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23 de mayo de 2023Vigente

Resolución Judicial No. 0801-2022-06970-CV — Sentencia Declaratoria de Herencia Ab-Intestato - Ledia Hortencia Mayes Maradiaga y Mario Antonio Mayes Maradiaga

Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán

  • Decreto: 0801-2022-06970-CV
  • Publicación: 23 de mayo de 2023
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán
  • Gaceta: 36,235

Considerandos

Estimar la pretensión de las partes solicitantes:

Declarar Herederos Ab-lntestato a la señora LEDIA HORTENCIA MAYES MARADIAGA y al señor MARIO ANTONIO MAYES MARADIAGA a través de su representante legal, la señora LEDIA HORTENCIA MAYES MARADIAGA, de todos los bienes, derechos, acciones y obligaciones dejados por su difunto hermano el señor FREDITH MAYES MARADIAGA (Q.D.D.G.). TERCERO: Se les CONCEDE la posesión efectiva de la herencia a la señora LEDIA HORTENCIA MAYES MARADIAGA y al señor MARIO ANTONIO MAYES MARADIAGA a través de su representante legal, la señora LEDIA HORTENCIA MAYES MARADJAGA, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. CUARTO: Que se hagan las publicaciones de Ley en el Diario Oficial La Gaceta o en cualquier diario de mayor circulación que se edite en este departamento o por carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados del lugar, durante quince (15) días hábiles.

Transcurrido el término antes señalado se extienda a los interesados Certificación íntegra del presente fallo para que se hagan las anotaciones, inscripciones y demás trámites legales correspondientes. SEXTO: Que la Secretaría del Despacho una vez firme la presente sentencia proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 del Código Procesal Civil. NOTIFÍQUESE. Tegucigalpa, D.C., 18 de mayo del año 2023. ROSA OFELIA MOLINA JUAREZ SECRETARIA ADJUNTA 23 M. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de junio del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada Ermelinda Castellón Mauriz, Representante Procesal del señor Kevin Josué Sabillon Escoto, con orden de ingreso número 0801-2022-00492 contra la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, incoando demanda contencioso administrativa para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo en materia de personal por haberse emitido con infracción de la Ley de Servicio Diplomático y Consular de Honduras y haberse quebrantado las formalidades esenciales del procedimiento para su validez.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para el pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias. Que se ordene el reintegro a su cargo u otro de igual o mejor categoría y salario y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de emisión del acto nulo impugnado hasta que se ejecute la sentencia, con todos los aumentos que se produzcan durante la secuela del juicio; los que deben ser calculados en divisas de libre convertibilidad vía transferencia bancaria, al tipo de cambio de dos lempiras por dólar estadounidense, a través del Banco Central de Honduras tal como lo manda la Ley, más el pago de los derechos adquiridos como ser: vacaciones, décimo tercer mes en concepto de aguinaldo y catorceavo mes en forma completa o proporcional según sea el caso, los que deberán ser calculados de acuerdo a los últimos sueldos devengados.- Y el pago por gastos de traslado y pasajes correspondientes.- Así mismo, se decrete la nulidad del acto por el cual se hubiere designado su sustituto.- Con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Poder.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación No. 105-SRH-2022 de fecha 05 de mayo del año 2022, emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 23 M. 2023 B 5 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-062-2023 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI 16V46200 SAN NICOLÁS - ATIMA - NUEVA VICTORIA (SANTA CRUZ - LOS LINDEROS, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, 3.00 KM FASE I)” Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 mayo de 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 06 de Junio del 2023, hasta las 10:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 mayo del 2023 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 23 M. 2023 B 5 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-095-2023 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI 16V36600 GUACIROPE - SAN FRANCISCO DE CORAY, DEPARTAMENTO DE VALLE, 3.00 KM FASE I” Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 mayo de 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 06 de junio del 2023, hasta las 09:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 mayo del 2023 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 23 M. 2023 B 5 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (12) de septiembre del dos mil veintidós (2022), comparecieron a este Juzgado las señoras SOFIA ISABEL SANTOS, SHARON SUGEILLY POSADAS SANTOS, REYNA MARGARITA DOMINGUEZ MONTES, SU RAMA MEDINA CARDENAS, ROSA MARIA ZUNIGA CANACA y LEYLA LISSETH SILVA NEDA, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, en contra del Estado de Honduras a través de la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora denominada Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con orden de ingreso No.0801-2022-01258, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de cancelación de personal consistentes en los Acuerdos Números CTL- 1152-2022, CTL-1144-2022, CTL-1061-2022, CTL-1159- 2022, CTL-1103-2022 y CTL-801-2022, todos de fecha 24 de agosto del 2022, emitidos por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora denominada Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), por no ser conforme a derecho, siendo ilegal e injusto por no ser conforme el debido proceso que manda el ordenamiento jurídico. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas. Como ser reintegro a nuestros puestos de trabajo en iguales o mejores condiciones como o en su denominación equivalente. Homologa ndo nuestros salarios conforme a la nueva estructura de puestos que al efecto sea creada en la administración de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT); Pagos de salarios dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios hasta que se ejecute la sentencia. - Exceso de poder. - Se proponen medios de prueba. - Se acompañan documentos. - Costas del juicio. - Poder. - TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 23 M. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de agosto del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el Abogado Pablo Emilio Reyes Theodore, en su condición de Representante legal de los señores: 1)FANI LISET ORELLANA VELASQUEZ, 2) NANCY RAQUEL TEJADA FUNEZ, 3) OLIMPIA ARELY HERRERA MALDONADO, 4) ELISA JEHIELI RUIZ LARA, 5) ANA RUTH ALVAREZ CASTILLO, 6) HEYDI DANIRA MEJIA RODRIGUEZ, 7) HER MELINA DOMINGUEZ LOPEZ, 8) FANNY LETICIA HERNANDEZ CALIX, 9) ANNE LOURDES FIGUEROA CASTRO, 10) LIZZETH KAFATI KHARUFEH, 11) LILIAN MARIBEL FLORES FLORES, 12) SULMA MARLEN AGUILERA QUIROZ, 13) SAMY NASARETH RAMOS VELASQUEZ Y 14) MARIA DE LOS ANGELES DUARTE, incoando demanda especial en materia de personal contra el ESTADO DE HONDURAS a través del SERVICIO NACIONAL DE EMPRENDIMIENTO Y DE PEQUEÑOS NEGOCIOS (SENPRENDE),conordendeingresoN0.0801-2022-01114, para que se declare la nulidad de los actos administrativos consistentes en los Acuerdos de Cancelación siguientes: 1) 081-2022, 2) 067-2022, 3) 068-2022, 4) 059-2022, 5) 069- 2022, 6) 064-2022, 7) 060-2022, 8) 065-2022, 9) 066-2022, 10) 061-2022, 11) 079-2022, 12) 062-2022, 13) 080-2022 y 14) 070-2022, todos de fecha 28 de julio del 2022, emitidos por el SERVICIO NACIONAL DE EMPRENDIMIENTO Y DE PEQUEÑOS NEGOCIOS (SENPRENDE). Reconocimiento de la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se reconozca el reintegro al trabajo en igual o mejores categorías y condiciones de sus representadas. Reconocimiento de su antigüedad laboral. Se alega notificación defectuosa. A título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de efectividad del despido, hasta que de acuerdo a las normas procesales se ejecute el reintegro. Pago de los derechos adquiridos durante la secuela del juicio como ser: décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones. Y otros derechos que le pudieran corresponder a sus representadas como ser aumentos en los cargos que ocupaban durante sus ausencias. Indemnización por despido en estado de embarazo. Condena en costas. Poder. Petición. Se acompañan documentos. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 23 M. 2023 B 5 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de abril del dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el abogado JEFFRY ROLANDO GALEAS CARDENAS, actuando en su condición de apoderado legal de los señores JUAN MANUEL CHACON VALLADARES, JESSICA BEATRIZ FIGUEROA MEJIA, EDWIN OTONIEL IZAGUIRRE MEDINA, BESSY LORENA VALLEJO, SANTOS MEDARDO CRUZ GOMEZ, PEDRO CRISTOBAL REYES HERRERA y CAROL YADIRA BARAHONA VASQUEZ, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD con orden de ingreso No. 0801-2022- 00275, para que se declare la nulidad e ilegalidad de unos actos administrativo de carácter particular, emitido por el Instituto de la Propiedad. Consistente en los Acuerdos Ejecutivos de cancelación por no ser dictados conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad, desviación de poder, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a sus puestos de trabajo de igual o mejor categoría y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos, más el pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de cancelación hasta la ejecución de la sentencia, más intereses legales por pago tardío imputable al Estado de Honduras.- Se acompañas documentos. En relación a los ACUERDOS DE CANCELACIÓN: No. DGRV-IP-082-2022 de fecha 31 de marzo de 2022, No. DGRV-IP-074-2022 de fecha 30 de marzo de 2022, No. DGRV-IP-073-2022 de fecha 30 de marzo de 2022, No. DGRV-IP-114-2022 de fecha 05 de abril de 2022, No. DGRV-IP-084-2022 de fecha 31 de marzo de 2022, No. DGRV-IP-083-2022 de fecha 31 de marzo de 2022, No. DGRV-IP-104-2022 de fecha 31 de marzo de 2022. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 23 M. 2023

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Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE HERENCIA El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley: HACE SABER: Que este Juzgado de Letras Civil, en el Expediente número 0801-2022-06970-CV, dictó Sentencia Definitiva en la solicitud de Declaratoria de Herencia Ab-lntestato en fecha cinco (05) de mayo del año dos mil veintitrés (2023), que en su parte conducente y dispositiva FALLA: PRIMERO: Estimar la pretensión de las partes solicitantes: SEGUNDO: Declarar Herederos Ab-lntestato a la señora LEDIA HORTENCIA MAYES MARADIAGA y al señor MARIO ANTONIO MAYES MARADIAGA a través de su representante legal, la señora LEDIA HORTENCIA MAYES MARADIAGA, de todos los bienes, derechos, acciones y obligaciones dejados por su difunto hermano el señor FREDITH MAYES MARADIAGA (Q.D.D.G.). TERCERO: Se les CONCEDE la posesión efectiva de la herencia a la señora LEDIA HORTENCIA MAYES MARADIAGA y al señor MARIO ANTONIO MAYES MARADIAGA a través de su representante legal, la señora LEDIA HORTENCIA MAYES MARADJAGA, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. CUARTO: Que se hagan las publicaciones de Ley en el Diario Oficial La Gaceta o en cualquier diario de mayor circulación que se edite en este departamento o por carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados del lugar, durante quince (15) días hábiles. QUINTO: Transcurrido el término antes señalado se extienda a los interesados Certificación íntegra del presente fallo para que se hagan las anotaciones, inscripciones y demás trámites legales correspondientes. SEXTO: Que la Secretaría del Despacho una vez firme la presente sentencia proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 del Código Procesal Civil. NOTIFÍQUESE. Tegucigalpa, D.C., 18 de mayo del año 2023. ROSA OFELIA MOLINA JUAREZ SECRETARIA ADJUNTA 23 M. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de junio del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada Ermelinda Castellón Mauriz, Representante Procesal del señor Kevin Josué Sabillon Escoto, con orden de ingreso número 0801-2022-00492 contra la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, incoando demanda contencioso administrativa para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo en materia de personal por haberse emitido con infracción de la Ley de Servicio Diplomático y Consular de Honduras y haberse quebrantado las formalidades esenciales del procedimiento para su validez.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para el pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias. Que se ordene el reintegro a su cargo u otro de igual o mejor categoría y salario y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, desde la fecha de emisión del acto nulo impugnado hasta que se ejecute la sentencia, con todos los aumentos que se produzcan durante la secuela del juicio; los que deben ser calculados en divisas de libre convertibilidad vía transferencia bancaria, al tipo de cambio de dos lempiras por dólar estadounidense, a través del Banco Central de Honduras tal como lo manda la Ley, más el pago de los derechos adquiridos como ser: vacaciones, décimo tercer mes en concepto de aguinaldo y catorceavo mes en forma completa o proporcional según sea el caso, los que deberán ser calculados de acuerdo a los últimos sueldos devengados.- Y el pago por gastos de traslado y pasajes correspondientes.- Así mismo, se decrete la nulidad del acto por el cual se hubiere designado su sustituto.- Con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Poder.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación No. 105-SRH-2022 de fecha 05 de mayo del año 2022, emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 23 M. 2023

B 5 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-062-2023 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI 16V46200 SAN NICOLÁS - ATIMA - NUEVA VICTORIA (SANTA CRUZ - LOS LINDEROS, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, 3.00 KM FASE I)” Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 mayo de 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 06 de Junio del 2023, hasta las 10:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 mayo del 2023 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 23 M. 2023

B 5 REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-SIT-095-2023 El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto: “PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO 4000 PSI 16V36600 GUACIROPE - SAN FRANCISCO DE CORAY, DEPARTAMENTO DE VALLE, 3.00 KM FASE I” Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos. Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales. Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados por los interesados en participar en este proceso en la página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS) a partir del día 19 mayo de 2023. Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación. La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información requerida en el Documento Base de Licitación, deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día 06 de junio del 2023, hasta las 09:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado. De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los representantes de los oferentes que hayan participado en dicha audiencia pública de apertura de ofertas. La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una comisión que será integrada por los funcionarios que designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas y la formulación de la recomendación de adjudicación correspondiente. Comayagüela, M.D.C., 19 mayo del 2023 MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) 23 M. 2023

B 5 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (12) de septiembre del dos mil veintidós (2022), comparecieron a este Juzgado las señoras SOFIA ISABEL SANTOS, SHARON SUGEILLY POSADAS SANTOS, REYNA MARGARITA DOMINGUEZ MONTES, SU RAMA MEDINA CARDENAS, ROSA MARIA ZUNIGA CANACA y LEYLA LISSETH SILVA NEDA, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, en contra del Estado de Honduras a través de la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora denominada Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con orden de ingreso No.0801-2022-01258, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de cancelación de personal consistentes en los Acuerdos Números CTL- 1152-2022, CTL-1144-2022, CTL-1061-2022, CTL-1159- 2022, CTL-1103-2022 y CTL-801-2022, todos de fecha 24 de agosto del 2022, emitidos por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ahora denominada Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), por no ser conforme a derecho, siendo ilegal e injusto por no ser conforme el debido proceso que manda el ordenamiento jurídico. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas. Como ser reintegro a nuestros puestos de trabajo en iguales o mejores condiciones como o en su denominación equivalente. Homologa ndo nuestros salarios conforme a la nueva estructura de puestos que al efecto sea creada en la administración de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT); Pagos de salarios dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios hasta que se ejecute la sentencia. - Exceso de poder. - Se proponen medios de prueba. - Se acompañan documentos. - Costas del juicio. - Poder. - TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 23 M. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de agosto del dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el Abogado Pablo Emilio Reyes Theodore, en su condición de Representante legal de los señores: 1)FANI LISET ORELLANA VELASQUEZ, 2) NANCY RAQUEL TEJADA FUNEZ, 3) OLIMPIA ARELY HERRERA MALDONADO, 4) ELISA JEHIELI RUIZ LARA, 5) ANA RUTH ALVAREZ CASTILLO, 6) HEYDI DANIRA MEJIA RODRIGUEZ, 7) HER MELINA DOMINGUEZ LOPEZ, 8) FANNY LETICIA HERNANDEZ CALIX, 9) ANNE LOURDES FIGUEROA CASTRO, 10) LIZZETH KAFATI KHARUFEH, 11) LILIAN MARIBEL FLORES FLORES, 12) SULMA MARLEN AGUILERA QUIROZ, 13) SAMY NASARETH RAMOS VELASQUEZ Y 14) MARIA DE LOS ANGELES DUARTE, incoando demanda especial en materia de personal contra el ESTADO DE HONDURAS a través del SERVICIO NACIONAL DE EMPRENDIMIENTO Y DE PEQUEÑOS NEGOCIOS (SENPRENDE),conordendeingresoN0.0801-2022-01114, para que se declare la nulidad de los actos administrativos consistentes en los Acuerdos de Cancelación siguientes: 1) 081-2022, 2) 067-2022, 3) 068-2022, 4) 059-2022, 5) 069- 2022, 6) 064-2022, 7) 060-2022, 8) 065-2022, 9) 066-2022, 10) 061-2022, 11) 079-2022, 12) 062-2022, 13) 080-2022 y 14) 070-2022, todos de fecha 28 de julio del 2022, emitidos por el SERVICIO NACIONAL DE EMPRENDIMIENTO Y DE PEQUEÑOS NEGOCIOS (SENPRENDE). Reconocimiento de la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se reconozca el reintegro al trabajo en igual o mejores categorías y condiciones de sus representadas. Reconocimiento de su antigüedad laboral. Se alega notificación defectuosa. A título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de efectividad del despido, hasta que de acuerdo a las normas procesales se ejecute el reintegro. Pago de los derechos adquiridos durante la secuela del juicio como ser: décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones. Y otros derechos que le pudieran corresponder a sus representadas como ser aumentos en los cargos que ocupaban durante sus ausencias. Indemnización por despido en estado de embarazo. Condena en costas. Poder. Petición. Se acompañan documentos. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 23 M. 2023

B 5 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de abril del dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el abogado JEFFRY ROLANDO GALEAS CARDENAS, actuando en su condición de apoderado legal de los señores JUAN MANUEL CHACON VALLADARES, JESSICA BEATRIZ FIGUEROA MEJIA, EDWIN OTONIEL IZAGUIRRE MEDINA, BESSY LORENA VALLEJO, SANTOS MEDARDO CRUZ GOMEZ, PEDRO CRISTOBAL REYES HERRERA y CAROL YADIRA BARAHONA VASQUEZ, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD con orden de ingreso No. 0801-2022- 00275, para que se declare la nulidad e ilegalidad de unos actos administrativo de carácter particular, emitido por el Instituto de la Propiedad. Consistente en los Acuerdos Ejecutivos de cancelación por no ser dictados conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad, desviación de poder, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a sus puestos de trabajo de igual o mejor categoría y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos, más el pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de cancelación hasta la ejecución de la sentencia, más intereses legales por pago tardío imputable al Estado de Honduras.- Se acompañas documentos. En relación a los ACUERDOS DE CANCELACIÓN: No. DGRV-IP-082-2022 de fecha 31 de marzo de 2022, No. DGRV-IP-074-2022 de fecha 30 de marzo de 2022, No. DGRV-IP-073-2022 de fecha 30 de marzo de 2022, No. DGRV-IP-114-2022 de fecha 05 de abril de 2022, No. DGRV-IP-084-2022 de fecha 31 de marzo de 2022, No. DGRV-IP-083-2022 de fecha 31 de marzo de 2022, No. DGRV-IP-104-2022 de fecha 31 de marzo de 2022. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 23 M. 2023