Vigente
Decreto No. 05-2026 | 6 de febrero de 2026 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 37,063

Decreto Ejecutivo No. 05-2026 — Ratificación y reactivación del Decreto Ejecutivo PCM 04-2025 sobre subsidio de combustibles

Considerandos

  1. 1.Que el Artículo 235 de la Constitución de la República, establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo, el Presidente de la República.
  2. 2.Que de conformidad a los Numerales 2 y 11 del Artículo 245 de la Constitución de la República, son Atribuciones del Presidente de la República, la administración general del Estado, dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme la Ley, respectivamente.
  3. 3.Que de conformidad a los Numerales 19, 20 y 30 del Artículo 245 de la Constitución de la República, son Atribuciones del Presidente de la República, administrar la Hacienda Pública, dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional, debiendo dar cuenta al Congreso Nacional y, dirigir la política económica y financiera del Estado, respectivamente.
  4. 4.Que el Artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública establece que los actos de la -- 1 of 10 -- en el Despacho de Energía (SEN), hasta el 31 de diciembre del año 2025, entre otras disposiciones relacionadas en el mismo contenidas.
  5. 5.Que el Artículo 31 de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión, aprobada mediante Decreto Número 278-2013, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" de fecha 30 de diciembre de 2013, faculta a las instituciones del Poder Ejecutivo que otorgan subsidios para que implementen los mecanismos necesarios para la focalización de los mismos en los beneficiarios.
  6. 6.Que mediante DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 04-2025, de fecha 17 de enero de 2025 y, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" de fecha 18 de enero de 2025, como medida extraordinaria en materia económica por razones de interés público y social, para hacer frente a la tendencia al alza de los precios en el mercado internacional de los combustibles y mitigar su impacto negativo en la economía de los hogares hondureños, se subsidia el 50% del diferencial a los precios para la venta de la Gasolina Regular y Diésel, que cause el aumento que sufran los precios máximos fijados en el Sistema de Precios Paridad de Importación aprobado por la Secretaría de Estado -- 2 of 10 -- impacto negativo en la economía de los hogares hondureños, subsidiando el 50% del diferencial a los precios para la venta de la Gasolina Regular y Diésel, que cause el aumento que sufran los precios máximos fijados en el Sistema de Precios Paridad de Importación aprobado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN), entre otras disposiciones relacionadas en el mismo contenidas.

Articulos

Articulo 1

Como medida extraordinaria en materia económica por razones de interés público y social, se ratifica en todas sus disposiciones el DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 04-2025, de fecha 17 de enero de 2025 y, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" de fecha 18 de enero de 2025 y, para todos los efectos que correspondan, se reactiva su vigencia para el período del veintisiete (27) de enero al treinta (30) de abril del año dos mil veintiséis (2026), para hacer frente a la tendencia al alza de los precios en el mercado internacional de los combustibles y mitigar su Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones y Providencias y, el Artículo 117 del mismo cuerpo legal, establece que se emitirán por Decreto los actos que de conformidad con la Ley sean privativos del Presidente de la República o deban ser dictados en Consejo de Secretarios de Estado. CONSIDERANDO: Que el Artículo 31 de la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión, aprobada mediante Decreto Número 278-2013, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" de fecha 30 de diciembre de 2013, faculta a las instituciones del Poder Ejecutivo que otorgan subsidios para que implementen los mecanismos necesarios para la focalización de los mismos en los beneficiarios. CONSIDERANDO: Que mediante DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 04-2025, de fecha 17 de enero de 2025 y, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" de fecha 18 de enero de 2025, como medida extraordinaria en materia económica por razones de interés público y social, para hacer frente a la tendencia al alza de los precios en el mercado internacional de los combustibles y mitigar su impacto negativo en la economía de los hogares hondureños, se subsidia el 50% del diferencial a los precios para la venta de la Gasolina Regular y Diésel, que cause el aumento que sufran los precios máximos fijados en el Sistema de Precios Paridad de Importación aprobado por la Secretaría de Estado -- 2 of 10 -- impacto negativo en la economía de los hogares hondureños, subsidiando el 50% del diferencial a los precios para la venta de la Gasolina Regular y Diésel, que cause el aumento que sufran los precios máximos fijados en el Sistema de Precios Paridad de Importación aprobado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN), entre otras disposiciones relacionadas en el mismo contenidas.

Articulo 2

El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y será publicado en "La Gaceta", Diario Oficial de la República de Honduras. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintisiete (27) días del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. NASRY JUAN ASFURA ZABLAH Presidente de la República JUAN CARLOS GARCÍA MEDINA Secretario de Estado en el Despacho de la Presidencia -- 3 of 10 -- 1 A. EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLVII TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. SÁBADO 18 DE ENERO DEL 2025. NUM. 36,743 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo Número PCM 04-2025 AVANCE A. 8 Sección B Avisos Legales B. 1 - 36 Poder Ejecutivo

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