Código Procesal Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Publicación: 25 de mayo de 2007
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
- Versión:
Articulo 698
Código Procesal Civil de Honduras
Articulo 698.-
REPOSICIÓN DE RESOLUCIONES DICTADAS ORALMENTE EN AUDIENCIA. Si la resolución impugnada se hubiera dictado durante las audiencias orales, el recurso se interpondrá verbalmente en el mismo acto, resolviéndose de inmediato oída la parte contraria, sin más recurso, y continuando la audiencia.