 60,000 licencias de Google AI Pro for Education para capacitar a los docentes de Honduras en inteligencia artificial. El gobierno financiará esta adquisición con fondos de telecomunicaciones para modernizar la educación y que los maestros creen mejores materiales didácticos y metodologías pedagógicas innovadoras.

Considerandos

Que de conformidad al Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado.

Que por mandato del señor Presidente de la República, la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación ha emprendido otra ambiciosa y fundamental iniciativa, cual es, el PLAN DE FORMACIÓN, EMPODERAMIENTO Y CERTIFICACIÓN DOCENTE CON GOOGLE AI PRO FOR EDUCATION PARA HONDURAS, cuyo objetivo principal es catalizar una profunda y sostenida transformación digital para las maestras y maestros del país, con el uso de la Inteligencia Artificial Generativa. Esta iniciativa estratégica se lanza en un momento de convergencia crítica, donde se reconocen las presiones intrínsecas y los desafíos sistémicos que afectan no solo al entorno educativo hondureño sino también a la dinámica pedagógica a escala global, incluyendo la necesidad de modernización y adaptación a las tecnologías emergentes.

Que, en definitiva, esta iniciativa busca transformar profundamente e impulsar la labor docente en el sistema de educación de Honduras a partir de la formación, empoderamiento y certificación digital con el uso de GOOGLE AI PRO FOR EDUCATION (GEMINI), para la totalidad de docentes (Aproximadamente 60,000), buscando un propósito estratégico de gran alcance: Impulsar la investigación avanzada en el aula, el análisis eficiente de conjuntos de datos complejos, la creación expedita de materiales didácticos innovadores y el consecuente desarrollo e implementación de nuevas y sofisticadas metodologías pedagógicas. En esencia, se busca modernizar y fortalecer el sistema de educación media superior en Honduras mediante esta estratégica implementación de Inteligencia Artificial (IA).

Que GOOGLE LLC es propietaria de toda la pila tecnológica de Inteligencias Artificial (IA), software, modelos, dispositivos e Infraestructura en la nube, a diferencia de los demás posibles proveedores, calificándolo como un proveedor con valor único en el mercado y, que es posible, por medio de la adquisición de los correspondientes licenciamientos de GOOGLE AI PRO FOR EDUCATION.

Que mediante Artículo 4 del DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-004-2026, publicado el 25 de febrero de 2026 en el Diario Oficial “La Gaceta”, se reformaron las funciones y atribuciones de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN POR RESULTADOS (DIGER), en adelante “…responsable de rectorar, ejecutar, supervisar, coordinar y administrar el marco de planes, políticas, programas y proyectos en materia digital del sector público en las áreas de conectividad, trámites y plataformas digitales, economía digital, datos abiertos, talento digital, ciberseguridad y otras tecnologías emergentes, de conformidad con las prioridades y asignaciones establecidas por la Presidencia de la República…”.

Que el Artículo 27 de las Disposiciones Presupuestarias contenidas en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2026, aprobado mediante Decreto 62-2026, fue reformado mediante Decreto Número 161-2026, el cual fue publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 7 de agosto de 2026 y, de conformidad a esta reforma “Todos los operadores de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs), deben obligatoria e ineludiblemente cumplir con el pago de la Aportación Mensual del uno por ciento (1%) de sus ingresos brutos provenientes de la prestación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, dentro de los siguientes diez (10) días calendario del cierre del mes al que corresponde el pago, mismos que serán recaudados a través de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) y que serán utilizados para financiar los programas, proyectos e iniciativas de acceso universal, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs), transformación digital y gobierno digital en el territorio nacional que sean priorizados por la Presidencia de la República y de conformidad al presente artículo. La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), deberá presentar a la Dirección General de Presupuesto (DGP), al mes siguiente al que se generen dichos ingresos, la documentación necesaria para comprobar que los importes han sido registrados en la Tesorería General de la República (TGR), asimismo, deberá transferir a la Cuenta Única las cantidades totales recaudadas por este concepto y, desde la cual se podrán efectuar las transferencias o asignaciones presupuestarias a favor de otras instituciones o dependencias públicas para pagar las obligaciones derivadas de los proyectos, programas e iniciativas relacionadas en el párrafo anterior, así como los relacionados con la conectividad a internet en escuelas públicas, aulas digitales y otros bienes o servicios de tecnología y conectividad, inclusive aquellos que estén en ejecución, desde antes de la vigencia del presente Artículo así como los que se ejecuten en adelante a través de instituciones públicas como la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (SEDUC), Dirección de Gestión por Resultados (DIGER), Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL) y la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), entre otras pero, dependiendo siempre de la validación y priorización para estos efectos por parte de la Presidencia de la República”.

Articulos

Articulo 1.-

En estricta aplicación de la facultad clara y expresamente establecida en el Artículo 27 de las Disposiciones Presupuestarias contenidas en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2026 (Reformado mediante Decreto Número 161-2026), SE PRIORIZA la adquisición de hasta 60,000 licencias de GOOGLE AI PRO FOR EDUCATION para igual cantidad de docentes, con el propósito estratégico de gran alcance, cual es, impulsar la investigación avanzada en el aula, el análisis eficiente de conjuntos de datos complejos, la creación expedita de materiales didácticos innovadores y el consecuente desarrollo e implementación de nuevas y sofisticadas metodologías pedagógicas mediante la estratégica implementación de Inteligencia Artificial (IA).

Articulo 2.-

La efectiva adquisición de hasta 60,000 licencias de GOOGLE AI PRO FOR EDUCATION, será ejecutada por la DIRECCIÓN DE GESTIÓN POR RESULTADOS (DIGER), en estricto cumplimiento de lo clara y expresamente le fue autorizado mediante Acuerdo Ejecutivo Número 045-DP-2026, de fecha 9 de julio de 2026 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 17 de julio de 2026.

Articulo 3.-

AUTORIZAR E INSTRUIR A LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, a realizar todas las operaciones presupuestarias, financieras y contables necesarias para asignar a favor de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN POR RESULTADOS (DIGER) dentro del presente Ejercicio Fiscal 2026, para que la misma pueda adquirir hasta 60,000 licencias de GOOGLE AI PRO FOR EDUCATION, empleando para ese efecto los recursos presupuestarios ya recaudados y los que se recauden en adelante durante el presente Ejercicio Fiscal 2026 y se requieran para todos los efectos del presente Acuerdo Ejecutivo y, que están previstos o establecidos en el Artículo 27 reformado de las Disposiciones Presupuestarias contenidas en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el presente Ejercicio Fiscal 2026, que establece clara y expresamente que de la Aportación Mensual del uno por ciento (1%) de los ingresos brutos de los operadores de Servicios Públicos de Telecomunicaciones y de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs), se financiarán los programas, proyectos e iniciativas de acceso universal, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs), transformación digital y gobierno digital en el territorio nacional que sean priorizados por la Presidencia de la República.

Articulo 4.-

INSTRUIR A LA DIRECCIÓN DE GESTIÓN POR RESULTADOS (DIGER), realizar las modificaciones presupuestarias necesarias dentro de su presupuesto asignado para el presente Ejercicio Fiscal 2026, a efecto de coadyuvar con el financiamiento para la adquisición de hasta 60,000 licencias de GOOGLE AI PRO FOR EDUCATION, de conformidad y cumplimiento del presente Acuerdo Ejecutivo.

Articulo 5.-

El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y será publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año dos mil veinte y seis (2026). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH Presidente de la República JUAN CARLOS GARCÍA MEDINA Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 12 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,245 C E R T I F I C A C I Ó N

Notas

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