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Decreto No. PCM-036-2025 | 4 de noviembre de 2025 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 36,984

Decreto Ejecutivo No. PCM-036-2025 — Prórroga de la intervención al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS)

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos: 1, 4 y 145 de la Constitución de la República, Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como una República Libre, democrática e independiente, cuya finalidad es asegurar a sus ciudadanos el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social. Así como, el derecho a la protección de la salud.
  2. 2.Que tal como se expresa en los artículos: 235, 245 numerales: 2), 20) y 45), de la Constitución de la República, en relación con lo establecido en el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública y en el artículo 7 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, la forma de gobierno es republicana, ejercida por tres poderes de manera complementaria e independiente y la titularidad del Poder Ejecutivo corresponde, en representación y para beneficio del pueblo a la Presidenta de la República, quien dentro de sus atribuciones: Dirige la Política General del Estado, ejerciendo la suprema administración del mismo y su representación, así como, la implementación de medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiriese el interés nacional.
  3. 3.Que, con la finalidad de dar cumplimiento a las funciones del Ejecutivo, su titular podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros encontrándose para tales efectos legitimada para emitir los actos administrativos que fuesen pertinentes, así como, todas las disposiciones que sean necesarias para el buen funcionamiento de los servicios públicos, tal como lo establece el artículo 245 numeral 11) de la Constitución de la República, así como, en los artículos: 22 numeral 6), 116, 117 y 118 de la Ley General de la Administración Pública.
  4. 4.Que, en el ejercicio de las facultades contenidas en el artículo 98 de la Ley General de -- 1 of 12 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL la Administración Pública la Presidenta Constitucional de la República, con la finalidad de superar los graves problemas institucionales y garantizar el derecho humano a la salud y a la justicia social, así como, el eficiente funcionamiento del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), mediante Decreto Ejecutivo PCM 33-2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 36,681 de fecha 05 de noviembre de 2024 nombró una Comisión Interventora a dicha institución la cual ejercería sus funciones por el periodo de un (01) año.
  5. 5.Que en aras de continuar con los esfuerzos realizados por la Presidencia de la República y para superar los graves problemas heredados, lo cual pone en riesgo los servicios sociales y de salud de los afiliados, resulta necesario prorrogar la intervención del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), por razones de interés público, ratificando para tales efectos la Comisión Interventora con amplios poderes, de conformidad a lo establecido en la Ley General de la Administración Pública.

Articulos

Articulo 1

Prorrogar la vigencia hasta el veintiséis (26) de enero de dos mil veintiséis (2026), de la intervención al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), nombrada mediante Decreto Ejecutivo PCM 33-2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 36,681 de fecha 05 de noviembre de 2024, el cual se mantendrá vigente en todo su contenido.

Articulo 2

Prorrogar el nombramiento de los Comisionados Interventores: Carla Marina Paredes Reyes, Samuel Zelaya Castro y Marco Antonio Destephen Soler, nombrados mediante los Acuerdos Ejecutivos: 223-2024, 224-2024 y 225-2024 respectivamente, los cuales continuarán ejerciendo sus funciones durante la vigencia del presente Decreto.

Articulo 3

Se instruye al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) a identificar los recursos dentro de su presupuesto, para continuar financiando, durante su vigencia, los gastos de funcionamiento de la Comisión Interventora referidas en el Artículo 1 y 2 del presente Decreto.

Articulo 4

Todos los procesos iniciados por la Comisión Interventora que prolongan sus efectos al siguiente periodo -- 2 of 12 -- de Gobierno, deberán atender las disposiciones legales correspondientes.

Articulo 5

La Comisión Interventora deberá rendir un informe final a la Presidencia de la República, al culminar su mandato. Dicho informe contendrá las recomendaciones para mejorar la situación administrativa, técnica y financiera del Instituto y el reporte de las acciones implementadas durante ese periodo de tiempo, con el objeto de garantizar el cumplimiento estricto de los objetivos del proceso de intervención.

Articulo 6

Las presentes disposiciones son de ejecución inmediata y entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (03) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA MIRTHA CLAUDINA GUTIÉRREZ REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL, POR LEY CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN JAVIER EFRAÍN BÚ SOTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA -- 3 of 12 -- FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HÉCTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD CARLA MARINA PAREDES REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN HÉCTOR LONGINO BECERRA LANZA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO -- 4 of 12 -- GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) JUAN CARLOS COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA Poder Ejecutivo

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