VigenteCategoria: AdministrativoTipo: Fe de Errata
Decreto No. 286-2009 | 7 de mayo de 2010 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 32,205

Fe de Errata, Decreto No. 286-2009 de 13 de enero de 2010, Ley para el Establecimiento de una visión de país

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Resumen

Este documento corrige errores de publicación en la Ley del Plan de Nación de Honduras. Enmienda nombres de instituciones, números de metas (de 22 a 23), cantidad de indicadores (de 58 a 65), referencias a decretos, y agrega normativas sobre cómo los gobiernos deben ejecutar el plan mediante planes regionales consensuados durante sus cuatro años de gestión.

Texto completo

La Gaceta Poder Legislativo FEDERRATA En la Gaceta No.32,129 del día martes 2 de febrero del 2010, específicamente en la publicación del Decreto No.286-2009 de fecha 13 de enero de 2010, orientado a la LEY PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UNA VISIÓN DE PAÍS Y LA ADOPCIÓN DE UN PLAN DE NACIÓN PARA HONDURAS: En la página 2 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 1, columna 2, línea 3, se lee "proceso de planeación" y deberá leerse "proceso de planeación". En la página 3 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 2, columna 1, párrafo 2, en el título se lee: "PLANEACIÓN DEL DESARROLLO" y deberá leerse "PLANEACIÓN DEL DESARROLLO". En la página 3 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 2, columna 1, párrafo 3, en el título se lee: "ETAPAS DEL PROCESO DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO" y deberá leerse "ETAPAS DEL PROCESO DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO" y en el contenido, línea 2 dice: "El proceso de planeación del desarrollo" y deberá decir: "El proceso de planeación del desarrollo". En la página 4 del Diario Oficial La Gaceta: En el título del Capítulo II se lee: "SOBRE EL PROCESO DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO" y deberá leerse: "SOBRE EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO". En la página 4 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 5, columna 1, párrafo 8, línea 10 se lee:"Sub-Región del Valle de Aguán", deberá leerse: "Sub-Región del Valle de Leán". En la página 4 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 6, columna 2, párrafo 14, se lee: "META 2.6: Las tierras nacionales de vocación agrícola dispongan para los programas de Reforma Agraria hasta un noventa por ciento (90%)"; deberá leerse: "META 2.6: Reducir a la mitad el número de familias campesinas sin acceso a la tierra". En la página 5, Artículo 6 del Diario Oficial La Gaceta: En el Objetivo 4, columna 1, la META 4.1, se lee "Mejorar la calificación de Honduras en el Índice de Competitividad Global hasta el 5.5%", deberá leerse: "META 4.1. Mejorar la posición de Honduras en el Índice de Competitividad Global a la posición 50". En la página 5 del Diario Oficial La Gaceta: En el título del Capítulo III se lee: "SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL PROCESO DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO, POLÍTICO Y SOCIAL" y deberá leerse: "SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL PROCESO DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO, POLÍTICO Y SOCIAL". En la página 5 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 9, columna 2, línea 1, se lee "proceso de planeación" y deberá leerse "proceso de planeación". En la página 5 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 10, columna 2, numerales 1) y 7), se lee "planeación del desarrollo" y deberá leerse "planeación del desarrollo". En la página 6 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 11, columna 1, línea 3, se ve "Secretario Técnico de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretario Técnico de Planeación y Cooperación Externa". En la página 6 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 12, columna 1, línea 4, se lee "Secretario Técnico de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretario Técnico de Planeación y Cooperación Externa". En la página 6 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 13, numeral (16), se lee "Secretario Técnico de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretario Técnico de Planeación y Cooperación Externa". En la página 7 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 15, numeral (2), se lee "Secretario Técnico de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretario Técnico de Planeación y Cooperación Externa". En la página 8 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 16, línea 4, se lee: "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa". En la página 8 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 20, línea 2, se lee: "Créase la Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse: "Créase la Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa", igualmente en el numeral 1), línea 3, se lee: "Sistema Nacional de Planeación establecidos en el presente Decreto" y deberá leerse "Sistema Nacional de Planeación establecidos en el presente Decreto". En la página 9 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 21, columna 2, párrafo 1, línea 3, y párrafo 2, línea 2, se lee "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa". En la página 9 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 22, columna 2, línea 10, se lee "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa". En la página 9 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 23, líneas 1) y 2), se lee: "Sub-Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa", y en la línea 3, se lee "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa". En la página 10 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 23, columna 1, numeral 8), se lee: "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse: "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa". En la página 10 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 24, columna 2, numeral 11), se lee "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa". En la página 10 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 25, línea 7, se lee: "proceso de planeación" y deberá leerse: "proceso de planeación". En la página 11 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 27, líneas 6 y 7, se lee: "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa". En la página 12 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 30, líneas 4 y 5, se lee: "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse: "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa". En la página 12 del Diario Oficial La Gaceta: En el título del Capítulo VI, se lee "DEL FINANCIAMIENTO DEL PROCESO DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO" y deberá leerse "DEL FINANCIAMIENTO DEL PROCESO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO". En la página 12 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 34, párrafo 1, línea 8, se lee: "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse: "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa"; y en el párrafo 2 del mismo artículo, líneas 3 y 4 se lee: "proceso de planeación del desarrollo" y deberá leerse "proceso de planeación del desarrollo". En la página 13 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 35, columna 1, párrafo 1, línea 3, se lee "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa" y deberá leerse "Secretaría Técnica de Planeación y Cooperación Externa", y en la línea 6, se lee: "proceso de planeación del desarrollo" y deberá leerse: "proceso de planeación del desarrollo". En la página 13 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 37, párrafo 1, líneas 3 y 4, se lee: "proceso de planeación del desarrollo" y deberá leerse "proceso de planeación del desarrollo". En la página 13 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 39, línea 3, se lee "proceso de planeación del desarrollo" y deberá leerse "proceso de planeación del desarrollo". En la página 13 del Diario Oficial La Gaceta: En el Artículo 40, línea 6, se lee: "Decreto Ejecutivo No.PCM-13-92 de fecha 20 de agosto de 1992" y deberá leerse "Decreto Ejecutivo No.PCM-13-90 de fecha 20 de agosto de 1990", en la línea 8 del mismo artículo se lee "del 2 de abril del 2002" y deberá leerse "del 2 de abril del 2002". En la página 15 del Diario Oficial La Gaceta: se sustituye "Arturo Corrales Álvarez, Tito Estrada, Isadora Paz" por "Comisión Técnica del Plan de Nación, Arturo Corrales Álvarez (Coordinación), Ana Cristina Mejía de Perreira, Alden Rivera Montes, Julio Raudales, Rodulfo Perdomo". En la página 16 del Diario Oficial La Gaceta: El numeral III se lee: "LA VISIÓN DE PAÍS: CUATRO OBJETIVOS NACIONALES Y 20 METAS DE PRIORIDAD NACIONAL", deberá leerse: "LA VISIÓN DE PAÍS: CUATRO OBJETIVOS NACIONALES Y 23 METAS DE PRIORIDAD NACIONAL". En la página 16 del Diario Oficial La Gaceta: En el Objetivo 2: agregar la "Meta 2.6: Reducir a la mitad el número de familias campesinas sin acceso a la tierra". En la página 17 del Diario Oficial La Gaceta: en el numeral "IV. PLAN DE NACIÓN 2010-2022: LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS", debe enumerarse correctamente, quedando de la forma siguiente: 1. Desarrollo Sostenible de la Población. 2. Democracia, Ciudadanía y Gobernabilidad. 3. Reducción de la Pobreza, Generación de Activos e Igualdad de Oportunidades. 4. Educación y Cultura como medios de emancipación social. 5. Salud como fundamiento para la mejora de las condiciones de vida. 6. Seguridad ciudadana como requisito del desarrollo. 7. Desarrollo Regional, Recursos Naturales y Ambiente. 8. Infraestructura Productiva como motor de la actividad económica. 9. Estabilidad Macroeconómica como fundamento del ahorro interno. 10. Competitividad, Imagen País y Desarrollo de Sectores Productivos. 11. Adaptación y Mitigación al Cambio Climático. En la página 17 del Diario Oficial La Gaceta: el numeral VI se lee: "VI. EL SISTEMA NACIONAL DE PLANEACIÓN: PROYECTO DE LEY", deberá leerse: "VI. LOS PLANES DE GOBIERNO COMO COMPONENTES DEL SISTEMA NACIONAL DE PLANEACIÓN". En la página 18 del Diario Oficial La Gaceta: En la columna 1, numeral 3) línea 1, se lee: "Una matriz de 58 indicadores.", deberá leerse: "Una matriz de 65 indicadores.". En la página 18 del Diario Oficial La Gaceta: En la columna 2, numeral 4), líneas 1 y 2 se lee "Sistema Nacional de Planeación" y deberá leerse "Sistema Nacional de Planeación"; y en la línea 4 del mismo párrafo se lee: "Plan de Nación y que debe contar..." y deberá leerse: "Plan de Nación y los Planes de Gobierno que deben contar, para su debida...." En la página 18 del Diario Oficial La Gaceta: Se sustituye el "Diagrama 1: Elementos del Sistema de Planeación del Desarrollo", por el cuadro adjunto: Diagrama 1. Elementos del Sistema de Planeación del Desarrollo Visión de País (28 años) Declaración de Principios Plan de Nación (12 años) Objetivos Nacionales Planes de Gobierno (4 años) Metas de Prioridad Nacional Lineamientos Estratégicos Sistema Nacional de Planeación Matriz de Indicadores Marco Jurídico Marco Institucional Sistema de Monitoreo y Evaluación Observatorio de Cumplimiento Sistema Nacional de Integridad Lineamientos Presupuestarios En la Página 20 del Diario Oficial La Gaceta: en la Tabla 1: Principios Orientadores del Desarrollo, en la Descripción, párrafo 2, línea 1, se lee "Estado" en minúscula y deberá leerse "Estado", con la primera letra mayúscula. En la Página 23 del Diario Oficial La Gaceta: El Título se lee: "III. VISIÓN DE PAÍS: CUATRO OBJETIVOS NACIONALES Y 22 METAS DE PRIORIDAD NACIONAL", y deberá leerse: "III. VISIÓN DE PAÍS: CUATRO OBJETIVOS NACIONALES Y 23 METAS DE PRIORIDAD NACIONAL". En la Página 23 del Diario Oficial La Gaceta: El Párrafo 1, línea 3, se lee: "mediante el establecimiento de cuatro grandes objetivos nacionales y 22 metas de prioridad nacional.", y deberá leerse: "mediante el establecimiento de cuatro grandes objetivos nacionales y 23 metas de prioridad nacional". En la Página 25 del Diario Oficial La Gaceta: sustituir "Diagrama 5: 22 Metas de Prioridad Nacional" por el cuadro adjunto. Diagrama 5: 23 Metas de Prioridad Nacional Una Honduras sin pobreza extrema, educada y sana, con sistemas consolidados de previsión social Meta 1.1: Erradicar la Pobreza Extrema Meta 1.2: Reducir a menos del 15% el porcentaje de Hogares en situación de pobreza Meta 1.3: Elevar la escolaridad promedio a 9 años Meta 1.4: Alcanzar 95% de cobertura de salud en todos los niveles del sistema Meta 1.5: Universalizar el régimen de jubilación y pensión para el 90% de los asalariados en Honduras Una Honduras que se desarrolla en democracia, con seguridad y sin violencia Meta 2.1: Siete procesos democráticos continuos y transparentes celebrados desde el 2009 Meta 2.2: Reducir la tasa de homicidios por cada 100,000 habitantes a un nivel inferior al promedio internacional Meta 2.3: Reducir el Índice de Conflictividad Social a menos de 6. Meta 2.4: Reducir a menos del 5% el Índice da ocupación extralegal de tierras Meta 2.5: Mejorar la protección de fronteras como condición para la disusión externa y aumento de la confianza interna Meta 2.6: Reducir a la mitad el número de familias campesinas sin acceso a la tierra Una Honduras productiva, generadora de oportunidades y empleos aportando, que aproveche de manera sostenible sus recursos y reduzca la vulnerabilidad ambiental Meta 3.1: Reducir la tasa de desempleo abierto al 2% y la tasa de sub-empleo invisible al 5% de la población ocupada Meta 3.2: Elevar las exportaciones de Bienes y Servicios al 75% del PIB Meta 3.3: Elevar al 80% la tasa de participación de energía renovable en la matriz de generación eléctrica del país Meta 3.4: Alcanzar 400,000 hectáreas de tierras agrícola con sistemas de riego satisfaciendo 100% la seguridad alimentaria Meta 3.5: Elevar la Tasa de Aprovechamiento hídrico a 5 a 25% Meta 3.6: 1.5 millones de hectáreas de tierras de vocación forestal en proceso de restauración ecológica y 500,000 hectáreas accediendo al mercado mundial de bonos de carbono Meta 3.7: Llevar la calificación de Honduras en el Índice Global de Riesgo Climático a un nivel superior a 50. Meta 4. 1: Mejorar la posición de Honduras en el Índice de Competitividad Global a la posición 50 Meta 4.2: Alcanzar un nivel de descentralización de la Inversión Pública a nivel municipal en un 40% Meta 4.3: Llegar a una proporción de 90% de los funcionarios públicos acogidos a un régimen estable de servicio civil que premia la competencia, capacidad y desempeño. Meta 4.4: Desarrollar los principales procesos de atención al ciudadano en las Instituciones del Estado por medios electrónicos Meta 4.5: Situar a Honduras en el tramo 90-100 de la escala percentil del Índice de Control de la Corrupción del BM. Un Estado moderno, transparente, responsable, eficiente y competitivo En la Página 26 del Diario Oficial La Gaceta: El Párrafo 1, línea 3, se lee: "mediante el seguimiento de 58 indicadores sectoriales, que marcarán las obligaciones básicas de gestión gubernamental para cada..." deberá leerse: "mediante el seguimiento de 65 indicadores sectoriales, que marcarán las obligaciones básicas de gestión gubernamental para cada...". En la Página 26 del Diario Oficial La Gaceta: En el Capítulo IV, párrafo 2, línea 1, se lee "Entre los elementos del Plan de Nación se hará referencia a cincuenta y ocho indicadores sectoriales vinculados con cada uno de los..." deberá leerse: "Entre los elementos del Plan de Nación se hará referencia a sesenta y cinco (65) indicadores sectoriales vinculados con cada uno de los...". En la Página 30 del Diario Oficial La Gaceta: eliminar el "inciso a. 51% del total de caseríos del país (14,234) tienen menos de 50 habitantes", considerando que se repite porque aparece en la página 29 antes del mapa. En la Página 38 del Diario Oficial La Gaceta: en el numeral 5) se lee: "Fortalecer la capacidad de gerencia y ejecución del gobierno", y deberá leerse "Fortalecer la Capacidad de Gerencia y Ejecución del Gobierno". En la Página 59 del Diario Oficial La Gaceta: Agregar al final del Párrafo Tercero, Columna 2; lo siguiente: "..., "y, finalmente alcanzar un nivel sostenible de la relación entre la masa salarial del Gobierno Central y el PIB, para asegurar la calidad del gasto público, la disponibilidad de recursos fiscales para financiar la inversión pública y la posibilidad de destinar recursos al aumento de la cobertura del sistema educativo". En la Página 59 del Diario Oficial La Gaceta: Agregar al final del Párrafo Tercero, Columna 2; lo siguiente: "..., "Asimismo, un objetivo estratégico fundamental es la reducción de la dependencia del país de las donaciones y financiamiento externo concesional. Honduras debe ser capaz de financiar su propio desarrollo. El logro de este objetivo será posible mediante el crecimiento sustancial de la base de ahorro interno que haga posible el financiamiento de un significativo aumento de los volúmenes de inversión". En la Página 64 del Diario Oficial La Gaceta: "Agregar al final del párrafo 1, sobre el Título "ENUNCIADOS DE VISIÓN SOBRE COMPETITIVIDAD, IMAGEN PAÍS Y DESARROLLO DE SECTORES PRODUCTIVOS, lo siguiente: .... "El país contará con una Estrategia Nacional de Competitividad vigente y en situación operativa, alineada con la Visión de País y el Plan de Nación, que actuará como guía para la mejora de la competitividad, la imagen país y el desarrollo de los sectores productivos en Honduras". En la Página 64 del Diario Oficial La Gaceta: "Agregar al final del párrafo 1, sobre el Título "ENUNCIADOS DE VISIÓN - ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO", lo siguiente: .... "La producción más limpia (P+L) se habrá incorporado como item de agenda permanente tanto en el sector público como privado". En la Página 66 del Diario Oficial La Gaceta: Agregar al final del párrafo 2 del Título "ENUNCIADOS DE VISIÓN - ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO", lo siguiente: .... "La producción más limpia (P+L) será un tema de agenda permanente tanto en el sector público como privado". En la Página 67 del Diario Oficial La Gaceta: Reemplazar el cuadro actual de Título "V. MATRIZ DE INDICADORES PARA EL SEGUIMIENTO DE LOS AVANCES DEL PLAN DE NACIÓN", donde se han incorporado los indicadores Nos. 29, 39 y 60 y se ha corregido la numeración correlativamente, el cuadro en mención se detalla a continuación: LOS GRANDES DESAFÍOS EN MATERIA DE ADAPTACIÓN Y MITIGACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO 1. Insertar al país en la ruta de la adaptación y mitigación al cambio climático mediante el fortalecimiento institucional de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), la formulación de una política nacional y la dotación de recursos que permitan desarrollar una acción sistemática de concienzación y promoción de los instrumentos económicos aprobados bajo el marco del protocolo de Kioto y los sucesivos que sean aprobados por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático luego de la reunión en México, en el mes de diciembre del 2010. 2. Lograr que el incremento de la participación de energía renovable en la matriz de generación del país, derive en la colocación de Certificados de Bonos de Carbono en los mercados internacionales, permitiendo que Honduras alcance niveles de liderazgo regional que le ubiquen como una nación definida en la ruta del progreso, del desarrollo sostenible y de la mitigación al cambio climático. 3. Iniciar un proceso sistemático de restauración ecológica y productiva de los territorios de vocación forestal en estado de degradación. Lo anterior no solo implica una mejora significativa en las condiciones ambientales del país, sino la posibilidad de acceder a recursos financieros por cientos de millones de dólares en los próximos años. 4. Reducir la vulnerabilidad física y ambiental del país, mediante una acción diferenciada de protección hacia centros urbanos con alta concentración poblacional y zonas productivas-con un peso específico trascendente para el país. 5. Lograr la plena implementación de la Estrategia de Producción más Limpia de Honduras y su Plan de Acción que tiene como propósitos promover la gestión ambiental empresarial, formular y adecuar el marco legal para la producción más limpia, fortalecer las capacidades técnicas, de gestión y coordinación de esta materia por parte del sector público y el sector privado, fomentar la investigación, generación, recolección y divulgación de información y promover modelos sostenibles de aplicación de la P+L. V. MATRIZ DE INDICADORES PARA EL SEGUIMIENTO DE LOS AVANCES DEL PLAN DE NACIÓN. No. INDICADOR Línea Base 2009 (último dato disponible) 2013 2017 2022 2038 LINEAMIENTO ESTRATÉGICO No. 1: DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA POBLACIÓN 1 Tasa de Dependencia Demográfica (INE) 78.4 74.4 70.4 66.4 56.4 2 Tasa de Población recibiendo Información y Valores en el marco de una perspectiva Educacional de Familia (Secretaría de Educación) 0 15 25 40 80 3 Tasa de Embarazos en Adolescentes (INE) 22 19.8 15.8 12.7 8.9 LINEAMIENTO ESTRATÉGICO No. 2: DEMOCRACIA, CIUDADANÍA Y GOBERNABILIDAD 4 % de Partidos Políticos con auditorías certificadas sobre origen de Recursos Invertidos en campañas Electorales (TSE) 0 50 100 100 100 5 % de ciudadanos en cargos de elección popular presentando informes públicos sobre su contribución al logro de las metas del Plan de Nación (Mirador Electoral) 0 25 40 70 100 6 Índice de Potenciación de Género (PNUD) 0.58 0.6 0.66 0.7 0.75 7 Índice de Conflictividad Social (CEDOH) 23 21 17 12 < 6 8 Indicador de Control de la Corrupción (percentil), (Banco Mundial, Worldwide Governance Indicators) 20.8 (10 a 25) (25 a 50) (50 a 75) (75 a 90) (90 a 100) 9 Número de mecanismos comunitarios donde ciudadanos y organizaciones comunitarias participan en procesos de Transparencia y Rendición de Cuentas sobre recursos utilizados en el cumplimiento de las metas del Plan de Nación (Consejo del Plan de Nación) 0 5 10 15 20 10 Número de consultas ciudadanas al sistema de información presupuestaria regionalizado del Plan de Nación, por año (SEFIN) 0 10,000 50,000 75,000 100,000 11 Tasa de Ocupación Extralegal de Tierras (ILD) 70% 60% 50% 40% 5% LINEAMIENTO ESTRATÉGICO No. 3: REDUCCIÓN DE LA POBREZA, GENERACIÓN DE ACTIVOS E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES 12 % de Hogares en Situación de Pobreza Extrema (INE) 36.2 32.0 27.0 21.0 0.0 13 % Hogares en Situación de Pobreza (INE) 59.2 55.0 49.0 41.0 15.0 14 Tasa de Desempleo Abierto (INE) 2.9 2.7 2.0 2.0 2.0 15 Tasa de Subempleo Invisible (INE) 29.8 29 24 18 5 16 % de Asalariados afiliados a sistemas de previsión (INE) 13% 23% 33% 43% 90% LINEAMIENTO ESTRATÉGICO No. 4: EDUCACIÓN COMO PRINCIPAL MEDIO DE EMANCIPACIÓN SOCIAL 17 % de cumplimiento del calendario escolar (200 días) en Establecimientos Educativos Públicos (UMCE - UPN) 0 90 100 100 100 18 % Cobertura neta de Educación Pre-básica (INE) 38.6 45 55 75 95 19 % Cobertura neta de Educación Básica en sus dos primeros ciclos (INE) 92.5 95 100 100 100 20 % Cobertura neta de Educación Básica en tercer ciclo (INE) 39.7 42 60 70 80 21 % Cobertura neta de Educación Media (INE) 24.2 27 35 45 60 22 % de Centros Educativos Certificados (UMCE - UPN) 0 10 25 35 90 23 Tasa de Escolaridad Promedio (UMCE - UPN) 5 5.8 6.4 7.5 9.0 24 Rendimiento Promedio en Español y Matemáticas en Nivel Básico y Medio (UMCE-UPN) 40 45 50 60 70 LINEAMIENTO ESTRATÉGICO No. 5: SALUD COMO FUNDAMENTO PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE VIDA 25 Tasa de Mortalidad en menores 5 años (Secretaría de Salud) 32 30 21 16.0 12.0 26 Tiempo máximo de espera en días, para la realización de intervenciones quirúrgicas programadas a pacientes en hospitales públicos (Secretaría de Salud, por construir) N.D. 30.0 20.0 10.0 5.0 27 Incidencia de Casos de Malaria/ Dengue (Secretaría de Salud) 3,742/ 12,828 3,500/ 11,000 2200/ 9,200 1500/ 6,700 800/ 3,500 28 Tasa de Incidencia de casos de Enfermedades Infecciosas asociadas a Condiciones Materiales de Vida (Diarrea, IRAS X 1000 hab) y TB x 100,000 hab) (Secretaría de Salud) 31.9/ 70.1/ 50 27.3/60 /45 22.1/ 52/ 35 17.1/45/ 20 12.3/ 38.2/5 29 Tasa de Prevalencia del VIH en población de 15-49 años (PENSIDA) 1.2 1.05 0.9 0.7 0.2 30 Porcentaje de prescripciones médicas totalmente atendidas en hospitales del Estado (Secretaría de Salud, por construir) N.D. 60 77 93 95 31 Número de Municipios administrando sistemas de agua y saneamiento (Secretaría de Gobernación / SANAA) 5 50 150 200 298 32 % Cobertura de Hogares Rurales con Acceso a Agua Potable (INE) 63.2 70.0 85.0 93.0 95.0 33 % Cobertura de Hogares con acceso a sistemas de Eliminación de Excretas (INE) 25.7 35.0 45.0 60.0 90.0 LINEAMIENTO ESTRATÉGICO No. 6: SEGURIDAD COMO REQUISITO DEL DESARROLLO 34 Tasa de Homicidios (x 100,000 habitantes) (Observatorio de la Violencia) 57.9 52.0 42.0 33.0 13.0 35 Tasa de Homicidios asociados a Robo (x 100,000 hab) (Observatorio de la Violencia) 7.8 6.0 4.0 3.0 2.0 36 Tasa de Muertes por Accidentes de Tránsito (X 100,000) (Observatorio de la Violencia) 17.2 14.0 10.0 7.0 4.0 37 Tasa de Delitos Sexuales (x 100,000 hab) (Observatorio de la Violencia) 21.0 19.0 17.0 13.0 12.0 38 Número de Delitos relacionados con Narcotráfico (por año) (Observatorio de la Violencia) 710.0 400 250 100 50 39 Juzgados sobre violencia doméstica operando a nivel nacional 2 9 18 30 61 LINEAMIENTO ESTRATÉGICO No. 7: DESARROLLO REGIONAL, RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE 40 % Regiones con mecanismo de Mesa Regional funcionando adecuadamente (Sec. de Gobernación) 0 50 75 90 100 41 % Regiones con Planes de Ordenamiento Territorial Aprobados y en Ejecución (Generando proyectos de inversión, Reduciendo sobre utilización, subtitilización y vulnerabilidad física), (Sec. de Gobernación) 0 50 60 75 85 42 Tasa de Descentralización del gasto público, (SEFIN) 3 10 20 30 40 43 Tasa Nacional de Represamiento y Aprovechamiento de Recursos Hídricos, (SERNA) 5 7.5 12.5 17 25 44 Número de Hectáreas de Tierras Forestales en Restauración Ecológica y Productiva, Participando en el Mercado Internacional de Bonos de Carbono (ICF) 0 100,000 250,000 400,000 1,000,000 45 % Zonas de Recarga Hídraulica bajo Planes de Manejo, (SERNA) 10 35 55 70 100 46 % Áreas Protegidas con Planes de Manejo con Mecanismos Financieros de Sostenibilidad, (ICF) 12 50 100 100 100 47 Índice Global de Riesgo Climático (posición de Honduras), (SERNA) 3 15 31 38 50 48 Número de Municipios Certificados en Licenciamiento y Gestión Ambiental, (SERNA) 0 100 150 200 298 LINEAMIENTO ESTRATÉGICO No. 8: INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA 49 % de Avance Programa Nacional de Rehabilitación y reconstrucción Vial (Fondo Vial) 0 25 50 75 100 50 Tasa Nacional de Articulación Social (% población con acceso a red vial primaria), (SOPTRAVI) 72 75.0 80.0 90.0 100 51 Tasa Nacional de Articulación Productiva (% de territorio con acceso a red vial primaria) (SOPTRAVI) 47 62.0 75.0 90.0 100 52 Miles de Toneladas Métricas de Transporte de Carga transitando por territorio para fines de exportación (BCH) 15,500 20,000 25,500 31,000 60,000 53 Inversión del Gobierno Central respecto del PIB, (SEFIN) 2% 6% 8% 9% 10% 54 Número de hectáreas de tierras agrícolas con acceso a riego, (SAG) 90,000 140,000 200,000 250,000 400,000 55 % de Energía Eléctrica Renovable participando en matriz de generación, (ENEE) 20% 40% 50% 60% 80% LINEAMIENTO ESTRATÉGICO No. 9: ESTABILIDAD MACROECONÓMICA 56 Tasa de Crecimiento del PIB en términos reales, promedio anual (4 años) (BCH) 4% 5% 6% 7% 9% 57 Coeficiente de GINI (INE) 0.55 0.51 0.47 0.48 0.43 58 Tasa de Ahorro Total / PIB, promedio anual (BCH) 21% 23% 27% 30% 30% 59 Tasa Promedio de Inflación anual (4 años), (BCH) 7% 5% 3% 3% 3% 60 Masa Salarial del Gobierno Central en relación al PIB 10.7% 9.7% 8.0% 8.0% 8.0% LINEAMIENTO ESTRATÉGICO No. 10: COMPETITIVIDAD, IMAGEN PAÍS Y SECTORES PRODUCTIVOS 61 Calificación de Honduras en el Índice de Competitividad (Global (World Economic Forum) 3.86 3.95 4.5 5.0 5.5 62 Relación de Exportaciones / PIB, (BCH) 49 53 57 61 75 63 Inversión Público/Privada en Programa Imagen País (US$ millones por año) 0 7.5 3.0 3.0 3.0 64 Número promedio de visitantes por año (Turismo) 1,600,000 2,000,000 2,500,000 3,000,000 5,000,000 65 Número de Procesos de Atención Ciudadana en las Instituciones del Estado realizados por medios electrónicos (Honduras Compite) 6 25 30 50 75 En la página 74 del Diario Oficial La Gaceta, antes del Artículo 42: Se incorpora "EL CAPÍTULO VI: LOS PLANES DE GOBIERNO COMO COMPONENTES DEL SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN. Los planes de Gobierno tienen la función de conducir la ejecución de la política pública para los períodos constitucionales de Gobierno y forman parte integral del Sistema Nacional de Planificación. Su estructura debe responder, en primera instancia, a la definición de políticas, programas y proyectos orientados al cumplimiento de los indicadores de avance del Plan de Nación y los objetivos y metas de la Visión de País. Los planes de gobierno deben ser formulados, concertados y aprobados (como instrumentos oficiales adscritos al Sistema Nacional de Planificación) durante los primeros 100 días de gobierno de cada administración, bajo el siguiente proceso: Acciones Preparatorias y formulación de propuestas por parte del Gobierno Central formuladas bajo la Secretaría Técnica de Planificación y Cooperación Externa, en conjunto con la Secretaría de la Presidencia y los Gabinetes Sectoriales Los Consejos Regionales hacen recepción de propuestas especificas (políticas, programas y proyectos) por parte de los miembros de cada Consejo Regional. Esta recepción debe ser articulada de invitaciones públicas realizadas desde cada Región. Concertación y Consenso de los Planes de Gobierno (diferenciados por Región) bajo el marco de los Consejos Regionales de Desarrollo. Suscripción de Acuerdos para el período de Gobierno (4 años) en cada Región. El Consejo del Plan de Nación conoce y registra el contenido del Plan de Gobierno para cada región (los planes confinen políticas, programas y proyectos) El Presidente de la República en Consejo de Ministros emite un Acuerdo Ejecutivo oficializando el contenido del Plan de Gobierno para su período de servicio (4 años) Entre el 1 y 30 de septiembre de cada año, se realizará la socialización y concertación de los Planes Operativos Anuales (POAs) por Región los cuales integrarán la priorización del gasto y la inversión pública para el periodo anual subsiguiente. Será sumamente importante la articulación del mecanismo de codificación presupuestaria creado bajo la Visión de País y el Plan de Nación, el cual incluye la identificación de la Región, Sub Región, Departamento, Municipio, Aldea, Objetivo Nacional, Meta de Prioridad Nacional e Indicador de Avance. Cada uno de los Planes de Gobierno que se aprueben durante el período del Plan de Nación 2010-2022 y la Visión de País 2010-2038, deberán contar con las siguientes características: 1. Diferenciación por Región. El Plan de Gobierno debe hacer referencia explícita a las políticas, programas y proyectos que se desarrollarán bajo el contexto particular de cada región, utilizando como referencias el análisis de las brechas de cumplimiento regional (el valor diferencial entre la línea de base y la meta para cada período de gobierno indicada en la matriz de indicadores de avance) y el plan regional de ordenamiento territorial. La diferenciación biofísica, ambiental, social y demográfica de cada región, establece así el contexto básico para la definición de las políticas, programas y proyectos a ejecutarse en cada espacio regional. 2. Integración en base a Lineamientos Estratégicos del Plan de Nación. El contenido del Plan de Gobierno debe reconocer los lineamientos estratégicos del Plan de Nación como temas de agenda permanente que deben ser respetados como tales durante el período de vigencia del Plan de Nación. Cada lineamiento estratégico debe ser integrado como un Capítulo del Plan de Gobierno, indicando la forma en que se alcanzarán sus umbrales de cumplimiento para cada uno de los indicadores de avance. 3. Planes de Gobierno producto de consenso. Tal y como se indica en el diagrama precedente, los Consejos Regionales de Desarrollo son la instancia en la que los Planes de Gobierno deben ser concertados con la población. Lo anterior implica la participación activa de los municipios, las mancomunidades, las organizaciones sociales, la cooperación internacional y, en general, de todos aquellos que formen parte integral de cada Consejo Regional de Desarrollo. Luego de los procesos de diálogo acerca del Plan de Gobierno, deberán suscribirse actas que reflejarán los grandes acuerdos y darán formalidad a las políticas, programas y proyectos que se ejecutarán en cada región. Importante reiterar que todas las resoluciones deberán ser recibidas, analizadas y priorizadas en función de su aporte específico al cumplimiento de los indicadores, las metas y los objetivos de la Visión de País y el Plan de Nación y que los programas concertados deben ser codificados en atención a la normativa creada por la Visión de País y el Plan de Nación (región, sub-región, departamento, municipio, aldea, objetivo nacional, meta de prioridad nacional e indicador). 4. Planes de Gobierno Oficiales incorporados como componentes del Sistema Nacional de Planificación. Se reitera el hecho de que los planes de gobierno, una vez concertados y conocidos por el Consejo del Plan de Nación, deberán ser oficializados mediante Acuerdo Ejecutivo del Presidente de la República en Consejo de Ministros". De Usted muy atentamente, RIGOBERTO CHANG CASTILLO PRIMER SECRETARIO

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