Decreto Ejecutivo No. 031-2018 — Reforma del Artículo 1 del Decreto Ejecutivo 012-2018 aprobando cartera de proyectos del Fidecomiso del Fondo de Solidaridad
Presidencia de la República
- Decreto: 031-2018
- Publicación: 22 de diciembre de 2018
- Órgano emisor: Presidencia de la República
- Gaceta: 34,827
Considerandos
Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado.
Que de conformidad con el artículo 245 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República administrar la Hacienda Pública.
Que para asegurar una adecuada administración y eficiencia en el uso de los recursos de los Fideicomisos, es necesario contar con un mecanismo único y consolidado de asignación, control financiero y gobernanza que permita mantener una adecuada toma de decisiones en los recursos.
Que el crecimiento económico soste- nible a través de la inversión pública, la asistencia social y la generación de empleo y oportunidades, es prioritario para reducir la pobreza.
Que corresponde a la Secretaría de Coordinación General de Gobierno auxiliar al Presidente de la República en la coordinación de la Administración Pública, así como la asignación de los recursos para el logro de los objetivos y metas definidos por el Presidente de la República.
Que mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-033-2018de fecha18de mayo del2018,publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 30 de mayo del 2018 se instruyó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, a crear la Unidad Técnica de Fideicomisos para coordinar, supervisar y monitorear, la ejecución de los fondos y el cumplimiento de los objetivos del Fidecomiso del Fondo de Solidaridad para la Reducción de la Pobreza Extrema, entre otros. Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 031-2018
Que el referido Decreto Ejecutivo establece que para efectos de garantizar una sana efectividad en el uso de los recursos y que los mismos sean destinados para los fines establecidos en los objetivos de los fideicomisos, la Secretaría de Coordinación General de Gobierno establecerá, de acuerdo a las instrucciones del Presidente de la República giradas mediante el correspondiente Decreto Ejecutivo, la cartera de proyectos de los fideicomisos.
Que en fecha 20 de agosto de 2018 se aprobó el Decreto Ejecutivo 012-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 21 de agosto de 2018, mediante el cual se aprueba la cartera de proyectos a ser financiados por el Fideicomiso del Fondo de Solidaridad para la Reducción de la Pobreza Extrema, para el año 2018.
Que en fecha 23 de octubre de 2018 se aprobó el Decreto Ejecutivo 019-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 23 de octubre de 2018, mediante el cual se reforma el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo 012- 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 21 de agosto de 2018.
Que en fecha 21 de noviembre de 2018 se aprobó el Decreto Ejecutivo 023-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 23 de noviembre de 2018, mediante el cual se reforma el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo 012-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 21 de agosto de 2018.
Que en fecha 05 de diciembre de 2018 se aprobó el Decreto Ejecutivo 027-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 23 de noviembre de 2018, mediante el cual se reforma el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo 012-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 21 de agosto de 2018.
Que mediante Oficio S-080-2018, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) establece que el techo máximo que podrá ejecutar dicho Fideicomiso, para el año fiscal 2018, es de cinco mil millones de Lempiras (L 5,000,000,000.00).
Que mediante los Decretos Ejecutivos PCM-013-2017 y PCM-027-2017, se autoriza al Patronato U D I-D EG T-U N AH Nacional de la Infancia (PANI) a transferir los fondos disponibles no comprometidos producto de la firma del Convenio de Cooperación entre los gobiernos de Honduras y Canadá, el cual obra en el Decreto Legislativo No. 183- 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 28 de octubre de 2011, al Fidecomiso del Fondo de Solidaridad para la Reducción de la Pobreza Extrema, para el traslado de fondos al Instituto Nacional de Menores Infractores (INAMI), a la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF) y al Programa Presidencial Becas Honduras 20/20. Mediante Oficio D.E.581-2018, el PANI notifica a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) el traslado de fondos al Fideicomiso del Fondo de Solidaridad para la Reducción de la Pobreza Extrema por un monto total de L 378 millones, correspondiente al período fiscal 2018, a ser distribuidos entre el INAMI, DINAF y Programa Presidencial Becas Honduras 20/20.
Que mediante Oficio SD-PPBH-10-2018, el Instituto de Crédito Educativo (EDU-CREDITO), manifiesta una brecha existente en el Programa Presidencial Becas Honduras 20/20, por un monto de L 128.1 millones, para cubrir las obligaciones pendientes por concepto de pago de becas para los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2018.
Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-087-2018, de fecha 19 de diciembre de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 19 de diciembre de 2018, se reformó por adición el Artículo 10 del Decreto Ejecutivo PCM 072-2016 de fecha 07 de septiembre del año 2016, publicado el 8 de septiembre de 2016 en el Diario Oficial La Gaceta, el cual fue reformado mediante Decreto Ejecutivo PCM 027-2017 de fecha 23 de marzo de 2017, publicado el 25 de marzo de 2017 en el Diario Oficial La Gaceta, agregando un párrafo final, el cual lee así: “en el caso que los requerimientos de fondos por parte de INAMI y DINAF, sean inferiores a la cantidad establecida en los literales a) y b) del presente artículo, los remanentes, incluyendo aquellos resultantes de años anteriores, serán distribuidos por la Secretaría de Coordinación General de Gobierno quien establecerá, de acuerdo a las instrucciones del Presidente de la República giradas mediante el correspondiente Decreto Ejecutivo, los beneficiarios de estos fondos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del PCM-033-2018.”
Que según Acuerdo Ejecutivo No. 023- 2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 16 de abril de 2018, el Presidente de la República delegó la facultad de firmar Decretos Ejecutivos en la ciudadana Martha Vicenta Doblado Andara, como Secretaria Coordinadora General de Gobierno, por Ley.
Articulos
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los cinco días (05) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO COORDINADORA GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY Según Acuerdo de Delegación No. 023-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 16 de Abril de 2018. EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPCHO DE LA PRESIDENCIA U D I-D EG T-U N AH (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.