VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 240-2014 | 12 de marzo de 2015 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,680
Acuerdo Ejecutivo No. 240-2014 — Cancelación del cargo de Director Ejecutivo Nacional del Plan Trifinio
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Resumen
Este acuerdo cancela a Julio Alejandro Castrillo Pérez como Director Ejecutivo Nacional del Plan Trifinio y nombra a Cristian Andre Acosta Jerónimo en su lugar. El nuevo director debe prestar juramento, presentar su declaración de bienes y su permanencia será evaluada según resultados.
Considerandos
- 1.Cancelar al ciudadano, JULIO ALEJANDRO CASTRILLO PEREZ, del cargo de Director Ejecutivo Nacional del Plan Trifinio, a quien se le rinden las gracias por los servicios prestados.
- 2.El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil catorce. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA, En uso de sus facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 001-A-2014 de fecha 31 de enero del año 2014, en aplicación de los Artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República, 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. A C U E R D A:
- 3.Nombrar a la ciudadana, CRISTIAN ANDRE ACOSTA JERONIMO, en el cargo de Director Ejecutivo Nacional del Plan Trifinio. Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización ACUERDO No. 241-2014 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 2 of 124 -- UDI -DEGT-UNAH
- 4.El nombrado tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley, el juramento que establece el Artículo 33 párrafo segundo del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República.
- 5.El presente Acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil catorce. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN Secretaría de Coordinación General del Gobierno ACUERDO MINISTERIAL No. SCGG-00116-2015
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