Resolución No. 4-2018 — Concesión de personalidad jurídica a Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de El Plan San Jerónimo
Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
- Decreto: 4-2018
- Publicación: 9 de agosto de 2018
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
- Gaceta: 34,714
Considerandos
Que el peticionario acompañó a su solicitud toda la documentación necesaria.
Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado a oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen No. U.S.L. 4-2018, de fecha 02 de enero del 2018, recomendando otorgar lo solicitado.
Que la “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la comunidad de El Plan San Jerónimo, municipio de San José, departamento de Copán”, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez a cualquier disposición contendida en los estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes.
Articulos
Conceder Personalidad Jurídica a la “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la comunidad de El Plan San Jerónimo, municipio de San José, departamento de Copán”, con domicilio en la comunidad de El Plan San Jerónimo, municipio de San José, departamento de Copán, la cual tendrá como fin primordial regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema, para lo cual cuenta con objetivos tales como:
- a)
Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.
- b)
Asegurar una correcta administración del sistema.
- c)
Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.
- d)
Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable.
- e)
Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable.
- f)
Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso.
- g)
Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema.
- h)
Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de mícrocuencas, el acueducto y saneamiento básico). I.-Asegurar la sostenibilidad die los servicios de agua potable y saneamiento.
La Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la comunidad de El Plan San Jerónimo, U D I-D EG T-U N AH municipio de San José, departamento de Copán, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.
La Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la comunidad de El Plan San Jerónimo, municipio de San José, departamento de Copán, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones, a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos.
La Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la . comunidad de El Plan San Jerónimo, municipio de San José, departamento de Copán, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la, administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.
La disolución y liquidación de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la comunidad de El Plan San Jerónimo, municipio de San José, departamento de Copán, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo.
Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.
Los Estatutos entrarán en vigencia luego de ser publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.
La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita la correspondiente inscripción.
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