Acuerdo No. 033-2016 — Aprobación Plan de Manejo del Parque Nacional Cusuco Período 2016-2028
Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre
- Decreto: 033-2016
- Publicación: 23 de noviembre de 2017
- Órgano emisor: Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre
- Gaceta: 34,499
Considerandos
Que la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre aprobada mediante Decreto Legislativo 98- 2007, en su artículo 111 concede al Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre ICF, las facultades de Manejo y Administración de Áreas Protegidas y Vida Silvestre del país.
Que el Instituto Nacional de Conservación Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, es responsable de administrar las áreas protegidas y la vida silvestre, de conformidad con la normativa estipulada en la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, sus reglamentos, así como en las leyes especiales contenidas en los decretos de declaratorias de las áreas protegidas, convenios y tratados internacionales aprobados y ratificados por Honduras, los cuales forman parte de nuestro marco jurídico interno y vigente.
Que la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (Decreto 98-2007), establece en su artículo 113 que es obligación del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF) la elaboración y actualización de los planes de manejo y planes operativos de las áreas protegidas y vida silvestre públicas así como, la vigilancia del adecuado cumplimiento de los mismos, ya sea en forma directa o a través de terceros.
Que el plan de manejo de un área protegida constituye un instrumento técnico legal y operativo que establece los objetivos, estrategias y normativa de uso de los recursos naturales en sus diferentes zonas, incluyendo la programación e inversiones necesarias, alianzas y otros, todo esto enmarcado sobre la base legal del área protegida, procesos de consulta con los beneficiarios y en respuesta a las amenazas priorizadas dentro de cada área protegida en particular.
Que Parque Nacional Cusuco fue creada el05de agosto de1987mediante el Decreto Legislativo No. 87-87 con el fin de conservar el recurso hídrico, suelo y la biodiversidad, dentro del área protegida y en su área de influencia, a fin de mantener la capacidad de generar bienes y servicios ecosistémicos para beneficio de la poblaciones locales, nacionales e internacionales y facultar/potenciar el desarrollo de los procesos de sucesión ecológica evolutiva.
Que el objetivo General del Plan de Manejo del Parque Nacional Cusuco es ordenar, regular y planificar de manera estratégica la gestión y manejo sostenible, conforme a la realidad y amenazas identificadas en el PANACU para garantizar la conservación, restauración y preservación de los ecosistemas con el fin de lograr una sostenibilidad económica, social y ambiental. U D I-D EG T-U N AH
Que el marco jurídico forestal vigente determina que se declara de prioridad nacional y de interés general el manejo racional y sostenible de los recursos forestales, áreas protegidas y vida silvestre que se realizará de manera compatible con la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad, los recursos genéticos y la reducción de la vulnerabilidad ambiental y antropológica.
Que es atribución del ICF aprobar los planes de manejo para la conservación, protección, aprovechamiento racional y sostenible de las áreas forestales, áreas protegidas y vida silvestre así como en su reglamento general y que el Parque Nacional Cusuco es de destacada relevancia a nivel nacional, albergando una diversidad de ecosistemas y biodiversidad.
Que según Dictamen Técnico DAP- 198-2016, emitido por el Departamento de Áreas Protegidas, el documento fue elaborado de conformidad con la Guía para la Elaboración de Planes de Manejo de Áreas Protegidas del SINAPH y recomienda aprobar el Plan de Manejo para el Parque Nacional Cusuco período 2016-2028.
Articulos
APROBAR EL PLAN DE MANEJO DEL PARQUE NACIONAL CUSUCO PARA EL PERÍODO 2016-2028.- La cual fue creada mediante la Ley de Bosques Nublados Decreto Legislativo No. 87-87 y forma parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y Vida Silvestre de Honduras (SINAPH); cuenta con una extensión territorial que está propuesta para redefinición de límites de 19,606.88 hectáreas, distribuidas en 1071.68 has. para la zona núcleo y 1,535.88 para la Zona de Amortiguamiento, de las cuales se consideran área de manejo compartida con el área protegida Zona de Reserva El Merendón y se encuentra ubicado en los departamentos de Cortés y Santa Bárbara, entre los municipios de San Pedro Sula y Omoa y Quimistán.
Remitir el presente Acuerdo al Departamento de Áreas Protegidas para su conocimiento e inmediata ejecución.
El presente Acuerdo se publicará en el Diario Oficial La Gaceta y en la página WEB del ICF. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a los 20 días del mes de diciembre del año dos mil diez y seis. PUBLÍQUESE. MISAEL ALSIDES LEÓN DIRECTOR EJECUTIVO ICF GUDIT MARIEL MUÑOZ SECRETARÍA GENERAL U D I-D EG T-U N AH Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre