Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
25 de mayo de 2007Vigente

Código Procesal Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Publicación: 25 de mayo de 2007
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia
  • Versión:

Articulo 547

Código Procesal Civil de Honduras

Articulo 547.-

LEGITIMACIÓN ACTIVA. Las pretensiones en materia de condiciones generales de contratación podrán ser interpuestas por las siguientes entidades: 1. Las asociaciones o corporaciones de empresarios, profesionales y agricultores que estatutariamente tengan encomendada la defensa de los intereses de sus miembros. 2. Las Cámaras de Comercio e Industria. 3. Las asociaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas y que tengan estatutariamente encomendada la defensa de éstos. 4. La Procuraduría General de la República. 5. Los Colegios Profesionales legalmente constituidos. 6. El Ministerio Público.

Notas

Cargando…