Acuerdo Ministerial No. 047-SEDIS-2019 — Manual de Procedimientos Operativos del Programa de Acompañamiento y Fortalecimiento Social en su Componente Guías de Familia
Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social
- Decreto: 047-SEDIS-2019
- Publicación: 24 de junio de 2019
- Órgano emisor: Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social
- Gaceta: 34,978
Considerandos
Que la Constitución de la República establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
Que la actual administración plantea como una de sus metas prioritarias alcanzar una sociedad más justa, con igualdad de oportunidades, en donde la población hondureña cuente con mejores índices de desarrollo humano mediante la mejora en las condiciones de vida de los hogares más desfavorecidos de la sociedad nacional.
Que para garantizar la asignación justa, sostenida y transparente de los recursos públicos y privados, con el fin de asegurar el desarrollo integral de las personas, familias y comunidades en condiciones de pobreza, pobreza extrema, vulnerabilidad, riesgo y exclusión social, es necesario contar con un modelo oficial de focalización, capaz de reducir los errores de inclusión y exclusión en la selección de las familias que participan de los programas y proyectos sociales.
Que mediante la Ley para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno, se modifican y amplían las competencias de la actual Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, entre las que se encuentran la planificación, administración y ejecución de los Programas y Proyectos que se derivan de las políticas públicas en materia de desarrollo e inclusión social, reducción de la pobreza, grupos vulnerables, niñez, juventud, pueblos indígenas y afrohondureños, discapacitados, personas con necesidades especiales y adultos mayores.
Que es prioridad para la Secretaría el incremento de la calidad, eficiencia y transparencia de las U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 actividades, programas y proyectos que realiza, a través de la actualización de sus sistemas de trabajo, regulación, cumplimiento de los métodos y procedimientos que brinden mayor satisfacción en la atención de las familias participantes.
Que la Secretaría mantiene su compromiso fundamental de satisfacer las necesidades de atención del interés público y en congruencia fortalecer las capacidades institucionales, con la aplicación y cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas que conlleven a una permanente revisión, actualización de su estructura y de sus sistemas de trabajo.
Texto completo
EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO: Que la actual administración plantea como una de sus metas prioritarias alcanzar una sociedad más justa, con igualdad de oportunidades, en donde la población hondureña cuente con mejores índices de desarrollo humano mediante la mejora en las condiciones de vida de los hogares más desfavorecidos de la sociedad nacional. CONSIDERANDO: Que para garantizar la asignación justa, sostenida y transparente de los recursos públicos y privados, con el fin de asegurar el desarrollo integral de las personas, familias y comunidades en condiciones de pobreza, pobreza extrema, vulnerabilidad, riesgo y exclusión social, es necesario contar con un modelo oficial de focalización, capaz de reducir los errores de inclusión y exclusión en la selección de las familias que participan de los programas y proyectos sociales. CONSIDERANDO: Que mediante la Ley para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno, se modifican y amplían las competencias de la actual Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, entre las que se encuentran la planificación, administración y ejecución de los Programas y Proyectos que se derivan de las políticas públicas en materia de desarrollo e inclusión social, reducción de la pobreza, grupos vulnerables, niñez, juventud, pueblos indígenas y afrohondureños, discapacitados, personas con necesidades especiales y adultos mayores. CONSIDERANDO: Que es prioridad para la Secretaría el incremento de la calidad, eficiencia y transparencia de las
ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
actividades, programas y proyectos que realiza, a través de la actualización de sus sistemas de trabajo, regulación, cumplimiento de los métodos y procedimientos que brinden mayor satisfacción en la atención de las familias participantes. CONSIDERANDO: Que la Secretaría mantiene su compromiso fundamental de satisfacer las necesidades de atención del interés público y en congruencia fortalecer las capacidades institucionales, con la aplicación y cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas que conlleven a una permanente revisión, actualización de su estructura y de sus sistemas de trabajo. POR TANTO, El Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social: En el ejercicio de las atribuciones que le confieren los Artículos 246 de la Constitución de la República; 29 numeral 4), 30, 33, 36 numerales 2), 5), 8) de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO:Aprobar el “MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DEL PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO Y FORTALECIMIENTO SOCIAL EN SU COMPONENTE GUÍAS DE FAMILIA COORDINADO POR LA DIRECCIÓN DE ACOMPAÑAMIENTO Y FORTALECIMIENTO SOCIAL”, que se detalla a continuación: GENERALIDADES l. Introducción El Manual de Procesos y Procedimientos está dirigido a todas las personas que bajo cualquier modalidad, se encuentren vinculadas a la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social (DAFS) y se constituye en un elemento de apoyo útil para el cumplimiento de las responsabilidades asignadas, y para coadyuvar, conjuntamente con el Control Interno, en la consecución de las metas de desempeño y rentabilidad, asegurar la información y consolidar el cumplimiento normativo. Este documento describe los procesos administrativos, y expone en una secuencia ordenada las principales operaciones o pasos que componen cada procedimiento, y la manera de realizarlo. Contiene además, diagramas de flujo, que expresan gráfica mente la trayectoria de las distintas operaciones, e incluye las dependencias administrativas que intervienen, precisando sus responsabilidades y la participación de cada cual. Sus contenidos aprobados, deben ser de cumplimiento obligatorio para todo el personal profesional, técnico o administrativo actuante. La inobservancia de lo establecido implicará responsabilidad personal y profesional. 1.1 Antecedentes de la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social Es una Dirección coordinada por la Subsecretaria de Gestión del Programa Vida Mejor, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, creada con el propósito de ser el brazo operativo de la Secretaría, con el fin de lograr la acción de Gobierno en el área social, particularmente en la solución de problemas de desempleo, encargada de la coordinación, organización, manejo, control y seguimiento
de las actividades realizadas por los beneficiarios que integran las Unidades creadas a través del Programa de Acompañamiento y Fortalecimiento Social (Guías de Familia), así como de brindar acompañamiento en la formación y educación de la población meta, a fin de fortalecer los mecanismos de participación de la población económicamente activa que se encuentra des empleada, colaborando con el fortalecimiento de los Proyectos derivados de la Plataforma Vida Mejor. Fue creada con el propósito de formular, coordinar, ejecutar, diseñar y evaluar las actividades del Programa de Acompañamiento y Fortalecimiento Social, el que a su vez pretende contribuir a la ruptura del ciclo intergeneracional de la pobreza y pobreza extrema, a través de la generación de capital humano mediante el desarrollo de capacidades y competencias, cuyo principal valor público es la generación de oportunidades a hogares focalizados bajo el umbral de extrema pobreza. 1.2 Fundamentación Legal Constituye fundamento legal para la emisión de las presentes normas, la Constitución de la República, Ley General de la Administración Pública, el contenido del Decreto Legislativo 278-2013 que crea la “Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión”, Decreto Legislativo No.107- 2010 que contiene la Ley de Ingresos Complementarios en Zonas Rurales y Urbano Marginales y su Reglamento, la Plataforma Vida Mejor y todas las Normas de Control lntemo Aplicables. 1.3 Objetivo del Manual El presente Manual tiene como objetivo principal fortalecer los mecanismos de sensibilización, que se despliegan y solidifican para brindar fortalecimiento al Sistema de Control Interno. Los Procesos que se dan a conocer, cuentan con la estructura, base conceptual y visión en conjunto, de las actividades misionales y de soporte de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social a través de la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social (DAFS), con el fin de dotar a la misma Entidad, de una herramienta de trabajo que contribuya al cumplimiento eficaz y eficiente de la misión y metas esenciales, contempladas en el Plan Estratégico. Así mismo, se busca que exista un documento completo y actualizado de consulta, que establezca un método estándar para ejecutar el trabajo de las dependencias, en razón de las necesidades que se deriven de la realización de las actividades de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social a través de la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social. 1.4 Justificación del Manual Es importante señalar que los manuales de procedimientos son la base del sistema de calidad y del mejoramiento continuo de la eficiencia y la eficacia, poniendo de manifiesto que no bastan las normas, sino, que además, es imprescindible el cambio de actitud en el conjunto de los trabajadores, en materia no sólo de hacer las cosas bien,sino dentro de las prácticas definidas en la organización. El manual de procesos, es una herramienta que permite a la Institución, integrar una serie de acciones encaminadas a agilizar el trabajo de la administración, y mejorar la cali- dad del servicio, comprometiéndose con la búsqueda de alternativas que mejoren la satisfacción de los usu- arios. ESTRUCTURA ORGANIZACIÓN DE LADIRECCIÓN 2. Estructura Organizacional de la Dirección La Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social fue estructurada como un órgano interno de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, para coordinar el Programa de
Acompañamiento y Fortalecimiento Social específicamente en lo que se refiere al componente de Acompañamiento o Guías de Familia, para asegurar la adecuada coordinación, Organización, estructura y regulación de las actividades desarrolladas por los beneficiarios del Programa, sobre la base de los compromisos establecidos en los respectivos convenios de cooperación suscritos por la Secretaría, su normativa interna y la Legislación nacional aplicable. La dirección técnica estará a cargo de un Director nombrado por el Secretario de Estado del Despacho de Desarrollo e Inclusión Social y contará con el personal de apoyo administrativo que sea necesario para el cumplimiento de sus objetivos
2.1 Funciones de la Dirección La Dirección tiene como propósito proporcionar las directrices para el correcto funcionamiento de toda la dirección, mantener un flujo de información entre los beneficiarios del Programa Vida Mejor con la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social y el Gobierno Central, para garantizar que los beneficios sean ejecutados correctamente. La Dirección tendrá entre otras las funciones las siguientes:
- a)
Formulación, coordinación, ejecución, diseño y evaluación de las actividades que se realicen para la ejecución de proyectos de reducción de la pobreza; así como los que vayan dirigidos a grupos vulnerables y los orientados a la niñez, juventud, pueblos indígenas y afrohondureños, discapacitados y personas con necesidades especiales, y adultos mayores, que lleven a cabo las diferentes direcciones que forman parte de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social.
- b)
Asegurar el adecuado diseño de sus planes, fijar objetivos y metas, ejecución eficiente y efectiva de los recursos asignados, asegurar la coordinación de las actividades institucionales entre las diferentes direcciones.
- c)
Reconocimiento de la situación local de las comunidades y la implementación de estrategias que involucren la participación de los miembros de la comunidad en su propio crecimiento económico y social, con el fin de fortalecer las capacidades locales para impulsar el desarrollo comunal a través de los proyectos de ingresos complementarios y micro emprendimiento, desarrollados a través de la Plataforma Vida Mejor.
- d)
Hacer seguimiento, control y evaluación de los resultados institucionales alcanzados.
- e)
Realizar levantamientos socioeconómicos de las condiciones de vida reales de los posibles participantes de los proyectos derivados de los Programas de la Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social.
- f)
Brindar a través de las Unidades (Guías de Familia) acompañamiento fundamental a todas las Direcciones de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, en el sentido de monitorear, acompañar y valorar las ejecutorias de éstas en el desarrollo de sus proyectos y programas.
- g)
Identificar, acompañar y capacitar a las familias cuya situación sea de pobreza pobreza extrema, vulnerabilidad y riesgo social e integrarlos a los dife- rentes programas de atención, prevención, asis-tencia social, seguridad social y servicios de protección que administra y ejecuta la Secretaría, ofreciéndoles la garantía de que los beneficios lleguen a las familias más vulnerables, cubriendo necesidades específicas de cada familia.
- h)
Acompañar a las otras familias beneficiadas de los Programas y Proyectos que coordina la Secretaría, para ser garantes de que los beneficios lleguen a quien, de acuerdo a lo enmarcado en la Visión de País y Plan de Nación, así como las pautas que emanan de la Presidencia de la República.
- i)
Capacitación a las familias beneficiadas con el enfoque de Vida Mejor, para mejorar la actitud, conocimientos, habilidades y conducta de dichas familias, con el fin de mejorar su calidad de vida.
- j)
Validar mediante acompañamiento, la entrega de los beneficios de la Plataforma Vida Mejor.
- k)
Intervención social que contribuya al desarrollo social solidario e incluyente, generando un impacto positivo en las comunidades focalizadas. 2.2 Sub Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social Es la encargada de asistir al Director de Acompañamiento y Fortalecimiento Social en las labores de apoyo administrativo para cumplir con las diferentes actividades para el acompañamiento social de los diferentes programas y proyectos de la Plataforma Vida Mejor, y además es responsable de realizar las labores sociales encomendadas por la Dirección.
Entre otras actividades la Subdirección tendrá las siguientes funciones: - Revisar los informes enviados por la Unidad de Supervisión Regional previo al traslado a la Unidad de Medición. - Acompañar al Director en los procesos de capacitación brindadas a Guías de Familia a Nivel Nacional. - Elaborar el informe condensado basado en los informes remitidos por los Supervisores Regionales. - Representar y/o acompañar al Director en reuniones de trabajo con Unidades de Acompañamiento de Campo, para despejar inquietudes estrictamente en temas sociales.23 2.3 Asesor Técnico de la Dirección Asesoría técnica en la formulación, adopción, coordinación y ejecución de políticas, planes, programas, proyectos y gestión de la Dirección, así como el análisis y elaboración de documentación técnica necesaria para la operatividad del programa, en relación a la elaboración de varios temas que permiten que la Dirección sistema tic e procesos. Además de las anteriores, la Asesoría Técnica tendrá las siguientes funciones: - Analizar y vincular políticas, programas y acciones destinadas a brindar a los actores de la Dirección. - Organizar la formación continua bajo distintas modalidades (asesoría, capacitación, actualización, etc.). - Apoyar a la Dirección en el diseño, puesta en marcha y evaluación de propuestas que permita la operatividad técnica de procesos. 2.4 Unidad de Control y Seguimiento Es la encargada de realizar el control y seguimiento de las actividades de acompañamiento realizadas por los beneficiarios que conforman las diferentes Unidades de Acompañamiento Social (Guías de Familia). Asi mismo realizará entre otras las siguientes actividades: - Dar seguimiento a las Unidades/Regiones y conocer el estado de las diferentes actividades a desarrollar en cada uno de ellos. - Retroalimentar a las áreas responsables de procesos, en específico para corregir deficiencias o desviaciones en relación a los Objetivos del Programa. - Establecer comunicación entre la Direcciones de la SEDIS con el programa Unidades de Acompañamiento y Fortalecimiento Social. - Manejo del proceso de levantamiento de Fichas Socioeconómicas para la identificación de Carencias en los sectores focalizados para intervención. - Conformación y manejo de grupos de respuesta para intervenciones y apoyos digitales. - Gestionar las solicitudes y procesos de viáticos a equipos con asignación de trabajo en campo provisional. - Gestionar las solicitudes de insumos y logística para levantamiento de ficha FSU. · Programación de las capacitaciones con CENISS. · Participar como Enlace con el Despacho de la Subsecretaría de Gestión de Vida Mejor. - Participar como Enlace Técnico con el Centro Nacional de Información del Sector Social CENISS). - Coordinar las actividades de comunicaciones y prensa del DAFS, y retroalimentación a la Dirección de Comunicaciones de la SEDIS. - Coordinar el manejo y respuesta de las páginas de Comunicación Digital del DAFS. 2.5 Unidad de Medición de Actividades de A compa- ñamiento Se encarga de planificar, formular, gestionar, dirigir, liderar y tomar decisiones que ayuden al desarrollo, contabilización, control estadístico y medición de las intervenciones de acompañamiento realizadas en la ejecución del Programa. Así mismo tiene entre otras las siguientes actividades: - Generar informes relacionados directamente con los datos estadísticos de las actividades de acompañamiento. - Coordinar y supervisar las funciones desarrolladas por los enlaces/auxiliares administrativos asignados a la Unidad.
- Desarrollo de proyectos, monitoreo y seguimiento de la planificación estratégica de la Dirección. - Supervisar la ejecución del plan de acción a realizar en traslado de documentos al archivo general de la Secretaría. 2.6 Unidad de Visibilidad, Socialización y Publicidad de la Dirección Es la encargada de aprobar y monitorear todo lo relacionado con la visibilidad y socialización del Programa de Acompañamiento, así como las actividades que tengan relación con la publicidad de las actividades de acompañamiento realizadas por los beneficiarios que conforman las diferentes Unidades. Entre otras, tendrá las siguientes funciones: - Documentar las actividades de acompañamiento ejecutadas por los beneficiarios que conforman las Unidades, en formatos de video, audio y fotografía. - Retroalimentar al área responsable de la Comunicación Institucional, con la información documentada en los formatos de vídeo, audio y fotografia. - Establecer comunicación entre los encargados a nivel nacional de recopilar el material (vídeo, audio y fotografía) y la Dirección. - Coordinar y supervisar las actividades realizadas por los encargados de la recopilación de material de visibilidad y publicidad de los Programas de la Plataforma Vida Mejor de la Secretaría. - Proyección y difusión, y documentación con material audiovisual de las actividades que se realicen en la ejecución de los Programas y Proyectos de la Plataforma Vida Mejor. - Participar como Enlace con la Dirección de Comunicaciones de la Secretaría. - Coordinar las actividades de comunicaciones y monitoreo de redes del DAFS, y retroalimentación a la Dirección de Comunicaciones de la SEDIS. - Coordinar el manejo y respuesta de las páginas de Comunicación Digital del DAFS. 2. 7 Unidad de Supervisores Regionales Será la encargada de planificar, organizar, supervisar y monitorear la calidad y rendimiento de las actividades relacionadas con el levantamiento de datos realizadas por los beneficiarios que conforman las diferentes Unidades de Acompañamiento, e informar de manera consolidada al Director. Entre otras realizarán las siguientes actividades: - Conocer los alcances, propósitos, objetivos y el marco conceptual de las Guías de Familia y del Programa Vida Mejor con sus componentes de Vivienda, Techos, Pisos, E co fogones, Filtro de agua, Huertos Familiares, Alimento solidario, Bono Vida Mejor, Letrina, Merienda Escolar y otros. - Asistir a las capacitaciones programadas para verificar que los Beneficiarios que conforman las Unidades de las Guías de Familia, a si mil en los conceptos y contenidos que se les requiera transmitir, una vez finalizadas las capacitaciones deberán reforzar y retroalimentar los contenidos aclarando cualquier duda que se les presente. - Conocer de forma exacta el formulario de Identificación o Ficha Socioeconómica Única (FSU)/ Registro Único de Participantes (RUP), así como la forma correcta de su aplicación y llenado de manera que, durante una entrevista o supervisión, se sigan estrictamente los flujos establecidos, según la respuesta obtenida para cada pregunta. - Garantizar, mediante capacitaciones constantes, que los Beneficiarios que conforman las Unidades manejen la ficha FSU/RUP de manera adecuada. - Enviar programación de visitas de campo a los Beneficiarios que conforman las Unidades de Supervisión Departamental, para cada uno de los Departamentos y Municipios asignados. - Determinar estrategias o mecanismos de solución a las problemáticas encontradas en campo como ser: Establecer
horarios que impliquen menos riesgo. Asistir con el equipo completo para obtener la información. Hacerse acompañar de líderes comunitarios. - Revisar informe de avances de metas asignadas por zona, presentado por los departamentales y tomar acciones correctivas de ser necesario. - Garantizar que el acompañamiento a las familias beneficiadas por proyectos del Programa Vida Mejor se realice de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social y llevar una bitácora semanal de visitas y registro de actividades de acompañamiento. - Capacitar a los Supervisores Departamentales y Zonales, para que éstos capaciten a cada uno de los integrantes de las Unidades de Guías de Familia, en lo que conllevan los acompañamientos temáticos. - Supervisaryevaluareldesarrollodelosacompañamientos temáticos de cada región. - Presentar informe semanal de la cobertura y ejecución de los acompañamientos temáticos de las Guías de Familia. - Participación en los diferentes procesos a cargo de la Dirección. 2.8 Unidad de Control de Beneficios/ Enlace Administrativo Tendrá a cargo el trámite y ejecución de variadas funciones administrativas de naturaleza presupuestaria, de personal, servicios generales y otros, en la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social, y a la vez servirá de enlace con la Gerencia Administrativa de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social (SEDIS) con el propósito de mantener coordinada toda la información relacionada con el recurso humano, los servicios generales y demás gestiones administrativas de la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social (DAFS) a fin de lograr mayor eficiencia y eficacia en las tareas y operaciones normales de la Institución. Además será responsable entre otras, de las siguientes actividades: - Elaborar la documentación relacionada con los fondos presupuestarios, asignados a la Dirección. - Efectuar la solicitud de adquisición de suministros y servicios que requiera la Dirección para realizar las actividades que le corresponden. Supervisar y dirigir el personal administrativo de menor jerarquía. - Atender los pedidos de material para cubrir las necesidades de la Dirección. - Elaborar los convenios y adendums relacionados con los beneficiarios del Programa. Elaborar los listados de beneficiarios y documentos relacionados con el desembolso del beneficio. - Participar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Dirección. - Velar y hacer del conocimiento de la Gerencia Administrativa sobre el mantenimiento de las oficinas, mobiliario y equipo de la Dirección. - Revisar la documentación soporte para pago de viáticos del personal administrativo de SEDIS asignado a la Dirección. 2. Asistentes y Auxiliares Administrativos Apoyar los procesos administrativos dentro de la Dirección, dando atención a las normas y métodos establecidos y aplicación de las técnicas propias del trabajo que es revisado mediante informes periódicos. 2. l0 Secretaria Realizar funciones secretariales, tomar dictados, transcribir, archivar, enviar y recibir documentos, atender al público y llevar otros controles de oficina a nivel de Departamento y otras áreas de la Secretaría. TERMINOS CONCEPTUALES, COBERTURA, LINEAMIENTOS OPERATIVOS, ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL PROGRAMA 3. Términos Conceptuales Para los efectos del presente Manual se definen y conceptúan los términos siguientes:
A) DAFS: Dirección de Acompañamiento y For tal e- cimiento Social parte de la estructura organizativa de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, dependiente de la Subsecretaría de Gestión del Programa Vida Mejor que planifica, ejecuta y supervisa todas las actividades que realicen las Unidades de Acompañamiento y Fortalecimiento Social ya sean para de supervisión como de Guías de Familia. B) LEY DE INGRESOS COMPLENTARIOS: Decreto Legislativo No.107-2010 contentivo de la Ley de Ingresos Complementarios en Zonas Rurales y Urbano Marginales. (Decreto Ley y su Reglamento) que ampara el desarrollo de las actividades del Programa de Acompañamiento y Fortalecimiento Social. C) INGRESO COMPLEMENTARIO: Compensación económica que recibirán las personas que ejecuten o realicen las actividades sociales comunitarias indicadas en un Convenio, cuyo monto será establecido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social. D) REGISTRO ÚNICO DE PARTICIPANTES (RUP): Es el instrumento oficial del Estado que obtiene y conserva la información de las personas y los hogares que reciben beneficios de los programas sociales del Gobierno de la República de Honduras. E ) PROGRAMA ACOMPAÑAMIENTO Y FORTALECIMIENTO SOCIAL COMPONENTE GUIAS DE FAMILIA: consiste en la conformación de Unidades de Acompañamiento y Fortalecimiento Social, constituidas mediante la suscripción de un CONVENIO DE COOPERACIÓN; con el propósito de contribuir a la ruptura del ciclo intergeneracional de la pobreza y pobreza extrema, a través de la generación de capital humano mediante el desarrollo de capacidades y competencias, cuyo principal valor público es la generación de oportunidades a hogares focalizados bajo el umbral de extrema pobreza garantizando a un miembro de cada hogar ingresos complementarios, para mejorar la calidad de vida de los hondureños que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, brindando un mejor acompañamiento social amparándose para ello en la Ley de Ingresos Complementarios en Zonas Rurales y Urbano Marginales. F) UNIDADES DE ACOMPAÑAMIENTO Y FORTALECIMIENTO SOCIAL: Conjunto de beneficiarios que conforman una Unidad constituida mediante la suscripción de un CONVENIO DE COOPERACION, formadas para realizar actividades de acompañamiento social a los programas y proyectos que forman parte de la Plataforma Vida Mejor que coordina la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de garantizar que los beneficios lleguen a cada participante y a la vez que un miembro de cada hogar sea beneficiado con ingresos complementarios, para cooperar con la mejora de la calidad de vida de los hondureños que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema y de igual manera ejercer veeduría sobre los programas sociales que realiza el Gobierno de la República. G) EJECUTOR SUPERVISOR: Son aquellos ciudadanos beneficiarios con quienes se suscribe un Convenio de Cooperación con el propósito de formar las Unidades para Supervisión y Acompañamiento Social que podrán ser Regionales, Departamentales y Municipales, para ejercer supervisión sobre el levantamiento de la información y verificar que el acompañamiento a las familias participantes en la Plataforma de Vida Mejor, se realice de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social y de conformidad a las actividades establecidas en los perfiles elaborados por DAFS para cada rol. H) EJECUTOR COORDINADOR DE GUIAS DE FAMlLIA: Ciudadanos beneficiarios con quienes se suscribe un Convenio de Cooperación con el propósito de que ejerza la coordinación y programación de las actividades asignadas a las guías de familia, así como
la supervisión de dichas actividades, siendo el responsable de que dichas actividades se lleven a cabo. I) EJECUTOR GUÍA DE FAMlLIA: Ciudadano beneficiario con quien se suscribe un Convenio de Cooperación para desarrollar diferentes actividades relacionadas con los Programas y Proyectos ejecutados por la Secretaría y hacer el acompañamiento de los Participantes de la Plataforma Vida Mejor. J) CONVENIO DE COOPERACIÓN: Instrumento mediante el cual se regula los compromisos adquiridos por un beneficiario de la Ley de Ingresos Complementarios en Zonas Rurales y Urbano Marginales y la Secretaría, para llevar a cabo la ejecución de actividades sociales por un tiempo determinado, a cambio de un ingreso complementario. 3.1 Cobertura del Programa El Programa tiene cobertura a nivel nacional, con un mayor énfasis en los municipios, aldeas, caseríos, barrios y colonias que presenten un mayor grado de marginación y concentración de hogares en pobreza y pobreza extrema, de acuerdo con la metodología de Focalización y registro vigentes, que verifiquen que reúnen las características de situación de extrema pobreza, desempleo y marginalidad. 3.2 Lineamientos Operativos del Programa El Programa de Acompañamiento y Fortalecimiento Social consiste enla conformación de Unidades de Acompañamiento y Fortalecimiento Social, constituidas mediante la suscripción de un CONVENIO DE COOPERACIÓN; con el propósito de contribuir a la ruptura del ciclo intergeneracional de la pobreza y pobreza extrema, a través de la generación de capital humano mediante el desarrollo de capacidades y competencias, cuyo principal valor público es la generación de oportunidades a hogares focalizados bajo el umbral de extrema pobreza garantizando a un miembro de cada hogar, ingresos complementarios por lo menos ciento veinte (120) días al año, para mejorar la calidad de vida de los hondureños que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, brindando un mejor acompañamiento social amparándose para ello en la Ley de Ingresos Complementarios en Zonas Rurales y Urbano Marginales. La metodología de focalización de los beneficiarios que se encuentren en situación de vulnerabilidad, se realizará a criterio y discrecionalidad del Presidente de la República y del Despacho Ministerial, también podrán ser beneficiarios las personas identificadas en estado de vulnerabilidad por medio del Soberano Congreso Nacional a través de sus Diputados, de los Gobernadores Políticos y de las Alcaldías Municipales. Dicha selección será progresiva, aspirando alcanzar la totalidad de las familias que viven en situación de pobreza extrema y desempleo en el país, considerando las capacidades del Estado, tanto institucionales como presupuestarias. Con el fin de mejorar la operatividad del Programa, dentro del DAFS se organizará un Comité Técnico conformado por el Director de Acompañamiento y Fortalecimiento Social, el Supervisor Regional que corresponda en cada caso concreto, un Representante designado por el Director, el Encargado de la Unidad de Medición de Actividades de Acompañamiento y el Encargado de la Unidad de Control de Beneficios, Comité que se encargará de analizar los aspectos técnicos y operativos del Programa que impliquen modificaciones y otros temas que designe la autoridad competente. El Comité también atenderá las quejas, consultas y denuncias vinculadas con la operación del Programa, serán canalizadas por medio de las instancias regionales, departamentales o municipales, dentro de la estructura del Programa, o directamente por las/los beneficiarios. Éstas serán atendidas de acuerdo a las disposiciones jurídicas, administrativas y reglamentarias aplicables a cada situación.
3.3 Estructura y Cobertura del Programa El Programa estará presente en cada uno de los Departamentos del País, tanto en los municipios como en las aldeas y caseríos que lo conforman, esto con el fin de llegar a cada hogar procurándoles una mejor calidad de vida a los que viven en condiciones de pobreza y pobreza extrema. Estará estructurado de la siguiente manera:
3.4 Organización del Programa Se organizarán Unidades de Acompañamiento y Fortalecimiento Social para realizar actividades de acompañamiento social a los programas y proyectos que forman parte de la Plataforma Vida Mejor que coordina la Secretaría de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de garantizar que los beneficios sociales lleguen a cada participante y a la vez que un miembro de cada hogar sea beneficiado con ingresos complementarios, para cooperar con la mejora de la calidad de vida de los hondureños que se encuentran en situación de pobreza, desempleo y pobreza extrema y de igual manera ejercer veeduría sobre los programas sociales que realiza el Gobierno de la Republica. Requisitos para ser acreditado como Beneficiario del programa Para ser acreditado como Beneficiario del Programa de Acompañamiento y Fortalecimiento Social, el ciudadano interesado deberá reunir los siguientes requisitos:
- a)
Ser mayor de edad
- b)
Ser hondureño por nacimiento
- c)
Encontrarse en situación de pobreza, desempleo o empleo informal
- d)
Tener buen estado de salud físico y mental, compatible con el grupo de ejecutores al que se va integrar
- e)
No tener antecedentes penales
- f)
Ser residente del área de influencia del programa. 3.5 Unidades para Supervisión y Acompañamiento Social (USAS) Se formarán Unidades de Supervisión las que estarán integradas por un conjunto de beneficiarios previamente seleccionados, que ejercerán actividades de supervisión sobre las Unidades de Acompañamiento (Guías de Familia), con el propósito de garantizar la ejecución de actividades de los programas y proyectos coordinados por la SEDIS y a la vez contribuir a la ruptura del ciclo intergeneracional de la pobreza y pobreza extrema, a través de la generación de capital humano mediante el desarrollo de capacidades y competencias, cuyo principal valor público es la generación de oportunidades a hogares focalizados bajo el umbral de extrema pobreza garantizando a un miembro de cada hogar un ingreso complementario. Para la correcta organización, supervisión y ejecución de las actividades, estas unidades estarán conformadas por lo menos por Un (1) Supervisor Regional, (1) Supervisor Departamental, (1) Supervisor Municipal y cuatro ( 4) Supervisores Zonales, denominados Ejecutores Supervisores, que podrán ser Regionales, Departamentales y Municipales, quienes serán los encargados de verificar de manera constante y permanente que tanto los Coordinadores como los Guías de Familia cumplan con los compromisos adquiridos y realicen las actividades asignadas conforme a las necesidades de la Secretaría previamente instruidas, para garantizar el efectivo levantamiento de la información requerida y obtener de manera pronta la identificación de todas las familias participantes. Los Supervisores Regionales, Departamentales y Municipales se dividirán según el área Geográfica. En el caso del Distrito Central (Tegucigalpa, Comayagüela y Aldeas) y la ciudad de San Pedro Sula, se designará un equipo por cada ciudad, lo anterior debido a la gran cantidad de población que concentradas en estas Zonas. La focalización y priorización de las zonas y de los proyectos que han de ejecutarse bajo la Plataforma del Programa Vida Mejor, se hará anualmente por la SEDIS, en concordancia con el Plan de Gobierno, con el fin de aprovechar de manera óptima, maximizar los recursos disponibles y mejorar la calidad de vida de los que viven en extrema pobreza en las zonas focalizadas y priorizadas. 3.6 Unidades de Acompañamiento Social Son las conformadas por ciudadanos beneficiarios, que se encargar an de realizar diferentes actividades relacionadas con los otros beneficios otorgados por el Gobierno de la República a través de la SEDIS, dando cobertura a las zonas asignadas y a la cantidad de población concentradas en las mismas, cuya estructura técnica constará de por lo menos cinco (5) personas beneficiarias, de las cuales una ejercerá la actividad de Coordinador y las otras cuatro (4) se denominarán
Guías de Familia y se encargarán de realizar entre otras, las actividades de recolección de la información necesaria plasmada en los formularios debidamente identificados y hacer el acompañamiento de los Participantes, realizar actividades de campo, así como realizar y apoyar las capacitaciones y todas las demás actividades que se pacten entre ellos y la Secretaría. Así mismo se organizarán Unidades deApoyo Administrativo y Acompañamiento, las que estarán conformadas por lo menos con cinco beneficiarios que se encargarán de realizar actividades operativas relacionadas siempre con el programa, éstas estarán ubicadas en las instalaciones de la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social (DAFS) o en los lugares en que el Programa necesite que sean asignados, consolidando las actividades de campo efectuadas por los Coordinadores y Guías de Familia. Los beneficiarios que realicen actividades como Ejecutores Supervisores que conformen las Unidades de Supervisión y Acompañamiento Social, deben poseer habilidades particulares tales como: excelentes relaciones humanas, empatía social y liderazgo, facilidad de comunicación verbal y de trabajo en equipo. Complementariamente a las habilidades mencionadas, los beneficiarios potenciales para optar a la categoría de Ejecutor Supervisor, deberán acreditar que poseen las siguientes capacidades: • Conocer los alcances, propósitos, objetivos y el marco operativo del Programa y de la plataforma de Vida Mejor con sus componentes de techos, vivienda, piso, e co fogones, filtro de agua, huertos familiares, bolsa solidaria, bono 10 mil, letrinas, merienda escolar y otros. • Conocer de forma exacta todos los formatos para el levantamiento, entrega y digitación, su correcta aplicación y llenado de manera que, se sigan estrictamente los flujos establecidos, según la respuesta obtenida para cada pregunta. 3. 7 Unidades de Supervisión 3.7.1 Unidades de Supervisión Regional: 1. Asistir a las capacitaciones programadas para verificar que los miembros de las Unidades de Acompañamiento (Guías de Familia) presentes, a si mil en los conceptos y contenidos que se les transmiten, una vez finalizadas las capacitaciones deberán reforzar y retroalimentar los contenidos aclarando cualquier duda que se les presente. 2. Garantizar, mediante capacitaciones constantes, que los Guías de Familia manejen adecuadamente todas las herramientas de trabajo y procesos relacionados al cumplimiento de sus tareas y obligaciones. 3. Elaborar y remitir la programación de visitas de campo al Supervisor Departamental, para cada uno de los departamentos y municipios asignados. 4. Motivar a los ejecutores que conforman su Unidad, a mejorar los niveles de efectividad y la calidad de las actividades ejecutadas por éstos. 5. Revisar los informes de avances de metas asignadas por zona, presentado por los Supervisores Departamentales y hacer las recomendaciones correctivas que sean necesarias para alcanzar los fines establecidos. 6. Garantizar que el acompañamiento a las familias participantes en los demás programas y proyectos de la Plataforma de Vida Mejor, se realice de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social y llevar una bitácora semanal de visitas y registro de actividades de acompañamiento. 7. Servir de enlace entre los Ejecutores Supervisores Departamentales y la Dirección. 8. Las demás actividades que convengan con la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social. 3.7.2 Unidades de Supervisión Departamental:
- 1)
Verificar que los Supervisores Municipales desarrollen las actividades conforme a las metas sociales establecidas,
- 2)
Verificar que cada una de los formularios estén completamente llenos,
- 3)
Elaborar un resumen conteniendo las cifras de vivienda, hogares y población por aldea, barrio o caserío de cada municipio,
- 4)
Conocer los límites y colindancias de su área de intervención con otros Departamentos, municipios, aldeas o caseríos, barrios o colonias y de ser posible recorrer dichos límites para garantizar que cada quien realice la cobertura de área y evitar que queden hogares sin focalizar o se duplique el levantamiento de las viviendas en áreas contiguas,
- 5)
Presentar informes semanales y mensuales a los Supervisores Regionales, de las actividades desarrolladas, en cuanto a los avances de las metas asignadas por cada zona, así como de los imprevistos presentados en las actividades de campo,
- 6)
Revisar íntegramente cada una de las fichas provenientes de campo y solucionar oportunamente errores de cobertura o contenido que éstas pudieran presentar, identificando cualquier omisión, in congruencia, o ilegibilidad que afecte la calidad de la información, garantizando que los datos anotados en cada una de las fichas llenadas por las guías de familia estén completas y sean consistentes entre las variables relacionadas,
- 7)
Recibir de los Supervisores Municipales las fichas provenientes del campo, debidamente organizadas, empacadas y etiquetadas por municipio, aldea, caserío, barrio y colonia y enviarlo a las oficinas de DAFS en Tegucigalpa, utilizando los medios previamente establecidos cuando así se requiera o en su defecto entregarlo al Supervisor Regional personalmente,
- 8)
Apoyar, acompañar y colaborar en actividades sociales, prestando atención a las necesidades que se deriven en kínder, escuelas, colegios, hospitales, centros de salud, iglesias, patronatos y juntas de agua de barrios y colonias,
- 9)
Enviar la programación de las actividades a los Supervisores Municipales, para cada una de las colonias, barrios, aldeas y caseríos asignados, a fin de recopilar eficazmente la información necesaria, esta planificación de las actividades de campo y programación debe ejecutarse en tres (3) etapas: a) Al inicio del operativo de campo, b) Durante el operativo de campo, e) al cierre del proceso de levantamiento,
- 10)
Determinar estrategias o mecanismos de solución a las problemáticas encontradas en campo como ser: Establecer jornadas que impliquen menos riesgo. Asistir con el equipo completo para obtener la información. Hacerse acompañar de líderes comunitarios. Solicitar otro tipo de protección, si lo estima conveniente. 3. 7.3 Unidades de Supervisión Municipal: l. Asistir a las capacitaciones programadas para verificar que las miembros de las Unidades de Acompañamiento presentes a si mil en los conceptos y contenidos que se les transmiten, una vez finalizadas las capacitaciones deberán reforzar y retroalimentar los contenidos aclarando cualquier duda que se les presente. 2. Garantizar, mediante capacitaciones constantes, que los Coordinadores y Guías de Familias bajo su supervisión se manejen de manera adecuada. 3. Programar junto con los miembros de las Unidades de Acompañamiento, las actividades y las zonas geográficas donde se desarrollarán éstas y de acuerdo a esta programación entregar el material necesario utilizando los formatos proporcionados por la Dirección. 4. Verificar que todos los insumos entregados sean los indicados para las actividades a realizar y los necesarios para la cobertura geográfica de las áreas asignadas. 5. Consensuar la carga de actividades con los miembros de las Unidades de Acompañamiento bajo su supervisión, de acuerdo a las metas establecidas. 6. Reportar semanalmente al Supervisor Departamental, la programación realizada, 7. Programar visitas de campo periódicas a cada uno de los municipios de la zona asignada, a fin de recopilar eficazmente la información necesaria para el desarrollo de informes solicitados. 8. Consignar en el Formato de Programación de Visitas, la programación de visitas de campo y enviar las al Supervisor Departamental. 9. Verificar que los Coordinadores de Guías de Familia desarrollen las actividades conforme a las metas sociales establecidas. 10. Recibir de los Coordinadores de las Guías de Familia, las fichas provenientes del campo por áreas de actividades completas, con una frecuencia que
no sobrepase una semana desde la finalización del levantamiento, debidamente organizadas, empacadas y etiquetadas por municipio, aldea, caserío, barrio o colonia y deberá ser entregados al Supervisor Departamental.
- 11)
Revisar el cien por ciento (100%) de las fichas provenientes de campo y solucionar oportunamente errores de cobertura o contenido que éstas pudieran presentar, identificando cualquier omisión, in congruencia o ilegibilidad que afecte la calidad de la información.
- 12)
Realizar la verificación de al menos ochenta (80) fichas al mes levantadas por las Guías de Familia y seleccionadas al azar. Las re entrevistas por vivienda que se efectúen deben estar separadas por un espacio no menor de cinco (5) viviendas y realizarse en diferentes aldeas, barrios o caseríos, de diferentes municipios hasta cubrir toda el área de supervisión asignada, terminado éstas deberán comenzar de nuevo el ciclo de supervisión.
- 13)
Elaborar un resumen conteniendo las cifras de viviendas, hogares y población por aldea, barrio o caserío de cada municipio.
- 14)
Retomar a las Unidades de Acompañamiento las fichas que presenten errores, incongruencias o ilegibilidad para su oportuna corrección, utilizando el Formato correspondiente.
- 15)
Presentar a los Supervisores Departamentales informes semanales y mensuales de las actividades desarrolladas por las unidades de acompañamiento en cuanto a los avances de las metas sociales asignadas por cada zona, así como de los imprevistos presentados en las actividades de campo.
- 16)
Incentivar al Guía de Familia de las unidades bajo su supervisión, para mejorar los niveles de efectividad y la calidad de las actividades ejecutadas por estos.
- 17)
Colaborar en la coordinación de la firma del convenio y la compensación de las Unidades de Acompañamiento en su zona de supervisión con ayuda de los Supervisores Departamentales, Regionales y otros oficiales delegados y autorizados por la DAFS.
- 18)
Mantener en todo momento un espíritu de colaboración y trabajo en equipo que permita el buen desempeño en la ejecución de las actividades y responsabilidades convenidas. 3.8 Unidades de Acompañamiento Social Las Unidades de Acompañamiento Social se conformarán con un mínimo de cinco ciudadanos beneficiarios previamente focalizados, uno se denominará Coordinador y los demás serán Guías de Familia, los que deberán habitar en las zonas que exista menor oportunidad de empleo en las actividades productivas principales, procurando con el ingreso complementario garantizado, que sus pobladores puedan asegurar sus medios de subsistencia. Además los ciudadanos beneficiarios deberán tener habilidades como: calidad humana, cortesía, amabilidad, consideración, eficiencia, honestidad, orden, respeto, integridad, equidad, tolerancia, responsabilidad, disciplina, compromiso, higiene, limpieza, organización y buena educación tanto con los miembros de la Unidad, como con los participantes de la Plataforma Vida Mejor. Los miembros de las Unidades de Acompañamiento, ejecutarán las siguientes actividades: 3.9 Coordinador de Guías de Familia: l. Asistir a las capacitaciones programadas para verificar que los Guías de Familia presentes, a si mil en los conceptos y contenidos que se les quieren transmitir, una vez finalizadas las capacitaciones deberán reforzar y retroalimentar los contenidos aclarando cualquier duda que se les presente. 2. Conocer de forma exacta los formularios para el levantamiento, entrega y digitalización así como la forma correcta de su aplicación y llenado 3. Dirigir las rutas de campo a seguir semanalmente en cada una de las colonias, barrios, aldeas o caseríos en conjunto con los Guías de Familia que forman parte de la Unidad que coordinan, a fin desarrollar eficazmente la actividad asignada por el Supervisor Regional, Departamental o Municipal, en el proceso de levantamiento o barrido censales.
4. Recopilar el levantamiento de la información realizado por los Guías de Familia. 3.10 Guías de Familia:
- 1)
Acompañamiento de apoyo a los diferentes programas y proyectos en materia social orientados a la reducción de la pobreza y pobreza extrema como ser: entrega de beneficios del Programa de Compensación Social (transferencias no monetarias), entrega de beneficios del programa de Compensación Social Bono Vida Mejor (transferencias monetarias condicionadas), entrega de beneficios del Programa Especies Menores, Entrega de Beneficios del Programa Alimento Solidario, Entrega del Beneficio del Programa Salud Solidaria, Entrega de Beneficios del Programa Criando con Amor, entrega de beneficios del Programa Vivienda Saludable, entre otros.
- 2)
Validar mediante el acompañamiento la entrega de los beneficios de la Plataforma Vida Mejor.
- 3)
Actividades de Intervención social que contribuya al desarrollo social solidario e incluyente, generando impacto positivo en la comunidad.
- 4)
Realizar el levantamiento de la información mediante visitas domiciliarias a los hogares, según la metodologia establecida y entrevistar a cada una de las personas cuando corresponda.
- 5)
Llenar los formularios según las instrucciones recibidas en las capacitaciones.
- 6)
Seguir permanentemente las indicaciones del Coordinador de Guía de Familia, quien dará seguimiento al buen cumplimiento de las actividades.
- 7)
Asistir puntualmente a los lugares acordados con el Coordinador de Guía de Familia para realizar las actividades.
- 8)
Comunicar inmediatamente al coordinador o supervisor sobre cualquier dificultad o duda que se presente en el campo.
- 9)
Evitar llamar la atención, para prevenir robos o situaciones peligrosas, la presentación personal debe ser sin descuidos ni excesos.
- 10)
Mantener un espíritu positivo, demostrando una amplia capacidad de comprensión y comunicación, evitando los enfrentamientos y las disputas por temas políticos, religiosos u otros que no respondan a lo requerido durante la entrevista.
- 11)
Fomentar la ejecución de actividades en equipo con los demás Guías miembros de la Unidad, estableciendo un ambiente agradable.
- 12)
Evitar situaciones en las que se comprometa la imagen de la Secretaría y del Gobierno manteniéndose al margen de situaciones que atenten contra la moral y las buenas costumbres.
- 13)
Cumplimiento de las metas sociales establecidas por el Coordinador de Guías de Familia presentando un informe diario de los avances realizados.
- 14)
Hacer las correcciones o verificaciones que la supervisión, en cualquiera de sus niveles, considere necesarias.
- 15)
Servir de canal de comunicación de los Proyectos del Gobierno de la República según pauta y/o guión enviado a través del Coordinador de Guías de Familia.
- 16)
Acompañar a las familias dentro de su zona de acción y responsabilidad en todo el proceso de la Plataforma Vida Mejor durante todo el proceso.
- 17)
Garantizar que el acompañamiento a las familias participantes de los distintos programas de la Plataforma Vida Mejor se realice de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social y llevar una bitácora semanal de visitas y registro de actividades de acompañamiento. 3.11. Monto del beneficio de Ingreso Complementario Atendiendo lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Ingresos Complementarios en Zonas Rurales y Urbanos Marginales e inciso e) del artículo 6 de su Reglamento, se determinan como montos de complementación de ingresos por concepto de beneficio los siguientes: a. Para los Supervisores Regionales el monto del beneficio no podrá exceder de TREINTA Y CINCO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.35, 000.00).
b. Para los Supervisores Departamentales, el monto del beneficio no podrá exceder de VEINTISÉIS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.26, 000.00). c. Para los Supervisores Municipales, el monto del beneficio no podrá exceder de DOCE MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.12, 000.00). d. Para los Coordinadores de Guías, el monto del beneficio no podrá exceder de SIETE MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.7, 000.00). e. Para los Guías de Familia el monto del beneficio no podrá exceder de CUATRO MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.4, 000.00). f. Para las Guías de Familia ubicados en las Unidades de Apoyo Administrativo y Acompañamiento, se establece un monto de beneficio máximo de QUINCE MIL LEMPIRAS EXACTOS (L.15, 000.00). 3.12 Forma de desembolso del beneficio LA SEDIS transferirá el monto del beneficio de manera mensual, a través de transferencias electrónicas por medio del Fideicomiso suscrito con el Banco Central de Honduras a la cuenta que los beneficiarios consignen una vez acogidos al Programa, estos montos afectarán los “FONDOS DE SOLIDARIDAD Y PROTE CIÓN SOCIAL PARA LA REDUCCIÓN DE LA POBREZA EXTREMA” aprobado por el Congreso Nacional según Decreto Legislativo 278- 2013 que crea la “Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Anti- evasión” y en base a la Ley de Ingresos Complementarios en Zonas Rurales y Urbano Marginales y su Reglamento. NORMAS COMPLEMENTARIAS 4. Cambio de Beneficiarios Cuando un beneficiario se encuentre imposibilitado para continuar acogido al Programa por razones plenamente justificadas, se procederá a cambiar de beneficiario utilizando la metodología establecida por la Dirección. Se consideran causas justificadas para el cambio de beneficiario, el fallecimiento, incapacidad permanente, enfermedad crónica incapacitante, migración, abandono de la Unidad que conforma, petición voluntaria por parte del beneficiario, cambio de condición de desempleo o pobreza extrema, y otras debidamente calificadas, las cuales deberán ser evidenciadas con el documento correspondiente. 4.1 Actualización Continua del Registro de Beneficiarios del Programa La actualización de la información de los beneficiarios, producto de la gestión propia del Programa, se realizará en la base de datos del Registro de Beneficiarios del Programa de forma continua, de manera que dicha base de datos permanezca actualizada y facilite la búsqueda de información. El Registro de Beneficiarios del Programa se conforma con los hogares debidamente focalizados de acuerdo a los criterios antes descritos y se actualiza con la información del cumplimiento de actividades y con información de las solicitudes de correcciones en nombres, en números de Tarjeta de Identidad, cambio de beneficiario, altas y bajas de beneficiarios, entre otros, de acuerdo a lo establecido en los Lineamientos de Actualización de Beneficiarios. 4.2 Transparencia y rendición de cuentas Será responsabilidad de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social (SEDIS), a través de la Dirección de Acompañamiento y Fortalecimiento Social y de las demás dependencias participantes en el Programa, mantener la transparencia y la rendición de cuentas con el apego estricto a este Manual de Procedimientos Operativos y a toda la legislación vigente que sea aplicable, así como la publicación periódica de los Resultados del Programa. PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS 5. Procesos/Procedimientos Para el cumplimiento de las responsabilidades asignadas, y para coadyuvar, conjuntamente con el Control Interno, en
la consecución de las metas de desempeño y rentabilidad, asegurar la información y consolidar el cumplimiento normativo, la Dirección tendrá a cargo los procesos/ procedimientos siguientes: 5.1 Proceso de conformación de Unidades de Supervisión y de Acompañamiento Objetivo Conformar Unidades tanto de Supervisión como de Acompañamiento y Fortalecimiento Social para contribuir a la ruptura del ciclo intergeneracional de la pobreza y pobreza extrema, a través de la generación de ingresos complementarios a cambio de la ejecución de diferentes actividades relacionadas con la Plataforma Vida Mejor, con el fin de mejorar la calidad de vida de los hogares focalizados bajo el umbral de pobreza, desempleo y extrema pobreza. Descripción del Proceso La Dirección recibe la información de los beneficiarios focalizados, remitida por el Despacho Ministerial o a través de Autoridades Departamentales o Locales, la revisa y aplica procediendo a agregar en la base de datos de la Dirección, al ciudadano que es acogido a este programa, incorporán dolo a una Unidad ya sea de Supervisión o de Acompañamiento y Fortalecimiento Social, a través de la suscripción de un Convenio de Cooperación con la Secretaría, para la ejecución de las actividades de los programas coordinados por la SEDIS, describiendo en el mismo las actividades que realizará la Unidad. La metodología de focalización de los potenciales beneficiarios que se encuentren en situación de vulnerabilidad, se realizará a criterio y discrecionalidad del Presidente de la República y del Despacho Ministerial, también podrán ser beneficiarios las personas identificadas en estado de vulnerabilidad por medio del Soberano Congreso Nacional a través de sus Diputados, de los Gobernadores Políticos y de las Alcaldías Municipales. Dicha selección será progresiva, aspirando alcanzar la totalidad de las familias que viven en situación de pobreza extrema y desempleo en el país, considerando las capacidades del Estado, tanto institucionales como presupuestarias. El Convenio de Cooperación, tiene por objeto establecer las condiciones mediante las cuales los Ejecutores (Supervisores Regionales, Departamentales y Municipales, Coordinadores de Guías y Guías de Familia), norma ran su relación de cooperación con la Secretaria para desarrollar actividades sociales relacionadas con los programas y proyectos derivados de la Plataforma Vida Mejor, mediante el apoyo y acompañamiento de las Direcciones de SEDIS e Instituciones de Gobierno que necesiten colaboración, para la ejecución de actividades de desarrollo social. Posterior a la firma del Convenio, los beneficiarios acogidos al Programa serán capacitados con el fin de que éstos a su vez puedan capacitar a los otros participantes de la Plataforma de Vida Mejor. La capacitación se enfocará en temas específicos de acuerdo a las necesidades de la actividad a realizar, el ámbito geográfico en el que se desarrollarán las actividades. Alcance Acompañamiento en la ejecución de los beneficios a la población en extrema pobreza de la Plataforma de Vida Mejor. Acompañamiento en la ejecución de los proyectos para que los beneficiarios sean los correctos y lleguen de manera efectiva a todos los Participantes. Fortalecer las capacidades y habilidades individuales, familiares y locales para impulsar el desarrollo comunal mediante la ejecución de actividades de autogestión. Velar por el cumplimiento de todos los proyectos y beneficios que se lleven a cada región del país.
5.2 Proceso de Acompañamiento a otras Direcciones de la Secretaría Descripción del Proceso Consiste en darle acompañamiento y seguimiento a otras Direcciones de la Secretaría de Desarrollo e Inclusión So- cial, en el sentido de monitorear, acompañar y valorar las ejecutorias de éstas en el desarrollo de sus proyectos y programas, para ser garantes de que los beneficios lleguen a las otras familias beneficiadas de los Programas y Proyec- tos que coordina la Secretaría mediante la Plataforma Vida Mejor de acuerdo a lo enmarcado en la Visión de País y Plan de Nación. Objetivo Coordinar, acompañar, verificar y supervisar la entrega de los beneficios de la Plataforma Vida Mejor
´
FIN DEL PROCESO
5.3 Proceso de Verificación de Beneficios Entregados (Veeduría) Descripción del Proceso Consiste en dar acompañamiento a las Organizaciones Ejecutoras de los Programas y Proyectos de la Secretaría, con el fin de auditar o verificar que el beneficio fue entregado conforme al beneficiario al cual iba dirigido según la focalización realizada mediante el levantamiento de una ficha RUP y ficha de validación realizado por el DAFS para generar el listado de beneficiarios proporcionado por el CENISS. Objetivo Coordinar, acompañar, verificar y supervisar que los beneficios entregados sean al beneficiario previamente seleccionado. ´
´
´ ´ ´
´ ´ , ´ ´
- 1)
- 1)
- a)