VigenteCategoria: SaludTipo: Acuerdo
Decreto No. No-1452-2024 | 30 de abril de 2024 | La Gaceta No. 36,522

Acuerdo-No-1452-2024

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Resumen

Honduras aprueba el Esquema Nacional de Vacunación que establece qué vacunas deben recibir niños menores de 5 años, adolescentes y adultos, especificando edades, dosis y procedimientos de aplicación. La ley es obligatoria en todos los establecimientos públicos y privados de salud, y busca proteger a la población contra enfermedades prevenibles como tuberculosis, polio, sarampión, hepatitis y otras.

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República en su artículo 59, establece que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado y que todos tienen la responsabilidad de respetarla y protegerla y, como consecuencia el mismo texto legal en su Artículo 145 reconoce el derecho de protección a la salud y determina que es deber de todos participar en la promoción y preservación de la salud personal y de la comunidad.
  2. 2.Que el Código de Salud establece como una de sus competencias fundamentales la normalización de las actividades propias de la institución entre estas la armonización de un procedimiento único en la que se guie a todas las unidades técnicas normativas que genera normas de aplicación general en los servicios o actos administrativos de la Secretaría de Estado.
  3. 3.Que mediante Decreto Legislativo N°. 288-2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°. 33,389 de fecha 26 de marzo del año 2014, se creó la Ley de Vacunas de la República de Honduras.
  4. 4.Que el Artículo 1 de la Ley de Vacunas en uno de sus apartados dice que su objetivo es establecer el marco normativo aplicable a la organización y funcionamiento del Esquema Nacional de Vacunación y que las disposiciones contenidas en esta Ley son de orden público, de aplicación en todo el territorio nacional y de observancia obligatoria en los establecimientos públicos y privados de asistencia sanitaria.
  5. 5.Que el Artículo 6 de la Ley de Vacunas de la República de Honduras establece “El Esquema Nacional de Vacunación se debe de integrar por aquellas vacunas que la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud a través del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) determine como prioritarias de acuerdo a criterios técnicos para el control efectivo de las enfermedades prevenibles por vacunación en la población”. -- 1 of 47 --

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