Constitución de la República de Honduras
Congreso Nacional
- Publicación: 24 de enero de 2019
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 23,612
- Categoria: Constitucional
- Versión:
Articulo 41
Constitución de la República de Honduras
Articulo 41.-
La calidad del ciudadano se suspende:
- 1)
Por auto de prisión, decretado por delito que merezca pena mayor;
- 2)
Por sentencia condenatoria firme, dictada por causa de delito;
- 3)
Por interdicción judicial.