VigenteCategoria: AmbientalTipo: Otro
Decreto No. 007-2011 | 1 de enero de 2011 | Poder Ejecutivo

Autorización a la SERNA para suspensión de permisos de explotación de hidrocarburos

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Resumen

Este decreto detiene temporalmente la aprobación de permisos, contratos y concesiones para explorar y explotar petróleo en Honduras hasta que se apruebe una nueva ley sobre hidrocarburos (máximo 1 año). Busca que las empresas interesadas esperen la nueva legislación para asegurar que sus inversiones cumplan con las normas ambientales y beneficien al país de forma sostenible.

Considerandos

  1. 1.Que el Artículo 145 párrafo tercero de la Constitución de la República, establece que el Estado conservará el medio ambiente adecuado para proteger la salud de las personas, en consecuencia, constituye una obligación del Estado de Honduras, impulsar el desarrollo sostenible, promover la protección y conservación del ambiente y procurar. la explotación racional de los recursos naturales; para lo cual es necesaria la revisión y actualización de la legislación vigente, así como la formulación y emisión de políticas específicas en relación con los recursos provenientes de la actividad petrolera y de sus beneficios para el país.
  2. 2.Que la Ley de Hidrocarburos vigente establece expresamente que corresponde exclusivamente al Poder Ejecutivo formalizar todos los principios y las normas aplicables a las actividades inherentes a los hidrocarburos, especialmente conservación de los yacimientos y administración de reservas, utilización óptima de los hidrocarburos y, en definitiva, fijar la política de exploración y explotación de Hidrocarburos, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, procurando una exploración y explotación de hidrocarburos razonable, asociada con la formulación, coordinación y evaluación de políticas para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente en las zonas donde se realizarán actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y la reutilización de las zonas explotadas en beneficio de la colectividad.
  3. 3.Que es imperativa la emisión de un nuevo instrumento legal, que ya se encuentra en proceso de elaboración por su prioridad, que contemple las normas que ordenen y dispongan, con sentido moderno, la exploración y explotación de los hidrocarburos en Honduras; que además asegure la equidad, el manejo racional y aprovechamiento óptimo de los recursos naturales en beneficio del Estado sin menoscabo del derecho au medio ambientesano de la población hondureña, razón por la cual el Gobierno de la República, por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, deben tomar todas las medidas administrativas y legales, necesarias y oportunas, para que los interesados en invertir en este rubro, nacionales o extranjeros, preferible conviciente o inevitablemente esperen la vigencia de la nueva legislación sobre la materia antes de presentar o tramitar peticiones relacionadas a hidrocarburos, a efecto de asegurar la conveniencia, procedencia y oportunidad de su inversión, la que deberán adecuar necesariamente a esta nueva legislación que ya está en proceso y así todos sus esfuerzos y toda inversión sea consecuente y válida.
  4. 4.Que el Estado demanda de una adecuación a las condiciones actuales del mercado internacional en la materia de hidrocarburos, que le permita atraer la inversión nacional e internacional generadora de empleos, la oportunidad de incrementar el producto interno bruto, la independencia energética, la seguridad en el suministro de combustibles, el derecho a un entorno sano y que asegure un verdadero beneficio económico para el Estado por el aprovechamiento sostenible y eficiente de sus recursos naturales.

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