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25 de mayo de 2007Vigente

Código Procesal Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Publicación: 25 de mayo de 2007
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia
  • Versión:

Articulo 670

Código Procesal Civil de Honduras

Articulo 670.-

SOLICITUD DE INVENTARIO. 1. Admitida la demanda de nulidad, separación o divorcio, o iniciado el proceso en que se haya demandado la disolución del régimen económico matrimonial o legal, cualquiera de los cónyuges podrá solicitar la formación de inventario. 2. La solicitud a que se refiere el numeral anterior deberá acompañarse de una propuesta en la que, con la debida separación, se harán constar las diferentes partidas que deban incluirse en el inventario con arreglo a la legislación civil. 3. A la solicitud se acompañarán también los documentos que justifiquen las diferentes partidas incluidas en la propuesta.