Decreto Ejecutivo No. PCM-036-2010 — Crear el Programa Presidencial de Promoción y Acceso a Becas
Poder Ejecutivo
- Decreto: PCM-036-2010
- Publicación: 11 de agosto de 2010
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que es necesario que la Secretaría de Gobernación y Justicia mantenga dentro de su estructura, una Dirección General especializada en lo concerniente al Régimen Departamental a que se refiere la Constitución de la República, a efecto de ejecutar las facultades y competencias que en esta materia por Ley le corresponden.
Que el referido proyecto de reforma del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo fue dictaminado favorablemente por la Procuraduría General de la República, en cumplimiento del Artículo 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Modificaciones
- Modifica a: Decreto Ejecutivo No. PCM-008-97 (Reforma) — artículos 47
Articulos
Reformar el Artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, mediante la adición del Numeral 13, el cual deberá leerse así: "Las funciones de las Direcciones Generales y demás órganos especializados de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia son las siguientes: 1..., 2..., 3..., 4..., 5..., 6..., 7..., 8..., 9..., 10..., 11..., 12..., y 13 Dirección General del Régimen Departamental: Responsable de coordinar, enlazar, supervisar, evaluar, fiscalizar y ejecutar todo lo relativo al Régimen Departamental, así como dar seguimiento a las acciones tendientes a crear condiciones de solidaridad, y procurar la convivencia armónica y eficiente entre la población y de ésta con el ambiente, con el objeto de fortalecer la capacidad del ser humano para modular sus intereses; Asimismo resolver sus conflictos, o de estos con las instancias de gobierno y regular los eventos públicos y reuniones con fines de lucro; los juegos de convite, azar, rifas, sorteos y demás similares, con fines de lucro, que no estén regulados mediante otras Leyes, dentro del término departamental, en un ambiente de gobernabilidad; igualmente será responsable de apoyar las medidas tendientes a la gestión del riesgo y reducción de la vulnerabilidad, así como de velar para que no se explote y aproveche, con fines de lucro, las creencias religiosas o supersticiones; de salvaguardar el respeto a la integridad moral, mental y ética de las personas, fomentando la tolerancia entre éstas y de realizar las demás actividades que para la ejecución de las políticas, estrategias, programas y proyectos establezca la Constitución de la República y las leyes, para garantizar el logro del bien común de la población."
La Dirección General del Régimen Departamental, se regirá por su reglamento, manuales y otros instrumentos que se requieran, los cuales serán aprobados mediante Acuerdos emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia.
Instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que efectúe en el presente año, los ajustes y modificaciones presupuestarias que sean necesarios para el funcionamiento de la Dirección a que se refiere este decreto, dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República en el presente Ejercicio Fiscal, sin que se incremente el mismo.
El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial "LA GACETA". Dado en municipio de San José de Colinas, departamento de Santa Bárbara, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil diez. COMUNIQUESE.- LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerenta General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono: 220-4966, 230-4956 Administración: 230-0026 Planta: 230-6787 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Dado en municipio de San José de Colinas, departamento de Santa Bárbara, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil diez. COMUNIQUESE.- PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS AFRICO MADRID HART SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA MARÍA ANTONIETA GUILLÉN VÁSQUEZ DESIGNADA PRESIDENCIAL ENCARGADA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO PRESIDENCIAL MARIO CANAHUATI CANAHUATI SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES WILLIAM CHONG WONG SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS OSCAR ESCALANTE SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO CARLOS ROBERTO FUNES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, POR LEY ARMANDO CALIDONIO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, POR LEY SYNTIA BENNETT SALOMÓN SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO, POR LEY FELICITO ÁVILA ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ARTURO BENDAÑA PINEL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD JOSÉ ALEJANDRO VENTURA SORIANO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN BERNARD MARTÍNEZ VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA, ARTES Y DEPORTES MIGUEL RODRIGO PASTOR MEJÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA JACOBO REGALADO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA RIGOBERTO CUÉLLAR CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HILDA ROSARIO HERNÁNDEZ ALVARADO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL JULIO RAUDALES SECRETARIO TÉCNICO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN EXTERNA, POR LEY CÉSAR HAM MINISTRO DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL AGRARIO NASRY JUAN ASFURA MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL MARIA ANTONIETA BOTTO HANDAL MINISTRA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER JOSÉ TRINIDAD SUAZO DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE
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- Decreto Ejecutivo PCM-060-2019 mediante el cual se exceptúan de la aplicación de medidas de contención del gasto público a instituciones públicas financieras e instituciones específicas — Este decreto exceptúa a instituciones financieras públicas (BCH, BANADESA, BANHPROVI y CNBS) y a tres entidades específicas (INE, SAR e IP) de las medidas de contención de gastos establecidas en julio de 2019, permitiéndoles continuar con sus operaciones normales porque sus gastos no afectan el déficit fiscal ni interfieren con sus objetivos institucionales críticos. (Decreto 83-2004, 2019)