Decreto Ejecutivo No. 015-2017 — Crear una Comisión de Transición para la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía
Articulos
Articulo 1
Crear una Comisión de Transición para las actividades y decisiones para la puesta en marcha de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía, la cual funcionará en tanto no se nombren las nuevas autoridades.
Articulo 2
La Comisión estará integrada por un representante de las siguientes instituciones: 1. Secretaría de Estado en el Despacho de Coordi- nación General de Gobierno, quien la presidirá. 2. Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. 3. Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (Mi Ambiente). 4. Secretaría de Estado en el Despacho Finanzas. 5. Empresa Nacional de Energía Eléctrica. 6. Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Energía (ST-CONAEN). UDI-DEGT-UNAH Digitalizado y procesado por UDI-CRA-DEGT Derechos Reservados -- 2 of 20 --
Articulo 3
La Comisión tendrá las siguientes funciones: 1. Coordinar, supervisar, dirigir el proceso de tran- sición de las oficinas suprimidas y trasladadas de la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (Mi Ambiente), y de la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE), a la Secretaría de Energía (SEN). 2. Definir y ejecutar los procesos conforme a ley, sobre evaluación y contratación del personal clave de la nueva Secretaría de Estado y que deben estar nombrados antes de su entrada en operación, así como proponer todo lo relativo a la estructuración organizacional, recurso humano, sede, equipo, materiales y demás aspectos necesarios para su puesta en marcha. 3. Toma de decisiones conforme a los asuntos finan- cieros, presupuestarios, logísticos, administrativos, legales, técnicos y gerenciales que sean requeridos para la adecuada operación de la Secretaría. 4. Gestionar fondos de donación en la cooperación internacional para la puesta en marcha y la operación de la SEN.
Articulo 4
Los fondos necesarios para el nombramiento de las personas que ocuparán la Secretaría General, Gerencia Administrativa, Subgerencia de Personal y la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión serán asignados por la Secretaría de Finanzas para su contratación a partir de la vigencia del presente Decreto.
Articulo 5
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los catorce (14) días del mes de septiembre del dos mil diecisiete (2017). comunÍQueSe Y PuBLÍQueSe.- jorGe rAmÓn HernÁndeZ ALcerro Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de noviembre de 2015. ricArdo LeoneL cArdonA LÓPeZ Secretario de Estado Secretaría de la Presidencia UDI-DEGT-UNAH Digitalizado y procesado por UDI-CRA-DEGT Derechos Reservados -- 3 of 20 -- Secretaría de Finanzas Acuerdo no. 609-2017 Tegucigalpa, M.D.C., 27 de septiembre de 2017