Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 1680
Articulo 1680.-
En todo lo que no se halle especialmente determinado en este 294 título, la permuta se regirá por las disposiciones concernientes a la venta. TÍTULO V DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES