Search with AI

Support Leyes.HN

Leyes.HN is free for everyone. Your donation helps keep it that way.

Donate
August 17, 2020In force

Statement from the National System for Contingency Management 15 - Continuation of Airport Reopening Plan

  • Published: August 17, 2020
  • Category: Health
  • Type: Communication

Summary

AIThis summary was generated by AI and may contain errors. Always verify against the original law text below. Not legal advice. Learn how we use AI

This communiqué authorizes the reopening of international flights at Honduran airports starting August 17, 2020, with COVID-19 health control measures. It restricts terminal access (only passengers and authorized companions), limits shops to pharmacies and banks, and designates special areas for vendors. The National Police and Airport Security oversee compliance.

Full text

This document is available in Spanish only - English translation not yet available.

COMUNICADO N.15 El gobierno de la República de Honduras en el marco del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo (Sinager) con relación a la primera fase de pilotaje de aeropuertos; a la opinión pública informa:

  • 1)

    A Partir de mañana lunes 17 de agosto del 2020, se ha proyectado la activación del transporte aéreo internacional,la cual está condicionada a:

    • a)

      Análisis y aprobación de un Comité Interinstitucional que verificará los resultados de la apertura con los vuelos nacionales.

    • b)

      Restricciones de operación en los aeropuertos.

    • c)

      Nuevos itinerarios consensuados con los diferentes actores de la aviación civil.

    • d)

      Cumplimiento de las medidas establecidas en el presente comunicado.

  • 2)

    Considerando la necesidad de control durante la emergencia por COVID-19, se determinó el cumplimiento irrestricto de una serie de acciones preventivas, que deben ser acatadas tanto por pasajeros y personal que labora en las terminales aéreas.

  • 3)

    Al momento de ir a dejar pasajeros: En el vehículo solo puede ir el conductor y el pasajero, tendrá un par de minutos para bajar equipaje y despedir al pasajero, no podrá estacionarse ni bajarse del vehículo, al dejar al pasajero en la puerta de entrada destinada en los aeropuertos debe salir del mismo. A EXCEPCIÓN de los pasajeros con alguna discapacidad o personas de la tercera edad, quienes podrán entrar a las terminales con un acompañante, así como menores de edad quienes deberán entrar acompañados de sus padres o quien tenga la patria potestad por motivos migratorios.

  • 4)

    Al momento de ir a traer de pasajeros: En el vehículo solo puede ir el conductor y el pasajero a traer, el conductor puede estacionarse en el parqueo del aeropuerto, pero debe permanecer en el mismo en todo momento; el pasajero debe llegar hasta el vehículo y en ese momento deben abandonar el parqueo del aeropuerto.

  • 5)

    Restricción de ingreso de periodistas a las terminales aeroportuarias, solamente podrán realizar sus entrevistas en el área de estacionamiento.

  • 6)

    Restringir la venta en los diferentes comercios en las terminales de los aeropuertos, así como en las áreas restringidas, incluyendo tiendas, comida, bebida, etc. (FASE 0 en el aeropuerto) de igual manera se prohíben vendedores ambulantes.

  • 7)

    Solo estarán abiertas las farmacias y agencias de banco para cualquier transacción bancaria dentro de los aeropuertos.

  • 8)

    Los lustrabotas y cambistas de moneda local o extranjera no podrán permanecer dentro de las terminales de los aeropuertos, sin embargo, se les designará una área especial en las afuera del aeropuerto.

  • 9)

    Velar por el cumplimiento de las disposiciones antes descritas será una tarea que desempeñará la Policía Nacional de Honduras y la División de Seguridad Aeroportuaria (DSA) dependiente de la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII). ¡DIOS BENDIGA HONDURAS! Tegucigalpa M.D.C. 16 de agosto, 2020

Notes

Loading…