Decreto Ejecutivo PCM-049-2020 mediante el cual se reforma el Artículo 23 del Decreto Ejecutivo PCM-064-2019 relativo a la priorización del Proyecto de Concesionamiento de Aeropuertos
Resumen
Este decreto modifica cómo se ejecutará el proyecto de inspección aduanal no intrusivo en Honduras. En lugar de que una empresa privada lo maneje bajo un acuerdo público-privado, ahora la Administración Aduanera de Honduras, con apoyo del Consejo Nacional de Logística, será responsable de ejecutarlo directamente usando los procedimientos de contratación del Estado. Esto afecta a los importadores y exportadores, facilitando inspecciones más rápidas en aduanas.
Considerandos
- 1.Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2, 11, 19, 20 y 45 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República, entre otras atribuciones: Dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley, así como administrar la hacienda pública y las demás que le confiere la Constitución y las Leyes.
- 2.Que de acuerdo con el Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, quien en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros.
- 3.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-064-2019 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 17 de diciembre de 2019, se decretó suprimir y liquidar la Comisión para la Promoción de la Alianza Público-Privada (COALIANZA), en un plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia del referido Decreto. Asimismo, en el Artículo 7 del referido Decreto, se crea el Consejo Superior por la Alianza Pública Privada, en adelante El Consejo Superior para la Alianza Público Privada, en adelante “El Consejo Superior APP”, órgano que es la máxima autoridad del Sistema y ejercerá su coordinación.
- 4.Que el Artículo 23 del Decreto Ejecutivo Número PCM-064-2019, señala que se prioriza, la evaluación, definición y estructuración de los siguientes Proyectos: i) Concesionamiento de Aeropuertos; y, ii) Proyecto del Sistema Integral de Inspección Aduanal no intrusivo.
- 5.Que de conformidad con el Artículo 19 de la Ley de Promoción de la Alianza Público Privada, COALIANZA, ahora el Consejo Superior-APP, determinará cuáles son los proyectos de iniciativa pública que pueden ser ejecutados bajo esquemas de participación público privada, dentro de aquellos que formen parte del Sistema Nacional de Inversión Pública planificada.
- 6.Que en el ejercicio de sus atribuciones, el Consejo Superior-APP, en SESIÓN EXTRAORDINARIA No. SO-002-2020, celebrada a los veinticinco (25) días del mes de mayo del año dos mil veinte (2020), resolvió por unanimidad, desestimar el Proyecto del Sistema Integral de Inspección Aduanal no Intrusivo como un proyecto susceptible -- 1 of 4 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL de ser ejecutado bajo esquemas de participación público privada.
- 7.Que el Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano establece el Uso de controles no intrusivos o no invasivos. Esta norma señala que cuando los servicios aduaneros ejerzan el control utilizando equipo de inspección no intrusivo o invasivo deberán aplicarse teniendo en cuenta además de los resultados del análisis de riesgo, otros mecanismos que permitan a los usuarios del Servicio Aduanero efectuar el rápido despacho de sus mercancías, con tiempos y costos operacionales que no constituyan una barrera al comercio.
- 8.Que de conformidad con el Artículo 198 del Código Tributario les corresponde a la Administración Aduanera y Administración Tributaria, entre otras, las siguientes atribuciones: 1) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Constitución de la República, Convenios Internacionales en materia Tributaria o Aduanera, el Código Tributario, las Leyes y demás normas de carácter tributario o aduanero, según corresponda; 2) Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, a efecto de combatir las infracciones y los delitos tributarios; 3) Establecer y operar procedimientos y sistemas ágiles y simplificados, para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y aduaneras; así como implementar y operar la tramitación expedita de las operaciones tributarias o aduaneras, formales o materiales.
Articulos
Articulo 1
Reformar el Artículo 23 del Decreto Ejecutivo Número PCM-064-2019 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 17 de diciembre de 2019, el cual se leerá de la manera siguiente: “ARTÍCULO 23.- A partir de la vigencia del presente Decreto se prioriza la evaluación, definición y estructuración del Proyecto de Concesionamiento de Aeropuertos”.
Articulo 2
Instruir a la Administración Aduanera de Honduras para que, con el acompañamiento del CONSEJO NACIONAL DE LOGÍSTICA (CNL), asuma la estructuración y ejecución del Proyecto del Sis tema Integral de Inspección Aduanal no Intrusivo, aplicando las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado.
Articulo 3
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. -- 2 of 4 -- Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (3) días del mes de junio del año dos mil veinte (2020). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINA CIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIA RIVERA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL -- 3 of 4 -- FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ELVIS YOVANNI RODAS FLORES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO NELSÓN JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) -- 4 of 4 --