Vigente
Decreto No. 120-2020 | 1 de diciembre de 2020 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,446

Decreto Ejecutivo PCM-120-2020 mediante el cual se declara Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este decreto declara situación de calamidad pública nacional debido a los daños causados por las tormentas tropicales ETA e IOTA y la crisis sanitaria del COVID-19. Faculta a las autoridades para evacuar personas en riesgo, crear contingentes arancelarios sin impuestos para importar granos básicos, y coordina la asistencia humanitaria respetando derechos humanos.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el Artículo 245, numerales 2, 11, 19 y 45 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la Política General del Estado y representarlo; emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley; administrar la Hacienda Pública; y, las demás que le confiere la Constitución y las Leyes.
  2. 2.Que la Ley General de la Administración Pública en su Artículo 11 establece que, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en Consejo de Ministros.
  3. 3.Que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y el Estado y en ese sentido deben emitirse las disposiciones y ejecutarse las acciones necesarias para protegerla y proteger sus bienes, así como las obras de infraestructura que comunican los núcleos poblacionales en todo el país.
  4. 4.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-005-2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 10 de febrero del 2020, reformado 1 A. ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL mediante los Decretos Ejecutivos Números: PCM-016-2020 y PCM-023-2020, se declaró ESTADO DE EMERGENCIA HUMANITARIA Y SANITARIA en todo el territorio nacional, con el propósito de continuar y fortalecer las acciones de prevención y control y garantizar la atención a las personas que están padeciendo de dengue; asimismo fortalecer las acciones de vigilancia, prevención, control y garantizar la atención a las personas ante la actual ocurrencia de infección por coronavirus (COVID-19). La Declaratoria de Emergencia a que se refiere este Decreto Ejecutivo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2020, misma que podrá ser prorrogada.
  5. 5.Que por el paso de las Tormentas Tropicales “ETA” e “IOTA” provocaron enormes daños a la infraestructura vial y productiva del país, configurándose en una nueva crisis humanitaria, declarándose Estado de Emergencia a Nivel Nacional mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-109-2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 02 de noviembre del año 2020, reformado mediante Decretos Ejecutivos Números: PCM-112-2020, PCM 115-2020 y PCM 116-2020.
  6. 6.Que la temporada de huracanes durante el año 2020 ha sido una de las más activas de la historia, a lo que se debe agregar que la región centroamericana es indudablemente una de las más vulnerables respecto al cambio climático, por lo que sus efectos adversos son considerables: Desplazamientos humanos provocados por la inseguridad alimentaria, sequías extremas y prolongadas, inundaciones, incendios forestales, reducción del rendimiento agrícola, pérdida de mercado y la disminución del valor de las exportaciones tradicionales, la disminución en la producción de los alimentos nacionales y el aumento de las importaciones, dificultades asociadas a la atracción de la inversión extranjera directa y el turismo, los arrecifes de coral y manglares deteriorados por el aumento de las temperaturas de la superficie del mar y la acidificación de los océanos, así como el aumento del nivel del mar, el desempleo, pobreza y la degradación ambiental, entre otros.
  7. 7.Que a los efectos destructivos de los fenómenos naturales debemos sumar la crisis Sanitaria y Humanitaria causada por el virus del Covid-19; por lo que el país se encuentra sumido en un estado de calamidad pública.
  8. 8.Que, la calamidad se define como infortunio nacional, desgracia o mal que afecta a muchos, provocados por alteración de fenómenos naturales o agentes de otro orden, que requiera la inmediata intervención del Estado.
  9. 9.Que, conforme al Artículo 42 de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, el Comisionado Nacional puede solicitar por cualquier medio a su alcance, al Titular del Ejecutivo la declaratoria de emergencia, desastre o calamidad correspondiente.
  10. 10.Que, la resolución adoptada por el Titular del Ejecutivo, declarando la emergencia, desastre o calamidad contendrá: 1. La delimitación de la zona o zonas afectadas o amenazadas; 2. La determinación de las fuentes y la cuantía de los recursos financieros a utilizarse; 3. Disposiciones de carácter obligatorio y otras medidas consideras necesarias; 4. El tiempo que durarán las medidas especiales; y, 5. Una vez declarada la emergencia y la evacuación de personas en sitios que sean considerados de alto riesgo, las autoridades civiles y militares estarán facultadas a realizar evacuaciones obligatorias con el fin de salvaguardar las vidas humanas.
  11. 11.Que de acuerdo a la Ley de Contratación del Estado en su Artículo 9 la declaración de estado de emergencia se hará mediante Decreto del Presidente de la República en Consejo de Ministros, cuando ocurran situaciones de emergencia ocasionados por desastres naturales, epidemias, calamidad pública, necesidades de la defensa o relacionadas con estados de excepción, u otras circunstancias excepcionales que afectaren sustancialmente la continuidad o la prestación oportuna y eficiente de los servicios públicos.
  12. 12.Que ante la crisis provocada por las emergencias nacionales, es necesario realizar las diligencias que sean pertinentes para la obtención de ayuda de países amigos y organismos internacionales, así como acogerse a los diferentes tratados internacionales para el beneficio de la población.
  13. 13.Que para garantizar el abastecimiento de granos básicos durante el periodo de emergencia por la afectación de las Tormentas Tropicales “ETA” e “IOTA”, se requiere de la creación de contingentes arancelarios a un volumen definido de importación.

Articulos

Articulo 1

Declarar situación de calamidad pública nacional, por el estado emergencia en el país, en virtud de los efectos destructivos causados por el paso de las Tormentas Tropicales “ETA” e “IOTA”, sumados a la crisis sanitaria y humanitaria causada por el Virus del Covid-19.

Articulo 2

Las Fuerzas Armadas de Honduras y la Policía Nacional deben continuar, como lo han hecho, protegiendo las zonas de desastres, la seguridad de las personas y de los bienes de las personas desplazadas internamente. Asimismo, están facultadas a realizar desplazamientos de las personas afectadas, cuando por su seguridad y su salud requieran su evacuación. El desplazamiento no se llevará a cabo de forma que viole los derechos a la vida, dignidad, libertad y seguridad de los afectados.

Articulo 3

Las autoridades responsables del desplazamiento se asegurarán en la mayor medida posible, que se facilite alojamiento adecuado a las personas desplazadas, que el desplazamiento se realice en condiciones satisfactorias de seguridad, alimentación, salud e higiene y de que no se separe a los miembros de una misma familia.

Articulo 4

Las instituciones encargadas de proporcionar y distribuir asistencia humanitaria a los desplazados internos la prestarán con los principios de humanidad e imparcialidad y sin discriminación alguna.

Articulo 5

Las Secretarías de Estado y las Instituciones Descentralizadas en el área de su competencia, deberán en forma inmediata priorizar la ejecución de planes, programas y proyectos atinentes a atender la situación de calamidad pública nacional. En dichos planes, programas y proyectos deberán priorizar la atención de los desplazados internos enfermos o heridos, los que sufran discapacidades, así como a los demás grupos en situación de vulnerabilidad; se prestará especial atención a las necesidades sanitarias de la mujer, incluido su acceso a los servicios de atención médica, en particular los servicios de salud reproductiva y al asesoramiento adecuado de las víctimas de abusos sexuales y de otra índole. Adicionalmente, se prestará especial atención a la prevención de enfermedades contagiosas e infecciosas, incluido el SIDA, entre los desplazados internos.

Articulo 6

Crear contingentes arancelarios consistentes en el otorgamiento de un derecho arancelario de CERO POR CIENTO (0%) a la importación de los granos de la canasta básica, a fin de garantizar el abastecimiento de los mismos en el País. Para la determinación de las cantidades a importar, la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) deberá realizar el análisis de la producción nacional y la afectación por las recientes tormentas tropicales “ETA” e “IOTA”; asimismo emitirá los Acuerdos Ministeriales con los cuales se otorgará el derecho en referencia y notificará sobre la emisión de los mismos a las autoridades correspondientes. La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, conforme a los Acuerdos Ministeriales que suscriba la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), emitirá los certificados de contingentes arancelarios, mismos que serán notificados electrónicamente a la Administración Aduanera de Honduras. Los derechos que se confieran mediante las citadas resoluciones de importación son intransferibles, nominativos, no constituirán título valor y no podrán ser endosados o cedidos.

Articulo 7

Se Instruye a la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, para que solicite a los países amigos y a los Organismos Internacionales, su acompañamiento y su contribución en la concepción, ejecución y financiamiento de planes para hacer frente a la crisis del COVID-19 y para la recuperación del sector social y productivo del País, en vista de la afectación por las recientes Tormentas Tropicales “ETA” e “IOTA”.

Articulo 8

Se insta al Tribunal Superior de Cuentas para que designe Comisiones Especiales encargadas de fiscalizar la ayuda y asistencia humanitaria que se reciba de parte de la Comunidad Nacional e Internacional.

Articulo 9

Dar cuenta en el plazo de veinticuatro (24) horas al Congreso Nacional, por la magnitud de los desastres provocados por los fenómenos naturales a fin de que este tome las medidas pertinentes dentro de la esfera de su competencia, siendo todas aquellas necesarias para coadyuvar a hacerle frente a la situación.

Articulo 10

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiséis (26) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ZOILA PATRICIA CRUZ CERRATO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIA RIVERA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN OLVIN ANIBAL VILLALOBOS VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ELVIS YOVANNI RODAS FLORES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO NELSÓN JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) MAX ALEJANDRO GONZALES SABILLON SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA La G aceta Sección B A v isos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE DICIEMBRE DE 2020 No. 35,446 Sección “B” Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad Licitación Pública Nacional SEDS- LPN-GA-PREVENCION-001-2020-002 “ADQUISICION DE INSTRUMENTOS MUSICALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE PAZ Y CONVIVENCIA, DONACIÓN CHINA-TAIWÁN” 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-LPN-GA- PREVENCION-002-2020-001, a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICION DE INSTRUMENTOS MUSICALES EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE PAZ Y CONVIVENCIA, DONACÍON CHINA-TAIWÁN”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos de Recursos de Donaciones Externas Taiwán (República de China Nacionalista). 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, en la plataforma de ONCAE en HONDUCOMPRAS 2.0, sin costo alguno, los documentos de la licitación los descargarán de dicha plataforma y podrán ser examinados ingresando al Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse de Forma Electrónica a través de la “Plataforma de ONCAE en HONDUCOMPRAS 2.0”. Es de carácter obligatorio que todo interesado en participar en este proceso de adquisición debe estar inscrito y contar con el usuario en ONCAE para poder tener ingreso al portal de HONDUCOMPRAS 2.0, caso contrario deberá inscribirse en la ONCAE. Página Web: https://www.honducompras.gob.hn/, ingresando al número de proceso de referencia SEDS-LPN- GA-PREVENCION-001-2020-002, a más tardara las 2:00 P.M. del día martes 12 de enero de 2021. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en el Salón Multiusos de la Subsecretaria en el Despacho de Prevención, ubicado en la Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, el día martes 12 de enero de 2021, a las 02:15 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 2% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, jueves 30 de noviembre de General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 1 D. 2020 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de REGISTRO de registro de plaguicidas o sustancia afin. El Abg. TONY ALTAMIRANO ANDINO, actuando en representación de la empresa INTEROC CUSTER, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: IMPERIUS 15 SC. compuesto por los elementos: 15.00% TOLFENPYRAD. Toxicidad: 4 Grupo al que Pertenece: PIRAZOLIO Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: SUSPENSION CONCENTRADA Formulador y País de Origen: NINGBO SUNJOY AGROSCIENCE., LTD /CHINA. Tipo de Uso: INSECTICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 05 DE NOVIEMBRE DEL 2020 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMAN JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE PLAGUICIDAS (DCUP) SENASA 1 D. 2020 _________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD La G aceta Sección B A v isos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE DICIEMBRE DE 2020 No. 35,446 ADDENDUM No.2 LICITACIÓN PÚBLICA No. 19/2020 Banco Central de Honduras El Banco Central de Honduras (BCH), comunica a las empresas que operan legalmente en el país, interesadas en presentar ofertas para la Licitación Pública No. 19/2020 contratación del suministro, por lotes, de máquinas contadoras de monedas y billetes para uso del Banco Central de Honduras, según detalle siguiente: Lote No. 1: Cuatro (4) máquinas contadoras de monedas y Lote No.2: Doce (12) máquinas contadoras de billetes, que la hora del acto de recepción de la documentación legal, técnica y ofertas económicas se reprograma para el 18 de diciembre del 2020 a las 11:30 A.M. Tegucigalpa, M.D.C., 30 de noviembre de 2020. GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 1 D. 2020 [1] Solicitud: 2020-001480 [2] Fecha de presentación: 10/01/2020 [3] SOLICITUD DE REGISTRO DE: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: TECNICENTRO ARIES [4.1] Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CERRO DE PLATA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 32 [8] Protege y distingue: Agua. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: DANIEL ALBERTO VALENZUELA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de julio del año 2020. [12] Reservas: Verde, Blanco, Azul tal como se presenta en la etiqueta adjunta. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 30 O., 16 N. y 1 D. 2020 1/ Solicitud: 39406/19 2/ Fecha de presentación: 18/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: LEMPIRA LOPEZ MEJIA 4.1/ Domicilio: RES. CASAVOLA, COLONIA SAN IGNACIO, NÚMERO 3728, TEGUCIGALPA, FRANCISCO MORAZÁN. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HOMEDURAS Homeduras 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEMPIRA LOPEZ MEJIA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-02-2020 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 30 O., 16 N. y 1 D. 2020 _________ _________ La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS. La G aceta Sección B A v isos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE DICIEMBRE DE 2020 No. 35,446 Marcas de Fábrica 1/ Solicitud: 15928/20 2/ Fecha de presentación: 18/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FICOMALL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios tecnológicos, así como servicios diseño relativos a ellos; diseño y desarrollo de ordenadores y software; actualización de software; almacenamiento electrónico de datos; alojamiento de servidores; alojamiento de sitios informáticos [sitios web]; servicios de autenticación de usuarios mediante la tecnología de inicio de sesión único para aplicaciones de software en línea, servicios de autenticación de usuarios por vía tecnológica para transacciones de comercio electrónico; control a distancia de sistemas informáticos; servicios de custodia externa de datos; desarrollo de plataformas informáticas; desarrollo de software en el marco de la edición de software; diseño de software; servicios informáticos en la nube/ servicios de computación en la nube; alquiler de servidores web; alquiler de software; vigilancia de sistemas informáticos para detectar accesos no autorizados o filtración de datos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-09-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. FICOMALL _________ 1/ Solicitud: 15446/20 2/ Fecha de presentación: 05/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FICOSEND 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. FICOSEND 1/ Solicitud: 15448/20 2/ Fecha de presentación: 05/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FICOLINK 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. FICOLINK _________ 1/ Solicitud: 15447/20 2/ Fecha de presentación: 05/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FICOPOS MOVIL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. FICOPOS MOVIL La G aceta Sección B A v isos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE DICIEMBRE DE 2020 No. 35,446 1/ Solicitud: 11062/20 2/ Fecha de presentación: 06/marzo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SHOPPINGLOVERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: No se da exclusividad de uso de “Shopping” Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. SHOPPINGLOVERS _________ 1/ Solicitud: 11061/20 2/ Fecha de presentación: 06/marzo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SHOPPINGLOVERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. SHOPPINGLOVERS _________ 1/ Solicitud: 11060/20 2/ Fecha de presentación: 06/marzo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BEERLOVERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 BEERLOVERS _________ 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. _________ 1/ Solicitud: 11059/20 2/ Fecha de presentación: 06/marzo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BEERLOVERS BEERLOVERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. [1] Solicitud: 2019-022347 [2] Fecha de presentación: 28/05/2019 [3] SOLICITUD DE REGISTRO DE: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: FARMACIA AGROQUIMICA DE MÉXICO S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: Blvd. Jaime Benavides Pompa No. 645, Col. del Valle, Ramos Arizpe, Coahuila., México C.P. 25904, México [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NEMABIOL PLUS Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de agosto del año 2020 [12] Reservas: Se solicita reivindicación de los colores contenidos en el diseño en su conjunto Abogado MANUEL ANTONIO RODRÍGUEZ RIVERA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. La G aceta Sección B A v isos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE DICIEMBRE DE 2020 No. 35,446 1/ Solicitud: 15449/20 2/ Fecha de presentación: 05/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FICOCHEQUESELFIE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-09-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. FICOCHEQUESELFIE _________ [1] Solicitud: 2020-018522 [2] Fecha de presentación: 26/06/2020 [3] SOLICITUD DE REGISTRO DE: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante:BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) [4.1] Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FOODIELOVERS [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. FOODIELOVERS _________ [1] Solicitud: 2020-018528 [2] Fecha de presentación: 26/06/2020 [3] SOLICITUD DE REGISTRO DE: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) [4.1] Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FOODIELOVERS [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: FOODIELOVERS Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. _________ 1/ Solicitud: 50106-19 2/ Fecha de presentación: 06-12-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Luis Enrique Galeano Milla y Alberto García Fortín 4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GALEANO & GARCIA y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y de personas; servicios personales y sociales prestados por terceros destinados a satisfacer necesidades individuales. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Luis Enrique Galeano Milla E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: Alberto García Fortín USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-01-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. _________ 1/ Solicitud: 50645-2017 2/ Fecha de presentación: 06-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DEOLEO, S.A. 4.1/ Domicilio: Carretera N-IV, kilómetro 388, 14610 Alcolea (Córdoba) - España 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CARBONELL Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: Se solicita reivindicación de los colores contenidos en el diseño en su conjunto. 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Aceites y grasas comestibles. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 09-04-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. La G aceta Sección B A v isos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE DICIEMBRE DE 2020 No. 35,446 1/ Solicitud: 15445/20 2/ Fecha de presentación: 05/Mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Bvld. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FICOPOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-09-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. _________ [1] Solicitud: 2020-015929 [2] Fecha de presentación: 18/05/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). [4.1] Domicilio: EDIFICIO PLAZA VICTORIA, COL. LAS COLINAS, BOULEVARD FRANCIA, TEGUCIGALPA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FICOMALL.COM [7] Clase Internacional: 42 [8] Protege y distingue: Servicios tecnológicos, así como servicios diseños relativos a ellos; diseño y desarrollo de ordenadores y software; actualización de software; almacenamiento electrónico de datos; alojamiento de servidores; alojamiento de sitios informáticos [sitios web]; servicios de autenticación de usuarios mediante la tecnología de inicio de sesión único para aplicaciones de software en línea; servicios de autenticación de usuarios por vía tecnológica para transacciones de comercio electrónico; control a distancia de sistemas informáticos; servicios de custodia externa de datos; desarrollo de plataformas informáticas; desarrollo de software en el marco de la edición de software; diseño de software; servicios informáticos en la nube/ servicios de computación en la nube; alquiler de servidores web; alquiler de software; vigilancia de sistemas informáticos para detectar accesos no autorizados o filtración de datos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de septiembre del año 2020 [12] Reservas: Se protege únicamente la denominación FICOMALL, el término ".COM" no se protege. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. 1/ Solicitud: 15926/20 2/ Fecha de presentación: 18/Mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Bvld. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FICOMALL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Gestión de negocios comerciales; administración comercial; actualización y mantenimiento de datos en base de datos informáticas, administración de programas de fidelización de consumidores; búsqueda de datos en archivos informáticos para terceros; servicios de comparación de precios; compilación de información en bases de datos informáticas; creación de perfiles de consumidores con fines comerciales o de marketing, promoción de ventas para terceros; suministro de información comercial por sitios web. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18/9/2020 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. _________ FICOMALL.COM [1] Solicitud: 2020-015930 [2] Fecha de presentación: 18/05/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). [4.1] Domicilio: EDIFICIO PLAZA VICTORIA, COL. LAS COLINAS, BOULEVARD FRANCIA, TEGUCIGALPA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FICOMALL.COM [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Gestión de negocios comerciales; administración comercial; actualización y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas, administración de programas de fidelización de consumidores; búsqueda de datos en archivos informáticos para terceros; servicios de comparación de precios; compilación de información en bases de datos informáticas; creación de perfiles de consumidores con fines comerciales o de marketing, promoción de ventas para terceros; suministro de información comercial por sitios web. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de septiembre del año 2020 [12] Reservas: Se protege únicamente la denominación FICOMALL, el término ".COM" no se protege. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. FICOMALL.COM FICOMALL FICOPOS La G aceta Sección B A v isos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE DICIEMBRE DE 2020 No. 35,446 [1] Solicitud: 2020-016420 [2] Fecha de presentación: 04/06/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DEFENSS [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, suplementos nutricionales para uso humano, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA LOURDES PERALTA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 30 O., 16 N. y 1 D. 2020. DEFENSS _________ [1] Solicitud: 2020-016829 [2] Fecha de presentación: 10/06/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PREMETIB [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, suplementos nutricionales para uso humano, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA LOURDES PERALTA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 30 O., 16 N. y 1 D. 2020. PREMETIB _________ [1] Solicitud: 2020-016830 [2] Fecha de presentación: 10/06/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ULTIZOLEN [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: ULTIZOLEN Productos farmacéuticos para uso humano, suplementos nutricionales para uso humano, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA LOURDES PERALTA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 24 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZMORA ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 30 O., 16 N. y 1 D. 2020. _________ [1] Solicitud: 2020-016321 [2] Fecha de presentación: 02/06/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FOSFOMIN [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, suplementos nutricionales para uso humano, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA LOURDES PERALTA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 30 O., 16 N. y 1 D. 2020. FOSFOMIN _________ [1] Solicitud: 2020-016324 [2] Fecha de presentación: 02/06/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ULTIZINC [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos para uso humano, suplementos nutricionales para uso humano, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: MARÍA LOURDES PERALTA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 30 O., 16 N. y 1 D. 2020. UltizinC La G aceta Sección B A v isos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE DICIEMBRE DE 2020 No. 35,446 1/ Solicitud: 11063/20 2/ Fecha de presentación: 06/Marzo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Bvld. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COFFEELOVERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: No se da exclusividad de uso de "COFFEE". Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. COFFEELOVERS _________ 1/ Solicitud: 11064/20 2/ Fecha de presentación: 06/Marzo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Bvld. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COFFEELOVERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. COFFEELOVERS _________ 1/ Solicitud: 11067/20 2/ Fecha de presentación: 06/Marzo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Bvld. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRAVELLOVERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 TRAVELLOVERS 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. _________ 1/ Solicitud: 11068/20 2/ Fecha de presentación: 06/Marzo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Bvld. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TRAVELLOVERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: No se da exclusividad de uso de "Travel". Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. TRAVELLOVERS _________ 1/ Solicitud: 11069/20 2/ Fecha de presentación: 06/03/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Bvld. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FICOLOVERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. FICOLOVERS La G aceta Sección B A v isos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE DICIEMBRE DE 2020 No. 35,446 1/ Solicitud: 15927/20 2/ Fecha de presentación: 18/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Bvld. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FICOMALL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18/9/2020 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. FICOMALL _________ 1/ Solicitud: 5823/20 2/ Fecha de presentación: 06/febrero/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: FASHION LINE, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 15 1/2 Ave. Roosevelt, Edificio Larza de la Zona Libre de Colón, República de Panamá. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MONDAY DENIM Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: PRODUCTOS: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ DOLORES TIJERINO SALINAS. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25/02/2020 12/ Reservas: Se protege en su forma conjunta y no por separado. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. _________ 1/ Solicitud: 11070/20 2/ Fecha de presentación: 06/Marzo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA). 4.1/ Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Bvld. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FICOLOVERS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 36 FICOLOVERS 8/ Protege y distingue: Seguros, negocios financieros, negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. _________ 1/ Solicitud: 51945/19 2/ Fecha de presentación: 18/Diciembre/ 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: D&L DISTRIBUCIONES, S.A.S 4.1/ Domicilio: Municipio de FUNZA, en el km. 3.5, Vía Funza-Siberia, Parque Industrial Galicia Manzana D, BODEGA 2 y 3, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BELOTTI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Productos; cosméticos y preparaciones para tocador no medicinales, productos de perfumería, aceites esenciales, tintes cosméticos, de tocador para el cabello. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JOSÉ DOLORES TIJERINO SALINAS. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11/03/2020 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. BELOTTI _________ [1] Solicitud: 2020-015931 [2] Fecha de presentación: 18/05/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDURAS, S.A. (BANCO FICOHSA). [4.1] Domicilio: EDIFICIO PLAZA VICTORIA, COL. LAS COLINAS, BOULEVARD FRANCIA, TEGUCIGALPA, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FICOMALL.COM [7] Clase Internacional: 36 [8] Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de septiembre del año 2020 [12] Reservas: Se protege únicamente la denominación FICOMALL, el término ".COM" no se protege. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORANO ULLOA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 16 N., 1 y 16 D. 2020. FICOMALL.COM -- 17 of 20

Leyes relacionadas

Decreto Ejecutivo PCM-120-2020 mediante el cual se declara situación de calamidad pública nacional por el estado de emergencia en el país
Este decreto declara calamidad pública nacional por los daños de las tormentas tropicales ETA e IOTA y la crisis del COVID-19. Autoriza a militares y policía para evacuar a personas en riesgo, reduce aranceles a cero para importar granos básicos, y ordena a instituciones públicas priorizar asistencia a desplazados y grupos vulnerables.
Decreto PCM-120-2020 | 2020
Decreto Ejecutivo PCM-086-2020 mediante el cual se aprueba el Reglamento sobre Gobierno Electrónico
Este decreto establece un marco legal para que los ciudadanos gestionen trámites con el gobierno por medios electrónicos (internet, plataformas digitales). Obliga a instituciones públicas a recibir solicitudes digitales, prohíbe exigir requisitos innecesarios, y crea el Despacho de Gestión e Innovación Pública para supervisar que todos cumplan estas reglas. Busca hacer más eficiente y accesible la administración pública.
Decreto 086-2020 | 2020
Decreto Ejecutivo PCM-113-2020 mediante el cual se crea la operación "FUERZA HONDURAS II" para la atención de la población afectada por la Tormenta Tropical ETA
Este decreto crea la operación "Fuerza Honduras II" para ayudar a personas afectadas por la Tormenta Tropical ETA. El gobierno central transfiere dinero de emergencia a los municipios para atender albergados, reparar casas y vías dañadas. Los municipios deben usar estos recursos transparentemente, con supervisión ciudadana y rendición de cuentas pública.
Decreto PCM-113-2020 | 2020
Decreto Ejecutivo PCM-109-2020 mediante el cual se declara estado de emergencia en varios departamentos de la República de Honduras por la Tormenta Tropical ETA
Este decreto declara estado de emergencia en 11 departamentos de Honduras debido a la Tormenta Tropical ETA, que amenazaba con lluvias intensas e inundaciones. El gobierno asignó 50 millones de lempiras para atender la emergencia, coordinó todas las instituciones de riesgos y autorizó contratos rápidos para reparar carreteras e infraestructura dañada.
Decreto 266-2013 | 2020
Decreto Ejecutivo PCM-032-2020 mediante el cual se aprueba el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo (MMFMP) 2021-2024
Este decreto aprueba el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo 2021-2024, que establece las directrices para gestionar las finanzas públicas de Honduras durante esos años. El documento incluye estimaciones de ingresos, gastos y deuda, asegurando que el gobierno gaste de manera responsable y sostenible, afectando a todos los ciudadanos y las políticas del Estado.
Decreto 25-2016 | 2020